Esta tarde se llevará a cabo la autopsia. Al momento de
emitir esta información continúa el trabajo de fiscales y peritos.
Este es un espacio informal, no oficial, creado con la finalidad de dinamizar los canales de comunicación entre la Oficina de Comunicación Institucional de la Fiscalía Esquel y todas las personas interesadas en las temáticas de la incumbencia de esta, particularmente los periodistas. Todo el material publicado aquí puede ser utilizado, citando la fuente.
jueves, 22 de enero de 2015
Presunto Homicidio en Ocasión de Robo
Ocultamiento de menor de edad y estupro
SENTENCIA
CONDENATORIA FIRME PARA HUTH
La familia de la víctima estuvo de acuerdo con la
Fiscalía en la imposición de una pena de tres años y seis meses de prisión de
cumplimiento efectivo con declaración de reincidencia.
Huth reconoció los hechos: “como quedó calificado en
este momento sí”, dijo el imputado.
La abogada adjunta de la Asesoría de Familia e Incapaces,
Andrea Torres Peralta, manifestó su conformidad con el acuerdo “en relación al
hecho, en virtud de la capacidad progresiva y en cuanto a lo manifestado por la
niña en la cámara gesell sobre lo acontecido, esta Asesoría no tiene nada que
objetar en cuanto a la formal homologación” .
La aplicación del protocolo
para casos de personas extraviadas o desaparecidas, facilitó dar con ellos,
restituir a la menor y aprehender al imputado. Desde entonces permaneció
detenido y ahora comienza a cumplir la condena.
La declaración de reincidencia le impediría acceder al
beneficio de la libertad condicional.
miércoles, 21 de enero de 2015
Violencia doméstica. Parte II
La fiscal
María Bottini, quien trabajó en la elaboración del protocolo de violencia
familiar junto al Procurador Adjunto, Emilio Porras Hernandez y la fiscal
Andrea Vázquez, aprobado por el pleno del Consejo de Fiscales y convertido
posteriormente en la Instrucción 01/14 del la Procuración General, destaca que
es notable el incremento de denuncias que obtienen una respuesta penal desde su
implementación.
¿Qué hizo la diferencia? Fundamentalmente la estandarización de la
recepción de denuncias. En otras palabras, la especialización. Bottini nos
contaba como diferenciar los hechos de violencia familiar de otros delitos es
indispensable para llevar adelante una investigación penal y para alcanzar
algún tipo de respuesta apropiada.
Evaluar niveles de riesgo, expectativas de la víctima y disposición a
participar del proceso penal, administración de medidas de protección y mejora
en la calidad de la investigación, son los objetivos que rigen el protocolo.
¿Qué es violencia familiar o doméstica? A los fines de la aplicación del
protocolo, lo es
toda conducta, acción u omisión, tipificada por el Código Penal, de un
miembro del grupo familiar contra otro integrante del mismo grupo que afecte la
dignidad, integridad física, psíquica, sexual y/o la libertad,
independientemente del espacio físico donde está ocurra.
Se entiende por grupo familiar el originado en el parentesco sea por consanguinidad
o por afinidad, el matrimonio, las uniones de hecho y las parejas o noviazgos.
Incluye las relaciones vigentes o finalizadas, no siendo requisito la
convivencia.
La gran mayoría de las situaciones de violencia familiar que ingresan al
sistema penal tienen como damnificada a la mujer, aunque no siempre es así. La
investigación con perspectiva de género implica:
• No hacer acuerdos ni propiciar medidas conciliatorias
• No propiciar ni implementar entrevistas conjuntas entre víctima y
agresor/ra.
• No enviar citación al agresor/ra con la Víctima.
• No recomendar terapias a realizar en forma conjunta por víctima y
agresor/ra.
Denunciar
implica romper con el circuito
Por su parte la Lic. en Trabajo Social, Margarita
Rodgers, resalta que por diferentes motivos, las denuncias de violencia
familiar en ocasiones resultaban archivadas. Lo descripto, en un contexto de
maltrato familiar crónico, generaba el empoderamiento del autor. La situación
se modificó. “El impulso que dio el protocolo hace que hoy las causas avancen
en el proceso penal. Hay conciencia de la gravedad de la problemática y se está
avanzando en la comprensión del fenómeno.”
La profesional del SAVD explica que denunciar implica
romper con el circuito, pedir ayuda a un actor externo. Debe darse un
tratamiento especializado a su caso, y ese tratamiento no puede ser la
conciliación, lo que está expresamente desalentado por la instrucción dada por
Procuración.
No es un delito como otros, no es un hecho aislado,
intervienen condicionamientos psicosociales que impiden que la persona pueda
posicionarse del modo que se espera de ella.
Se procura que luego de la denuncia la mujer pueda sentirse
resguardada a través de medidas de protección, brindándole la asistencia de un
equipo que la está acompañando, orientando, asesorando, y que fueron derivadas
sus necesidades o requerimientos de atención a otros equipos de trabajo;
que lo que ocurrió desde ese ámbito de lo doméstico y lo privado, trasvasó las
fronteras del hogar. Debe conocer que se está trabajando para la sanción de la
conducta.
Es importante lo que sucede en la audiencia con la
víctima presente, participando del proceso, escuchando su causa en voz del
fiscal. Implica un salto cualitativo realmente importante en la atención, ya
que se están garantizando sus derechos, se siente representada. Nadie debe ser
sometido a actos de maltrato y ninguna institución puede dejar de oír y
atender estas situaciones.
