jueves, 4 de julio de 2013

Agresión en Centro de Salud



SE FORMALIZÓ LA INVESTIGACIÓN

El miércoles se produjo la detención del imputado por los hechos violentos suscitados el lunes y martes en el Centro de Salud del Barrio Ceferino. Durante las primeras horas de la tarde del jueves, se formalizó la investigación por estos hechos, el funcionario de fiscalía fundó el pedido de prisión preventiva y la defensa se opuso solicitando la aplicación de medidas alternativas. El imputado será llevado a salud mental para una nueva evaluación psiquiátrica, a menos que los profesionales recomienden lo contrario, cumplirá prisión preventiva en su domicilio. El juez le advirtió que ante el primer incumplimiento “será llevado de las pestañas” a la Comisaría.

Según la descripción de los hechos llevada por la Fiscalía, el lunes pasado aproximadamente a las 15:30 hs. el imputado se presentó en el Centro de Salud del Barrio Ceferino dirigiéndose a una médica a los gritos, con insultos y amenazas. Otra médica intentó tranquilizarlo, el respondió con más gritos y amenazas y en cuanto logró alcanzarla a través de una mampara de vidrio, la sujetó fuertemente de sus ropas arrojándola contra la mampara y provocándole lesiones leves. Un enfermero logró calmarlo y hacer que se vaya.
Quince minutos después, regresó al centro de salud, pidiendo disculpas pero de modo violento, a los gritos y con ademanes amenazantes, generando terror en las doctoras, las que se encerraron en la secretaría del nosocomio.

El martes se presentó nuevamente al centro de salud y lo encontró cerrado a raíz de lo ocurrido el día anterior. Por la ventana de la puerta lo atendió la empleada, el imputado le habría dicho que “a esa doctorcita la voy a hacer echar, ahora me voy al hospital y voy a venir con cinco monos a hacer m… el centro de salud”. El sonido de la sirena policial hizo que el imputado huyera del lugar.

Necesaria coerción

Luego de imputarle estos hechos, la Fiscalía solicitó que se dicte prisión preventiva por 30 días, tiempo necesario para culminar la investigación de los legajos abiertos. A criterio del funcionario existe peligro de fuga por la actitud asumida durante el proceso, por el número de delitos que se le imputan, por el carácter de los mismos y porque tiene procesos pendientes.

En esos procesos previos existe una pericia psiquiátrica que sostiene que es punible. Se trataría de una persona con un retraso mental leve, no obstante el cual comprende sus actos, aunque requiere atención y tratamiento. Los rasgos característicos de su personalidad serían impulsividad, la baja tolerancia a la frustración, agresividad y escaso autocontrol.

Por su parte la Defensa, resaltó que no existe peligro de fuga, ya que tiene familia y trabaja. También señaló que existen tratativas con la Fiscalía para arribar a un juicio abreviado. La letrada mencionó además, que la pericia psiquiátrica no estaría completa, recién lo estaría cuando el imputado sea revisado por un neurólogo. Se refirió a su conducta en otros procesos sosteniendo que siempre que se lo llama se presenta y que aquí lo único urgente es que inicie un tratamiento. Por ese motivo pidió que se consideren las medidas alternativas a la prisión preventiva, como por ejemplo la prohibición de acercamiento a personas e instituciones.

Después de escuchar a las partes el juez Jorge Criado le dijo al imputado que le hablaría desprovisto de todo formalismo para asegurarse de que lo entienda cabalmente. Dispuso su prisión en comisaría hasta el día siguiente en que será atendido por un profesional de salud mental del HZE. A menos que este profesional diga que ni aun medicado puede el imputado cumplir con lo que se le imponga, será llevado por la policía a su domicilio para cumplir allí arresto domiciliario  por treinta días. Para mayor claridad el magistrado le dijo “a la primera que se mande, le adelanto que lo agarramos de las pestañas y lo metemos adentro de un calabozo”. “Yo no creo que usted sea un delincuente… usted es un hombre que trabaja, lo que pasa es que usted no se puede controlar y eso es un problema también, entonces ante todo los derechos que usted tiene por la Constitución las leyes procesales, todo… Usted tiene que pensar que del otro lado hay gente que tiene los mismos derechos”.

