jueves, 28 de noviembre de 2013

Empleados de la justicia neuquina visitan Esquel



Un grupo de doce empleados de la justicia de la provincia de Neuquén  llegaron a Esquel para tomar contacto con sus pares, conocer las características de la reforma procesal penal y decidir qué puestos quieren ocupar después del 14 de enero. Ese día entrará en vigencia la reforma procesal penal en aquella provincia. Tiempo atrás realizaron una visita similar fiscales, defensores y jueces.



La visita fue avalada por el Superior Tribunal de Justicia de Neuquén y organizada por la Escuela de Capacitación Judicial de esa provincia y el Área de Comunicación Institucional del Ministerio Público Fiscal de Esquel.
El grupo de empleados llegó con intenciones de conocer el funcionamiento del sistema penal acusatorio de Chubut y fundamentalmente el cambio que este implicó para los empleados judiciales. Muchas de las funciones que actualmente cumplen en su provincia deberán ineludiblemente ser asumidas por funcionarios y magistrados. El cambio de sistema procesal implica fundamentalmente un cambio de paradigma cultural al interior de las instituciones de justicia, seguramente el desafío mayor de estos procesos.
 
El jueves los neuquinos recorrieron cada uno de los puestos de trabajo de la Fiscalía y también la Defensa. Por la noche mantuvieron un encuentro con integrantes del gremio de empleados judiciales, en tanto que el viernes a la mañana visitarán la Oficina Judicial y observarán alguna audiencia, antes de regresar a su provincia a compartir con otros los registros de su experiencia en Esquel.




martes, 26 de noviembre de 2013

Se realizaron con éxito las Jornadas sobre Género y Trata



La perspectiva de género y la identificación de una de las formas de esclavitud moderna, fueron los temas centrales de las jornadas desarrolladas por los capacitadores entrenados por  la Corte Suprema de Justicia: el Procurador General Adjunto  Dr. Emilio Porras Hernández, la Jueza de Cámara Penal Dra. Nelly García, la Jueza de familia Dra. Mariela González de Vicel y la Fiscal General Dra. María Bottini.
 

Los organizadores estuvieron muy conformes con el compromiso demostrado por los asistentes. Los participantes funcionarios de Policía del Chubut, Policía Federal, Gendarmería Nacional y Servicio Penitenciario Federal, identificaron estereotipos y sus consecuencias, propusieron estrategias para su erradicación, también analizaron consentimiento y sometimiento en relación al delito de trata de personas con fines de explotación sexual.


Trata

Los capacitadores expusieron sobre la trata de personas con fines de explotación sexual, su definición, los medios comisivos y la vinculación sociológica entre prostitución y trata. También sobre sistemas vinculados al ejercicio de la prostitución y la legislación en torno al tema.
Respecto de las tendencias abolicionistas y reglamentaristas, se identificó las connotaciones religiosas, morales, machistas que suelen sostenerlas.
Los expositores se refirieron al “consentimiento” de las mujeres, indicando que no tiene incidencia ya que en estos casos se considera afectada la dignidad de la persona.

Comprender y actuar en consecuencia

Las jornadas forman parte del conjunto de réplicas que se han desarrollado en todas las ciudades de la provincia. Se trata de una iniciativa de la Oficina de la Mujer (OM) de la Corte Suprema de Justicia de la Nación y de la Unidad Fiscal de Asistencia en Secuestros Extorsivos y Trata de Personas (UFASE) del Ministerio Público Fiscal que cuenta con el apoyo del Sistema de Naciones Unidas en Argentina.
Los objetivos son: impulsar un proceso de comprensión del flagelo de la trata de personas con fines de explotación sexual, y elaborar estrategias para proporcionar, desde la Justicia  y desde los otros sectores vinculados a la temática, una respuesta ajustada a las convenciones y compromisos internacionales suscriptos por nuestro país.

viernes, 22 de noviembre de 2013

Homicidio de Millanahuel



EL TRIBUNAL DECIDIRÁ DONDE SE DETIENE EL PÉNDULO



Este viernes se llevó a cabo el debate por la pena a imponer a Ruperto Salvador Jaramillo, condenado por el homicidio de Julián Millanahuel. La escala penal disponible va de los 8 a los 25 años de prisión. La fiscalía pidió que se imponga una pena de 22 años, la querella solicitó el máximo y el defensor pidió el mínimo de la escala. El viernes 29 de noviembre el tribunal integrado por Anabel Rodríguez, Ricardo Rolón y Alejandro Rosales daría a conocer su decisión.