En este tipo de situaciones circula mucho dolor. La
intervención no termina allí. Lo penal no es la solución de estas temáticas ya
que se trabaja sobre los sujetos y no sobre la relación, pero es importante que
cada operador cumpla con su parte, para que la mujer se sienta respaldada en
sus derechos, pueda salir adelante y comprender que es posible otra forma de
relación.
Lago Puelo: Un conflicto vecinal terminó de forma violenta el lunes a la madrugada
El fiscal de la
Oficina del Ministerio Público en El Hoyo, Oscar Oro, fue informado por la
policía de un violento suceso ocurrido en un hostel de Lago Puelo. En el lugar
había muchos turistas nacionales y extranjeros alojados. Por circunstancias que
aun se deberán establecer, vecinos provocaron diversos daños, atacando con
piedras el predio del alojamiento.
Estos vecinos ya
habían protagonizado altercados con anterioridad. Según informó la policía las
disputas solían iniciarse a causa de que les molestaba el volumen de la música
que los turistas solían escuchar a altas horas de la noche.
Mientras se producían
los altercados llegó el móvil policial. Los uniformados se vieron desbordados y
convocaron refuerzos. Al regresar vieron a los agresores peleándose con el
dueño del establecimiento e intentaron disuadirlos para que frenen su actitud
violenta. En ese contexto, uno de los agresores habría tomado pertenencias del
lugar y otro se había dirigido a la policía cuestionando que en lugar de
defenderlos a ellos se “pusieran del lado de esos judíos”, en referencia a los
acampantes.
Durante el día lunes
se realizaron allanamientos. El fiscal Oro recibió a los damnificados, en tanto
que aguarda recibir en las próximas horas las actuaciones policiales para analizar
las medidas pendientes.
viernes, 16 de enero de 2015
Homicidio de Segundo Javier Rojas
SE SUSPENDIÓ LA AUDIENCIA PRELIMINAR
Al imputado se lo
responsabiliza del hecho que terminó con la vida de Rojas el 4 de mayo de 2014.
Eran aproximadamente las cinco de la madrugada cuando, en la intersección de
las calles Roberts y Urquiza de Esquel, se produjo una discusión entre la
víctima y el imputado. Aun la investigación no estableció el motivo por el cual
Rojas yacía inmóvil en el suelo cuando, según el acusador, el imputado
aprovechándose de esta situación comenzó a agredirlo mediante el empleo de
piedras y patadas. Siguiendo los términos de la acusación, el imputado habría
usado una piedra de gran porte para arrojarla contra la cabeza de la víctima,
lo que le provocó una herida cortante, y luego, mientras la víctima se
encontraba inmóvil aparentemente inconsciente, le efectuó una patada sobre la
cabeza que le provocó una fractura del maxilar inferior. Las lesiones
provocaron un edema en la masa encefálica por los traumatismos, que determinó
el deceso de la víctima a causa de un paro cardio respiratorio.
Además de este hecho,
el imputado tiene causas en su contra por otro hecho violento, calificado
provisoriamente como homicidio en grado de tentativa, por una desobediencia y
una tentativa de hurto.
La continuidad de la
prisión preventiva que viene cumpliendo desde la formalización de lainvestigación, se dispuso por considerar que continúan dándose los peligros de
fuga y entorpecimiento de la investigación que se tuvieron en cuenta para
dictar la medida.
jueves, 15 de enero de 2015
"El Protocolo de Intervención es un gran avance"
VIOLENCIA DOMÉSTICA. Parte
I
Los profesionales del SAVD
llevan el pulso de las situaciones de violencia familiar que ingresan al sistema
penal. Desde hace varios años estudian la casuística local del fenómeno,
escuchan, asisten, asesoran, al tiempo que se siguen especializando. La Lic.
Margarita Rodgers, Trabajadora Social, analiza desde su experiencia el impacto
positivo de la implementación de un protocolo de intervención unificado para
todas la Oficinas del Ministerio Público Fiscal del Chubut (Instrucción 01/14 PG)
La violencia y su tratamiento
son construcciones históricas y sociales: convenciones, protocolos de abordaje,
leyes… unas van surgiendo a consecuencia de otras, como evolución, o como
crisis y ruptura de paradigmas. Se da una tensión constante entre los mitos que
sostienen las situaciones de violencia o las estructuras sociales que sostienen
comportamientos que invisibilizan las conductas de maltrato y la victimización
de la mujer.
Con esta introducción, la Trabajadora
Social que comenzó a desempeñarse en el Servicio de Asistencia a la Víctima del
Delito de Esquel en junio de 2010, plantea un contexto socio-cultural en el que
la violencia suele naturalizarse y en el que persisten mandatos
transgeneracionales para “resolver” dentro de las fronteras del hogar, y con
reglas propias, los conflictos entre sus miembros.
La violencia nos atraviesa a
todos. Cada uno, profesional o no, tiene su propia historia de vida y de
acuerdo con sus vivencias y creencias, construye su posicionamiento
profesional. “Es necesario conocerse a sí mismo y la propia carga de
apreciaciones, de conceptos, de definiciones, que hacemos sobre lo social,
sobre el otro, sobre los vínculos, para poder tener un posicionamiento acorde
con lo que establece la Ley y el Protocolo de Abordaje”, reflexiona la
profesional. Asimismo se destaca la necesidad de una continua formación en la
temática.
Rodgers consideró que se
evidencia un gran esfuerzo de todo el Ministerio Público Fiscal al sistematizar
en este protocolo el abordaje de la problemática, que con el tiempo seguramente
se irá trabajando, habrá modificaciones o no, pero que ha sido altamente
positivo por dar a toda la provincia un mismo tratamiento. También es
importante que el SAVD focalice su intervención en los casos que tendrán
seguimiento en el ámbito penal.
