El miércoles se realizó la
segunda parte de la audiencia preliminar en la investigación seguida por la
Fiscalía donde se investigaban conductas que cuadrarían en figuras penales
tales como defraudación cometida contra la administración pública provincial en
función de administración fraudulenta en grado de tentativa, falsedad
ideológica de instrumento público y violación de los deberes de funcionario
público. Sin embargo para el juez de la audiencia preliminar se trataría de
cuestiones que deben resolverse en sede administrativa y en consecuencia dictó
el sobreseimiento de todos los imputados. La fiscalía analiza la presentación
de un recurso para que el Superior Tribunal de Justicia analice lo resuelto.
La principal crítica de los fiscales es que el juez habría fundamentado
su decisión valorando la prueba, en una instancia donde la prueba aun no fue
producida porque esto recién sucede en el debate y ante un juez diferente del
de la etapa preliminar. “No he advertido que el MPF haya contestado de forma
acertada a los puntos que fueran objetados en la audiencia del 28 de noviembre”,
sostuvo el juez en relación al pedido de sobreseimiento llevado a cabo por los
abogados defensores de los imputados.
La fiscalía acusó a dos funcionarios del IAC como coautores del delito
de administración fraudulenta en grado de tentativa, en concurso ideal con
falsedad ideológica de instrumento público en concurso ideal con violación de
los deberes de funcionario público. A otros dos imputados se los acusó de
partícipes necesarios en el primero de los delitos, en tanto que a los demás
imputados les achaca el mismo delito en carácter de partícipes necesarios, imputándoles
además falsedad ideológica de instrumento público, uno en relación al plano,
otro a la escritura.
Los hechos en
cuestión habrían ocurrido en el distrito Cholila en fecha ubicable entre el 2
de mayo de 2008 y hasta el 5 de enero de 2011. Un agrimensor, a instancias de
otro de los imputados y con colaboración de este, procedió a efectuar trabajos
de campo para mensurar un predio de
tierra fiscal en una zona próxima a la confluencia del Río Tigre y Río Alerzal,
de acuerdo a una autorización de mensura del IAC, extendiéndose 288 hectáreas más
allá de lo autorizado y avanzando sobre otra ocupación también reconocida por
el Instituto provincial.
Martín Zacchino
sostiene que con esto tuvo inicio de ejecución la maniobra defraudatoria, a
partir de lo que el entonces Secretario General y el presidente del IAC,
favorecieran con su intervención y firma el dictado de la resolución Nº 46/IAC
del 8 de febrero de 2010 en el expediente administrativo nº 17.826/82 y
acumulado 34.429/09. En ella se autorizaba al permisionario a vender, ceder y
transferir a favor de otra de las personas imputadas en esta investigación.
Esta última sería un prestanombre del verdadero inversor que no reunía los
requisitos exigidos por el IAC para acceder a esta operación.
El fiscal
sostiene que no se aplicó la normativa específica de tierras fiscales y que
sabían que la mensuración realizada vulneraba derechos de una ocupación
lindera, pese a lo cual comprometieron el patrimonio provincial (las tierras
fiscales) cuya administración tenían a cargo los funcionarios.
En esta línea
Zacchino sostiene que el perjuicio patrimonial quedó en grado de tentativa ya
que el 5 de enero de 2011, a
instancias del Ministerio Público Fiscal y en base a la denuncia presentada en
el mes de diciembre de 2010 se procedió a la incautación de los expedientes por
lo que no pudo continuarse con el trámite.
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