El Código Penal ofrece una escala penal amplia para cada delito, dejando margen a los jueces para que frente a cada caso concreto valoren características del hecho, sus circunstancias y las de su autor para establecer la pena más adecuada poniendo en la balanza agravantes y atenuantes. En el debate los acusadores fundamentan su pedido de pena teniendo en cuenta todos estos elementos, y la defensa hace lo propio buscando el mejor posicionamiento posible para el imputado.
 
No es usual que la Fiscalía solicite penas tan próximas al máximo legal, son muy escasos los hechos en que esto ocurrió. El homicidio de Julián Millanahuel fue uno de ellos. Tanto el fiscal Fernando Rivarola, como el querellante Santiago González, entendieron que en el desarrollo de los votos del tribunal quedó debidamente retratada la gravedad del hecho, la decisión del autor y el estado de indefensión de la víctima. Ambos también ponderaron el daño causado. La edad de la víctima, el rol de esta dentro de su estructura familiar, su buena consideración social, su participación en la comunidad en el ámbito del deporte y de la política, la responsabilidad social depositada al elegirla concejal de su ciudad, fueron algunos de los parámetros llevados por Rivarola para que se evalúe la extensión del daño.
También la actitud decidida del autor, evidenciada en el número de puñaladas, en sus dichos al momento del hecho, en su decisión de poner fin a un conflicto de tierras de la peor manera posible, en su determinación de llevar a cabo el crimen por sí mismo sin involucrar a su hermano que ya se encontraba comprometido en un proceso judicial con una suspensión de juicio a prueba, fueron elementos tomados como agravantes. Rivarola entendió que la falta de intervención y respuesta de parte de los organismos estatales al problema de tierras, no puede considerarse como un atenuante ante un delito como el homicidio que requiere de una clara decisión personal. También señaló que Jaramillo debió hacer un gran esfuerzo para apartarse de lo que manda una prohibición por todos conocida: no matar.
Con estos fundamentos pidió la aplicación de una pena de 22 años de prisión.

Por su parte González hizo fuerte hincapié en las características del hecho, señalando que no se solicitó al tribunal que condene por homicidio agravado por alevosía, exclusivamente por la presencia del alambrador que podría haber sido visto como una amenaza por Jaramillo. Sin embargo el crimen se produjo cuando Julián estaba tirado sobre el suelo, con el imputado sobre él y sin posibilidades de escapar o defenderse, tal como lo demostrara la reconstrucción realizada por el Lic. Ehnes. La querella requirió la aplicación de 25 años de prisión, el máximo legal.

Daniel Sandoval, abogado defensor del imputado, se mostró sorprendido por el monto de los pedidos. Su alegato hizo pie en la finalidad resocializadora de la pena, indicando que los acusadores pretenden utilizar la prisión para el castigo de modo desmedido. También se preguntó cuánto tiempo de tratamiento penitenciario necesita su pupilo para resocializarse. Resaltó la falta de antecedentes penales, la formación rudimentaria del imputado y sus hábitos de trabajo como aspectos ineludibles a la hora de mensurar la pena. Su análisis concluyó en que la condena a imponer debe situarse en el mínimo legal.

El próximo viernes se conocería de decisión judicial, a menos que compromisos funcionales impidieran a alguno de los magistrados finalizar su voto para esa fecha. Si esto ocurriera, la lectura tendría lugar el lunes 2.

jueves, 21 de noviembre de 2013

Perspectiva de género y Trata de personas



COMENZARON LAS JORNADAS DIRIGIDAS A FUERZAS DE SEGURIDAD

El miércoles se llevó a cabo la primera de las jornadas en la que las expositoras desarrollaron conceptos sobre perspectiva de género. Este jueves se abordará el flagelo de la trata de personas con fines de explotación sexual. Los asistentes reflexionarán sobre formas estrategias para proporcionar una respuesta ajustada a las convenciones y compromisos internacionales.

La actividad tiene lugar en el Centro de Instrucción de la Policía, ubicado en 9 de Julio 542, desde las 15 hasta las 20 hs. y está a cargo de los capacitadores entrenados por  la Corte Suprema de Justicia, el Procurador General Adjunto  Dr. Emilio Porras Hernández, la Jueza de Cámara Penal Dra. Nelly García, la Jueza de familia Dra. Mariela González de Vicel y la Fiscal General Dra. María Bottini.

