miércoles, 8 de octubre de 2014

Homicidio de Cristina Cayecul

ORIAS FUE CONDENADO A PRISIÓN PERPETUA


El tribunal conformado por Anabel Rodríguez, Jorge Criado y Javier Allende, rechazó el planteo de inconstitucionalidad de la pena perpetua y condenó a Esteban Eligio Orias a prisión perpetua por homicidio calificado por el vínculo y agravado por el uso de arma de fuego, en concurso real con tentativa inidónea de homicidio simple agravado por el uso de arma de fuego, en concurso ideal con portación ilegítima de arma de fuego. Cristina Cayecul era su ex pareja y murió a causa de los disparos de arma de fuego proferidos en su contra por el imputado el 21 de junio de 2013.

Los tres jueces coincidieron en que no hay elementos que permitan en este caso concreto declarar la inconstitucionalidad de la pena perpetua, como solicitara el defensor, sin invadir la esfera de otro poder del Estado. “En el caso en estudio, de accederse a la petición de la Defensa, se afectaría doblemente la división de poderes. Primero declarando la inconstitucionalidad de la norma dictada por el Congreso, y en segundo lugar, estableciendo una nueva escala penal para el delito enrostrado”, señalaba Rodríguez en relación al pedido del Dr. Bruno Deias en su alegato.
Sobre las competencias del legislador, Allende decía que “al crear las normas penales, el legislador decide qué conductas humanas acriminar y las sanciones que corresponden en caso de incumplimiento. Así se realiza la criminalización primaria. Para poder hacerlo cuenta con la competencia que la Constitución le atribuye como órgano y ese proceder no es atacable mientras obre dentro de la esencia de ese mandato. Desde este punto de vista, no hay mandato constitucional que determine que las penas deben ser graduables o fijas”.
Criado precisaba que “la prisión perpetua representa en su redacción una relativa indeterminación, pero que resulta en realidad determinable en el presente caso, por operación de los plazos y cumplimiento de los requisitos que la propia ley indica”.

Respecto de los padecimientos que implica para un condenado saber que le espera una pena perpetua, Criado indicó que es obvio “que la pena de encierro por largo tiempo implica una mortificación a quien la sufre, sin embargo nada obsta a la verificación de la justa medida de la misma respecto del injusto cometido”, en este caso la “justa medida” de la perpetua frete al homicidio calificado por el vínculo.

El defensor había cuestionado también las implicancias de esta condena en el imputado, ya que por su edad estaría en condiciones de acceder a la libertad condicional recién cuando contara con el promedio de expectativa de vida para su género. Deias había dicho que se lo condenaría a “una muerte lenta”. Allende interpretó que la edad actual del imputado y las que podría tener al acceder a la libertad condicioinal “son proporcionadas a la extensión de la pena aplicada y la progresividad del tratamiento penitenciario más extenso de nuestro sistema penal de fondo. De tal manera aquélla argumentación debe ser rechazada”.


Respecto del estado de afectación psicológico que presentaría el imputado, los magistrados coincidieron con los planteos de la Fiscalía y la Defensa, indicaron que se deberán efectuar todas las gestiones necesarias para que Orias sea incorporado a una unidad penitenciaria en el menor tiempo posible. 

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