sábado, 5 de abril de 2014

Homicidio en Cholila

SE DISPUSO LA INTERNACIÓN DEL IMPUTADO EN EL COSE 


Este sábado, aproximadamente a las 0:40 hs. un joven de 20 años fue apuñalado en Cholila. El presunto autor tiene 16 años y fue aprehendido en el lugar. Al mediodía se realizó la audiencia en los tribunales de Esquel. Se declaró legal la detención, se formalizó la investigación por el delito de homicidio y se dispuso la internación del imputado en el COSE por cinco días, mientras avanza la recolección de medios de prueba y se analiza cuál es el modo más conveniente de asegurar el proceso.

La policía recibió un llamado poco después de la medianoche del viernes. Solicitaban ayuda frente a un hecho de violencia en el que un joven había resultado herido. Al llegar los uniformados encontraron en el lugar a la víctima acompañada por tres personas. El presunto autor fue señalado por los presentes y él mismo se puso a disposición de la policía.

El escenario de estos hechos fue la vereda de una vivienda ubicada en el Barrio Federal 1 de la localidad de Cholila. Emilio Adrián Valenzuela, de 20 años, concurrió allí acompañado por otro joven. Iba a pedirle explicaciones al imputado por otro suceso violento ocurrido el día anterior en el que había lesionado a un amigo.
El imputado salió del inmueble junto a otro joven y luego de una breve discusión le habría inferido una estocada de arma blanca en el abdomen provocándole una gran hemorragia que llevó a la muerte del herido en pocos minutos cuando era trasladado en ambulancia al hospital.
El hecho fue calificado por el fiscal Hernán Dal Verme como homicidio simple.

El fiscal solicitó internación del imputado durante cinco días en el COSE. En ese plazo se encaminarán varias medidas investigativas, para luego decidir cuál es la mejor forma de continuar el proceso. El fiscal basó su pedido de medida cautelar en la alta probabilidad de autoría, la gravedad del hecho, la posibilidad de aplicar pena más allá de la minoría de edad y las circunstancias que lo rodearon. Habló del enfrentamiento de dos grupos y de la proximidad de los dos hechos violentos que se le atribuyen al mismo imputado. También resaltó que por la conducta desplegada es previsible que pudiera intentar influir en las personas que tienen algún conocimiento de lo sucedido. Dal Verme indicó que en el plazo solicitado se intentará entrevistar a testigos con los que aun no se pudo hablar, se procurarán informes psicológicos y de la escuela a la que asiste el imputado, entre otras medidas. No faltó la referencia a las particularidades de la localidad de Cholila. No es la primera vez que ocurren allí hechos de estas características.

La defensa estuvo a cargo de la Dra. Valeria Ponce, la que se opuso al pedido fiscal por la corta edad del imputado y lo incipiente del proceso. Solicitó que se aplique como medida alternativa, la permanencia del joven en el domicilio de una tía en Trevelin. También sostuvo que es prematuro descartar la legítima defensa a esta altura de la investigación y ofreció la realización de un informe social sobre el domicilio de esa tía. La abogada dijo que es necesario evitar toda posibilidad de nuevos enfrentamientos y resaltó que el imputado colaboró con la policía y no opuso ninguna resistencia al proceso.
Por tratarse de un menor de edad, fue asistido también por el asesor de menores, Hugo Sánchez, quien adhirió a algunos de los planteos de la Fiscalía, aunque desde un enfoque diferente, indicando que es necesario prever el mejor interés del menor por su vulnerabilidad. "Debido a la gravedad del hecho que se investiga y las características de Cholila es mejor que el imputado no regrese a la zona", apuntó.

El juez, Martín O' Connor, le explicó al imputado que si se determina que fue el autor del hecho se le aplicarán medidas socioeducativas y cumplidos los 18 años se analizará la necesidad de aplicar una pena. "Aquí usted puede terminar condenado con una pena de prisión, el hecho de que tenga 16 años no implica, en este momento procesal por lo menos, que esto no pueda ocurrir. Usted puede terminar condenado a cumplir una pena de prisión de hasta de 25 años… Ello me habilita a dictarle una medida de coerción, por la vulnerabilidad que ha referido el asesor de menores preocupado por un virtual ataque que usted podría llegar a sufrir, pero además de eso, una medida de coerción para asegurar los fines del proceso".
Coincidió con las conclusiones del fiscal y dispuso la internación por cinco días en el COSE.

Condena a 7 años de prisión por abuso sexual


Los hechos que terminaron en una nueva condena por abuso sexual agravado en los tribunales de Esquel, dejaron marcas en la víctima difíciles de sobrellevar. Las conductas abusivas se prolongaron casi por un año hasta que la joven se animó a hablar pese a las amenazas del agresor. El acompañamiento de su familia y de una amiga durante todo el proceso, resultaron fundamentales, así como la asistencia victimológica brindada por el SAVD.
 