Echar luz
El SAVD Esquel había
implementado un protocolo propio en mayo de 2010, lo que permitió que se
comenzaran a visibilizar todas las situaciones de violencia doméstica, con la
complejidad que ello involucra. Había muchas personas que acudían diariamente a
realizar su denuncia por hechos de maltrato, unas más y otras menos graves,
pero: qué es grave, quién lleva esos registros, cómo se la asiste, cómo se la
asesora y qué tratamiento se da a eso… Aún no había un criterio unificado.
Fue muy importante comenzar a
tener estos registros, trabajar en forma articulada con la Policía de la Mujer,
ya que éste es un punto clave en el ingreso de las denuncias, con lo que ello
implica, un primer acercamiento de las personas, y un pedido de intervención
institucional. El trabajo conjunto con el personal de la Comisaría, desde una perspectiva
de género, con un claro posicionamiento técnico y habilidades de la escucha
activa, contribuyó a una mejor atención en la temática. Desde el SAVD se
realizaron capacitaciones en esta línea.
El Servicio comenzó a
intervenir en cada denuncia relacionada con hechos de violencia familiar,
se generó mucha información con la cual procesamos una estadística valiosa para
el equipo. Al mismo tiempo otras circunscripciones también comenzaban a poner
mayor atención a lo que sucedía en el tratamiento de las denuncias de violencia
familiar.
Enfocar, medir, evaluar
Esta forma de intervención se
prologó por tres años, abarcando la asistencia de la totalidad de las denuncias
que se realizaran en el marco de violencia familiar. La Instrucción 01/14 y su
Anexo, focalizó la intervención del SAVD exclusivamente en los casos con
implicancia penal, pero además ofreciendo la administración de un dispositivo
que cuenta con una escala de medición, de gran relevancia para detectar alertas
de riesgo, es decir, que la situación de maltrato se reitere, y/o se agrave.
Deja de ser la sola apreciación técnico-profesional del operador que interviene
en la situación, y los criterios que privilegie en la evaluación de la
situación victimológica, para resultar de la aplicación de una guía, de un
instrumento de medición.
“Este instrumento nos brinda
la posibilidad de una aplicación ágil, facilitándonos el conocimiento sobre aspectos
de la vida de la persona, fundamentales para el análisis de sugerencias
de las medidas de protección. Con datos consensuados a nivel provincial, con rigurosidad
técnico-metodológica en su aplicación, ya que fue extraído de autores
especializados en la temática, y de otras experiencias”, plantea Rodgers. El
profesional del SAVD al finalizar la aplicación del protocolo, analiza sugerencias
de medidas de protección más convenientes que propondrá al fiscal para que este
solicite al juez. También son consideradas las expectativas de la víctima para
participar en el proceso.
El protocolo rompe con
mitos
La retractación está
contemplada. La práctica que antes existía era dar menor relevancia a quién
había denunciado en numerosas ocasiones y luego solicitaba que sea “levantada
la denuncia”. La retractación resulta indicativa de una mayor vulnerabilidad, parte
de un estado de indefensión de la víctima, de su historia de vida, de sus
pautas sociales, culturales y muchas veces de la ausencia de atención por parte
del Estado.
Que se haya generado un
protocolo especializado para el tratamiento de la violencia doméstica evidencia
que no puede ser tomado como cualquier otro tipo de delito.
Debemos tener claro el gran
paso que el presente protocolo implica, aunque ello no resuelve toda su
complejidad, porque la violencia es un problema de Salud Pública y el
tratamiento debe ser abordado desde este lugar, como también desde una
perspectiva de Derechos, de forma interinstitucional e interdisciplinaria.
Tenemos
un gran desafío por delante.
lunes, 12 de enero de 2015
Informe especial: + Vulnerabilidad + Impunidad
Cuando el consumo de alcohol deja de ser divertido
No es novedad que cuando se supera cierta proporción
de alcohol en sangre se pierde la capacidad motriz fina y gruesa, disminuye la
capacidad motora, se pierde la capacidad de ubicación en tiempo y espacio y
pierde los frenos inhibitorios. "Una persona en ese estado puede ser abusada
sexualmente sin que tenga siquiera noción de lo que le está pasando",
relataba desde la experiencia de la práctica penal, el fiscal Fernando
Rivarola.
Luisa Pasquini,
psicóloga del Servicio de Asistencia a la Víctima del Delito, plantea que es
terrible que la sociedad constituya al consumo de alcohol como un indicador de
la marginación y la estigmatización para las víctimas de abusos sexuales, se
trata de un indicador de vulnerabilidad. Tenemos indicadores estrictamente
victimológicos pero tenemos que comprender el indicador de vulnerabilidad. Por
ejemplo, una persona amenazada que cree en la amenaza es mucho más vulnerable
que una persona que está siendo amenazada pero hace caso omiso de esa amenaza.
Si nosotros decimos que la ingesta alcohólica o de otras sustancias doblega las
fuerzas psíquicas o físicas de la persona, esta persona se encuentra en situación
de vulnerabilidad y por lo tanto el agresor tiene mayor responsabilidad, no
menor responsabilidad.
Rivarola recordaba un
dato a tener en cuenta. Los delitos cometidos por menores de edad, sean culposos
(por ejemplo accidentes de tránsito) como dolosos (con intención) tienen
implicancias de responsabilidad civil respecto de sus padres.
El estado de ebriedad genera vulnerabilidad pero
también posibilita la impunidad. El Fiscal Jefe de Esquel y la responsable del
SAVD analizan la complejidad de los hechos producidos en un contexto de consumo
de alcohol u otras drogas.
