jueves, 25 de agosto de 2016

Los especialistas recomiendan su internación fuera de Esquel

El lunes fue llevado a una audiencia de control de detenciónpor desobedecer una prohibición de acercamiento. La Fiscalía no pudo abrir un proceso en su contra porque ya fue declarado inimputable. Una junta médica emitirá su dictamen el viernes, aunque ya se adelantó que la situación no varía: comprende sus actos pero no tiene control sobre sus acciones, esta alteración es crónica y requiere de un tratamiento especial sostenido en el tiempo y fuera de Esquel. El Juez Hernán Dal Verme, dispuso que la internación continúe por otras 24 hs., mientras el Juzgado de Familia N° 1 recibe todas las actuaciones quedando la situación exclusivamente a su cargo ya que la justicia penal es incompetente en este caso.

La causal de inimputabilidad se basó con un cuadro psiquiátrico que le impide al sujeto dirigir las acciones. Esta causal de inimputabilidad se mantiene en el tiempo según se desprende de los informes del Cuerpo Médico Forense. Se trataría de un padecimiento crónico que pude ser controlado pero no se revierte. Esta situación impide impulsar acciones penales en su contra.

¿Cuál es el tribunal competente?

El Código Procesal indica que cuando se evidencia un padecimiento de este tipo, la persona debe ponerse a disposición del juzgado de Familia, que es el tribunal competente para estos casos, así lo entendió el juez penal Hernán Dal Verme y lo plasmó en su resolución.

El magistrado tuvo por evacuados los informes médicos solicitados y consideró que con estos es suficiente para resolver la situación. Dispuso el mantenimiento de una internación provisional por otras 24 horas, “con el único objeto de permitir el abordaje posterior, en el entendimiento de que persisten las circunstancias para habilitar la internación compulsiva”.

El tercer punto de la resolución indica “dar inmediata intervención al Juzgado de Familia N° 1 a los efectos de que tome las medidas inmediatas que estime necesarias y procedentes, a la luz de la ley de Salud Mental respecto de la internación, colocándoselo a la exclusiva disposición de su titular”.


Dal Verme ordenó enviar todos los informes disponibles al Juzgado N° 1 de Familia, porque ese órgano recibió el 22 de diciembre de 2015, las actuaciones del juez Colabelli en el marco del legajo en el que se resolvió sobre la inimputabilidad.