miércoles, 3 de julio de 2013

martes, 2 de julio de 2013

Pedido de recusación


EL PROCURADOR RECHAZÓ LOS PLANTEOS DE CASTRO



Jorge Luis Miquelarena entendió que “la subjetividad, como reflejo de una sensación o sentimiento del recusante, no es suficiente para hacer lugar a una recusación”. El Procurador no encontró fundamentos objetivos que permitan prosperar el pedido del intendente de Cholila.



El 27 de junio se celebró la audiencia con asistencia de Miguel Castro y de Martín Zacchino. En ella Castro expuso una serie de motivos por los cuales a su criterio corresponde apartar Zacchino de varias investigaciones penales en las que se considera investigado. Uno a uno fueron respondidos sus planteos por el Fiscal Jefe de Esquel. Miquelarena los escuchó a ambos y este lunes les hizo conocer su resolución.



Castro cuestionó el planteo recusatorio efectuado por Zacchino al Juez Jorge Criado por la amistad que lo une a él con el magistrado, en el marco de una causa en la que no estaba imputado. Aquel pedido fiscal estuvo basado en un planteo realizado por la defensa de los entonces imputados, en el que estos se referían a su relación con Castro. “En consecuencia, no se logra apreciar allí desvío alguno en la función del Fiscal, quien a efectos de aventar toda posible duda sobre la imparcialidad del Juez de la causa, instó los mecanismos procesales pertinentes”, entendió el Procurador.



También hizo mención a una resolución del Tribunal de Disciplina del Colegio de Abogados de Esquel, que según sostuvo, absolvió al Dr. Vila explayándose en sus considerandos en cuanto a la ‘intención del MPF’ de investigarlo. La resolución del la Procuración indicó que “se trató de un pronunciamiento que excedió claramente los límites del objeto del trámite, la competencia del órgano que lo dictó, cuya vaguedad impide conferirle relevancia alguna en esta decisión”.



Además indica la resolución que en todos los casos apuntados por Castro, las investigaciones fueron iniciadas a partir de denuncias, que el Ministerio Público Fiscal se encuentra obligado a investigar. “No puede deducirse de esta situación persecución alguna, en el sentido que lo expone el Sr. Castro”.

Miquelarena sostiene que el grado de exposición de los funcionarios públicos es evidente, como también lo es la obligación que recae sobre los Fiscales de investigar las denuncias que se presentan con rigor y seriedad. “Desde ya, no se puede pretender poner en cabeza del Ministerio Público Fiscal la responsabilidad por consecuencias hipotéticas y conjeturales que podrían tener fundamento en que una investigación se encuentra en curso”



La denuncia presentada por Castro en el ámbito del Consejo de la Magistratura, las manifestaciones de Zacchino en conferencia de prensa y la remisión de cartas documento en torno al asunto, fueron desestimadas una a una por el Procurador, como fundamentos válidos para la recusación. La sola denuncia en el Consejo de la Magistratura no puede ser un fundamento para la recusación, de otro modo sería muy simple apartar a un Fiscal de una investigación a su cargo.

Respecto de los otros puntos, Miquelarena entendió que la actitud asumida por Zacchino se encuadra en las obligaciones que le impone el artículo 68 de la Constitución Provincial. Según esta norma, al ser agraviado un funcionario público debe actuar para vindicarse. “Nada más que eso es lo que ha hecho el Dr. Zacchino con las comunicaciones enviadas al recusante…”



Finalmente el Procurador mantuvo la postura asumida en casos anteriores. “Para que pueda hacerse efectivo el apartamiento deben existir elementos objetivos demostrativos de una grave afectación a la objetividad con la que el Fiscal debe abordar un caso y llevarlo adelante; las evidencias de ello deben demostrarse y es menester que surjan, como vengo de decir, objetivamente de la causa. La subjetividad, como reflejo de una sensación o sentimiento del recusante, no es suficiente para hacer lugar a una recusación”.

lunes, 1 de julio de 2013

Presunta usurpación



EL DESALOJO SE PRODUJO CON TOTAL NORMALIDAD

La policía cumplió la orden judicial de desalojar la sede de UOCRA Esquel, ocupada por cinco personas desde esta mañana. Luego de dialogar con los ocupantes, la orden se cumplió sin ningún inconveniente.

