EL DEBATE SE CENTRARÁ EN EL GRADO DE IMPUTABILIDAD DEL ACUSADO
Este jueves se realizó una audiencia a pedido de la Defensa Pública, para solicitar el cambio de la prisión preventiva al arresto domiciliario. El pedido se fundó en lo avanzado de la investigación y en el resultado de una pericia psiquiátrica. Esta pericia concluyó que en el momento del hecho el imputado tenía su capacidad para entender y su autodeterminación notablemente disminuidas debido a un estado de ebriedad incompleto. El Fiscal, luego de consultar a los familiares de la víctima, y reconociendo el valor de la actitud asumida por estos, consintió el arresto domiciliario siempre que en la vivienda estuvieran dadas las condiciones para que el imputado cumpla con la medida. El juez modificó la medida de coerción por la solicitada y le prohibió al imputado el consumo de bebidas alcohólicas. En diez días la Fiscalía presentaría la acusación pública.
El miércoles 15 de abril a las 23 hs. un grupo de jóvenes se reunió a beber. Estuvieron juntos hasta que el encuentro finalizó trágicamente a las 5:30 hs. del jueves. A partir de entredichos – una vez más peleas iniciadas por motivos nimios – uno de los presentes le asestó una puñalada a otro. La estocada fue certera, hirió un pulmón y el corazón, poniendo fin a la vida de Alexis Caneo de apenas 19 años.
La actitud de las víctimas
Los hermanos de Alexis estuvieron presentes en la audiencia. Sabían de antemano lo que iba a pedir la Defensa y analizaron la situación junto al Fiscal. Cuando el Juez le dio la palabra a Fernando Rivarola, este destacó la actitud de los familiares al plantear lo difícil que le resultaba su dictamen sobre el pedido de la Dra. Valeria Ponce.
Rivarola consideró el drama social que dejó el hecho, el cuadro probatorio existente, las condiciones por las que el Juez dispuso la prisión preventiva y “la sensación y el justo reclamo de las víctimas, familiares directos del fallecido en procura de un acceso y tutela judicial efectiva, todo esto regido también por el principio de objetividad que me obliga en algunos casos a peticionar inclusive a favor del imputado”, explicitó. En relación a la actitud de los familiares de la víctima, el representante del Ministerio Público Fiscal, sostuvo que en este caso, ellos le facilitaron las cosas, porque pese a su profundo dolor comprendieron la particular situación y acompañaron el dictamen que daría la Fiscalía.
La prueba
La prueba en contra del imputado es, a criterio de la Fiscalía, contundente. Si bien el riesgo de entorpecimiento de la investigación no aparece como un justificativo para la imposición de una medida de coerción tan gravosa como una prisión preventiva, persistiría el peligro de fuga. Sin embargo, el resultado de un informe pericial, llevó a Rivarola a considerar que la medida más proporcional podría ser la de un arresto domiciliario como solicita la Defensa.
Los análisis de alcoholemia indican que el imputado habría tenido una considerable graduación de alcohol en sangre al momento de cometer el hecho. La Fiscalía solicitó una pericia psiquiátrica para establecer la incidencia que la graduación alcohólica hipotética al momento del hecho pudiera haber tenido en la conducta del imputado. La especialista, en sus conclusiones, sostuvo que cuando ocurrió el crimen el imputado tenía un estado de ebriedad incompleta, con su capacidad de entender y su autodeterminación se vieron notablemente disminuidas, sin excluirlas.
Tema para el debate
Este punto será seguramente uno de los más álgidos en el debate, ya que sobre el análisis de estos resultados, muy probablemente, girarán los argumentos de la Fiscalía y de la Defensa, cada uno desde sus interpretaciones, en torno del grado de responsabilidad que se le puede recriminar al imputado en el crimen.
“Sí queda pendiente el cierto peligro de fuga que fue lo que motivó el dictado de la medida cautelar”, advirtió Rivarola, diciendo a continuación que “lo que se está pidiendo desde la Defensa no es una supresión de la medida cautelar sino una morigeración. Y esta morigeración debe analizarse con el criterio rector de las medidas cautelares que es la proporcionalidad. Y es aquí donde objetivamente debo dejar una puerta abierta para que el señor Juez morigere en el sentido pedido por la Defensa”, indicó. “Porque si con este cúmulo probatorio, las partes nos enfrentamos de antemano a un debate donde uno de los puntos de discusión va a ser la imputabilidad, indudablemente que las consecuencias pueden ser diversas, entre las cuales podrá estar también la absolución”, consideró Rivarola al explicar por qué cree que hay una posibilidad de morigerar la medida impuesta.
A casa, pero preso y sin alcohol
Según la declaración de la persona que cumple la función paterna en relación al joven imputado, en la casa familiar no se consume ningún tipo de bebidas alcohólicas. El Juez al disponer el arresto domiciliario le aclaró al acusado que por las particularidades del hecho y por la importante incidencia que podría haber tenido el consumo de alcohol en su accionar, le impone una prohibición absoluta de consumo de alcohol durante el tiempo del proceso. También le explicó que el arresto domiciliario implica que no puede salir de los límites de su vivienda, ni siquiera trasponer la puerta de entrada.
A punto de terminar
La investigación está prácticamente concluida, el Fiscal estima que en aproximadamente diez días presentará la acusación pública, solicitando así la apertura del juicio oral y público.