viernes, 31 de mayo de 2013

Robos calificados



PRISIÓN DOMICILIARIA PARA EL IMPUTADO

El 30 de marzo y el 15 de abril de este año ocurrieron dos robos similares en Esquel. En ambos un sujeto se metió en las viviendas cuando sus moradores estaban adentro, los sorprendió, los intimidó con un cuchillo y se hizo de elementos de valor. La investigación se dirigió a un posible autor, el que fue recientemente identificado en ruedas de reconocimiento. El fiscal valoró los elementos en su contra y los riesgos procesales y pidió el arresto domiciliario por un mes, plazo en el que espera finalizar la investigación.

Fernando Rivarola expuso el caso y los elementos que reunió hasta el momento que sindican al imputado como probable autor de dos robos ocurridos recientemente en Esquel. El representante del Ministerio Público Fiscal reconoció por su deber de objetividad que si bien existen importantes elementos incriminantes, la lectura de las evidencias no es unívoca, por lo que se ve obligado a resguardar el proceso sin perder de vista que aun resta obtener más elementos para llegar a la convicción de autoría. Teniendo en cuenta esta situación es que solicitó una medida alternativa a la prisión preventiva, el arresto en el domicilio en el que el imputado vive junto a su pareja. La medida de coerción se fundamentó en el peligro de fuga y de entorpecimiento procesal evidenciado en el análisis del caso concreto.
La defensa no presentó objeciones y el juez, Ricardo Rolón dispuso la medida en los términos solicitados por el fiscal.

Los hechos

El 30 de marzo de 2013, siendo aproximadamente las 11:30 horas, un sujeto ingresó a una vivienda ubicada en la intersección de Alberdi y Chacabuco, sorprendiendo a su moradora, una mujer de avanzada edad. La amedrentó con un cuchillo pequeño y se llevó un control remoto, una alianza de oro de mujer, una alianza de oro de hombre, una alianza de plata, una plancha, un órgano, un llavero, y un teléfono celular marca Samsung,
El 15 de abril, aproximadamente las 1:00 de la madrugada, aparentemente el mismo sujeto entró a otra casa, ubicada en Rivadavia al 1100, aparentemente por el ventiluz del baño. Tomó por sorpresa al dueño de casa mientras este dormía, lo redujo con violencia e intimidándolo también con un cuchillo, lo ató de pies y manos con cinta tipo americana y luego le exigió dinero en efectivo. Finalmente se dio a la fuga con el dinero robado, un reloj, un anillo de oro, una cadena de oro con medalla, una notebook y un manojo de llaves.

Nunca fui

El imputado habló en la audiencia, dijo que está “medio cruzado con la situación que pasa y los hechos” y pidió que “investiguen bien”. También dijo que en otra oportunidad quedó preso por algo que no hizo y ahora le está pasando lo mismo. Agregó que sabe que la fiscalía se guía por lo que le aporta la Brigada de Investigaciones y después hace su trabajo, pero pidió que “se fijen bien y que hagan las cosas bien, nada más”.

jueves, 30 de mayo de 2013

Robo en agencia de quiniela



EL CELULAR NO ERA DE LA VÍCTIMA

El miércoles a las 17:30 hs se realizó una audiencia a perdido de la Fiscalía. Fernando Rivarola cumpliendo con su compromiso informó al juez que de las inspecciones sobre elementos secuestrados al último detenido, no surgieron datos que lo vinculen al robo. El fiscal pidió que se le imponga mantener el domicilio, prohibición de salir de la provincia en que reside y del país, y obligación de presentarse una vez por semana en la delegación del MPF en El Hoyo. La defensa estuvo de acuerdo.

El compromiso fue asumido en la audiencia del pasado viernes cuando se dispuso la prisión preventiva por treinta días. Después de inspeccionar los elementos secuestrados, la Fiscalía solicitó esta audiencia “por el deber de objetividad” que obliga al Ministerio Público.
Rivarola informó que de las inspecciones de los elementos secuestrados no surgieron elementos de convicción respecto de la participación del imputado. En lo concreto se estableció que el celular secuestrado no es el mismo que fuera robado a una de las víctimas. Si bien debe seguir ligado al proceso, el grado de convicción de la prueba sobre su participación en el hecho se encuentra debilitada. Esa participación podría resultar secundaria o bien mutar la imputación en su contra a la figura de encubrimiento.
Por este motivo el fiscal solicitó que se le imponga la obligación de mantener el domicilio, que se le prohíba salir del país y de la provincia, además de la obligación de presentarse semanalmente en la delegación del MPF en el Hoyo.