Esta jornada está dirigida a  funcionarios de Policía del Chubut, Policía Federal, Gendarmería Nacional y Servicio Penitenciario Federal. Se trata de una iniciativa de la Oficina de la Mujer (OM) de la Corte Suprema de Justicia de la Nación y de la Unidad Fiscal de Asistencia en Secuestros Extorsivos y Trata de Personas (UFASE) del Ministerio Público Fiscal que cuenta con el apoyo del Sistema de Naciones Unidas en Argentina.

Los objetivos de la iniciativa son: impulsar un proceso de comprensión del flagelo de la trata de personas con fines de explotación sexual, y elaborar estrategias para proporcionar, desde la Justicia  y desde los otros sectores vinculados a la temática, una respuesta ajustada a las convenciones y compromisos internacionales suscriptos por nuestro país. Se prevé que estas jornadas sean replicadas en todo el país en el ámbito nacional, federal y provincial simultáneamente.

miércoles, 20 de noviembre de 2013

Robo en El Delfín



JUICIO ABREVIADO PARA TODOS LOS IMPUTADOS



Diego Marcelo Urrutia ya había reconocido su responsabilidad en una audiencia realizada en agosto. Ahora fue el turno de Patricio Pantaleón Spinelli y Carlos Bejar. Spinelli reconoció su responsabilidad como partícipe secundario y aceptó ser condenado a tres años de prisión de cumplimiento efectivo. Bejar deberá cumplir pena de cinco años de prisión como coautor. En este último caso formaba parte del acuerdo la declaración de reincidencia. La juez Nelly García decidió no declararla porque a su criterio es inconstitucional.

Carlos Bejar estuvo asesorado por el defensor Bruno Deias, en tanto que Horacio Hernández actuó como abogado defensor de Spinelli. Ambos imputados aceptaron los hechos, tal como fueron relatados en esta audiencia por el fiscal Fernando Rivarola en el marco del acuerdo de juicio abreviado. La imputación se centró en los hechos respecto de los que existe abundante prueba, tomando la duda a favor de los imputados en aquellas cuestiones sobre las que la prueba admite controversias. Tal el caso de la imputación por asociación ilícita respecto de la que también se trabajó durante la investigación.
 
El 31 de agosto de 2012, aproximadamente a las 18 hs, Patricio Spinelli ingresó al comercio a consultar precios. Pocos minutos después otros tres sujetos, entre los que estaban Bejar y Urrutia, ingresaron vestidos con mamelucos y encapuchados (con gorros, gorras, bufandas y/o cuellitos) y mediante la utilización de armas blancas y al menos una de fuego tipo revólver, intimidaron y redujeron violentamente a las tres empleadas del lugar, al igual que una mujer que había ingresado al local junto con su hija menor de edad. Las ataron y las trasladaron hacia una dependencia trasera. Luego se apoderaron del dinero en efectivo que se hallaba en la caja fuerte del establecimiento y en una caja de seguridad, varias prendas de vestir, un llavero y una cartera de dama negra con un celular, tarjeta de crédito, documentación y dinero en efectivo. Después se dieron a la fuga un vehículo marca Renault Kangoo color gris donde los aguardaba Spinelli.

El hecho fue calificado como robo agravado en poblado y en banda, y por ser cometido con arma cuya aptitud para el disparo no pudo constatarse. Spinelli, declarado partícipe secundario, fue condenado a la pena de tres años de prisión. A su favor pesó su falta de antecedentes penales. Carlos Bejar resultó condenado a cinco años de prisión como coautor en el hecho.

Sobre el acuerdo de pena con declaración de reincidencia, la Dra. García se refirió a otros casos en los que la declaró inconstitucional por considerar que viola el principio de responsabilidad por el acto y de culpabilidad por el hecho consagrado en el Art. 18 de la CN. “Aunque sea de oficio, en un juicio abreviado con acuerdo de partes, no me veo obligada a aplicar una norma que considero que es inconstitucional”, sostuvo la juez.

lunes, 18 de noviembre de 2013

UNICEF destaca al SAVD como ejemplo de Buenas Prácticas


La nueva "Guía de Buenas Prácticas para el abordaje de niños/as, adolescentes víctimas o testigos de abuso sexual y otros delitos", presentada por UNICEF, la Asociación por los Derechos Civiles y JUFEJUS, reconoce la experiencia del SAVD en Chubut como ejemplo de atención inmediata. La guía contiene "buenas prácticas" que orientan la actuación de los funcionarios y operadores involucrados en las distintas instancias del proceso judicial al que se ve sometido un niño/a víctima o testigo de un delito.
Virginia Berlinerblau coautora, en VI Jornadas SAVD




