miércoles, 8 de octubre de 2008

Homicidio de Eugenio Silva


PARA LA FISCALÍA PAREDES FUE COAUTOR, PARA LA DEFENSA ES INOCENTE

Se expusieron los alegatos de las partes en el juicio por el crimen de Eugenio Silva. La Fiscalía ratificó su tesis y le achacó coautoría del delito de Homicidio Simple agravado por haber sido cometido con la intervención de un menor de edad. El Defensor sostuvo que si hubiera un delito sobre el que podría tener responsabilidad su representado es el de lesiones, porque él participó de una pelea pero nunca tuvo en su mente la posibilidad de que la misma terminada con la muerte de Silva. El martes próximo a las 14 hs. se dará lectura a la sentencia.


Finalizada la última de las declaraciones testimoniales en horas de la mañana, se decidió que a partir de las 13:30 hs. se realizarían los alegatos, y así ocurrió. Por la Fiscalía el Dr. Fidel Gonzalez realizó un pormenorizado análisis de la prueba producida y de los dichos de los testigos, en tanto que el Dr. Hernán Dal Verme explicitó las interpretaciones propuestas por la acusación para dicha prueba. Por su parte el Defensor particular Hugo Cancino propuso una lectura distinta de la prueba tendiente a demostrar la falta de “dolo” (voluntad, conocimiento, intención) de su defendido en relación a la puñalada que puso fin a la vida de Eugenio Silva.
El trasfondo del episodio guarda aun muchas sombras, sin embargo existe una fuerte presunción respecto a que el conflicto que desencadenó la situación juzgada, proviene de relaciones del submundo de las drogas.

El planteo Fiscal

Los Fiscales consideraron relevante el testimonio ofrecido por el primer testigo que declaró en el juicio. Se trata de la persona que estaba jugando al pool con Silva cuando se desencadenaron los hechos de la trágica madrugada del 23 de octubre de 2007. Es el único que habría visto bien de cerca el momento en que el menor golpeó a Silva, como lo ayudó el ahora imputado; como Silva habría logrado zafar y luego ser alcanzado por Paredes quien habría intentado sacar un cuchillo de entre sus ropas pero prefirió seguir usando los puños; como, mientras que Francisco Paredes sujetaba a su víctima del pelo y lo tenía reducido, el menor se precipitó clavándole a Silva la puñalada que resultaría mortal; y como luego de esto siguieron golpeándolo ambos. Mientras que el imputado en su declaración dijo que recién afuera del local supo que su sobrino apuñaló a Silva, este testigo sostuvo que en la posición en que estaban ubicados no tiene dudas respecto de que vio claramente lo que hacía el chico mientras él lo sujetaba, no obstante lo cual siguió contribuyendo a la golpiza.

Por su parte los Fiscales destacaron también lo aportado por el perito criminalístico Lic. Leandro Ehnes, quien indicó que el tipo de lesión mortal, observada en la víctima, solo pudo producirse con la intervención de al menos dos personas. Respecto de las armas secuestradas, el perito había sostenido que no eran del tipo empleado para tareas de campo, sino que eran armas trabajadas, de las llamadas faca. Por otra parte los acusadores reflotaron el testimonio del médico forense, quien certificó que la víctima además de la herida mortal tenía varios golpes y un corte en un dedo evidenciando que intentó defenderse.

La calificación


Los Fiscales, parafraseando a Eugenio Zafaroni, indicaron que coautor es aquel que participa junto a otros de un hecho, realizando toda la acción tipificada como delito o también cuando existe división de tareas y el resultado es producto de la sumatoria de los aportes realizados por todos. Esta última posibilidad es la que al entender de los acusadores se ajusta a la situación en análisis. Según esta postura tío y sobrino estuvieron juntos esa noche, los dos sabían de la existencia de los cuchillos, bebieron juntos, fumaron juntos, fueron al bar, hablaron, vieron, pergeñaron, acecharon y atacaron, acorralando a Silva contra las barras del local con cuchillo en mano. “Es decir, compartiendo la finalidad. Luego huyeron juntos, planificaron la estrategia de defensa juntos haciendo responsable del hecho al menor y dejando en mejor posición para la audiencia a su tío”, indicó el Dr. Gonzalez.
Para los acusadores no puede ser confundido con un partícipe, o en tal caso sería partícipe primario, porque quiso que se produjera el resultado muerte y participó del acometimiento aunque no llevara el arma homicida.