Omar López se manifestó de acuerdo con lo propuesto por la Fiscalía, indicando que ve con alegría este criterio de objetividad que lleva acabo el MPF. El juez Ricardo Rolón resolvió de acuerdo a lo solicitado.

martes, 28 de mayo de 2013

Ejecución Penal



INVESTIGACIÓN, CONDENA Y DESPUÉS…


La semana pasada profesionales de la Procuración del Servicio Penitenciario Federal se reunieron con el juez de Ejecución Penal, Martín O' Connor, la funcionaria de fiscalía de Ejecución, María Elena Cimadevilla. Dos temas fueron centrales: la situación de un detenido inimputable a partir del cierre de la Unidad que funcionaba en el Borda y la necesidad de más cupos en la U14.

El Coordinador de Derechos Humanos y la psicóloga de la Procuración del Servicio Penitenciario Federal, llegaron a Esquel a plantear la situación de una persona oriunda de esta ciudad, internada hace muchos años en la Unidad 20 que funcionaba en el hospital Borda. Se trata de un preso inimputable, que cometió un hecho muy grave y cuya peligrosidad llevó a determinar su internación en aquella unidad penitenciaria. La U20 fomentaba la realización de trabajos por los detenidos, como parte de su tratamiento, lo que les permitía obtener una retribución y mantenerse ocupados de modo productivo y terapéutico. A partir de las nuevas políticas contrarias a la internación de las personas con alteraciones mentales, dicha Unidad se disolvió. Su personal pasó a la cárcel de Ezeiza y con ellos los internos. En Ezeiza las condiciones no son las mismas, no tienen trabajo, ni condiciones apropiadas para su situación.
En el caso concreto que vinieron a plantear, de haber sido imputable y condenado por el delito que cometió, ya habría cumplido toda la pena. Para tomar una decisión se solicitó la realización de una pericia que determine si se mantiene la condición de peligrosidad para sí o para terceros. De ser así, deberá buscarse la manera de internarlo en una institución privada porque ya el Estado no ofrece ese servicio. También deberá determinarse si su situación seguirá siendo competencia penal o deberá pasar a sede civil.

En este contexto Cimadevilla y O' Connor aprovecharon para plantear la necesidad de ampliar cupos en la U14, que permitan alojar allí a los condenados de esta zona. En esta línea recordaron que hay extensas condenas que se están cumpliendo en comisarías.

lunes, 27 de mayo de 2013

Banco de El Maitén

AMPUERO SE PRESENTÓ VOLUNTARIAMENTE EN LOS TRIBUNALES DE ESQUEL


A pedido de su defensora se realizó una audiencia este mediodía. Gustavo Ampuero se presentó espontáneamente en los tribunales de Esquel para manifestar su voluntad de someterse a la justicia. Hasta que se realice la audiencia ante la nueva Cámara deberá presentarse una vez por semana en una Comisaría de Bariloche y mantener su domicilio.

La Fiscalía había solicitado su detención y el juez la había autorizado. Esther Cárdenas, defensora particular de César Gustavo Ampuero, pidió la realización de una audiencia para solicitar al juez la eximición de prisión, algo no contemplado por el Código Procesal local. Cuando esto sucedía un policía le preguntó a Fernando Rivarola si Ampuero estaba detenido ya que se encontraba en la antesala.
Constatada su presencia se lo hizo pasar a la audiencia, evidenciando con su presencia la voluntad de ponerse a disposición de la justicia local. Frente a esta situación se debilitaron los elementos que hacían presumir riesgo de fuga. En la audiencia se constató que el imputado mantiene su domicilio en San Carlos de Bariloche y que trabaja conduciendo un taxi. Sin riesgo evidente de fuga se le impuso una presentación semanal en una comisaría de la ciudad rionegrina en que reside y la prohibición de abandonar ese domicilio hasta la celebración de la audiencia en que una nueva conformación de la Cámara Penal decidirá sobre el recurso de la defensa.

