SE DICTÓ LA PRISIÓN PREVENTIVA DEL IMPUTADO
En la audiencia de control de la detención y formalización de la investigación, la Juez de la causa dictó la prisión preventiva del imputado solicitada por la Fiscalía. La Funcionaria Fiscal había fundado su pedido, básicamente en el peligro de fuga del imputado, quién pese a su actitud inicial, entregándose a la policía, no tiene un domicilio fijo y puede preverse que le sería fácil evadir el accionar de la justicia. La Defensa había solicitado la libertad de su representado por la actitud de colaboración que este tuvo con la investigación.
En la audiencia de control de la detención y formalización de la investigación, la Juez de la causa dictó la prisión preventiva del imputado solicitada por la Fiscalía. La Funcionaria Fiscal había fundado su pedido, básicamente en el peligro de fuga del imputado, quién pese a su actitud inicial, entregándose a la policía, no tiene un domicilio fijo y puede preverse que le sería fácil evadir el accionar de la justicia. La Defensa había solicitado la libertad de su representado por la actitud de colaboración que este tuvo con la investigación.
El viernes pasado a las 23:30 hs. aproximadamente en el Paraje Las Arenas, distante a unos 10 km. de Aldea Epulef, se produjo una discusión entre dos hermanos. Uno de ellos sacó un cuchillo y lesionó de muerte al otro. El agresor se fue del lugar indicando que se entregaría a la policía. Al día siguiente, cerca de mediodía, cuando una comisión conformada por la Fiscal de turno, personal de criminalística y policía se encontraban realizando tareas propias de la investigación del hecho, se toparon con el presunto agresor que esperaba la llegada de la los uniformados. Al disponerse su detención, el sujeto entregó el cuchillo que se presume sería el arma homicida.
Pedido de prisión preventiva
Pese a la actitud de colaboración con la investigación expuesta por el imputado, la Funcionaria Maribel Delgado entendió que existen peligros procesales latentes. El imputado, a su vez hermano de la víctima, no reside en la zona, sino que sería un trabajador golondrina que últimamente se desempeñó en una estancia de Santa Cruz. Es conocedor de la zona y está acostumbrado a moverse e incluso pernoctar en terreno solo transitable a caballo. Según la información que la Fiscalía pudo recabar en el lugar, el padre había tramitado una prohibición de acercamiento en el Juzgado de familia, que nunca se había podido notificar al imputado porque, al saber que su padre había viajado a Esquel, dejó la localidad rumbo a Santa Cruz. Hace poco tiempo regresó, el padre se presentó a la justicia indicando que había riesgo de que su hijo mate a alguien, el pedido no llegó a formalizarse y el crimen anunciado se produjo, contra otro de sus hijos.
Estos antecedentes, y el riesgo cierto para la integridad física de algún otro miembro de la familia, e incluso para con el mismo imputado, dieron base al pedido Fiscal de encarcelamiento hasta el juicio.
Sin indicios objetivos
El Defensor Javier Allende consideró que no existen indicios objetivos que permitan suponer que existe algún riesgo procesal. Desde esta perspectiva, como el ocultamiento o la fuga son considerados en contra, la colaboración entregándose a sí mismo y al arma con la que habría cometido el crimen, no pueden ser neutros, sino que deben jugar a favor del imputado y de su libertad.
Desde esta lectura, nada en la conducta del imputado hace prever que podría fugarse, muy por el contrario su actitud fue facilitadora para con la investigación y por lo tanto debe mantenerse en libertad mientras no exista una sentencia condenatoria firme en su contra.
El letrado solicitó que en caso de considerar la Juez que existe alguna necesidad de imponer una medida, que esa medida sea menos gravosa que la requerida por el Ministerio Público Fiscal.
Prisión preventiva
Luego de un cuarto intermedio, la Dra. Carina Estefanía, resolvió dictar la prisión preventiva del imputado, por peligro de fuga, entendiendo que pese a su actitud inicial, no pudo durante la audiencia acreditar un domicilio en el cual pueda ser encontrado para futuras notificaciones. Considerando que el padre solicita una prohibición de acercamiento, es evidente que no puede dar como propio el domicilio de su familia.
La magistrada entendió que existen elementos suficientes para considerar con probabilidad que el imputado fue el autor del hecho y que la expectativa de pena es alta, en un hecho grave, mas aun considerando el vínculo existente entre víctima y victimario.
La Dra. Estefanía indicó que la actitud procesal del imputado juega a su favor, pero que hasta que no acredite un domicilio en el cual residiría, no puede plantearse la posibilidad de alguna medida sustitutiva.
Por esta causa dispuso la prisión preventiva a cumplir en la Unidad 14, durante el tiempo que dure el proceso, mientras que se tramita ese alojamiento, permanecerá de modo transitorio en la Comisaría Primera de Esquel. Si con posterioridad la Defensa acredita un domicilio, se analizará la sustitución por otras medidas.
El plazo de la investigación fue fijado en cuatro meses.
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