La Defensa

El alegato del Defensor se estructuró en base a la declaración de Paredes. Indicó que la agresión se inició por parte de Silva. Este último se habría acercado a la mesa en la que se encontraban los imputados y un pariente de estos, para ofrecerles “$100 en merca”, a lo cual habrían respondido que “pasaban” ya que lo de ellos era la cerveza. Según esta versión Eugenio Silva habría respondido con un golpe al menor, el que respondió y Juan Francisco Paredes se sumó para defender a su sobrino. Alguien habría separado de la acción a Paredes y cuando este vio que Silva seguía en actitud de atacar a su sobrino, se acercó una vez mas para socorrerlo, hasta que en determinado momento se fue cuando le dijeron los presentes en el lugar que salga, que habían llamado a la policía. El letrado sostuvo que en el marco de la pelea, el menor le exhibió un cuchillo a Silva y como este no cesó en su ataque, lo usó lesionándolo.
Otro punto resaltado por el Defensor se refirió al ofrecimiento de droga por parte de la víctima a los imputados, versión solo dada por ellos, pero que se corroboraría a su entender con las actas policiales de los secuestros de pertenencias del occiso. Según esas constancias Silva llevaba consigo “distintos sobrecitos con cocaína, una tiza de cocaína, pastillas – creo que las define como éxtasis – y después, psicofármacos, también de uso veterinario”, precisó. Así sostuvo su postura respecto de que nadie hubiera escuchado el ofrecimiento que Silva les hizo, ya que “no les estaba ofreciendo tomar una cerveza” como para que esto se dijera en voz alta.
Según el letrado no existió concierto de voluntades para dar muerte a Silva, en todo caso ese concierto pudo haber llegado a la agresión física, a la pelea, pero de ninguna manera estaba en la intención de Paredes reducir a Silva para ultimarlo. Por estos motivos indicó que la coartaría funcional que plantea la Fiscalía es una ficción que no se sustenta en los elementos llevados a la causa, ya que no hay elementos para suponer qué voluntad movilizó a Paredes.
Insistió el Defensor en su teoría respecto a que la única coautoría que podría achacársele a su representado es en relación al delito de lesiones, y en todo caso a la riña. No se trata de un homicidio en riña solo porque se sabe quien fue el autor material de la puñalada, remarcó, recalcando que para ese delito el Código prevé una pena notablemente menor que para el homicidio simple.
Con estos fundamentos solicitó la absolución de Juan Francisco Paredes.

La sentencia

Los Jueces convocaron a las partes para el martes próximo a las 14 hs., momento en el cual se realizará la lectura de la sentencia.

Homicidio de Iduvina Barrera


PRISIÓN PREVENTIVA POR 45 DÍAS PARA EL IMPUTADO

Lo dispuso la Juez de la causa en la audiencia de control de la prisión preventiva dispuesta hace quince días. La Fiscalía sostuvo la necesidad de mantener la misma medida hasta el juicio e insistió que por tratarse de una causa compleja la investigación no puede reducirse mas allá del plazo legal dispuesto por el Código. El Defensor presentó varios testigos, familiares y la novia del detenido, buscando probar el arraigo y la predisposición del chico a someterse a lo que disponga la justicia. También acercó un informe psicológico y solicitó que se disponga la libertad de su defendido. La magistrada entendió que no alcanzaron a revertir la presunción de posible fuga o entorpecimiento de la investigación, planteada por la Fiscalía. En el transcurso de las próximas 24 hs. se realizará una nueva audiencia, en este caso de revisión de lo dispuesto, a pedido de la Defensa.

La audiencia se había dispuesto cuando se decretó la prisión preventiva, para controlar la necesidad de seguir manteniéndola. Para la Fiscalía la medida es imprescindible. Según la información llevada por la Dra. Fernanda Révori, este imputado estuvo sometido a otro proceso, en el que hubo que citarlo mas de una vez para cada audiencia porque no se presentaba e incluso no habría cumplido con lo que se le impuso en el marco de una suspensión de juicio a prueba. La Dra. Révori planteó que el joven tiene tres domicilios, uno en Cholila, otro en la Villa del Lago Rivadavia y otro de una hermana en Trelew. Entre esos lugares transitaría sin respetar las consignas judiciales de establecer un domicilio fijo, cuando así se le impuso.
La Funcionaria resaltó también que aun no se ha podido hallar el arma homicida y que existe la necesidad de preservar a los testigos de cualquier influencia hasta el momento del juicio.

La Defensa

Por su parte el Dr. Horacio Hernández llevó a testimoniar a los padres, un hermano y la novia del imputado. A ellos les preguntó sobre el lugar de residencia del joven, por la relación con ellos y sobre el compromiso que el imputado podría tener en caso de recuperar la libertad hasta el juicio. También se leyó un informe psicológico de una profesional que entrevistó en dos oportunidades al imputado durante su detención. Con estos elementos el letrado fundó su postura respecto de que no habría motivos para mantener una medida tan extrema, resaltando que la regla es la libertad durante el proceso. Indicó que esa libertad le permitiría armar la defensa, el imputado podría trabajar para sostener a su familia y lograr la “igualdad de armas” para intentar rebatir la prueba recolectada por la Fiscalía.