El funcionario fiscal de turno indicó a los uniformados que restituyan el local a los responsables gremiales, para que estos tomen posesión de las instalaciones. Mientras tanto, y habiendo identificado a las personas involucradas, se llevan a cabo las actuaciones necesarias para determinar la continuidad del trámite procesal.

Recordemos que esta mañana un grupo de cinco personas ingresaron a la sede Esquel de la UOCRA. Según la denuncia el ingreso habría sido violento, obligando a retirarse del lugar a la persona encargada de abrir la oficina. Un representante del gremio denunció la situación en el Ministerio Público Fiscal. La Fiscalía solicitó al juez penal de turno la autorización del desalojo y detención, esta última solo a los fines de identificar a los imputados.

Presunta usurpación



EL JUEZ AUTORIZÓ EL DESALOJO

Esta mañana un grupo de cinco personas ingresaron a la sede Esquel de la UOCRA. Según la denuncia el ingreso habría sido violento, obligando a retirarse del lugar a la persona encargada de abrir la oficina. Un representante del gremio denunció la situación en el Ministerio Público Fiscal. La Fiscalía solicitó al juez penal de turno la autorización del desalojo y detención, esta última solo a los fines de identificar a los imputados.

La denuncia indica que aproximadamente a las 8 hs. cinco hombres ingresaron por la fuerza al edificio de la UOCRA ubicado en Av. Alvear 736 de Esquel. Allí se encontraba la persona encargada de abrir las oficinas, quien luego del ingreso de los ocupantes tuvo que retirarse del lugar y dio aviso a las autoridades gremiales. El denunciante también precisó que ninguno de los ocupantes es afiliado al gremio, que se niegan a dialogar y no permiten ingresar a otras personas.
Previo a la solicitud del desalojo, el fiscal de turno dispuso consigna policial para evitar que ingresen alborotadores.
En su pedido al juez especificó que si bien estaba dada la flagrancia, al no haber intervenido por sí la policía debía hacerlo de modo urgente el Ministerio Fiscal "bajo la necesaria tutela del juez de garantías". El pedido fue autorizado por el juez y deberá ejecutarse por la policía.

viernes, 28 de junio de 2013

César Torres



UN AÑO DE BÚSQUEDA SIN RESULTADOS

El 28 de junio de 2012 fue visto por última vez César Torres. Desde el momento de la denuncia se inició la búsqueda. En diciembre la procuración emitió un protocolo para aplicar en casos de personas desaparecidas e inmediatamente fue implementado. Sin embargo ninguna de estas medidas arrojó datos ciertos sobre su paradero. Un año después la búsqueda continúa.

Durante los últimos meses la fiscalía tomó contacto con una Secretaría de Cooperación con Poderes Judiciales de todo el pais, dependiente del Ministerio de Seguridad de la Nación. El organismo brindó apoyo difundiendo la fotografía e información complementaria de Torres entre organismos judiciales y fuerzas de seguridad de todo el territorio nacional. También se envió esta información a todas las fiscalías de la provincia para que activen la búsqueda en las respectivas circunscripciones. La misma información fue suministrada al Ministerio de Salud para su manejo en los hospitales y centros asistenciales  inclusive los establecimientos psiquiátricos.
La Dra. Fernanda Révori tomó contacto además, con el titular del Registro de Búsqueda de Personas Adultas con Padecimientos Mentales e Incapacidades de la CABA y con el Delegado del Sistema de Investigaciones Criminalísticas dependiente de la Procuración General de la SCJ de provincia de Bs. As. Este último lleva un registro de personas NN halladas con o sin  vida en esa Jurisdicción.  