Superioridad física y madurativa del agresor, proximidad con la víctima y su familia, relación de confianza. Estos elementos aparecen repetidos caso a caso en las investigaciones por abuso sexual que tramitan en la Fiscalía. El abusador actúa siempre aprovechando una situación de vulnerabilidad. Engaña, atemoriza y somete a quien encuentra en tal situación convirtiéndolo en su víctima. El secreto se asegura haciendo sentir culpa y terror a la víctima a través del engaño y las amenazas. Detrás del velo del secreto hace y deshace a su antojo incrementando, en la medida en que se siente dueño de la situación, el despliegue de conductas perversas.

El tribunal compuesto por los Dres. Anabel Rodríguez, Ricardo Rolón y Jorge Criado, compartió con el fiscal Oscar Oro que las conductas desplegadas por Daniel Napal encuadran en la descripción que desarrollamos. Los hechos ocurrieron en una localidad cordillerana en jurisdicción de la delegación del MPF de El Hoyo. El imputado contaba al momento de los hechos con 32 años y la víctima solo con 13. Las agresiones sexuales se mantuvieron por casi un año, hasta que la joven no soportó más y le confió a una amiga algunos detalles del horror que estaba viviendo. Cuando se enteró su familia la madre la llevó al hospital y luego a la comisaría a formalizar la denuncia. La muchacha había logrado superar el miedo a que se hicieran realidad las amenazas de muerte del agresor que cada vez se presentaba más violento.
Los jueces encontraron creíble el relato de la víctima y de los testigos. Uno de ellos contó que no conoce el detalle de los abusos "pero que la nena estaba traumada, y se moría de miedo, que temblaba".

La Dra. Anabel Rodríguez expuso en su voto que "La víctima manifestó que Daniel Napal no quería que se juntara con los vecinos, ni que tuviera novio, ni que se juntara con nadie, ni que se quedara a dormir en la casa de su padrino. Expresó también, que además, debía avisarle a los lugares que concurría y si no lo hacía el imputado se enojaba, que también pretendía que lo visitara todos los días y que hiciera las cosas que él quería. Todas estas exigencias son demostrativas, a mi criterio, de la intención del imputado de controlar a la niña, como también de aislarla, e impedir cualquier interferencia en sus intenciones y en la relación a que la sometía."

El informe de la psicóloga forense establece que la joven presentaba " tendencia a la depresión, desesperanza, falta de interés, y baja energía vital para el desarrollo de las actividades cotidianas". En la escuela a la que asistía también notaron el cambio, "en 2011, era aniñada y muy infantil, incluso más que las niñas de su edad, además que era de hablar y participar en clase, y no advertía en ella inconvenientes; en tanto al año siguiente la tutora de la nombrada le manifestó que había algo que no se decía. Finalmente, en el 2013 pudo ver en la niña un cambio importante; ya no era alegre ni espontánea, sino totalmente retraída, muy nerviosa, con mucha distancia y poca participación, agregó que el rendimiento escolar fue muy bajo, que era otra persona, y que había cambiado muchísimo".
Desarrollo de estados fóbicos, pánico o miedos repentinos; manifestaciones ansiosas y depresivas; sentimientos de inseguridad y falta de confianza; terror ante la presencia de adultos; tristeza, culpabilidad y vergüenza; trastornos del sueño, terrores nocturnos y pesadillas; trastornos de la alimentación; …modificación del rendimiento escolar y aparición de dificultades de aprendizaje; aislamiento social… son síntomas de la presencia de abuso sexual que se diagnosticaron en este caso.

Ricardo Rolón precisaba en su voto que se pudo "observar las características propias de este fenómeno delictivo en la personalidad del autor, y la vulnerabilidad de la víctima, la crisis que el abuso generó ante su develamiento, el secreto que tuvo que soportar la niña durante casi un año, la confusión de sus sentimientos."
El magistrado también analizó, siguiendo a varios autores, la naturaleza de los delitos contra la integridad sexual. "El interés comprometido en estos delitos es la libertad, integridad y dignidad físico-sexual; la reserva sexual, el  normal ejercicio  de la sexualidad asentado sobre la libertad del individuo cuya vigencia se prepara mediante la normalidad del desarrollo de la sexualidad, la libertad sexual como el derecho de toda persona a su autorrealización o autodeterminación en el ámbito de la sexualidad; la libertad sexual y el libre desarrollo sexual de los menores de 18 años; la libertad sexual de quienes tienen capacidad para expresar válidamente su voluntad y la intangibilidad o indemnidad de quienes carecen de ella y el derecho al desarrollo progresivo en el ámbito sexual y la autonomía sexual".

Los tres jueces coincidieron en que la pena más ajustada es la de 7 años de prisión y la imposición de las costas del proceso al imputado.