El 14 se conocerá
la sentencia
La fiscal descansó su relato en lo que a su criterio fue
una clara acreditación de los hechos imputados a partir de la prueba producida.
Detalló hecho por hecho lo expuesto por los testigos y lo cotejó con los
elementos recabados. Finalizado el análisis resaltó que Barría demuestra una
actitud que se reitera, cuando obtiene una negativa por algo que pretende
reacciona de manera violenta, sin importarle quién esté en el medio. “Busca
amedrentar… si quiere algo lo consigue sin importarle a quién involucra. Con
esta actitud tiene en vilo a todo un pueblo”, concluyó Bottini.
La Fiscalía pidió que se aplique una pena de seis años de
prisión como autor de todos los hechos que le fueron imputados. Valoró la
diversidad de bienes jurídicos afectados, la cantidad de víctimas, el uso de
armas, los daños producidos, el temor provocado en las víctimas y los motivos
que lo llevaron a delinquir. También resaltó que al haber sido condenado con
anterioridad tenía posibilidades de motivarse en la norma, sin embargo demostró
desprecio por la ley y por las víctimas.
En relación a Medina solicitó la imposición de una pena de
cinco años y seis meses de prisión.
Libre de deudas
Respondiendo a la Fiscalía sostuvo que Barría no es
impune, por eso está procesado y cumpliendo prisión preventiva, además de tener
una condena anterior.
Sobre lo probado en el debate resaltó Ripa que se están
juzgando hechos cometidos, no percepciones ni sensaciones. “No hay prueba
directa, hay indicios pero no alcanzan". Finalizado su análisis solicitó
la absolución de Luis Fabián Barría.
Respecto de Medina argumentó que solo se le pueden imputar
amenazas ya que el damnificado dijo que entró al local comercial y lo corrió
hasta el fondo con un cuchillo. "No dijo nada más sobre él". A criterio
de la defensa, como Medina no tiene antecedentes penales debe ser condenado a
un año de prisión en suspenso.
Sigue la prisión
preventiva
Finalizados los alegatos el defensor solicitó que se
levante la prisión preventiva y se la sustituya por la fijación de domicilio en
Esquel, la prohibición de ingreso a Gualjaina y la presentación diaria en la
Oficina Judicial de lunes a viernes y los fines de semana en comisaría. La Fiscalía
se opuso entendiendo que el juicio finaliza con la sentencia, que la medida
dictada aun está vigente y que correspondería analizar su continuidad recién
luego de conocida la sentencia.
El juez entendió que la resolución de este pedido
implicaría un adelanto en la valoración de la prueba y que recién podría dar
tratamiento a la cuestión y expedirse junto con la sentencia.