"Cuando hay duda
de si había conciencia, duda de si la víctima pudo consentir o no, duda de si
el imputado pudo darse cuenta de que la víctima estaba en estado de
vulnerabilidad… todas estas dudas en el proceso democrático, favorecen al
imputado necesariamente. Hay que saber que cuando se consume alcohol o alguna
otra sustancia que actúa sobre el nivel de conciencia, se aumenta
exponencialmente el propio nivel de vulnerabilidad y en paralelo la impunidad
de quien aproveche ese estado. Es una decisión que debe hacerse consciente
antes de beber en exceso, después es tarde", apunta Rivarola.
La responsable del
SAVD Esquel, denuncia que "a veces se lo toma como un indicador de
estigmatización 'ah, si andaba borracha qué podés esperar de ella' y en
realidad es un factor de vulnerabilidad".
Rivarola por su parte
destacó que el Estado Argentino aprobó las 100 reglas de Brasilia sobre acceso
a la justicia de personas en condición de vulnerabilidad, lo que trae
obligaciones para los estados en este sentido. En todos los delitos se debe
analizar el estado de vulnerabilidad de la víctima en varios aspectos: en
algunos casos para ver si se dan las condiciones objetivas de comisión del
delito y otro de los aspectos importantes es para regular la pena. A mayor
situación de vulnerabilidad, mayor aprovechamiento del imputado, mayor
respuesta punitiva.
En lo que tiene que
ver con abusos sexuales y lesiones, las condiciones de vulnerabilidad de la
víctima disminuye la posibilidad de defensa. Para que haya violación, la
persona violada debió ser accedida en una circunstancia en que no pudo
resistirse. Si no hay violencia, no hay intimidación, no hay amenazas pero la
víctima estaba en estado de inconsciencia, también se trata de una violación. El
caso más importante de nuestros días es la ebriedad. Una persona en ese estado
puede ser abusada sexualmente sin que la persona tenga siquiera noción de lo
que le está pasando. En su escasa conciencia hasta puede consentir pero ese
consentimiento no es válido.
Lo mismo sucede en
caso de lesiones. Una persona alcoholizada puede comportarse agresivamente de
modo de inducir al error al otro, haciéndole pensar que está en condiciones de
afrontar una pelea, pero no estándolo por tener visión doble, escasa capacidad
de respuesta, etc.
Adolescencia y alcohol
Pasquini señala que el
alcohol en los adolescentes es utilizado como 'quita penas' o para superar las
inhibiciones que muchas veces son producto de los estigmas sociales. Cómo hay
que ser físicamente, esteriotipadamente, para pertenecer al grupo etario de
adolescentes, qué vestimenta hay que tener, qué conductas hay que adoptar… a
veces como el adolescente considera que no tiene estas características que se
supone que debe tener para participar de una fiesta o estar en situación de
cortejo, entonces utiliza el alcohol para superar las inhibiciones propias de
las exigencias de una sociedad de consumo.
La previa
Este es el nombre que
se suele dar al encuentro de un grupo en alguna vivienda particular, quincho u
otro sitio, antes de salir a los locales nocturnos. En ese encuentro se consume
alcohol, muchas veces en cantidad, diversidad de bebidas y de graduación.
Pasquini decía al respecto que “eso es responsabilidad absoluta de los señores
padres” De alguna manera son los padres los que ponen en situación de
vulnerabilidad y de riesgo a estos jóvenes. La ingesta alcohólica tiene un
riesgo en sí misma que es el coma alcohólico, un riesgo a largo plazo que es la
muerte neuronal, un riesgo subjetivo que es la situación de vulnerabilidad. La persona
en esta situación no solamente puede ser sometida a los demás sino sometida a
situaciones en las que ella no desearía estar. Es una falta de cuidado de los
padres.
El alcohol desinhibe.
Cuando estamos en pleno ejercicio de nuestras funciones frontales tenemos
cierto control de los impulsos. El alcohol desinhibe y labiliza los controles, tanto
en varones como en mujeres. Se ven sometidos a situaciones de violencia o
incluso a hacer cosas que ellos no quieren como una relación sexual no deseada
con consecuencias tampoco queridas.
La responsabilidad civil de los padres
Por ejemplo, en el
caso de un homicidio culposo cometido en el contexto de un accidente de
tránsito, los padres responden económicamente por esa muerte ante la demanda
civil.
Una violación no es reparable
Una violación no es
reparable ni para la víctima ni para el imputado.
Si el imputado también
estaba alcoholizado el caso tiene mayor complejidad en lo jurídico ya que es
responsable en tanto que haya tenido capacidad de dirigir sus acciones. El fiscal
decía que "hemos tenido casos en los que víctimas e imputado estaban en
tal grado de ebriedad que ninguno de los dos sabía bien qué había pasado.
Recuerdo varios casos
de reuniones en las que se ponen a tomar y luego se presentan denuncias por
violación y en la investigación surgen varios ADN, con grandes dificultades de
establecer autoría".
El estado de ebriedad
genera vulnerabilidad pero también posibilita la impunidad. Cuando hay duda de
si había conciencia, duda de si la víctima pudo consentir o no, duda de si el
imputado pudo darse cuenta de que la víctima estaba en estado de vulnerabilidad…
todas estas dudas en el proceso democrático, favorecen al imputado
necesariamente. Hay que saber que cuando se consume alcohol o alguna otra
sustancia que actúa sobre el nivel de conciencia, se aumenta exponencialmente
el propio nivel de vulnerabilidad y en paralelo la impunidad de quien aproveche
ese estado. Es una decisión que debe hacerse consciente antes de beber en
exceso, después es tarde.