Recordemos que el 19 de diciembre de 2008 Ampuero fue condenado a 14 años de prisión por un robo cometido con violencia, con privación ilegal de la libertad, afectando a personas mayores, una embarazada y menores. Luego la defensa presentó un recurso y la cámara lo absolvió, desde entonces cesó su prisión preventiva y goza de libertad. Recientemente el Superior Tribunal de Justicia revocó la sentencia absolutoria y ordenó que la Cámara con una nueva conformación vuelva a tratar el recurso.

sábado, 25 de mayo de 2013

Robo en Agencia de Quiniela


PRISIÓN PREVENTIVA PARA EL NUEVO IMPUTADO


La audiencia se realizó el viernes cerca de las 20 hs. El imputado sería uno de los tres sujetos que viajaban en un remis utilizado para desplazarse desde El Bolsón a Esquel, cometer el robo y regresar a la ciudad en la que residen. A pedido de la Fiscalía se dispuso un mes de prisión preventiva para el detenido. Por estas horas se concretan medidas investigativas para analizar la información obtenida hasta el momento.

El imputado, de 37 años, vivió los últimos años en Mar del Plata y recientemente se estableció en el Bolsón. En la ciudad rionegrina habita en una carpa instalada en un lote que pertenece a una toma de tierras. La información aun no oficial indica que tendría condenas anteriores. Esta información recién podrá estar disponible la semana próxima cuando envíe su informe el Registro Nacional de Reincidencia.
Fernando Rivarola indicó que el imputado fue quien contrató los servicios del remís en El Bolsón. Luego de dar unas vueltas estacionaron en proximidades de la Agencia de Quiniela, bajó del rodado junto al otro joven con el que viajaba, hablaron y luego mientras que el más joven se dirigía armado al local, él volvió a meterse al remís, al lado del conductor. Concretado el robo, el joven se metió al auto y salieron a toda velocidad para regresar a su localidad.
 
Después de exponer los hechos, el fiscal solicitó que se dicte la prisión preventiva para asegurarse que el imputado estará disponible para la continuidad del proceso. Rivarola tuvo en cuenta los elementos que lo vinculan a la comisión del hecho, entre otros la declaración de uno de los imputados realizada luego de las ruedas de reconocimiento producidas el día anterior.
También indicó que en este caso se hay peligro de fuga porque el imputado no tiene lazos firmes en la ciudad en la que reside y, si bien la información no puedo corroborarse aun, tendría antecedentes penales y probablemente estaría aun vinculado a alguna causa en provincia de Buenos Aires. Estos datos recién se podrán corroborar la semana próxima.
Cuando lo aprehendieron se le secuestraron $1500, entre los cuales habría varios billetes falsos. También se le secuestró clorhidrato de cocaína. En relación a ambos secuestros tendrá que responder ante la justicia federal.
Rivarola sostuvo que hay riesgo de entorpecimiento procesal ya que no se encontró el dinero robado ni el arma que se empleó en el robo.

Bruno Deias, defensor público, cuestionó el pedido fiscal insistiendo en que se aplica la prisión preventiva valorando de modo general las situaciones, lo que la torna injusta. En este caso a su criterio no corresponde, ya que no son suficientes los elementos citados por la fiscalía para vincular al imputado con los hechos. Para Deias, de la descripción de la conducta de su representado no surge ningún tipo de participación en el robo.
También señaló el defensor que si hubiera participado en el hecho, al enterarse que detuvieron a los coimputados se hubiera dado a la fuga y no lo hizo. Esto debería tomarse como un indicio a su favor, condideró.

Horacio Hernández participó de la audiencia en calidad de víctima, aunque anticipó que se constituirá en querellante. En su declaración hizo referencia al daño causado por los imputados a las mujeres que aquella mañana atendían en el local. También señaló que en ese lugar había un niño pequeño, su hijo, y que una eventualidad podría haber provocado que el arma que llevaba el autor del robo se disparara y estuviéramos ante una tragedia. El letrado expuso su hipótesis de lo ocurrido y señaló que debe aplicarse prisión preventiva en este caso como se impuso a los coimputados.

