lunes, 18 de abril de 2016

Presunto abuso sexual

Dictaron un mes de prisión preventiva para el imputado

El hecho ocurrió el sábado a la madrugada, el presunto autor fue aprehendido y llevado este lunes a una audiencia de control de la detención y formalización de la investigación por abuso sexual y resistencia a la autoridad. El imputado dio su versión de lo sucedido. A pedido de la Fiscalía el juez dispuso un mes de prisión preventiva por peligro de fuga y entorpecimiento procesal. La Defensa Pública pidió la revisión. Dos jueces analizaron lo resuelto por el juez de la carpeta pero no se pusieron de acuerdo. Para conformar una mayoría se incorporó un tercer juez al tribunal, resolviendo confirmar la medida de coerción.

María Elena Cimadevilla era la funcionaria de turno cuando se produjo la detención de un hombre en Gualjaina el sábado a la mañana. Según el relato del hecho, el hombre habría estado consumiendo bebidas alcohólicas con una mujer en su domicilio, hasta que en determinado momento la habría llevado a su habitación y por la fuerza habría mantenido relaciones sexuales. El relato de la imputación indica que la mujer le habría dicho que se sentía mal y así se metió al baño y desde allí dio aviso a la policía. Esta situación habría sido advertida por el imputado llevándolo a trabar la puerta y amenazarla con un cuchillo. Cuando llegaron los uniformados, la mujer pudo zafarse, abrir la puerta y relatar entre lágrimas lo sucedido. El comisario que iba al frente de la comisión le indicó al imputado que debería acompañarlo a la comisaría, recibiendo por respuesta un golpe de puño.
En la misma audiencia se formalizó la investigación por otros dos legajos. En la vivienda del imputado se encontraron elementos provenientes de dos robos recientes. Como en principio no hay constancias que lo vinculen a los robos, se le imputó el delito de encubrimiento por receptación dolosa. En su descargo el imputado sostuvo que compró esos elementos sin saber su proveniencia.

Prisión preventiva

Evaluando las características del hecho, pena en expectativa, falta de arraigo del imputado, constancias de otros conflictos vivido con una ex pareja que fundaron una medida de protección dispuesta por el Juzgado de Paz, el temor de la víctima y la reacción del imputado para con la prevención policial, la funcionaria de Fiscalía pidió el dictado de la prisión preventiva por el plazo de un mes.
El pedido fue resistido por el defensor Bruno Deias por considerar que su defendido sí cuenta con arraigo y que no hay ningún antecedente que lleve a pensar que incumplirá u obstaculizará el proceso. Deias valoró los elementos llevados a la audiencia en el sentido contrario al propuesto por la Fiscalía, indicando que el sujeto tiene arraigo en la comunidad y que demostró que cumple con las medidas dispuestas por la justicia en otros procesos.

Jorge Criado es el juez de la carpeta, el magistrado resolvió según el pedido del Ministerio Público Fiscal por entender que se dan los requisitos que exige la ley para disponer esta medida. Valoró fundamentalmente la actitud que demostró el imputado al tomar intervención el personal policial. 

Revisión
Deias solicitó la revisión y al mediodía se llevó a cabo una nueva audiencia con un Tribunal conformado por los jueces Martín O’ Connor y Anabel Rodríguez. Las partes expusieron sus postulaciones y el Tribunal se retiró a deliberar, sin embargo no lograrían ponerse de acuerdo. Por este motivo se incorporó un tercer juez y a las 14 hs. dieron a conocer la resolución alcanzada por la mayoría.

Los Dres. Martín O’ Connor y José Oscar Colabelli integraron la mayoría, en tanto que la Dra. Anabel Rodríguez quedó en disidencia. Cada uno de los integrantes dio a conocer el fundamento de su voto. Si bien los tres coincidieron en la existencia de peligro de fuga, no valoraron del mismo modo la gravedad del hecho y la intensidad de la medida a disponer.
La mayoría entendió que, según las primeras constancias, se trató de un hecho grave que prevé una pena de mediada a alta. También entendieron que la actitud del imputado frente a la intervención policial refuerza la gravedad de lo sucedido y es una evidencia importante a la hora de proyectar la actitud que asumirá frente al proceso. Por este motivo entendieron que no puede reemplazarse la prisión preventiva por una medida menos gravosa que dependa de la voluntad del imputado.
El voto minoritario entendió que el consumo de alcohol habría jugado un papel trascendental en todo lo sucedido y que al haber actuado bajo sus efectos, la gravedad de los acontecimientos disminuirá considerablemente. Rodríguez también atribuyó importancia particular a la reacción del imputado con la policía, sin embargo entendió que con una medida de coerción alternativa y control policial, podría neutralizarse el peligro de fuga.


A pedido del imputado se analizará la posibilidad de cumplir el encarcelamiento preventivo en Gualjaina.