miércoles, 28 de diciembre de 2016

Suspensión de juicio a prueba por lesiones culposas

Una maniobra imprudente provocó lesiones leves y graves respectivamente, en dos jóvenes que circulaban en una motocicleta. El causante del choque, fue el conductor de un patrullero que realizó una maniobra sin tomar las debidas precauciones. Por ese hecho se inició un proceso penal, que ahora fue suspendido a prueba, con el acuerdo de las víctimas.

Era una noche agradable, en condiciones climáticas óptimas. Un patrullero circulaba por la Av. Holdich, entre Vicente Calderón y Magallanes, en sentido sureste. En el mismo sentido se desplazaba una motocicleta con dos ocupantes. Transpuesta la intersección con la calle Vicente Calderón, el patrullero permaneció  sobre la mano derecha del carril, mientras que la motocicleta, que circulaba por atrás, se mantuvo sobre la banda de circulación izquierda, desplazándose a una velocidad no inferior a 37,05 km/h. Al llegar a la zona de retome (espacio situado entre la isleta central de la avenida), el conductor del automóvil policial, obrando con falta de cuidado y prevención, y sin respetar las indicaciones de la ley Nacional de Tránsito (L.24449) para realizar un giro (art. 43); en forma intempestiva giró hacia su izquierda, con el fin de retomar por la Avenida Holdich en sentido Noreste o bien, ingresar al estacionamiento de la Seccional Segunda de la Policía, poniéndose oblicuamente a la dirección de la vía, obstruyendo la trayectoria de la motocicleta. Advertida la maniobra por el conductor de la motocicleta, de manera evasiva y como acto reflejo, gira hacia su izquierda a fin de evitar el impacto, pero dada la escasa distancia entre los vehículos y la velocidad, esta impacta contra el lateral izquierdo (zona media anterior) del automóvil, cayendo ambos tripulantes al asfalto y desplazándose de esta manera durante 13,5 metros
Como consecuencia del siniestro el conductor de la moto sufrió “múltiples escoriaciones en miembros superiores e inferiores, de carácter leves, y su acompañante la “fractura de muñeca izquierda con deformación y herida contusa frontal con epistaxis anterior” de carácter graves.

En la audiencia preliminar, las partes propusieron al juez la suspensión del proceso a prueba por un año. Durante ese plazo, el imputado deberá mantener su residencia, someterse al patronato, abstenerse de consumir estupefacciones, evitar el consumo excesivo de alcohol, realizar 36 horas de trabajo comunitario en el Jardín N° 409, pagar una multa de mil pesos en los próximos treinta días y no cometer nuevos hechos delictivos.

Las víctimas no aceptaron la reparación de tres mil pesos ofrecida, ya que canalizarán el reclamo por el juzgado civil.