Ricardo Rolón dispuso la prisión preventiva por 30 días por considerar que hay elementos de convicción para vincular al imputado con el hecho. Destacó que se trata de un hecho sumamente grave cometido por personas que vinieron desde otra localidad con la finalidad de cometer un robo. También consideró que hay riesgo de fuga por la debilidad del arraigo y que persiste el peligro de entorpecimiento procesal.

viernes, 24 de mayo de 2013

Robo en agencia de quiniela


OTRO DETENIDO



A partir de diligencias realizadas ayer en el trámite judicial, el fiscal solicitó la morigeración de la medida de coerción impuesta a uno de los imputados y la detención de otra persona. El nuevo imputado fue aprehendido en El Bolsón con un celular que podría pertenecer a una de las víctimas.



Se espera que este viernes se realice una audiencia para traer a los tribunales locales al nuevo imputado en la investigación por el robo a la agencia de quiniela ocurrido el jueves 16 de mayo. Ayer se realizaron ruedas de reconocimiento, entre otras medidas investigativas. A la luz de los resultados, Fernando Rivarola pidió la modificación de la prisión preventiva que cumplía uno de los imputados y su sustitución por presentaciones periódicas en una institución pública. En tanto que continua la prisión preventiva del coimputado y se dispuso la detención del tercer sujeto que habría estado en el vehículo usado para concretar el robo a la agencia.

La orden de detención se cumplió en la ciudad de El Bolsón, se realizó una requisa personal y allanamiento al domicilio del imputado. Como resultado del procedimiento se le secuestró un teléfono celular compatible con el que se denunció como robado en el local y droga.

Se está a la espera del traslado del detenido para fijar la audiencia en la que se le comunicará la imputación en su contra y se discutirá la aplicación de medidas de coerción.

jueves, 23 de mayo de 2013

Banco de El Maitén

LA PARTICIPACIÓN DE AMPUERO VOLVERÁ A ANALIZARSE



Mientras el resto de la banda que perpetró el resonado robo de dinero del Banco de la provincia en El Maitén, está en el tramo final de la pena que le fue impuesta, César Gustavo Ampuero deberá insistir ante una nueva conformación de la Cámara Penal con sus argumentos para ser absuelto. El Superior Tribunal de Justicia revocó la sentencia de la Cámara Penal que lo absolviera luego de la condena que había recibido en primera instancia.

El fiscal Fernando Rivarola informó a la prensa que el 10 de mayo la Sala Penal del STJ revocó la sentencia de Cámara haciendo lugar al recurso presentado por la fiscalía. Aquella sentencia había revocado el fallo de primera instancia y dispuesto la inmediata libertad de Ampuero. La nueva  decisión retrotrae el proceso a su etapa anterior, vuelve a cobrar valor el fallo de primera instancia y debe reanudarse el proceso desde esa etapa conformándose una nueva Cámara y fijando nueva audiencia para tratar el recurso ordinario del imputado.
Ampuero se había evadido de la justicia en dos oportunidades, al comienzo de la investigación permaneció prófugo un largo tiempo, luego fue capturado en Chile, más tarde se fugó de las autoridades chilenas y fue recapturado en un hecho violento en Argentina. A partir de allí siempre estuvo con prisión preventiva por riesgo de fuga hasta que recuperó la libertad con la decisión de la Cámara en 2010. Desde entonces estuvo en libertad, ahora se intentará localizarlo para la continuidad del proceso.
El 19 de diciembre de 2008 Ampuero fue condenado a 14 años de prisión por un robo cometido con violencia, con privación ilegal de la libertad, con personas mayores y menores, "uno de los hechos con más violencia que hemos tenido en la circunscripción", sostuvo Rivarola.
Indicó además, que la decisión del Superior Tribunal se basó en que hubo arbitrariedad de la Cámara que invadió jurisdicción del Tribunal de juicio, la Cámara no puede valorar la prueba como si fuera un primer tribunal porque no lo es.

