miércoles, 11 de mayo de 2016

Acuerdo entre las comunidades Nahuelpan y Prane

La vivienda de la Sra. Corina Coraza, viuda de Cipriano Prane, fue el lugar en que se reunieron las partes junto a representantes de distintas instituciones estatales, para firmar un acuerdo respecto de la situación de límites que ha generado problemas entre ambas comunidades durante muchos años.

De la reunión participaron el Sr. Gonzalo Mondillo Subsecretario de Relaciones Institucionales, Ezequiel Perrone Director General de Relaciones Institucionales y Control de Gestión, el Sr. Nahuel Ferez Director de Asuntos Indígenas de la Provincia, el Dr. Federico Collazo Director del IAC delegación Oeste, el Comisario Mayor César Gómez Jefe de la URE, el Dr. Ariel Itze Asesor Legal de Policía, el Teniente Coronel Julian Massi Fileppa en representación del Regimiento de Caballería de Exploración 3 como observante y el Fiscal General Marcelo Cretton.

La participación del Ministerio Público Fiscal se efectuó según lo que establece el Art. 4 de la Ley Orgánica V N° 94. Dicho artículo indica entre las funciones de la institución la “Conciliación. El Ministerio Público Fiscal procurará la solución de los conflictos en los que intervenga, tendiendo a la conciliación positiva de los distintos intereses en aras de la paz social.”

El acuerdo

El acta firmada establece seis puntos consensuados, el primero de ellos un límite provisorio hasta el 23 de noviembre de 2017, el que parte desde tres afloraciones rocosas identificadas como “Los tres Morros” (piedra del medio) en dirección este, teniendo como punto intermedio, como punto del GPS tomado por personal del IAC; S 42° 59’ 31’’ Y O 71° 10’ 58,8’’ en línea recta al filo alto del Cerro lindante al Lote 5.
En el segundo punto las comunidades se comprometen a que el camino de servidumbre entre ambas se transite de manera libre y pacífica. Se comprometen también a realizar el pastoreo de los animales pertenecientes a cada comunidad, dentro del límite establecido por las coordenadas, a no realizar construcciones que puedan afectar el límite acordado y a designar un recorredor para evitar conflictos en el pastoreo de los animales.
Finalmente el sexto punto establece que ante cualquier diferencia que surja entre ambas comunidades acuerdan mantener el respeto y la Paz social. 

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