Cuarenta y cinco días

La Juez aclaró que la disposición de una prisión preventiva es hacer un juicio de probabilidad, es una presunción. En este sentido aclaró que debe valorarse en conjunto el peligro de fuga y de entorpecimiento de la investigación. A su criterio existe arraigo del joven, mas allá de la alternancia en tres domicilios, sin embargo “es dificultosa la presentación del imputado a los requerimientos de la justicia”. En este sentido se valoró la información llevada por la Fiscalía en un expediente cuya tramitación demoró dos años, justamente por lo dificultoso que resultó que el imputado se presente cada vez que era citado. Por estos motivos se planteó que el arraigo se “vuelve un poco menos preciso que lo que se requiere”, indicó la Dra. Anabel Rodriguez. Estos antecedentes procesales fueron interpretados como intentos de obstaculizar el accionar de la justicia.
La magistrada rescató que el hecho juzgado es un hecho de extrema gravedad, con consecuencias igualmente graves.
Respecto del posible entorpecimiento de la investigación, la Juez indicó que aun no ha aparecido el arma empleada para el suceso, mas allá de que esta no fuera de propiedad del imputado. También se consideró que existiendo en la personalidad del joven, características que llevaron en otros hechos a provocar temor o amedrentamiento de testigos, puede presumirse que en esta causa sucedería lo mismo.
La Dra. Rodriguez descartó la posibilidad de reemplazar la medida por una prisión domiciliaria por considerar insuficiente lo manifestado por los padres en relación a la responsabilidad que asumirían si lo tuvieran bajo su guarda. La Juez dispuso que la medida de prisión preventiva se prolongue por 45 días, plazo luego del cual la Fiscalía tendrá que informar si restan medidas pendientes y los motivos por los que no logró completarlas en ese plazo.
El Defensor pidió revocatoria de lo resuelto y luego que se le explicara que no cuenta con ese recurso en esta instancia se le otorgó la revisión por otros dos jueces penales, la que deberá realizarse en el transcurso de las 24 hs. siguientes a la finalización de la audiencia.

Los hechos

Al imputado se lo acusa de ser el autor de la muerte de Iduvina Barrera de Hernández, además de otros delitos en los que habría incurrido en el mismo accionar. Todo comenzó a partir de la una de la madrugada del lunes 22 de septiembre, en el interior de un comercio llamado “La Fonda”, de la localidad de Cholila. Varias personas se encontraban allí, cuando se inició una discusión entre dos de ellos. Un tercero intervino para calmarlos de palabra. Uno de los presentes arrojó botellas, provocándole un hematoma a otro y se produjo un episodio de golpes de puño. Entonces habría intervenido el imputado utilizando una botella para atacar a otro, el que respondió a la agresión. Luego de esto sacaron del local al ahora imputado, llevándolo al sector donde estaban estacionados los vehículos. Allí el imputado extrajo un arma de fuego, amenazó con ella a uno de los que lo habían sacado del local, apoyándole el arma en la cabeza mientras le decía que no debía intervenir. Luego de esto comenzó a disparar contra otros dos, evidentemente intentando matarlos. Los agredidos se escondieron dentro del local y el imputado ingresó intempestivamente tras ellos. Fue en ese momento cuando la señora Iduvina Barrera de Hernández se asomó, con un escobillón en sus manos, para hablarle al imputado y éste le apuntó y le efectuó dos disparos directos a la zona central de su cuerpo. La mujer, pese a ser atendida por personal médico, perdió la vida escaso tiempo después.Luego del episodio de los disparos, probablemente ya sin municiones, el imputado y otro sujeto, continuaron haciendo desorden y destrozos en el interior del local comercial. Tiraron piedras y dañaron varios elementos como utensilios, mobiliarios y un fogón del sector privado de la construcción. En el exterior provocaron importantes daños en la camioneta Ford F100, propiedad de sus rivales de esa madrugada, dándose luego a la fuga.

La calificación

Por estos hechos la Fiscalía le imputó al detenido los delitos de Homicidio, Homicidio en grado de tentativa, agresión con arma, amenazas calificadas, lesiones, resistencia a la autoridad, y daño, dos hechos.

Nuevas causas

ABIGEATO:
Un vecino de la Zona de El Blanco, Epuyén, denunció que le sustrajeron una oveja sin señal recién esquilada. Sucedió el martes en horas de la madrugada.

Audiencias del día

Esta mañana a las 11:30 hs. (sala 3) se realizará el control de la prisión preventiva que se impuso al imputado del Homicidio de Iduvina Barrera ocurrido el lunes 22 de septiembre pasado en Cholila.

En tanto que a las 13:30 hs. la Fiscalía y la Defensa expondrán sus alegatos en el marco del juicio por el Homicidio de Eugenio Silva.