Era una noche agradable, en condiciones climáticas óptimas. Un
patrullero circulaba por la Av. Holdich, entre Vicente Calderón y Magallanes,
en sentido sureste. En el mismo sentido se desplazaba una motocicleta con dos
ocupantes. Transpuesta la intersección con la calle Vicente Calderón, el
patrullero permaneció sobre la mano
derecha del carril, mientras que la motocicleta, que circulaba por atrás, se
mantuvo sobre la banda de circulación izquierda, desplazándose a una velocidad
no inferior a 37,05 km/h. Al llegar a la zona de retome (espacio situado entre
la isleta central de la avenida), el conductor del automóvil policial, obrando
con falta de cuidado y prevención, y sin respetar las indicaciones de la ley Nacional
de Tránsito (L.24449) para realizar un giro (art. 43); en forma intempestiva
giró hacia su izquierda, con el fin de retomar por la Avenida Holdich en
sentido Noreste o bien, ingresar al estacionamiento de la Seccional Segunda de
la Policía, poniéndose oblicuamente a la dirección de la vía, obstruyendo la
trayectoria de la motocicleta. Advertida la maniobra por el conductor de la
motocicleta, de manera evasiva y como acto reflejo, gira hacia su izquierda a
fin de evitar el impacto, pero dada la escasa distancia entre los vehículos y
la velocidad, esta impacta contra el lateral izquierdo (zona media anterior)
del automóvil, cayendo ambos tripulantes al asfalto y desplazándose de esta
manera durante 13,5 metros
Como consecuencia del siniestro el conductor de la moto
sufrió “múltiples escoriaciones en miembros superiores e inferiores, de
carácter leves, y su acompañante la “fractura de muñeca izquierda con
deformación y herida contusa frontal con epistaxis anterior” de carácter
graves.
En la audiencia preliminar, las partes propusieron al juez
la suspensión del proceso a prueba por un año. Durante ese plazo, el imputado
deberá mantener su residencia, someterse al patronato, abstenerse de consumir estupefacciones,
evitar el consumo excesivo de alcohol, realizar 36 horas de trabajo comunitario
en el Jardín N° 409, pagar una multa de mil pesos en los próximos treinta días
y no cometer nuevos hechos delictivos.
Las víctimas no aceptaron la reparación de tres mil pesos
ofrecida, ya que canalizarán el reclamo por el juzgado civil.