La audiencia
había sido fijada para una fecha anterior pero no pudo concretarse ya que una
de las víctimas se constituyó en querellante y debió tratarse primero la
admisión de dicha presentación, en esa audiencia y luego por dos jueces
revisores. Finalmente este miércoles a las 9 hs. la fiscal Fernanda Révori
expuso su acusación, extensa debido al despliegue de conductas que se le
achacan al imputado.
El defensor
Bruno Deias no tuvo cuestionamientos, y presentó su prueba también,
compartiendo varios testigos propuestos por la fiscalía. Por su parte el
imputado aceptó hablar, solo para decir que no sabe quién es el querellante y
que "si le hice algo malo en lo que haya pasado, le quiero pedir
disculpas, porque no sé lo que pasó ahí…".
Los sucesos trágicos del 21 de junio
Eran aproximadamente
las 20.30 horas, estaba oscuro. El imputado dejó estacionado su automóvil del
otro lado de un baldío y caminó 200 mts hacia el domicilio que alquilaba su ex
pareja, Cristina Veatriz Cayecul en el
Barrio Baden I. Sabía que no estaban sus hijos. Llevaba entre sus prendas un revólver
calibre 22 largo marca Doberman. Traspuso un portón de rejas que estaba cerrado
con candado e irrumpió en la vivienda. La acusación fiscal indica que allí la habría
agredido primero con sus manos y con la utilización de un alambre, para finalmente
extraer el arma y dispararle al cuerpo de la mujer en varias oportunidades,
impactando seis proyectiles, lo que le provocó la muerte. "Cabe resaltar
que el acusado había protagonizado anteriormente situaciones de violencia
familiar para con la víctima, madre de sus dos hijos, de quien se hallaba
separado desde principios del mes de enero de 2013."
Antes de
morir, Cristina gritó pidiendo ayuda. Su vecino escuchó y salió a socorrerla,
sin embargo solo logró acercarse al portón de acceso a la vivienda cuando se
topó con la mirada intimidatoria del agresor que lo apuntaba con el arma de
fuego. Frente a esta actitud el hombre se tiró inmediatamente al piso desde
donde escuchó el primer disparo y huyó rápidamente a su vivienda tratando de
protegerse.
Minutos más
tarde, el imputado emprendía su huida. Tomó un taxi en la parada del Casino,
con la excusa de alcanzar el colectivo que viaja a Trevelin, pero al completar
el recorrido sin haberlo interceptado, le pidió al chofer que lo alcance al
puente del camino a Aldea Escolar. Fue entonces cuando exhibió el arma de fuego
y le anunció que si no quería tener
problemas lo lleve hasta La Aldea ya que él era quien había matado a la mujer
en Esquel. El taxista se resistió y el imputado le gatilló tres o cuatro veces
sin que se dispare ningún proyectil. En ningún momento dejó de apuntarlo, ni
siquiera cuando se puso a forcejear por el control del volante. El vehículo
colisionó contra el cerco perimetral de un campo lindero a la ruta. El taxista
logró arrebatarle el arma y el imputado se dio a la fuga para luego esconderse
en el domicilio de quien sería su novia. Allí fue aprehendido a las 19.00 horas
del día 22.
Révori calificó
los hechos como constitutivos de homicidio calificado por el vínculo con la
víctima, por tratarse de un hecho de violencia de género y por su comisión con
el empleo de un arma de fuego, en concurso ideal con portación ilegal de arma
de fuego de uso civil, en concurso real con coacción agravada por el uso de
arma en concurso real con tentativa de homicidio criminis causa cometido con
empleo de arma de fuego.
La discusión de la prisión preventiva
La fiscalía
expuso los motivos para mantener la medida cautelar no solo por el riesgo
procesal de amedrentamiento de testigos, sino por peligro de fuga. Para la Dra.
Révori, el imputado no tiene suficiente arraigo frente a la expectativa de pena
que pesa en su contra.
Por su
parte el defensor Bruno Deias planteó que no se opondría a la medida, pese a
que no comparte el análisis realizado por la fiscal. Para la defensa el
imputado está en una situación muy delicada, realizando tratamiento psicológico
y habiendo recibido amenazas respecto de su persona.
José
Colabelli decidió mantener la medida de coerción fundamentalmente por peligro
de fuga. El magistrado tuvo muy en cuenta la gravedad de los delitos que se
imputan, los elementos que existen para achacarlos al imputado y la conducta
que este mantuvo no solo al momento de realizar estos hechos, sino también con
anterioridad, desobedeciendo reiteradas veces las prohibiciones impuestas por
el fuero de familia.