LA FISCALÍA
QUIERE LLEVAR A JUICIO UN CASO OCURRIDO EN CORCOVADO
Este jueves a
las 10 hs. está previsto que se realice en la Sala 2 de los tribunales de
Esquel, la audiencia preliminar de una investigación que involucra a concejales
y titulares del ejecutivo municipal de Corcovado. A criterio de la Fiscalía otorgaron
autorizaciones de venta de tierras fiscales en infracción a la ley, “eliminando
el pacto de retroventa, fijando el precio de venta sin tener en cuenta la
zonificación, lo que convierte la operación en un negocio inmobiliario que
beneficia a los inversores no residentes en la localidad, en detrimento de los
intereses de la comunidad de Corcovado”.
La teoría del Ministerio Público Fiscal es que para que estas
operaciones pudieran realizarse debieron sancionarse y promulgarse las
Ordenanza 742 y 751/11 en infracción a las normas vigentes en materia de tierra
fiscal.
Historia reciente
de las tierras en cuestión
El lugar se identifica como circunscripción 1 sector 1 fracción 51 y 52
del ejido de Corcovado. En 2005, mediante Ordenanza N° 389/05, ee HCD de Corcovado había autorizado
la venta de este inmueble a la Sra. María Josefa Larrea. La ordenanza fue
vetada por el Ejecutivo Municipal en Resolución N° 64/05.
La mujer y sus hijas esgrimían derechos en tanto sucesoras de José Diego
Torres. Torres fue ocupante de varios predios rurales fiscales y en virtud de
ello obtuvo varias adjudicaciones en venta. Ya en 1991 el IAC tomó razón de la
declaratoria de herederos y adjudicó en venta esas tierras a los herederos de
José Diego Torres a saber: su esposa María Josefa Larrea y sus hijas.
A la fecha en que cesó la administración de tierras del ejido de
Corcovado por parte del IAC y pasó al Municipio, la Sra. Larrea y sus hijas,
contaban con la adjudicación en venta de estas 150 ha aún vigente, aunque no se
había regularizado el pago y se hallaba pendiente la aprobación de la mensura
que había sido observada por la propia comunidad de Corcovado, quienes ya por
entonces solicitaban poder tener acceso al balneario municipal.
En relación a las restantes hectáreas cuya adjudicación en venta se
reclamaba, María Josefa Larrea no poseía reconocimiento ni por parte del IAC ni
por parte de la Corporación Municipal. Contaban con un derecho litigioso sobre
las tierras, expuesto públicamente en 2005 cuando la venta se frustró.
Los hechos
bajo análisis
La fiscal general Fernanda Révori es quien tiene a su cargo esta
investigación. Su acusación sostiene que el 24 de noviembre de 2011 se sancionó
la Ordenanza 742/11 por la que se autorizó al Dpto. Ejecutivo Municipal a cargo
de Héctor Raúl Diez, a vender a María Josefa Larrea estas tierras, en un total
de 231 ha 70 a y 95 ca. y 13 días después, horas antes que asuman las nuevas
autoridades electas en los comicios de ése año, se sanciona la Ordenanza 751/11
por la que se autoriza a Larrea a ceder, vender o transferir el derecho por la
adjudicación en venta de esas mismas tierras a terceros. Ambas ordenanzas
fueron promulgadas por el entonces Intendente Municipal Héctor Raúl Diez.
Según pudo constatar la Fiscalía, la mujer al momento de la venta de las
tierras, residía en Esquel desde hace tiempo, en tanto que a Corcovado iba
esporádicamente de visita. El predio, cuyas mejoras adquirió su esposo de
Spinelli, las alquilaba a una empresa dedicada a la actividad de rafting. En
ese tiempo Larrea era propietaria de otros cuatro inmuebles en la localidad.
Révori plantea que” la adquisición de la tierra por parte de Larrea no
aparece destinada a regularizar la situación de un ocupante que vive y produce
la tierra, que la adquiere para vivienda única familiar o en virtud de un
proyecto productivo”.
Además se pudo constatar que las gestiones por la venta de las tierras
se iniciaron meses antes de sancionadas las ordenanzas con la intervención de
una inmobiliaria de Puerto Madryn y que al momento de sancionarse la ordenanza
que autorizó a la mujer a vender a terceros, el precio por la venta del predio
no había sido cancelado.
Las firmas de las escrituras públicas de compraventa del Municipio de
Corcovado a favor de Larrea y de esta a favor de inversores residentes en otra
ciudad se realizaron en la misma escribanía.
Révori sostiene que “las autorizaciones de venta fueron otorgadas en
infracción a la ley, eliminando el pacto de retroventa, fijando el precio de
venta sin tener en cuenta la zonificación, lo que convierte la operación en un
negocio inmobiliario que beneficia a los inversores no residentes en la
localidad, en detrimento de los intereses de la comunidad de Corcovado. Para
que ello fuera posible, debieron sancionarse y promulgarse las Ordenanza 742 y
751/11 en infracción a las normas vigentes en materia de tierra fiscal.”
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