Alcohol y violencia
La fatídica
combinación de alcohol o drogas y violencia aparece en lugar relevante en la
preocupación de organizaciones gubernamentales y ONGs de todo el mundo. El National
Institute on Alcohol Abuse and Alcoholism, alerta que "beber torna a las mujeres jóvenes más vulnerables a los ataques sexuales
y a las relaciones sexuales peligrosas y no planeadas. En el recinto
universitario, los ataques, los avances sexuales no deseados y las relaciones
sexuales no planeadas y peligrosas son más probables entre los estudiantes que,
en ocasiones, beben excesivamente —para los hombres, cinco bebidas seguidas;
para las mujeres, cuatro—. Por lo general, cuando una mujer bebe en exceso, se
convierte en una potencial víctima de violencia y abuso sexual." http://pubs.niaaa.nih.gov/publications/WomenSpanish/women.htm
Por otra parte The American Congress of obstetricians and Gynecologists,
recalca casos de lesiones, violencia y agresión sexual, y conducta arriesgada:
·
Lesiones—El alcohol es un factor en más
de la mitad de todas las lesiones por quemaduras y en más de un tercio de los
accidentes de automóviles.
·
Violencia y agresión sexual—El alcohol
juega un papel importante en la violencia doméstica, las agresiones sexuales y
el maltrato de menores.
·
Conducta arriesgada—El uso excesivo de
alcohol, en particular, beber compulsivamente, puede afectar su criterio y sus
decisiones. Por ello, puede estar más propensa a tener relaciones sexuales sin
protección o sexo con varias parejas.
La Organización Mundial de la Salud plantea que el
consumo de alcohol, sobre todo de carácter nocivo o peligroso, es uno de los
principales factores de riesgo de violencia de pareja, y las relaciones entre ambos
fenómenos son numerosas. Esta nota descriptiva detalla lo que se sabe acerca de
cómo influye el alcohol en la magnitud y las consecuencias de la violencia de
pareja, de los factores que incrementan el
riesgo de convertirse en víctima o en agresor, y del papel de la salud pública
en la prevención
La creencia individual y social de que el alcohol
genera agresividad puede alentar a comportarse violentamente después de haberlo
consumido, y también a consumirlo como disculpa por este tipo de
comportamientos.
En un artículo sobre violencia y alcoholismo, Luis Pedro Menacho Chiok se refería a la violencia
de las citas de adolescentes. El alcohol juega un gran papel en las relaciones
abusivas entre adolescentes. Más del
60 % de las agresiones sexuales involucran el alcohol. En efecto, uno de cada
cuatro adolescentes experimentarán abuso sexual o no sexual para cuando
terminen el colegio o lleguen a los 21 años de edad. Las relaciones abusivas
entre adolescentes siguen los mismos patrones de las parejas de mayor edad. Sin
embargo, los efectos de la violencia sobre las adolescentes pueden incluir:
• Desórdenes alimenticios
• Uso de alcohol y drogas
• Dificultades para dormir; enfermedades físicas relacionada con la tensión
• Depresión; tendencias suicidas; mayor aislamiento de los amigos
• Falta de concentración y bajas calificaciones en la escuela.
• Desórdenes alimenticios
• Uso de alcohol y drogas
• Dificultades para dormir; enfermedades físicas relacionada con la tensión
• Depresión; tendencias suicidas; mayor aislamiento de los amigos
• Falta de concentración y bajas calificaciones en la escuela.
La relación entre el alcohol y la
violencia es condicional: es la bebida en combinación con otros factores lo que
está en juego. La relación no necesariamente opera en el cerebro de un
perpetrador; el consumo de la víctima es a menudo otro factor en la cadena
causal. De manera más general, la relación opera a través del consumo en su
calidad de práctica cultural y circunstancial. A pesar de que la fuerza de esta
relación varía de una población a otra, la evidencia actual indica que dicha
relación existe en un amplio rango de contextos culturales.
http://www.gestiopolis1.com/recursos7/Docs/eco/violencia-y-alcoholismo.htm#sthash.B2rnwZbC.dpuf
http://www.gestiopolis1.com/recursos7/Docs/eco/violencia-y-alcoholismo.htm#sthash.B2rnwZbC.dpuf
Por último citamos un
artículo que menciona como persisten ciertos prejuicio. En "Problemas
causados por el alcohol y otras drogas", Hesperian
Health guides, se menciona que en
la mayoría de las comunidades, el comportamiento de las mujeres en público está
controlado más estrictamente que el comportamiento de los hombres. Muchas veces
se considera normal que los hombres beban alcohol o usen drogas, pero no las
mujeres. Si una mujer pierde el control de su comportamiento debido al uso
excesivo de alcohol o drogas, se considera que es una ‘mujer fácil’, aunque no
esté teniendo relaciones sexuales con otros.
http://es.hesperian.org/hhg/Where_Women_Have_No_Doctor:Problemas_causados_por_el_alcohol_y_otras_drogas
miércoles, 7 de enero de 2015
Abandono de persona
CULPABLE
El juez Ricardo Rolón declaró culpable de los delitos de abandono de
persona en concurso ideal con incumplimiento de los deberes de funcionario
público, a la enfermera profesional María Isabel Villarroel, condenándola a
cumplir dos años y seis meses de prisión en suspenso, inhabilitación especial
por cinco años, accesorias legales y costas. Se le atribuye no haber atendido
una urgencia en julio de 2012, en perjuicio de la Sra. Avelina Epul.
Avelina Epul tenía 73 años y vivía en Paso del Sapo.
