martes, 11 de diciembre de 2012

Homicidio de Gonzalo Ortiz



 PRISIÓN PREVENTIVA PARA EL IMPUTADO

Este martes se realizó la audiencia de control de la detención y formalización de la investigación penal, respecto del homicidio de un joven ocurrido el pasado domingo en Esquel. El juez Martín O' Connor declaró legal la detención y a pedido de la Fiscalía dispuso la prisión preventiva del imputado por un mes.
                                                                                
La prisión preventiva había sido solicitada por peligro de fuga y de entorpecimiento procesal. Hernán Dal Verme fundamentó su planteo en la expectativa de pena, la carga de indicios que señalan la posible autoría del imputado en el crimen, y la posibilidad de inferir con esto la intención del joven de evadirse de la justicia. Por otro lado apuntó a la gran cantidad de testigos presenciales, la relación entre todos ellos y la posibilidad que esta circunstancia otorga al imputado para influir sobre sus declaraciones en caso de encontrarse en libertad.
Por su parte el defensor, Marcos Ponce, se opuso a la medida, resaltó que su representado no tiene antecedentes penales, indicó que no existen elementos suficientes para hablar de riesgo de fuga y destacó que se puede disponer de medidas alternativas a la prisión preventiva para morigerar cualquier riesgo de entorpecimiento procesal.
A las 16 hs., luego de un cuarto intermedio, el Dr. O' Connor decidió disponer la prisión preventiva exclusivamente por el riesgo de entorpecimiento procesal y considerando como ajustado y proporcional el plazo de la medida solicitado por la Fiscalía.

El hecho

El domingo, aun bajo la luz del día, se produjo una pelea entre los integrantes de dos grupos en el Barrio Estación, en la que se agredieron con piedras resultando algunos lesionados, circunstancias que son investigadas en otro legajo. Dos de ellos se tomaron a golpes de puño, el imputado habría sacado un cuchillo de su vehículo y cuando se propuso arremeter contra uno de los partícipes de la pelea, Ortiz se habría interpuesto para evitar la agresión y recibió tres puñaladas.  Si bien fue trasladado al Hospital, el grave cuadro no pudo revertirse y en escasas cinco horas perdió la vida.

Violento robo en Epuyén



SE FORMALIZÓ LA INVESTIGACIÓN CON UN IMPUTADO

El fiscal comunicó el hecho que investiga y solicitó la prisión preventiva del imputado hasta la audiencia preliminar. El defensor se opuso y el juez resolvió disponiendo la medida de coerción solicitada por un plazo de diez días.
Habría otro joven involucrado en el hecho que aun no fue aprehendido.

El miércoles pasado, aproximadamente a las 7:30 hs. dos jóvenes ingresaron al un domicilio de la localidad de Epuyén por una puerta trasera que estaba sin llave. Sorprendieron al dueño de casa agrediéndolo con un trozo de caño y un arma de fuego de modo muy violento y le exigieron dinero. Revisaron toda la vivienda y se apropiaron de dinero en moneda nacional y extranjera.
A raíz de los golpes el damnificado sufrió politraumatismos, fractura en el brazo derecho y una evidente lesión en el rostro. El fiscal Oscar Oro calificó el hecho como robo doblemente agravado por provocar lesiones graves en la víctima y por el uso de armas.
El representante del Ministerio Público indicó que restan pasos fundamentales en la investigación, entre otros la aprehensión de quien habría sido el cómplice del imputado. También sostuvo que existe riesgo de fuga y de entorpecimiento procesal.
Por su parte el defensor particular, Horacio Hernández, cuestionó los elementos de prueba, sostuvo que el arraigo del imputado y su conducta procesal hacen impensable el peligro de fuga, y que el riesgo de entorpecimiento no puede ser un motivo suficiente para una medida tan grave.
El juez Martín O’ Connor analizó la situación y se dirigió directamente al imputado para decirle que a su criterio hay elementos suficientes para considerar que “probablemente usted sea el autor de este hecho”. También le dijo que iba a hablarle sin medias tintas, resaltando que se trata de un hecho muy grave por la dosis de violencia desplegada contra la víctima. El magistrado entendió que el arraigo no fue suficientemente fundado, sin embargo tampoco tuvo en cuenta en esta instancia el peligro de fuga porque le faltaron elementos para evaluarlo. Si consideró que por las características del hecho, por la actitud asumida en relación a la víctima y por el ensañamiento demostrado puede presuponerse que en libertad podría procurar influir sobre los testigos. Por este motivo otorgó la medida solicitada por un plazo de diez días para dar tiempo al avance de la investigación y a que la Fiscalía cuente con más elementos para evaluar la necesidad o no de la continuidad de la medida de coerción.