FRENTE AL
CLARO INTERÉS PÚBLICO, EL PLAZO SIGUE SIENDO RAZONABLE
¿Qué es el
plazo razonable? ¿Cómo se calcula la razonabilidad? ¿Puede establecerse
unívocamente en días, meses o años? Estas cuestiones sobrevolaron el análisis
realizado por los Ministros del Superior Tribunal de Justicia al revisar una
sentencia recurrida por la Fiscalía. En el caso puntual entendieron que cuando
están en juego presuntos delitos cometidos por funcionarios públicos, en el
manejo de fondos públicos, el interés social es alto y también lo es el deber
del Estado satisfacer tal interés mediante un juicio oral y público. Realizar el
juicio no puede interpretarse como una afectación a las garantías de los
imputados.
La sala penal arribó a su decisión con voto dividido. La
mayoría resolvió revocar la sentencia de primera instancia y devolver las
actuaciones a la Oficina Judicial de Esquel para que se fije nueva fecha de
juicio. El pleno entendió que es necesario abrir acciones administrativas para
determinar responsabilidades por el tiempo "muerto" transcurrido
desde la presentación de la acusación fiscal hasta la fecha de juicio, fijada
años después.
Cuánto debe
durar un plazo para ser razonable?
Javier Panizzi apunta que " la
razonabilidad es del resorte exclusivo de los jueces, y si no es posible
traducir ese “término razonable” en un número determinado de días, semanas,
meses o años, siempre debe estar relacionado con el juicio de que se trata y
con las particularidades de cada caso para resolver." A criterio del
magistrado aquí la transgresión a este principio es evidente.
El Tribunal había evaluado que "se
trataba de un caso de defraudación contra la administración pública, que
involucraba a funcionarios de alto rango. Sin embargo la necesidad de conciliar
el interés público en la sanción de la corrupción, con el derecho de toda persona
a ser juzgada sin dilaciones indebidas, les impedía lesionar esta última
garantía, en el afán de preservar la persecución penal".
Panizzi concluyó que el evidente retraso del Estado no
puede ir en desmedro del derecho de todos los ciudadanos de ser juzgados sin
demoras injustificadas.
El pueblo
quiere saber
Para quienes conformaron la mayoría lo que está en
juego es la base de la República Democrática, simbolizada por la frase
histórica "el pueblo quiere saber de qué se trata".
Jorge Pfleger sostuvo que "la especial
condición de funcionarios públicos de quienes fueran atribuidos, situados de
hecho en situación de privilegio sobre los bienes estatales en condiciones
normales, apareja una mayor cuota de responsabilidad social traducida en el
imperativo de realización de la ley a través del debate justo ante un Tribunal
imparcial que, definiendo la situación, sirva de escenario para investigar los
graves cargos formulados."
Daniel A. Rebagliati Russell argumentó que estamos
"ante un claro caso de arbitrariedad por errónea aplicación de la ley
sustantiva". Sobre la decisión del tribunal tuvo en cuenta que se adoptó
en la misma audiencia de debate, a raíz del pedido formulado por la defensa al
iniciarse el juicio. "Este acto es lo que constituyó una dilación
indebida, ya que pudiendo continuar con el debate oral y público, con la
finalidad de dar fin al estado de incertidumbre de los imputados, compatibles
con una mejor administración de justicia, los jueces eligieron entrar a
analizar si hubieron o no demoras en la tramitación y justificar de alguna
manera el vencimiento del plazo razonable".
Compromiso anticorrupción
Uno de los fundamentos centrales de la queja del
fiscal Martín Zacchino, se refirió a los compromisos internacionales asumidos
por el Estado argentino. El acusador público resaltó que "el
transcurso del tiempo de tramitación del caso –que no puso en riesgo la
prescripción de la acción - no basta para echar por tierra el compromiso
internacional y ético asumido con respecto a la sanción de los delitos de
corrupción".
Por otra parte se refirió a la situación del imputado que
aun hoy se encuentra amparado en sus fueros políticos, "si se presentara a
reelección y fuera reelecto, dentro de cinco años cuando esté en condiciones de
ser juzgado ¿se habría vencido el plazo razonable a su respecto?"
"No digo que sea un caso simple de resolver, solo
digo que debemos continuar con el juicio", concluyó.
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