lunes, 21 de diciembre de 2009

Violación de deberes de funcionario público


LA JUEZ DE PAZ DE RÍO PICO FUE CONDENADA A UN AÑO DE PRISIÓN EN SUSPENSO

El Tribunal Unipersonal encontró culpable del delito de Violación de los Deberes de Funcionario Público a Leticia Vidma Almendra de González, en tanto que consideró que no se configuró el delito de Falsedad Ideológica por el que acusó el Fiscal. La Dra. Nelly García, en su último fallo previo a su designación como Juez de Cámara, entendió que la entrega del bebé, realizada de modo irregular, no era temporaria, ni siquiera como familia sustituta, ya que el matrimonio que lo recibió actuó como si se tratara de los padres del niño.


La sentencia confirma la acusación Fiscal en relación a la entrega irregular de un recién nacido por parte de la Juez de Paz de Río Pico. La madre había mantenido oculto todo su embarazo y al momento de dar a luz se negó a amamantar al bebé y manifestó su intención de darlo en adopción. La Juez de Paz fue notificada de esta situación y en lugar de informar a la Asesoría de Familia para que la madre y el pequeño fueran trasladados a Esquel, previo la inscripción del nacimiento, como establece la normativa que regula estos casos, formalizó la entrega del niño a un matrimonio que reparte su residencia entre la localidad de Río Pico y la ciudad de Buenos Aires. Las exigencias de las leyes que regulan esta materia pretenden prevenir el tráfico ilegal de niños, para esto fueron creados los registros de pretensos adoptantes y el trámite legalizado con la intervención de la Asesoría de familia e incapaces.

Inconsulta y… permanente

La Juez indicó en su resolución que le llamó la atención la falta de consulta por parte de la imputada a la Asesoría o a la Defensoría, pese a que tenían fluida comunicación. “Lo que interpreto como falta de dudas y toma de una decisión conciente resolviendo rápidamente la situación planteada el 21 de abril de 2008 para que retiren el niño del Hospital”, apuntó la Dra. García.
Respecto de la entidad de la entrega realizada, la magistrada llegó a la conclusión que el significado de la misma no era temporario, ni siquiera como familia sustituta, sino que se comportaban como padres del niño”. El matrimonio al recibir al bebé, pasó por Esquel y lo bautizó antes de regresar a la ciudad Autónoma de Buenos Aires.

Irrelevante

El tipo de guarda que se le hubiera dado en este caso en declaración jurada, resulta irrelevante. “Es una declaración de voluntad unilateral de una madre autorizando a una familia para que lleve y tenga a su hijo. No hay aceptación del matrimonio ni ningún compromiso”.
La magistrada entendió que “no es mas que un documento emanado de una autoridad que justifique al menos la tenencia de un niño cuyos datos filiatorios no coinciden con los datos personales de los detentadores, para poder viajar, para que no los detengan en un control policial en un colectivo de línea por ejemplo, un algo para aventar la sospecha de ser apropiadores ilegales de un menor. A mi criterio existen cantidad de hechos probados que permiten tejer la trama de lo acontecido, su significación y el conocimiento que tenía la jueza de paz que estaba haciendo una entrega directa de un niño recién nacido”.

Error no, pero tampoco falsedad ideológica

El acta en la que no se informó el nacimiento de un niño sin filiación paterna, según entendió el Tribunal, es una acción que encuadra también en la violación de sus deberes en tanto funcionaria pública. La información enviada a la Asesoría no es un documento público, sino un informe, “una mentira, si se quiere”, y por esta causa no se constituiría el delito de falsedad ideológica como delito independiente.
El nacimiento del niño no fue inscripto en el libro de actas de nacimientos del Juzgado de Paz. La Dra. García indicó que este error no se justifica con las razones que fueron expuestas en el debate, ya que ocurrieron pocos nacimientos en aquellos meses (tres en abril y uno en mayo), “considero que su negación fue adrede para cerrar el círculo y que no se descubra la entrega realizada”.

La pena

Finalmente Leticia Vidma Almendra de Gonzalez fue condenada a la pena de un año de prisión en suspenso y dos años de inhabilitación especial. En su contra se tuvo en cuenta que se trató de una “corruptela del poder que hace mucho daño a las instituciones”, actuando en violación a los derechos humanos fundamentales del niño y su madre. En tanto que se tomó como atenuante la falta de antecedentes penales de la condenada.

Lesiones Leves y Graves

INVESTIGACIÓN CONCLUIDA

A un mes de ocurrido el hecho, el Ministerio Público Fiscal presentó la acusación pública, cerrando la etapa de investigación previa al juicio en la causa que se sigue por los sucesos iniciados en un pool y concluidos en el sector de sanitarios del ACA. Hasta el momento no se conoce ningún incumplimiento por parte de los imputados a las medidas de coerción impuestas, por lo cual continúa sin modificaciones su situación procesal, en libertad, con prohibición de contacto con las víctimas y testigos y presentaciones periódicas en la Oficina Judicial.