César fue visto por última vez vistiendo un buzo azul, remera blanca y campera azul con franjas rojas. Mide 1,78 mts, es robusto, tez trigueña y con pecas. Es un paciente psiquiátrico que se encuentra medicado.

Inmediatamente después de comunicada su desaparición se informó a la red policial y tomó intervención el área de búsqueda de personas.

Entre otras zonas, se realizó un relevamiento en Paso de Indios (localidad de la que es oriundo). También participaron de la búsqueda Bomberos Voluntarios y Defensa Civil realizando rastrillajes en Esquel y Trevelin.

Ninguna de las medidas realizadas arrojó datos ciertos sobre su paradero, sin embargo la búsqueda sigue abierta bajo la dirección de la fiscal Fernanda Revori. Quien pueda aportar algún dato no dude en contactarse con la comisaría más cercana. 

Homicidio de Durán



EL JUEVES SE CONOCERÁ LA SENTENCIA

El tribunal tiene en principio tres opciones entre las que decidir la suerte del imputado. La fiscalía sostuvo ambas imputaciones en su acusación final, la del homicidio culposo y la del cometido con intención de matar. La defensa pidió la absolución de Pablo M. Leuful. Hablaron la esposa y el hijo de Durán para pedir que se condene al imputado.

Fernando Rivarola inició su alegato analizando la declaración dada por el imputado en la primera audiencia luego de su aprehensión. Leuful había reconocido que mató a Durán accidentalmente al manipular un arma que le pasaron en el momento. El imputado dijo entonces que una pieza del arma se desprendió y se le disparó sin darse cuenta. En esta hipótesis el azar habría sido el responsable del impacto del proyectil entre las cejas de la víctima.
Un suceso acontecido durante el debate abonó esta hipótesis. Ya la pericia indicaba que el arma tenía faltantes en sus piezas, aunque fue hallada apta para el disparo y en regular estado de conservación. Sin embargo cuando el fiscal quiso inspeccionarla, ya en su despacho, al maniobrarla se le desarmó completamente. La versión del imputado se presentaba entonces como posible. También resultó llamativo que ninguno de los testigos presenciales hubieran notado las maniobras previas al disparo. Todos estaban a corta distancia, había música suave, conversaban y nada llamó su atención hasta que sonó el estampido y Durán cayó al piso.
También se probó la total inexperiencia en el manejo de armas de fuego por parte del imputado y el previo consumo de bebidas alcohólicas.
Este análisis de los hechos es el que conduce a la hipótesis del homicidio cometido por imprudencia e impericia.
Sin embargo el fiscal indicó que no puede descartar los elementos tenidos en cuenta al momento de formular la imputación principal, la de homicidio doloso, ya que siguen manteniéndose los presupuestos. El imputado intentó silenciar lo sucedido, el impacto del proyectil fue en un centro vital del cuerpo y la pistola es un tipo de arma más segura que el revolver, pensada justamente para minimizar los riesgos de disparos accidentales.
Por otra parte no se probó la existencia de ninguna motivación para el crimen. Durán y Leuful no tenían problemas anteriores, ni siquiera aparece aquí un motivo nimio. Este fue uno de los pilares de la defensa esgrimida por José M. Venancio y Carlos Azparren que solicitaron la absolución por falta de pruebas que incriminen directamente al imputado. Los letrados se basaron en algunos de los argumentos anticipados por la fiscalía y pidieron el beneficio de la duda para Leuful.
El Tribunal compuesto por Javier Allende, Martín O’ Connor y Ricardo Rolón pasó a deliberar y el jueves 4 de julio a las 15:30 hs. leerá la sentencia.

martes, 25 de junio de 2013

Homicidio culposo



A JUICIO


El 7 de marzo de 2011 era un día de altas temperaturas en la cordillera. El Lago Futalaufquen se llenó de gente. La gran circulación vehicular levantaba polvo y un camión regador circulaba por la Ruta 71 para humedecer la calzada. A las 17:30 hs. el Mercedes Benz y un Gol Country chocaron de frente y a raíz de esto fallecieron José Elvio Vera y Elvio René Vera, los otros tres ocupantes del Gol resultaron con lesiones gravísimas, graves y leves. El lunes se hizo la audiencia preliminar y la investigación pasó a etapa de juicio con ambos conductores imputados.