Desde 2008 ADC, JUFEJUS y UNICEF realizan un trabajo de relevamiento y colaboración con organismos judiciales y del Poder Ejecutivo de las provincias y de la CABA que intervienen en la protección, abordaje y acceso a la justicia de los niños, niñas y adolescentes. A partir de este trabajo se reconocieron importantes avances, entre ellos la obligatoriedad de tomar medidas de protección especial durante la toma de declaración del niño/a para evitar su reiteración y evitar que estas sean realizadas por personas sin capacidad suficiente. El objetivo de estas medidas es reducir al máximo el estrés que supone para el niño/a y el adolescente atravesar el proceso judicial y evitar su revictimización, a la vez que se favorece la obtención de pruebas válidas, de calidad y relevantes a los fines de la investigación.

Atención inmediata a las víctimas

En el apartado referido a la atención inmediata a las víctimas, la Guía habla del SAVD en Chubut.

El Servicio de Asistencia a la Víctima del Delito (SAVD), organismo dependiente de la Procuración General, cuenta con oficinas en distintas localidades de la provincia (Esquel, Sarmiento, Puerto Madryn, Comodoro Rivadavia, Trelew, Rawson y El Hoyo).
El SAVD es el encargado de brindar contención, asesoramiento y acompañamiento a las víctimas de abuso sexual y a sus familias en lo que respecta a la atención inmediata. En coordinación con el fiscal del caso, brindan asesoramiento a la víctima respecto a los alcances del proceso y su participación durante las distintas etapas del proceso judicial. Además, intervienen en los casos de violencia intrafamiliar.
El SAVD está conformado por equipos interdisciplinarios integrados por profesionales abogados, psicólogas y trabajadoras sociales y cuenta con guardias permanentes durante las 24 hrs. los 365 días del año.
Desde el año 2009, implementaron junto a los sectores de Salud el “Dispositivo de atención de personas en situación de abuso sexual” mediante el cual, ante la toma de conocimiento de un hecho de abuso sexual reciente con acceso carnal en un hospital, escuela o comisaría, se haya efectuado o no la denuncia, se le debe dar intervención inmediata al SAVD quien se encarga de asesorar a la víctima sobre la conveniencia de recibir asistencia médica inmediata concurriendo al hospital público de la localidad de la que se trate. En estos casos, un profesional del SAVD realizará la derivación efectiva de la víctima y la acompañará al hospital o entro de salud correspondiente, para que se lleve a cabo la atención médica necesaria según lo dispuesto en el Dispositivo de Atención.

Principales cuestiones a tener en cuenta en esta instancia

Una vez que se realiza la denuncia o develación, la NNyA debe recibir asistencia inmediata y especializada.
Procurar brindar a la NNyA contención psicológica y emocional, así como evaluar el riesgo de que vuelva a sufrir una agresión y recomendar medidas para preservar su seguridad física y psíquica.
Necesidad de disponer de un organismo o profesional especializado en atención a NNyA víctimas.
Registro por escrito, textual y entre comillas del relato espontáneo.
Producción de informe con hechos básicos denunciados, circunstancias de develación, valoración del riesgo, dichos espontáneos y demás información que resulte útil para la investigación.

miércoles, 13 de noviembre de 2013

Talleres sobre trata de personas en fines de explotación sexual



Los días 20 y 21 de noviembre, desde las 15 hasta las 20 hs, en el Centro de Instrucción de Policía, ubicado en 9 de Julio 542 de Esquel,  los capacitadores entrenados por  la Corte Suprema de Justicia, Procurador General Adjunto  Dr. Emilio Porras Hernández, Jueza de familia Dra. Mariela González de Vicel, Fiscal General Dra. María Bottini y Jueza de Cámara Penal Dra. Nelly García, llevará a cabo una jornada de trabajo en talleres para incorporar la perspectiva de género y sobre la trata de personas con fines de explotación sexual. Esta jornada está dirigida a  funcionarios de Policía del Chubut, Policía Federal, Gendarmería Nacional y Servicio Penitenciario Federal. Se trata de una iniciativa de la Oficina de la Mujer (OM) de la Corte Suprema de Justicia de la Nación y de la Unidad Fiscal de Asistencia en Secuestros Extorsivos y Trata de Personas (UFASE) del Ministerio Público Fiscal que cuenta con el apoyo del Sistema de Naciones Unidas en Argentina.
Los objetivos de la iniciativa son: impulsar un proceso de comprensión del flagelo de la trata de personas con fines de explotación sexual, y elaborar estrategias para proporcionar, desde la Justicia  y desde los otros sectores vinculados a la temática, una respuesta ajustada a las convenciones y compromisos internacionales suscriptos por nuestro país. Se prevé que estas jornadas sean replicadas en todo el país en el ámbito nacional, federal y provincial simultáneamente.