El Estado es uno solo



Lo dijo el Fiscal Jefe de Esquel al ser consultado por la prensa sobre los
dichos del gobernador Martín Buzzi que criticara la labor de jueces y fiscales. Zacchino dijo desconocer la finalidad con la que se vuelve a arremeter contra el Poder Judicial y señaló que los dichos del gobernador fueron impropios, desafortunados y poco constructivos.
 

En su paso por la zona cordillerana el gobernador de la provincia Martín Buzzi destacó la labor policial en la persecución de hechos delictivos de relevancia. En esta línea hizo referencia a lo que consideró falencias del poder judicial indicando que jueces y fiscales trabajan en hora de oficina y por teléfono.
Zacchino sostuvo que conociendo la estructura del Ministerio Público Fiscal, el empeño y esfuerzo que pone a diario el Procurador General al frente de la Procuración General y de la institución en su conjunto, "decir alegremente que los fiscales deben respetar horarios" cuando en muchos casos trabajan hasta avanzada la noche, " o decir que somos fiscales de escritorio" cuando los vehículos oficiales suman cantidad de kilómetros a la semana por tareas que se realizan en todas las localidades y parajes de la circunscripción, "me parece lisa y llanamente desinformar al pueblo".
En esta línea el fiscal se refirió a la necesidad de un control efectivo por parte de la ciudadanía sobre los actos de los Poderes del Estado, e indicó que en nuestra provincia existen mecanismos avanzados para efectivizar dicho control, con participación popular. "Nadie debe hacerse el distraído, tampoco el Poder Ejecutivo, respecto del problema de la inseguridad, respecto del problema vinculado a la atención de los casos. Por supuesto el MPF debe hacerse cargo y hacer una introspección crítica de su labor, que seguramente en un montón de los casos puede ser mejorable, pero de ninguna manera esto es hacernos totalmente cargo de las falencias del Estado", en relación a las responsabilidades propias de los demás poderes.
"Si nuestro poder ejecutivo detectan alguna falencia grave que deba ser corregida tienen la obligación de activar los mecanismos que nuestra propia institucionalidad nos obliga, para resolverlos. No declamarlos en una forma poco feliz, solamente en los medios de comunicación", finalizó.

Robo a la Panificadora Esquel



CULPABLES


Fue unánime el voto del Tribunal al resolver que los cuatro imputados por el robo a la Panificadora Esquel son responsables de las conductas que les atribuyó la Fiscalía. La sentencia fue leída por Carina Estefanía y Nelly García. El tercer juez, Alejandro Rosales, envió su voto desde Sarmiento. El 7 de junio a las 9 hs. se realizará el debate por la pena.

La lectura comenzó pasadas las 8 hs y se prolongó hasta las 11 hs, como estaba previsto. Los magistrados reconstruyeron lo sucedido el 5 de febrero de 2012 en la Panificadora y se refirieron a la afectación psicofísica que ese suceso generó en la víctima, antes de adentrarse en el análisis relativo a cada uno de los imputados.
También analizaron cuidadosamente los planteos de las defensas y los rechazaron. En primer lugar se refirieron a los cuestionamientos de Horacio Hernández respecto de los videos de las cámaras de seguridad, su obtención, su preservación y la respectiva cadena de custodia. Los magistrados entendieron que los planteos fueron inconsistentes, infundados e incompatibles con la actividad del defensor a lo largo del juicio.
También descartaron que existiera una "causa armada por la policía". Este planteo fue propuesto por Hernández y Esther Cárdenas, seguido en menor medida por Juan Zapata y descartado por Hugo Cancino. Los jueces explicaron por qué no puede sostenerse un planteo de tal naturaleza a la luz de las evidencias presentadas en el debate.
La Dra. Carina Estefanía realizó un pormenorizado análisis relativo al peso relevante de los indicios cuando se encuentran concatenados y pueden contrastarse con la impresión directa que produce la declaración de cada testigo, de los imputados y el accionar de las partes. Explicó por qué es esperable que en hechos de esta naturaleza en los que quienes intervienen no son delincuentes primarios, sea más difícil hacerse de prueba directa que resulte incriminante.