Su salud estaba deteriorada ya que había padecido un año antes un accidente
cerebro vascular y posteriormente sufrió un episodio grave de bronconeumonía
por el que corrió serio riesgo su vida. La mujer que la cuidaba se trasladó con
ella al campo de su pareja ubicado en la zona rural de Gorro Frigio. El 23 de
julio, una semana después de llegar a ese lugar, la señora Epul se descompensó
aproximadamente a las 19:30 hs. Presentaba convulsiones, vómitos, deterioro del
sensorio y pérdida de conocimiento. A partir de ese momento comenzó una odisea para
llegar desde el campo a Paso del Sapo, de noche, en invierno, sin medios de
transporte propios y debiendo cruzar el río.
La versión dada por el hijo de la víctima y las
personas que participaron de su traslado y posterior atención, se contrapuso en
el debate con la declaración de la imputada que negó cualquier tipo de contacto
con la víctima y su hijo. El juez analizó en conjunto los testimonios, la
documentación reunida y, teniendo en cuenta el análisis de la prueba aportado
por la Fiscal Fernanda Révori y por el Defensor Daniel Sandoval, concluyó que la
“cadena indiciaria… junto a los demás elementos no
controvertidos ya analizados, permitan colocarla en la autoría del hecho
imputado”.
Rolón indicó que no encontró “en
los testigos ni en el hijo de la señora Epul, ninguna animosidad en contra de
la acusada, o una construcción preordenada, demostrando en todo momento respeto
y resignación al momento de la negativa por parte de la enfermera a atenderla a
su madre en la emergencia, incluso hasta en el debate se dirigieron de la misma
forma.”
En su análisis, el juez señaló que “las
verdades no se contradicen, sino que se armonizan y se complementan entre sí,
corroborándolas, atribuyéndole mayor eficacia probatoria”.
La emergencia
El médico forense Werter Aguiar aportó en su
testimonio que “…en este caso era una emergencia donde los minutos contaban, y
la falta de asistencia mínima en esos primeros momentos antes de que pueda ser
trasladada a un Centro Asistencial adecuado conforme su frágil estado de salud,
sin duda pusieron en peligro su salud y por ende su vida…”
Rolón entendió que “El abandono se produjo cuando la enfermera
dejó a la víctima privada de los auxilios o cuidados mínimos que eran
imprescindibles para mantener su vida o la integridad de su salud, porque esta
persona no podía suministrarse por sí misma, ni prestárselos las personas que ese
día la acompañaban… No cumplió las normativas que regulan la función de la
enfermera profesional”.
Quién es funcionario público
La defensa
estuvo en desacuerdo con la aplicación de la figura penal de incumplimiento de
los deberes de funcionario público, fundamentalmente por considerar que la
acusada no revestía esa calidad ya que su vinculación con el Estado era por una
modalidad precaria, “vergonzosa” en palabras del Dr. Sandoval.
El juez tomó en
cuenta lo establecido por el derecho administrativo para sostener que “’funcionario público’ y ‘empleado público’ se designa a todo el que
participa accidental o permanentemente
del ejercicio de funciones públicas… por nombramiento de autoridad
competente, que contiene dócilmente la situación de la señora Villarroel,
remitiéndome en este punto a la resolución del PE ya citada y las normativas
que regulan su función.
Agrego que la señora Villarroel, cuando
estaba a cargo y de turno del Puesto Sanitario de Paso del Sapo, fue alertada
en su domicilio por allegados de la víctima que la misma se encontraba en una
emergencia, decidiendo no atenderla, priorizando cuestiones formales a la
humanitarias, no cumpliendo con su obligación como enfermera profesional
conforme las normas que regulan sus funciones”.
La mensuración de la pena
Para determinar
la pena, el magistrado contempló que esta debe servir para internalizar el
respeto por las normas legales, ser proporcional al daño causado y a la
culpabilidad demostrada al momento del hecho.
En su contra
jugó el grado de instrucción que tiene la imputada como enfermera profesional,
lo que le permitía conocer que su accionar era ilícito y contrario a las normas
que regulan su función. En su favor jugó que no cuenta con antecedentes
penales.
Rolón encontró
adecuado en este caso concreto aplicar la pena de dos años y seis meses de
prisión en suspenso, con más inhabilitación especial por el doble del tiempo de
la condena.
lunes, 5 de enero de 2015
Fiscalía Abierta II
LOS ANFITRIONES
Compartimos
en esta segunda entrega opiniones vertidas por algunos de los magistrados y
funcionarios que formaron parte del proyecto en este último tiempo.
Fernando Rivarola,
Fiscal Jefe
Me parece
que es una experiencia enriquecedora y cuando hago un análisis constitucional
del proceso creo que estamos empezando a cumplir con el proyecto constitucional
que habla de un sistema democrático y republicano de gobierno. Por eso
considero que "Fiscalía Abierta" es un programa que cumple estas dos
vetas: primero democratizar en serio la justicia que es permitir la
participación popular más plena. Y en segundo lugar, cuando pienso en la
República, quiero un sistema que sea respetuoso de las garantías
constitucionales, una de esas garantías tiene que ver con participar en los
actos de gobierno, con la posibilidad de controlar los actos de gobierno y con
la posibilidad de participar en las funciones de gobierno.
El programa
está apuntado al público al que hay que apuntar, que es el de las nuevas
generaciones, lo que es todo un desafío. Cuando el Estado empieza a devolverle
la participación a las personas que son los titulares de los derechos y
empezamos a dejar al juez como un tercero que interviene para resolver ese
conflicto que las partes no lograron resolver por sí, el proceso se ve
distinto. Se ve desde la necesidad de las personas, desde el ejercicio del
derecho de las personas y esto hay que empezar a enseñarlo desde las escuelas.