El sector donde se produjo el choque fue el camping denominado “Las Rocas”. El camión circulaba con dirección Noreste a sudeste a muy baja velocidad ya que iba regando el camino de ripio. En el otro vehículo viajaban el conductor y las otras cuatro personas que resultaron víctimas, por el mismo camino pero en sentido contrario. El camión invadió el carril izquierdo, por su parte el conductor del Gol circulaba a una velocidad mayor de la permitida en ese lugar y había ingerido bebidas alcohólicas. Este último apretó el freno pero no pudo evitar el impacto con el camión. “Ambos conductores realizaron, en la emergencia, maniobras evasivas, pero en virtud de la imprudente inobservancia de las normas que rigen el tránsito vehicular en la que incurrieran con sus conductas; no pudieron evitar el impacto”, sostiene la Fiscalía.
Los dos fueron imputados por los delitos de homicidio culposo con resultado múltiple doblemente calificado por tratarse de más de una víctima fatal y por haber mediado la conducción imprudente de un automotor, lesiones leves culposas, lesiones graves culposas y gravísimas culposas.

El defensor del conductor del Gol pretendió su sobreseimiento, sin embargo los motivos fueron contrarrestados por la fiscalía y por la defensa del conductor del camión. El juez compartió que los motivos del pedido solo podrán ser dilucidados con la producción de la prueba, es decir en el transcurso del juicio.

lunes, 24 de junio de 2013

Homicidio de Daniel A. Durán



COMENZÓ EL JUICIO

Con la declaración de los testigos presenciales comenzó el juicio por el homicidio del propietario del bar "El Matrerito" ocurrido en noviembre de 2012. La Fiscalía acusó por homicidio simple, aunque mantiene la acusación alternativa de la muerte provocada en la manipulación imperita de un arma que portaba ilegalmente.

Fernando Rivarola hizo su alegato de apertura recordando que el viernes 23 de Noviembre de 2012, aproximadamente las 04:40 horas, Daniel Alejandro Durán resultó gravemente herido de un tiro en la frente. Esto sucedió en el interior del bar “El matrerito” ubicado en San Martín 525 de Esquel. El autor sería Pablo Miguel Leuful y el arma utilizada una pistola cal. 22 marca tala serie 843. Durán fue internado en terapia intensiva del Hospital Zonal de Esquel, falleciendo al día siguiente a la 01:15 horas.
La hipótesis principal del fiscal es que Leuful disparó con la intención de matar a Durán. Sin embargo, previendo que en el juicio podría ser dificultoso probar esta intencionalidad, anticipó una hipótesis alternativa. En ella indica que Leuful había consumido distintas bebidas alcohólicas y luego, sin ser legítimo usuario, comenzó a manipular la pistola calibre 22, "en forma imperita sobre el mostrador, de modo tal que efectuó un disparo  que le impactó en la cabeza al dueño del lugar Sr. Daniel Alejandro Durán". Rivarola sostendrá si el disparo no fuera intencional al menos fue resultado de una conducta imprudente.
También le achaca la portación del arma sin contar con la documentación que lo avale como legítimo usuario y titular.

Por su parte el defensor José María Venancio, junto a Carlos Azparren, rechazó la acusación, cuestionando la autoría y anticipando que pedirá la absolución, y si los jueces entendieran que fue el autor, propondrá que interpreten el accionar como culposo. El letrado rechazó de plano la imputación por portación ilegal de arma de fuego.

Se prevé que el juicio se prolongue durante toda la semana.