Silvana del Carmen Rodríguez fue encontrada partícipe necesaria para la comisión del delito. Esta mujer que por aquel entonces mantenía una relación sentimental con Roberto Alegre, sería la que brindó información clave, como la fecha ideal para encontrar una fuerte suma de dinero en esa oficina, el lugar en que estaban ubicadas las cámaras de seguridad y las costumbres del propietario, entre otros datos. Su declaración fue valorada como ingenua, no solo porque no resultó efectiva como respuesta para los cargos en su contra, sino que incluso evidenció aspectos que no le resultarían favorables, como su intento de ensuciar el honor de la víctima y de otras personas intervinientes en el proceso.
Ni el lugar donde le fuera encontrado dinero, ni la denominación de los billetes, ni el modo en que estaban presentados resultaron compatibles con su versión de que se trataría de ahorros personales. Tampoco resultó creíble que el sobre gris encontrado en su casa hubiera sido descargado por la Panificadora y rescatado por ella para alguna utilidad personal. Todas sus explicaciones fueron calificadas de "pueriles e inverosímiles".
Roberto Alegre fue identificado como la persona que portaba el arma de fuego y que gatillara dentro de la boca de del damnificado, además de haberle proferido un insulto que se interpretó como una reacción motivada por su relación con la imputada.
Jonathan Llanquitrú era el único que no tenía capucha sino un gorro. El damnificado lo identificó sin dudas en el juicio. Fue al único que identificó, el único que recuerda claramente, el que lo encaró cuando salía de la panadería. Si bien el valor de este reconocimiento no es el mismo que hubiera tenido en un reconocimiento en rueda, los jueces interpretaron que no puede ser obviado, sino que aporta un indicio más que de hecho se ajusta al resto de la evidencia que luego se colectara durante el juicio.
Respecto de Raúl A. Payalef tampoco tuvieron dudas y su declaración también resultó poco creíble. La coartada no resiste un análisis de lógica común. Por otra parte aparece fuertemente vinculado a Alegre y Llanquetrú, incluso en la realización de tareas de inteligencia previas. En su caso, como en el de Llanquetrú, se encontró alta compatibilidad en el análisis comparativo de rostro con los registros de las cámaras de seguridad.
Alegre, Payalef y Llanquetrú fueron declarados autores responsables del delito de robo con arma, en tanto que Rodríguez lo fue como partícipe necesaria en el mismo delito. El 7 de junio la discusión de las partes se centrará en la pena, partiendo de un piso de 5 años de prisión, por lo que en todos los casos deberá ser de cumplimiento efectivo.
Martín Zacchino fue consultado por los periodistas sobre la falta de lugares de alojamiento para mujeres en los centros de detención locales. El fiscal indicó que ese aspecto es de resorte exclusivo del Poder Ejecutivo. La justicia cumple en dictar una sentencia en base a una responsabilidad criminal probada, contar con el lugar para que esta se efectivice corresponde al poder político.

martes, 21 de mayo de 2013

Juicio Abreviado

LOS IMPUTADOS ADMITIERON TRES ROBOS



Se trata de Lucas Alfredo Traipe y Oscar Adrián Sepúlveda. Ambos imputados reconocieron ser los autores de tres robos ocurridos en Esquel y aceptaron la imposición de una pena de cinco años de prisión de efectivo cumplimiento. El lunes 27 a las 8:30 el juez Javier Allende leerá su resolución.

La fiscal Fernanda Révori explicó los términos del acuerdo alcanzado entre la Fiscalía y los defensores de los imputados, Marcos Ponce, defensor público, y el letrado particular Leopoldo M. Puricelli. Los imputados renunciaron a su derecho a producir prueba en un debate, aceptaron su responsabilidad y la imposición de una pena de cinco años de prisión de cumplimiento efectivo.


Tribunal de juicio. En el abreviado intervino solo Allende
 Los hechos por los que se los acusó ocurrieron en Esquel, uno de ellos el 20 de abril de 2012 a las 9:15 hs. Ambos ingresaron a un comercio ubicado en Av. Fontana y O`Higgins, permaneciendo Sepúlveda en la puerta de ingreso a manera de campana, mientras Traipe se aproximó a la empleada, la redujo tomándola de cuello y apoyándole de manera amenazante un cuchillo que portaba por debajo de las costillas, mientras le exigía abriera la caja fuerte y le entregara todo el dinero. Mientras esto sucedía le arrebató el celular. Imprevistamente ingresó el propietario del local y los asaltantes se dieron a la fuga. Poco después fueron aprehendidos en proximidades del local. Desde ese momento cumplen prisión preventiva.
 