Por otra
parte, los operadores de justicia que participan de la actividad también tienen
sus beneficios. Sirve para oxigenar, para descontracturar, para desformalizar y
también para contribuir a la modificación de conductas. Permite ver otra
realidad y bajar el discurso al empleo de términos claros y sencillos.
Luisa Pasquini,
responsable del SAVD Esquel
La
propuesta "Fiscalía Abierta" produce dos efectos, en principio la
visibilización de fenómenos como la violencia de género, la violencia entre los
barrios o la violencia hacia los niños, y en otro sentido posibilita subjetivar
este conocimiento y esta es una herramienta muy importante porque conlleva la
visibilización del fenómeno.
También
porque creo que los adolescentes y jóvenes deben conocer todas las
instituciones de la comunidad, pero fundamentalmente estos espacios que a veces
están invisibilizados.
Ha habido
grupos movilizados con muchas consultas con los que después ha quedado una
relación porque muchos de ellos han elegido temas que tienen que ver con este
Servicio para trabajos escolares, y han seguido en contacto y se ha generado
una relación. Ya desde que comenzó la experiencia hemos tenido acompañamientos
o padrinazgos de muchos grupos que se han dedicado al tema de la violencia de
género, del impacto del alcoholismo en los hechos delictivos, de la violencia
hacia los niños…
Bruno Deias, Defensor
Público
Uno se
encuentra en los juicios y la gente no entiende muy bien cuál es el rol de cada
uno y entonces muchas veces me pregunté de qué manera se puede educar, o
mostrar un poco en qué consiste el sistema, y está muy bueno que sea desde la
escuela. También es cierto que uno muchas veces encuentra desinterés y es un
desafío para nosotros despertar ese interés.
Es más
que interesante que contárselo, que ese chico desde el juego, pueda ponerse en
el rol de un defensor, de un fiscal, que generalmente lo ve en las películas.
Al principio están algo desorientados, pero se les explica, se los orienta un
poco y se ubican rápidamente en el lugar. Si uno insiste un poco realmente se
puede informar muy bien desde este lugar.
Marcos Ponce,
Defensor Público
Los chicos
con los que me encontré fueron muy participativos. Esta reconstrucción que
hicimos con Fernando Rivarola disparó inquietudes, disparó preguntas, a veces
muy ácidas, con ánimo de participar y eso fue lo que me gratificó
verdaderamente. No pensé que hubiera un nivel tan alto de incentivo en los
chicos.
Desde lo
personal destaco que los chicos puedan ver que el rol del defensor no es tan
malo. No es el malo de la película, no es el que está con los malos de la
sociedad, sino que cumplimos una función constitucional. Tan importante como
los otros. Cuando al chico le toca estar imputado, jugar a ser el imputado,
lógicamente quiere al mejor defensor al lado de él. Además el juego pone en
análisis situaciones confusas en las que el imputado podría ser inocente.
Para mí
la actividad es muy interesante y muy
rica, es sembrar.
Martín O' Connor, Juez
Penal
Hay
muchas evidencias que soplan vientos de cambio.
El juicio
por jurados es una realidad al caer en la Provincia del Chubut y eso
posibilitará (obligará también) la participación del vecino en la
administración de justicia. Pero previo a eso, debe existir una conciencia que
ello implicará participar de algo trascendente.
La tarea
que hace Fiscalía abierta es de un aporte notable en este sentido. Los
estudiantes (futuros jurados) hacen de fiscales, de jueces, de víctimas y de
imputados. Se calzan los
zapatos
de fiscales y piden condena para el imputado, se visten de víctimas teatralizan
dolor, se compenetran como imputados e
inspiran lástima y arguyen como defensores imaginando excusas. Como jueces
escuchan, valoran y deciden; lo mismo que harán junto a otros 11 vecinos el día
de mañana.
Algún
día, algunos de ellos deberán decidir sobre el destino de cualquiera de
nosotros.
martes, 30 de diciembre de 2014
Fiscalía Abierta. Parte I
Otro año de puertas abiertas
Desde el año del Bicentenario de la Revolución de Mayo, el Ministerio
Público Fiscal implementó una propuesta dirigida a la comunidad, “Fiscalía
Abierta”, de la que participaron estudiantes de los últimos años del secundario
de Esquel y Trevelin. Este año, además, se animaron a la experiencia
estudiantes de abogacía y un grupo estudiantil de Río Pico. El saldo resultó
sumamente positivo.
La propuesta arrancó como un proyecto desarrollado por
el Área de Comunicación Institucional, con la intención de abrir las puertas de
la institución a la comunidad y mostrar el proceso que se sigue desde la
recepción de una denuncia hasta la finalización del proceso según las
diferentes posibilidades que habilita el sistema procesal. Con el tiempo, la
experiencia y los intereses manifestados por los grupos, las actividades fueron mutando hacia una propuesta fundamentalmente
lúdica y en la que se involucraron, sumándose a los Fiscales, la Oficina
Judicial, Jueces Penales y Defensores Públicos.
Objetivo alcanzado
Si bien al momento de las visitas se percibe el
interés de los participantes y la forma en que se involucran en un juego de
roles, la devolución que algunos grupos hacen llegar, deja en los organizadores
el sabor del objetivo alcanzado y la certeza de que esto debe profundizarse y
sostenerse en el tiempo.
Adriana Gianina, Directora Interina del Colegio 783 de
Río Pico, valoraba la experiencia de los alumnos de 3er año que realizaron la
visita el 31 de noviembre, indicando que “propuestas como estas permiten acercar
a los educandos a la realidad considerando los contenidos que se desarrollan
dentro del aula.”
