jueves, 20 de junio de 2013

Vejaciones agravadas



SE CONOCIÓ LA SENTENCIA

El juez encontró responsable a Carlos Albiar, Fabián Castro y  Sergio Reyes de vejaciones agravadas por el uso de violencia física, por el hecho ocurrido el 3 de octubre de 2011, y a Leandro Moliné y Carlos Albiar por el mismo delito cometido en otro hecho siete días después. Fueron absueltos Ismael Cerda, Raúl Huera y Andrés Ramírez, en ambos hechos  y Reyes en relación al segundo.

El juez Jorge Criado entendió que en el juicio no se logró probar la gravedad de los hechos acusados "rayanos con delitos de lesa humanidad y vinculados con aberraciones humanas, como la tortura." También se refirió a la declaración de las víctimas en el debate, indicando que "las versiones recreadas por las víctimas ni siquiera suponían un bloque homogéneo". Sin embargo Criado no compartió el criterio propuesto por la defensa. Marcos Ponce había sostenido que las historias habían sido fabuladas y los denunciantes se habían puesto de acuerdo para acusar a la policía por el resentimiento que tenían hacia los uniformados. "… Pasados casi dos años de los hechos, el relato de los jóvenes víctimas presenta varias aristas de fabulación, pero mezcladas con algunos datos certeros", entendió el magistrado.

En relación a Huera los acusadores ya habían solicitado su absolución al momento del alegato final. No sucedió lo mismo en relación a Cerda y Ramírez que aunque entendieron que no habrían tomado parte activa en los hechos vejatorios, sobre todo Cerda, consideraron que no podrían desconocer lo que había sucedido y su inacción implicaba complicidad, al menos como partícipe. Criado descartó tanto la autoría como la participación, sosteniendo que no se logró la certeza necesaria en el debate como para sostener esto.
El juez también tuvo en cuenta que nadie en la comisaría había escuchado gritos y nada que diera cuenta de los hechos denunciados en la gravedad que fueron relatados. Había detenidos próximos al sector que dijeron no haber escuchado nada, tampoco coincidía el número de policías que se encontraban en la comisaría 2da con el relato de los imputados que hablaron de una "pasarela" formada por uniformados por la que los hacían pasar para pegarles desde ambos lados.
La duda beneficia a los imputados, sostuvo el juez.

Primer hecho

Respecto del primer hecho dice la sentencia que a excepción de las conductas concretas endilgadas a Albiar, Reyes y Castro, ninguna otra acción fue demostradas respecto de los imputados. "Ni las golpizas en formación de pasarela, ni haberlos mojado con agua con lavandina de un balde, ni que les haya sacado fotografías, y mucho menos que en la totalidad de las conductas hayan participado activamente todos los imputados.

Segundo hecho

En relación al segundo hecho, también el juez dio por probadas algunas conductas, algunos golpes proferidos por Moliné y Albiar. Sin embargo no habrían tenido coincidencias en su relato al hacer referencia a diferentes burlas y el rociarlos con desodorante de ambiente. "Tampoco ha quedado acreditado que se hayan producido los gritos que las víctimas referían ni tampoco los supuestos cantos que se les exigían, en relación a la policía y haciendo referencia a "la gorra" para identificarlos, y de igual modo ha quedado desvirtuada la entidad que quiere atribuírsele a los hechos efectivamente desplegados como violencia directa, ya que tal como se señaló en el caso anterior en la celda de enfrente del calabozo de contraventores estaban alojados dos detenidos, quienes nada escucharon, de igual manera que el personal policial femenino Sepúlveda y Manrique como se ha señalado anteriormente."

El fallo

Después de un análisis pormenorizado de todo lo que se expuso en el debate, el juez resolvió absolver a Cerda, Huera y Ramírez y declarar autores penalmente responsables del delito de vejaciones agravadas por el uso de violencia física a Albiar, Castro y Reyes en relación al primer hecho.
En relación al segundo hecho absolvió a Cerda, Huera, Ramírez y Reyes, en tanto que declaró autores de vejaciones agravadas por el uso de violencia física a Moline y Albiar.
El jueves 27 a las 15 hs. se realizará la audiencia de debate sobre la pena.

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