Otro de los hechos sucedió el día anterior, aproximadamente a las 20.00 hs., en un comercio ubicado en Avellaneda al 1600. Entraron simulando ser clientes, una vez mas Traipe fue el que encaró a la propietaria del local con un cuchillo, la amenazó de muerte, le sustrajo la caja registradora, en tanto que Sepúlveda aguardaba en la puerta del local. Luego se dieron a la fuga.

El tercer hecho ocurrió en marzo del mismo año cuando intentaron robar una moto estacionada en el playón de un supermercado de Esquel. Cortaron los cables procurando lograr contacto para darle arranque sin llave y como no lo lograron se la llevaron, uno subido al rodado en tanto que el otro la empujaba. En esas circunstancias fueron aprehendidos.

Si el juez Javier Allende homologa el acuerdo de juicio abreviado la sentencia quedará firme y pasará a la intervención del área de ejecución penal para hacerse efectiva de forma inmediata.

lunes, 20 de mayo de 2013

Robo en Agencia de Quiniela



DOS MESES DE PRISIÓN PREVENTIVA PARA LOS IMPUTADOS

El domingo a última hora de la tarde se realizó la audiencia de formalización de la investigación. Todo se produjo más rápido de los previsto. Los imputados fueron trasladados rápidamente a Esquel y se llevó a cabo la audiencia para informarles el hecho que se sigue en su contra, discutir la aplicación de medidas de coerción y disponer nuevas medidas investigativas.

El jueves 16 a las 10:20 hs., un sujeto ingresó a la agencia de Quiniela ubicada en Ameghino y AP Justo, Esquel, intimidando a las empleadas con un arma de fuego de puño. Obtuvo de este modo el dinero que había en las cajas, los celulares de las empleadas y se dio a la fuga en un vehículo en el que lo esperaba otro sujeto.

Fernando Rivarola solicitó la prisión preventiva para ambos imputados basado en el riesgo de fuga y de entorpecimiento procesal. Lo dijo al comienzo de su fundamentación "sin mucho esfuerzo se puede imaginar que de dejarlos libres se darían a la fuga".  Se refirió a las características del hecho, la actitud de los imputados que vinieron desde El Bolsón a Esquel para cometer un robo con arma de fuego. Este dato fue tomado como el fiscal como un dato que evidencia que se trata de personas que tienen cierta habitualidad en el delito. La vulnerabilidad de las víctimas, que estaban en un comercio con sus puertas abiertas al público y que eran mujeres, lo que debe tomarse en cuenta a la hora de definir una prisión preventiva.
El fiscal informó los datos que obtuvo sobre otras causas penales en las que se verían involucrados. Habló además del peligro de entorpecimiento procesal , no solo porque no se recuperó lo robado, sino también porque podrían intentar influir en las personas damnificadas para que no declaren en su contra.
El robo con arma es el delito que más claramente expone la posibilidad de reiteración delictiva, expuso Rivarola indicando que llegar a ese punto, utilizar un arma para robar aumenta exponencialmente el peligro ya que la diferencia entre este delito y el homicidio en ocasión de robo es solo la enervación de un músculo de un dedo de la mano.
Luego de exponer sus argumentos Rivarola solicitó el dictado de la prisión preventiva por un plazo de sesenta días. También adelantó que si la investigación finalizara antes o bien si la prueba que se obtenga lleva a que se vea innecesario continuar con la prisión preventiva, solicitará las modificaciones pertinentes de inmediato.

Por su parte los abogados defensores Víctor Maximino y Aníbal Orellano, solicitaron la inmediata libertad de los imputados entendiendo que no se dan los requisitos para el dictado de la prisión preventiva.
A su turno el juez Ricardo Rolón ponderó los elementos reunidos y las particularidades del caso, del modo en que se cometió el hecho y de los imputados, y dispuso la prisión preventiva por el plazo solicitado por el fiscal.