Por su parte los alumnos también hicieron llegar sus
comentarios resaltando que disfrutaron de actuar “como en un juicio real”,
visitar la cámara Gesell y enterarse de las particularidades de la antropología
forense. “El viaje y la experiencia fueron muy buenas, como estar presente en
el juicio y en lugar donde están los jueces. Fue muy emocionante estar con la
antropóloga forense, que nos contó todo lo que ha encontrado y también estar en
otro lado de la cámara Gesell”.
El programa “Fiscalía
Abierta” está orientado a grupos de la comunidad interesados en saber más del
funcionamiento de la justicia penal, hablar con sus protagonistas, conocer las
formas de participación ciudadana disponibles, y, por qué no, prepararse para
el momento en que se ponga en marcha el sistema de Juicio por Jurados en la
provincia.
lunes, 29 de diciembre de 2014
Abandono de persona
EL 7 DE ENERO SE CONOCERÁ LA SENTENCIA
La fiscalía solicitó al tribunal que declare a
la imputada autora penalmente responsable del delito de Abandono de Persona y
subsidiariamente, incumplimiento de los deberes de funcionario público.
Fernanda Révori pidió la imposición de una pena de 3 años y 2 meses de prisión,
con inhabilitación especial por el doble tiempo de la condena. La defensa a
cargo de Daniel Sandoval procuró diluir la responsabilidad de la imputada,
señalando que no era la persona indicada para dar asistencia a la anciana y que
nunca tomó contacto directo con la mujer.
Además descartó que su defendida revistiera carácter de funcionaria pública,
pidió la absolución y en caso contrario la aplicación de la pena mínima
prevista por el código.
Revori calificó los testimonios escuchados durante el debate como frescos,
confiables, no contaminados, “nos han contado realmente una odisea”, dijo. “Salir
del medio del campo de noche y en pleno invierno, a caballo a buscar una
ambulancia, cruzar el río en bote, pedir ayuda a los obreros que se encontraban
haciendo un puente para que lo acercaran al Puesto Sanitario más cercano,
volver, conseguir un auto particular para ir a buscar a la abuela descompuesta,
volver a cruzar el río, traer a la anciana en sillas de rueda por el campo,
cruzarla en el bote, sinceramente lo que ha pasado esta gente nos muestra lo
que es vivir en esas zonas aisladas de nuestra patagonia, sin recursos, sin
comunicación, sin movilidad, lejos de los centros de salud”.
A criterio de la Fiscalía, la imputada, María Isabel Villarroel, mintió
en su declaración, “no fue con Arancibia al Puesto a llamar a la ambulancia, no
fue ella quien llamó a la ambulancia de Gastre”. En la valoración de la
gravedad de la situación, Révori citó la declaración del médico forense
interviniente, quien aportó el concepto de emergencia como “aquella situación
urgente que pone en peligro inmediato la vida del paciente si no se toman
medidas inmediatas”. La pérdida de conciencia es un ejemplo de emergencia,
decía, más aun en pacientes de avanzada edad y con antecedentes como en el caso
de la señora Epul, “en estos casos las horas y los minutos cuentan”, había
planteado el forense.
En concreto, la fiscal planteó que por las características del lugar y
la falta de profesionales médicos, “la persona que la asistió debió al menos
lograr una derivación rápida por teléfono y recepcionar a la paciente, tomarle
los signos vitales, ver si le podía brindar algún bienestar hasta que se logre
la derivación.”
Por su parte el Defensor particular hizo un extenso descargo respecto de
la modalidad de contratación del personal de salud por parte de la
administración pública provincial. Se refirió a la situación de personal de
planta transitoria que revestía Villarroel al momento del hecho, mencionándola
como “convidado de piedra”, no como funcionaria pública.
Respecto de su accionar, Sandoval sostuvo que no se acreditó
suficientemente que haya tenido contacto con la paciente y no quisiera
atenderla. “Epul necesitaba un equipo médico de complejidad”, reflexionó. Habló
de la fragilidad de la salud y la precariedad de su entorno para concluir en
que lo que hubiera dejado de hacer la imputada no tubo entidad en este contexto
para poner en riesgo su vida. También sostuvo que si no tuvo contacto directo
no puede hablarse de abandono, fundamentalmente porque había otras personas con
ella que podrían haberla llevado a Gualjaina o incluso a Esquel.
El juez Ricardo Rolón leerá su sentencia el 7 de enero a las 9 hs.
El hecho
La Fiscalía describióel hecho como el ocurrido entre
las 20 hs. del 23 de julio y la 1:30 hs del 24 de julio de 2012 cuando la
imputada omitió brindar asistencia y cuidado a la Sra. Avelina Epul. La mujer
había sido trasladada por su hijo y un vecino desde un campo situado en la zona
de Gorro Frigio, convulsionando e inconsciente. Según lo señalado por la Dra.
Révori, Villarroel se habría negado a brindarle la atención mínima que la
emergencia requería conforme los deberes a su cargo, propios de su función,
colocándola en una situación de desamparo, poniendo de este modo en peligro su
salud y su vida. A raíz de esta negativa, la paciente debió permanecer en la
cocina de la dependencia policial de la localidad hasta la llegada de la
ambulancia desde la localidad de Gastre, jurisdicción a la que pertenecía en
razón de su domicilio. La Sra. Epul ingresó a las 3.00 hs al Hospital de Gastre
en estado de coma, fue inmediatamente derivada al Hospital de Puerto
Madryn y luego al Hospital de Trelew donde finalmente falleció el 21 de agosto
de ése año.
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