lunes, 16 de marzo de 2009

Homicidio de Vidal

EL SUPERIOR TRIBUNAL DEBERÁ DECIDIR SOBRE LA CONTINUIDAD DE LA CAUSA

En el marco de la audiencia preliminar, a pedido de la Defensa Pública, el Juez dictó el sobreseimiento de los cuatro imputados por interpretar vencido un plazo legal. El Fiscal anticipó que recurrirá la decisión ante el Superior Tribunal de Justicia ya que no comparte sus fundamentos. Se trata del crimen ocurrido el 24 de junio de 2007 en la localidad de Tecka, en el que Eduardo Vidal resultó herido de 13 puñaladas.


Expuesta la acusación Fiscal en la audiencia, y antes de dar tratamiento a la prueba, los Defensores de los cuatro imputados (uno de ellos menor de edad) pidieron el sobreseimiento de sus representados por considerar que la acusación pública se presentó fuera de plazo.

Una causa compleja

Esta investigación fue considerada por la Fiscalía una investigación compleja por las dificultades que surgieron para conseguir prueba que permita evidenciar los sucesos que terminaron en la muerte de Vidal. Esta dificultad llevó a mas de una prórroga. La causa obtuvo dos prórrogas en los plazos, cada una de ellas por cuatro meses. La última de estas prórrogas venció el 10 de octubre de 2008. Esa era la fecha tope para la presentación de la acusación pública, sin embargo la acusación fue presentada el 21 de octubre en las dos primeras horas, diez días después.

Rechazo del Fiscal

El Dr. Fernando Rivarola planteó una interpretación diferente y pidió que se rechace el planteo. El representante del Ministerio Público indicó que si bien el Código Procesal parece ser claro cuando dice que vencido el plazo de la acusación pública corresponde el sobreseimiento de los imputados, es necesario analizar de modo mas profundo el sentido de la norma y las garantías constitucionales que ampara esa norma, para resolver acorde a ese sentido. Rivarola sostuvo que a su criterio los plazos no están vencidos ya que una acordada del Superior Tribunal de Justicia establecía una prórroga para las causas en las que no hubiera personas privadas de su libertad, durante la feria judicial de invierno del 2008. Esa prórroga otorgaba doce días mas, quedando así realizada la presentación dentro del plazo habilitado.
El Fiscal también señaló que la Defensa permitió, sin poner ningún obstáculo, que la Fiscalía presente la acusación pasada la fecha establecida previamente por un Juez y por lo tanto la acusación fue presentada y debe continuar la acción penal.
Rivarola también señaló que dictar el sobreseimiento de los imputados afectaría principios constitucionales tales como el derecho de las víctimas al acceso a la justicia, a obtener una resolución judicial que declare su derecho, y a tener un proceso justo para la víctima y sus representantes.

Sobreseídos

Luego de réplicas y contrarréplicas, el Juez Penal dispuso el sobreseimiento de los imputados, entendiendo que al haberse fijado una fecha cierta en la última prórroga otorgada, el plazo indefectiblemente se ha vencido y debe procederse según lo establece el Código Procesal, sobreseyendo a los imputados.

Recurso

El Fiscal sostuvo que presentará un recurso ante el Superior Tribunal de Justicia para que revea la decisión, ya que no comparte la interpretación legal dada por el Juez en su resolución. Según lo anticipado, en el recurso se atacará la interpretación dada a los plazos legales para la investigación penal y, lo que definió como, la violación de principios constitucionales que implican la actuación del Ministerio Público Fiscal como titular de la acción penal.

El hecho investigado

El día 24 de junio de 2007, en horas e la madrugada (aproximadamente a las 3 hs.), en la portada del Gimnasio Municipal de Tecka, “los imputados obrando en conjunto atacaron a Eduardo Vidal, portando dos de ellos armas blancas de grandes dimensiones, con las cuales le provocaron un total de 13 heridas que afectaron distintos órganos vitales y en conjunto le produjeron la muerte.-
No obstante las dificultades que surgen de las características del hecho y el número de intervinientes, como hipótesis este Ministerio Sostiene, que: dos imputados, fueron los que provocaron con sendos cuchillos (uno probablemente el de la propia víctima) las heridas descriptas en el protocolo de autopsia y habiendo efectuado la mayoría de las estocadas luego de la agresión grupal llevada a cabo por todos los intervinientes (sin perjuicio de la intervención de otras personas no identificadas) cuando el cuerpo de la víctima se encontraba ya en posición horizontal en plano de suelo.
Uno de los imputados, habiendo convocado a la víctima y habiéndolo acompañado durante toda la noche y madrugada hasta el preciso momento del ataque, fue quien, sabiendo el estado de ebriedad y beligerante en que se hallaba Eduardo Vidal y la enemistad manifiesta con casi la mayoría de los integrantes de aquel grupo, convocó también al lugar donde se hallaban bebiendo a otro de los que terminaron imputados en la causa, mediante mensajes de texto dirigidos al celular de aquel, colaborando luego con la acción de golpear, sujetar, desarmar, para darle muerte en la forma descripta.”, reza el escrito Fiscal, que continúa describiendo otras conductas. Así plantea que otro de los imputados colaboró “en la acción agresiva emprendida por el grupo, golpeando, sujetando, desarmando entre todos a la víctima, hasta lograr ya con algunas estocadas en su cuerpo que cayera al piso, lugar donde fue ultimado con al menos las dos armas blancas indicadas”.

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