Acerca de la Oficina de la Mujer
La Oficina de la Mujer (OM), creada por el máximo Tribunal del país en 2009, se planteó el desafío de lograr la igualdad de género tanto en relación a quienes utilizan el sistema de Justicia como a las personas que desempeñan sus funciones en el Poder Judicial. El trabajo de la Oficina de la Mujer se enmarca en la política de Estado tendiente a prevenir y erradicar cualquier tipo de violencia de género.
La Oficina, a cargo de la Ministra Dra. Carmen Argibay, cuenta con una Secretaría y diversas áreas de trabajo, encargadas de brindar capacitación al Poder Judicial para el diseño y coordinación de políticas institucionales que favorezcan la igualdad de género; la recopilación de datos a fin de elaborar estadísticas en este sentido y la investigación de género, tendientes a identificar las necesidades dentro del Poder Judicial.
Más información: www.csjn.gov.ar/om/

Acerca del Ministerio Público Fiscal:
La reforma introducida al texto de la Constitución Nacional en el año 1994 incluyó al Ministerio Público entre las autoridades de la Nación –junto a los Poderes Ejecutivo, Legislativo y Judicial– como un órgano independiente con autonomía funcional y autarquía financiera (art. 120). Esta cláusula constitucional, a su vez, fue reglamentada por el Congreso de la Nación a través del dictado de la Ley Orgánica del Ministerio Público (ley n° 24.946).
De acuerdo con el artículo mencionado, corresponde al Ministerio Público promover la actuación de la justicia en defensa de la legalidad y de los intereses generales de la sociedad.
El Ministerio Público Fiscal está integrado por el Procurador General de la Nación, Dr. Esteban Righi, que es su autoridad máxima, y por los fiscales –nacionales y federales– que establece la ley.
Además, dentro del Ministerio Público, participa en este programa la Fiscalía General de Formación, Capacitación y Estudios Superiores, a cargo del Dr. Carlos Ernst, que tiene entre sus funciones la capacitación, formación y actualización de sus miembros; y la UFASE (Unidad Fiscal de Asistencia en Secuestros Extorsivos y Trata de Personas), a cargo del Fiscal Dr. Marcelo Colombo, que a raíz del sostenido interés y compromiso del  Ministerio Público Fiscal en la persecución penal del delito de trata de personas, desde el 22 de agosto de 2008 y por Resolución PGN 100/08 cuenta entre sus atribuciones prestar asistencia a los fiscales de todo el país en la investigación de este delito, como así también brindar capacitación sobre dicha temática.
Más información: www.mpf.gov.ar

Acerca del Sistema de Naciones Unidas en Argentina
El Sistema de Naciones Unidas reúne a las oficinas, fondos y programas de la ONU que trabajan en el país. En 14 agencias, cerca de 300 personas planifican y ejecutan más de 300 proyectos dirigidos a apoyar, mediante la cooperación técnica y la asistencia, los esfuerzos nacionales y locales en las diversas áreas vinculadas al desarrollo. Cada oficina tiene un mandato propio, pero coordinan y unen sus esfuerzos para hacer frente a estos desafíos de manera más estratégica, integrada y eficaz.
El Sistema de las Naciones Unidas en Argentina trabaja para lograr la plena equidad de género y el empoderamiento de las mujeres en el país, mediante la cooperación con el gobierno y organizaciones de la sociedad civil. En la actualidad, brinda su apoyo a diversas iniciativas de orden nacional, como la Oficina de la Mujer, la Oficina de Violencia Doméstica de la Corte Suprema de Justicia y el Consejo Nacional de las Mujeres, entre otras.
Más información www.onu.org.ar

lunes, 11 de noviembre de 2013

Vejaciones agravadas

LA CAMARA CONFIRMÓ LA CONDENA
 
Las camaristas Nelly García, Carina Estefanía y Mónica Rodríguez rechazaron el recurso interpuesto por el defensor de Carlos Damián Albiar, Fabián Carmelo, Orlando Castro y Sergio Hernán Reyes, confirmando la sentencia que los declaró autores del delito de vejaciones agravadas por el empleo de violencia física.
En la investigación trabajaron de modo conjunto la Fiscalía y la Defensa Pública a cargo de la querella.


