viernes, 30 de enero de 2009

Oscar Eduardo Dante

RECHAZARON EL BENEFICIO DE LA LIBERTAD CONDICIONAL A UN CONDENADO

La Defensa Pública solicitó el beneficio de la libertad condicional para un hombre condenado en agosto del año pasado, por haberse cumplido el plazo de detención previsto por la ley y por considerar inconstitucional la norma que prevé que los reincidentes no pueden obtener ese beneficio. La Fiscalía se opuso porque los informes carcelarios son negativos en lo que hace a su posible reinserción social y por encontrarse vigente la ley que plantea la limitación para los reincidentes. La Juez de la causa no se expidió sobre este último punto, pero rechazó el pedido por los informes desfavorables. Dante pasó la mayor parte de su vida en la cárcel, y según una especialista del servicio penitenciario, sabe conducirse en ese medio pero “su dificultad reside en su incapacidad para las interrelaciones personales mutuamente gratificantes y el adecuado intercambio social en libertad”.

Dante
fue condenado por el hecho ocurrido el 3 de junio de 2008, a las 19:30 hs. aproximadamente, en el local comercial del rubro sandwichería, ubicado en la Avda. San Martín al 600 de la localidad de Trevelin. En el momento en que la propietaria del comercio se disponía a abrir para la atención al público, el imputado apareció en el lugar, la empujó hacia el interior del local, luego la tomó de los cabellos y violentamente la llevó hacia atrás del mostrador sacando un cuchillo de mesa tipo sierrita, intimidándola para que le entregue el dinero, al tiempo que le hacía manifestaciones en relación a integrantes de su familia. Como la caja registradora estaba cerrada con llave, el imputado con el cuchillo que portaba accionó su mecanismo ejerciendo fuerza, logrando abrirla rápidamente, y apoderándose del dinero existente en su interior, en una suma aproximada de 45 pesos, discriminados en billetes de diez y dos pesos, y una bolsita de nylon con monedas en su interior. Obtenido el dinero, indicó a la mujer que cerrara la puerta de acceso al local, y que no diera aviso a la policía. La víctima escapó refugiándose en el interior de un comercio contiguo. Desde allí llamó a la policía. Momentos después, en la intersección de las calles Mimosa y Belgrano, el sujeto fue aprehendido cuando escapaba a la carrera. En una manga llevaba oculto el cuchillo y el dinero robado, las monedas no pudieron recuperarse.

Dos meses después fue condenado en un juicio abreviado, en el que reconoció su culpa. Luego de esto fue trasladado a la
Unidad 6 del Servicio Penitenciario Federal, donde se encuentra alojado actualmente.

Pedido de la Defensa

En una audiencia sin la presencia del condenado, debido a las dificultades para trasladarlo y a inconvenientes con la línea telefónica que impidieron que este siga la audiencia por esa vía desde su lugar de detención, la Dra. Gladys Cerda de la Defensa pública pidió que se le conceda el beneficio de la libertad condicional por haber cumplido el plazo de ocho meses detenido que fija la ley para los condenados a tres años de prisión, por tener informes de conducta favorables y por considerar inconstitucional la norma que establece que no pude darse el beneficio de la libertad condicional a los reincidentes. Dante fue declarado reincidente en una oportunidad previa y en otra jurisdicción.
La Defensora también planteó que si Dante no está preparado para reinsertarse socialmente, es responsabilidad del Estado ya que es el encargado de darle el tratamiento necesario para ello.

Oposición Fiscal

El Dr. Hernán Dal Verme se opuso a que se le conceda el beneficio al condenado, por tratarse de una persona reincidente y por contar con un diagnóstico desfavorable por parte de una profesional del Servicio Penitenciario.
El Fiscal defendió el informe del Servicio Penitenciario, indicando que no se presentó ningún tipo de prueba calificada que permita tachar de errado lo que este dice. Dal Verme subrayó que, según la Lic. Montenegro, Dante necesita un tratamiento mínimo de tres meses para evaluarse si alcanza esas condiciones. Siguiendo esta lectura, aparece una mayor facilidad de este condenado para adaptarse a la vida carcelaria que a la vida en libertad “no cabe duda que en el caso del señor Dante es así, y que adaptarse a la vida en sociedad le va a resultar realmente difícil. Tal es así que cuando obtuvo su libertad a menos de un año lo teníamos otra vez detenido por un hecho grave, que fue rápidamente juzgado y que hoy nos permite estar hablando de una pena por un hecho que fue, si mal no recuerdo, en junio del año pasado”, indicó el Fiscal.
“No hay acá un órgano que demoniza o que intenta demonizar adrede al señor para que no pueda salir. Hay aspectos que hacen a la persona de Dante y al comportamiento de Dante. Dante está detenido porque delinquió con posterioridad a haber salido en libertad, y es por esa razón que está en esta situación,” dijo Dal Verme.
El Fiscal entendió que solo se podría concederle la libertad condicional solicitada si se declarara expresamente la inconstitucionalidad de la norma, en relación a la reincidencia.

No está preparado

La Dra. Nelly García evitó expedirse sobre la constitucionalidad de la ley que prevé la imposibilidad de acceder a la libertad condicional en los casos en que se ha declarado una reincidencia. La Juez indicó que este tema debió haberse tratado por el Tribunal que lo condenó por esta última causa en Esquel, mas aun existiendo una declaración de reincidencia anterior y que no habiéndose debatido este punto y quedar reflejado en la sentencia, no puede ser tratado con posterioridad.
Por otra parte la magistrada consideró fundamental para decidir si otorgar o no el beneficio al imputado, el informe técnico criminológico del Servicio Penitenciario en el que se encuentra detenido. Según el mismo, desde su ingreso Dante evidenció respeto por las normas que rigen la convivencia y disciplina carcelaria “pero es preciso destacar que el medio carcelario con sus normativas es muy familiar al interno y que ha incorporado a su diario quehacer el respeto por esos límites externos. Su dificultad reside en su incapacidad para las interrelaciones personales mutuamente gratificantes y el adecuado intercambio social en libertad. Actualmente su pronóstico de reinserción social es dudoso, teniendo en consideración que el interno deberá en primer lugar, establecer un compromiso real con la superación de su hábito alcohólico, buscando activamente la contención y apoyo para sostener la sobriedad y poder desarrollar luego un proyecto vital adecuado a la buena convivencia social. Con una valoración mas realista de sus capacidades y un reconocimiento y valoración por el apoyo y la contención que se le brinda desde su familia, hermano, y el Estado. Desde ese punto de vista no se vislumbra como positivo aun, su reintegro al medio libre. Remarcando la necesidad de que mantenga entrevistas de esclarecimiento y de orientación, que bien podrían desarrollarse en un lapso mínimo de tres meses, con evaluación de resultados del proceso a fin de obtener una evaluación mas objetiva de sus posibilidades de reinserción social”, reprodujo la magistrada, coincidiendo con la valoración que hizo el Fiscal de este informe.

El Estado no tuvo tiempo

La Dra. García indicó que el tiempo que lleva detenido Dante es corto, menor aun el de detención en una cárcel con tratamiento específico, y por lo tanto no puede achacarse al Estado que no haya logrado prepararlo para su reinserción a la sociedad.
Por estos motivos la Juez rechazó el pedido presentado y Oscar Eduardo Dante permanecerá en prisión.

No hay comentarios: