PRISIÓN PREVENTIVA PARA EL SEGUNDO APREHENDIDO
La necesidad de
dictar la prisión preventiva del imputado no dejaba lugar a dudas. La juez
Anabel Rodríguez resolvió otorgarla por el plazo solicitado por la Fiscalía,
sin embargo esta decisión no se presentaba fácil de llevar a la práctica. El problema
es la situación de emergencia que se registra en los lugares de detención de la
circunscripción. La situación fue analizada posteriormente por el juez de ejecución
penal que intentaba generar alguna vacante.
Los motivos de la situación crítica que se vive en la zona
cordillerana son conocidos. Varios condenados cumplen su pena en los calabozos
de las comisarías ocupando el espacio que debería ser utilizado por procesados.
Los trámites para su alojamiento en dependencias del Servicio Penitenciario
Federal son demasiado lentos. Por otra parte, varias comisarías no cuentan con
celdas habilitadas para el alojamiento de presos desde hace mucho tiempo. Si bien
el pedido se reitera permanentemente, el Poder Ejecutivo no dispone las
partidas para ello y los lugares existentes se saturan.
La situación lleva a episodios insólitos que terminan
beneficiando a las personas que deberían cumplir con medidas de coerción e
incluso a otras con condenas firmes en su contra que no pueden comenzar a
purgarlas simplemente porque no tienen dónde hacerlo.
En el caso concreto del segundo imputado por el violento
robo ocurrido el lunes a la noche en Epuyén, la Dra. Rodríguez dispuso la
prisión preventiva por 20 días solicitada por el fiscal Oscar Oro. La magistrada
indicó que será el juez de ejecución quien disponga el lugar en que deberá
llevarse a cabo y en caso de que las condiciones fueran de hacinamiento tornando
inhumana la situación, se realizaría una nueva audiencia para analizar la
posibilidad de una medida sustitutiva.
Los argumentos del fiscal para insistir con la necesidad de
un encarcelamiento preventivo, se basaron fundamentalmente en las
características y la gravedad del hecho cometido, en la actitud de los
asaltantes para con las víctimas, en la conducta del imputado al momento de ser
identificado por un control policial dándose a la fuga y en la falta de
garantías de que será encontrado o que podrá controlarse el cumplimiento de una
medida sustitutiva por vivir en una zona rural, aislada de los centros urbanos.
La defensa a cargo del Dr. Bruno Deias consideró que esas
condiciones de distancia podrían ser favorables por el tiempo que dure el
proceso para asegurarse que no tomará contacto con víctimas. También habló del
arraigo de su defendido en la zona, y de la imposibilidad de encontrar un lugar
para su alojamiento en las comisarías de toda la circunscripción, por lo que
solicitó la aplicación de una medida alternativa.
En este caso, los argumentos no fueron suficientes para que
se dispusiera de una medida menos gravosa que la prisión preventiva.
Finalizada la audiencia el juez de ejecución analizaba el
modo de descomprimir los calabozos insistiendo al Servicio Penitenciario
Federal para incorporar cuanto antes a los condenados que cumplen con las
condiciones para el pase.
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