La imputación original alcanzaba a otros tres policías que resultaron absueltos en la primera sentencia. El defensor presentó un recurso ante la Cámara Penal cuestionando la resolución del Dr. Jorge Criado y reclamando la absolución de los cuatro policías condenados. La segunda instancia judicial confirmó aquella sentencia en todos sus términos.

La investigación se centró en dos hechos, uno de ellos con dos víctimas y el otro con seis. Por primera vez la defensa pública desdobló sus esfuerzos en sentidos contrarios. El Dr. Omar López llevó  a cabo la querella, trabajando conjuntamente con el fiscal Fernando Rivarola, en tanto que Marcos Ponce, tuvo a su cargo la defensa de los imputados. Este último planteó que las diferencias que se evidenciaron en las declaraciones de las víctimas deben ser tomadas como un indicio de su falsedad. El tribunal encontró otra explicación.
A criterio de las magistradas "las diferencias que remarca el defensor entre los testimonios, son normales, la mayoría de las veces se deben a diferencias en la percepción, que varían de un individuo a otro, puede deberse a hechos dinámicos, que se desarrollan en paralelo y cambiantes en segundos o minutos, un individuo no puede tener el control de todo lo que está ocurriendo y recordarlo con total precisión, dos años después".

También se cuestionó la falta de precisiones sobre quién, cómo, cuándo y dónde fueron propinados los golpes que tuvo por acreditados el juez. "Si bien los delitos cometidos por policías en el interior de los calabozos son difíciles de probar ya que la víctima está en desventaja, no se pueden comparar con los abusos sexuales, que tienen otras implicancias para la víctima, pero sí comparto lo expresado por el Defensor, en todos los casos hay que probar los hechos, se puede condenar con un testigo único, si su versión se puede corroborar con otros datos, pero en el caso que nos ocupa no se trata de la víctima testigo único", consideraron.

La Dra. Rodríguez explicó en su voto que "no se trata, pues, de valorar sólo palabras, sino que las declaraciones se han visto robustecidas por información externa y objetivable, que si bien no constituye una prueba directa de los hechos, dotan al testimonio de una potencia incriminatoria suficiente como para dar sustento a un fallo de condena."

miércoles, 6 de noviembre de 2013

Agresión a personal del hospital



EL IMPUTADO NO PODRÁ ASISTIR SIN ACOMPAÑAMIENTO POLICIAL

Dos situaciones se produjeron en el Hospital Zonal de Esquel este martes. Un sujeto habría dañado la puerta de la guardia, en medio de amenazas contra el personal que se desempeñaba en ese sector. Más tarde habría intentado golpear a una profesional médica y al intervenir el personal policial se resistió a ser detenido. En la audiencia de control de la detención se formalizó la investigación de ambos hechos y se estableció que durante el proceso no podrá tomar contacto con las víctimas ni acercarse a ningún centro de salud de la ciudad sin acompañamiento policial.

Es la misma persona condenada en agosto a una pena en suspenso por hechos similares. Si los nuevos hechos fueran probados en juicio deberá cumplir ambas condenas en un centro de detención.

El miércoles por la mañana se realizó la audiencia para tratar la legalidad de la detención y formalizar la investigación en relación a dos hechos. El primero de ellos ocurrió aproximadamente a las 3:30 hs del martes en la guardia del HZE. El imputado se presentó con su pareja para que esta reciba atención médica. Según la imputación, al informarle que la mujer tendría que permanecer en observación se habría exaltado, amenazando al personal y rompiendo la puerta.
Mas tarde, a las 11:10 hs. regresó dirigiéndose al sector de salud mental. La médica a cargo le dijo que su mujer estaba descansando y que por lo tanto no podía ingresar. El imputado la habría amenazado, intentando darle golpes de puño. Intervino el personal de seguridad y también un policía, a los que también habría intentado agredir, resistiéndose a la detención.

La fiscal Fernanda Révori pidió que se aplique una medida de coerción, acordada previamente con la Adriana Carro de la defensa pública. Se solicitó que se imponga una prohibición de acercamiento y contacto a las víctimas y prohibición de acercamiento a Hospital y a los centros de salud. Solo habilitando la asistencia con custodia policial para casos de urgencia o para el tratamiento psiquiátrico del imputado.
Revori pidió además que se le aclare al imputado que en caso de incumplir la medida estará incurriendo en el delito de desobediencia por lo que tendría otra investigación en su contra.