lunes, 4 de agosto de 2014

Homicidio en Lago Puelo



SE ABRIÓ LA INVESTIGACIÓN

El lunes a la mañana se realizó en los tribunales de Esquel la audiencia de control de la detención y formalización de la investigación por el crimen de Tito Mansilla ocurrido el sábado a la madrugada en un pub de Lago Puelo. La hipótesis inicial apunta a un homicidio calificado por la participación de un menor de edad y el concurso premeditado de dos o más personas. El fiscal Oscar Oro solicitó el dictado de prisión preventiva por dos meses, Bruno Deias, defensor oficial, se opuso argumentando que no hay elementos de cargo suficientes para comprometer a su defendido. Martín O' Connor reconoció que no se trata de una resolución simple, a su criterio hay elementos suficientes para iniciar la investigación y para prever un alto riesgo de fuga, sin embargo no son tan fuertes en relación a la autoría. Por este motivo dispuso que el imputado permanezca detenido por diez días y en ese lapso se realice una rueda de reconocimiento.

La detención fue ordenada por el juez y no fue objetada por la defensa. El imputado sostuvo que el procedimiento fue violento, que lo arrojaron al piso mientras llovía copiosamente y le ejercieron presión sobre una pierna en la que tiene colocados varios clavos luego de una operación practicada hace cinco meses.

Oro relató pormenorizadamente el derrotero de la investigación encaminada en las últimas 48 hs. Explicó que hasta el momento se pudo establecer que la víctima estaba en un Pub ubicado en Av. Los Arrayanes, cuando aproximadamente a las 2:45 hs. ingresaron al lugar el imputado y otros dos sujetos, uno de ellos de 15 años, decididos a agredirlo con los cuchillos que portaban. Se produjo un altercado y el imputado lo habría apuñalado en el flanco izquierdo, además de romperle en la cabeza una botella de cerveza de litro. Luego los agresores se retiraron del lugar en el mismo vehículo en el que habían llegado.
La ambulancia acudió y llevó al herido al Hospital de El Bolsón, donde perdió la vida mientras era asistido.

Deias cuestionó la descripción de los hechos y la calificación legal. En su criterio los elementos reunidos en el legajo no permiten individualizar a su defendido como el autor de la puñalada letal. Apuntó además que la descripción no establece cual fue la participación del menor de edad como para considerarla agravante del delito de homicidio, como así tampoco hace evidente la decisión mancomunada y previa de matar a Mansilla.
El juez consideró que están dados los requisitos para la apertura de la investigación, ya que esta implica dar a conocer al imputado la hipótesis que sigue la fiscalía, para que sepa de qué defenderse. Por ese motivo, y considerando que el fiscal tendrá el tiempo total de la investigación preliminar para realizar los ajustes que surjan de las evidencias que se vayan colectando, dictó la apertura de la investigación formalizada.

Coerción

El fiscal pidió que se imponga prisión preventiva por sesenta días. Básicamente fundamentó su pedido en la gravedad del delito, la pena en expectativa, el peligro de fuga evidenciado en que pasadas algunas horas del hecho el imputado fue aprehendido cuando se dirigía hacia El Bolsón con una mochila con ropa, en un vehículo conducido por un familiar, con dinero en efectivo, con el menor de edad que también habría estado comprometido en el hecho y con un tercero en estado de ebriedad. Además indicó que podría intimidar a los testigos para que no declaren en su contra.

El defensor volvió sobre sus cuestionamientos respecto de la falta de elementos incriminantes, indicando que no se cumplen los requisitos de probabilidad de autoría para que el juez quede habilitado a imponer la medida más gravosa del sistema procesal. Tampoco consideró que exista riesgo de fuga, ni que haya elementos objetivos para hablar de posible entorpecimiento procesal.

Después de un breve cuarto intermedio Martín O' Connor fundamentó por qué cree que el riesgo de fuga es alto, que también existe, aunque en menor medida, riesgo de entorpecimiento procesal, y resaltó que en este caso la evidencia de autoría tiene ciertos matices de confusión ya que en el hecho habrían intervenido varias personas, algunas en estado de ebriedad… la probabilidad de autoría existe, pero a su criterio es baja. Su línea de análisis tuvo en cuenta una frase del Ministro del Superior Tribunal de Justicia, Jorge Pfleger "los derechos no son absolutos". En este caso debe conjugarse el derecho del imputado a transitar el proceso en libertad, con la obligación del Estado de garantizar el proceso judicial. Para que la medida sea razonable el magistrado dispuso un plazo acotado de diez días, en el que deberá llevarse a cabo la rueda de reconocimiento solicitada por la fiscalía.

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