El hecho ocurrió el 20 de noviembre aproximadamente a las 22:30 hs. Dos jóvenes de 19 años y dos menores de 15, discutieron con otro joven frente a un pool ubicado en calle 25 de Mayo. Luego de esto los cuatro iniciaron una persecución, intentando agredir a su víctima. Junto a esta se sumó su hermano que vio la agresión desde el interior del pool y salió para socorrerlo.
Con la intención de refugiarse, ambos hermanos se introdujeron en el sector de sanitarios de la estación de servicio del Automóvil Club, sin embargo se quedaron atrapados en el hall ya que estos estaban cerrados. Los agresores aprovecharon la oportunidad para atacar a ambos con golpes de puño y cuchillos. Una de las víctimas resultó con una herida en la región lumbar (lesión leve), en tanto que el otro damnificado fue herido en el glúteo, región paravertebral que puso en riesgo su vida. Después de este ataque los agresores se dieron a la fuga, siendo aprehendidos en proximidades del lugar.

La expectativa fiscal

La Fiscalía comenzó a trabajar la causa la mima noche del hecho en el lugar, con presencia de la Dra. Fernanda Révori y la Lic. en Criminalística Nidia Giménez. A partir de ese momento se llevaron a cabo diversas medidas investigativas, desde entrevistas y registros domiciliarios hasta la asistencia de las víctimas a través del SAVD.
En treinta días se logró completar la prueba que la Funcionaria consideró indispensable para probar el caso en juicio y este lunes se concretó la presentación de la Acusación Pública en la Oficina Judicial. En ella se acusa a los dos imputados (mayores) de ser coautores de lesiones graves en concurso real con lesiones leves y se anticipa una pretensión punitiva provisoria de tres años y dos meses de prisión.

A familia

En la causa la Fiscalía pudo acreditar la participación de los cuatro agresores, los dos de 19 y los dos de 15 años. Sin embargo la acusación solo puede presentarse en relación a los mayores ya que los otros dos son inimputables para el sistema penal. Todas las actuaciones reunidas en relación a estos últimos fueron remitidas al Juzgado de Familia para que esa Institución adopte medidas en relación a ellos.

Pasos que siguen

La acusación ahora deberá se conocida por la Defensa para que esta presente su prueba de descargo. A partir de esto se fijará fecha para la realización de la audiencia preliminar en donde, de ser admitida la acusación, el Juez dispondrá la apertura del Juicio.

Nuevas causas

HURTO:
Autores ignorados sustrajeron del interior de un vehículo un bolso conteniendo una billetera con dinero, y documentación del vehículo y personal, además de llaves y anteojos recetados.
Sucedió el miércoles entre las 19:30 y las 19:45 hs. en el Barrio Cañadón de Borquez.

ROBO:
Personas no identificadas aprovecharon que no había nadie en una vivienda para forzar la reja, correr la ventana y sustraer un radiograbador Phillco, un reloj antiguo y otros elementos.
Ocurrió en Saenz Peña al 300, Esquel, entre el lunes 14 y el miércoles 16.

ROBO:
Autores ignorados rompieron el vidrio de una ventana y sustrajeron de una vivienda una pistola calibre 40, tres cargadores, varias cajas de balas, una billetera, documentación, dinero en efectivo, un bolso, una cámara fotográfica digital y un rifle.
Ocurrió en Almafuerte al 1000, Esquel.

DAÑO:
Autores ignorados rompieron un vidrio frontal del Jardín Maternal del Barrio Ceferino. Ocurrió el sábado entre las 21 y las 22 hs.

ROBO:
Un vecino de Alsina al 900, denunció que le rompieron el cristal de una ventana, ingresaron y le sustrajeron una campera, una depiladota Phillips, zapatillas, zapatos, una mochila, DVDs, una play station II, un proyector y una cámara digital.
Ocurrió el domingo entre las 16:20 y las 22:30 hs. en Esquel.


DAÑO:
Un agente de policía se encontraba en 25 de Mayo y Rivadavia cuando escuchó un estruendo que provenía de la calle San Martín. Se acercó corriendo y vio a un sujeto que salía corriendo luego de haber roto el vidrio de un comercio ubicado en la esquina. El sindicado se metió en un residencial y allí fue reducido y aprehendido. Esta mañana se realizará el control de la detención. Sucedió a las 5:42 hs. en Esquel.

DAÑO:
Un hombre en estado de ebriedad quiso ingresar al casino y no se lo permitieron, se dirigió al sector de estacionamiento y rompió el espejo lateral derecho de un vehículo. Una mujer que pasó por el lugar y lo vio tocando los vehículos avisó a la policía y fue aprehendido. Esta mañana se realizará la audiencia de control de la detención. Sucedió a la 1:40 hs. en Esquel.

LEVES:
El domingo informábamos sobre una violación de domicilio, daño y lesiones ocurridos en una vivienda del Barrio Badén I. En ese momento no se había encontrado a la víctima y por lo tanto no se conocía el carácter de las lesiones. Finalmente la víctima fue hallada, tenía su rostro golpeado, y la sangre que se encontró en el lugar fue producto de un fuerte sangrado de nariz.
Hoy se realizará la audiencia de control de la detención y formalización de la investigación en relación a los dos detenidos por este hecho.