LA FISCALÍA RETIRÓ LA ACUSACIÓN
La decisión fue comunicada por el Fiscal
Fernando Rivarola al inicio de la segunda jornada de juicio. La acusación se
estructuró a partir de la declaración formulada en la denuncia por el
damnificado y lo corroborado por las pericias. El damnificado, que reside ahora
en Comorodo Rivadavia, no se presentó y le confirmó a su madre que no quiere
seguir adelante con el proceso.
El fiscal comunicó a
los abogados defensores y al juez esta decisión al momento de abrirse la
jornada del martes. Explicó que sigue ausente Joel Bórquez, principal
interesado en este proceso y también principal testigo de la Fiscalía.
La última comunicación
con el denunciante fue el viernes de la pasada semana. Luego ya no atendió el
teléfono. La Fiscalía se comunicó con la madre de Bórquez y esta explicó que
habló con él y le trasmitió que se encuentra bien, que no le pasó nada, y que
simplemente no quiere seguir adelante con este proceso
.
Rivarola explicó que
el único testigo que conoce toda la secuencia de lo sucedido es justamente
Borquez. La acusación se estructuró en base a su declaración y al resultado de
la pericia balística, sin ella no puede sostenerse la teoría fiscal. “Tampoco
le brindó ni a su madre ni al Ministerio Público su domicilio, de modo que no
tengo posibilidad de insistir con un comparendo compulsivo que a esta altura
creo que no me traería resultados positivos en el marco de este debate”,
explicó Rivarola. Luego se refirió al caso de la defensa. La Dra. Conesa habló
de una causal de justificación “contando para sostener ello, con importantes elementos
que van a ser analizados a la luz de lo que declare el imputado o en las actas.
Por supuesto que de allí surge una versión contrapuesta con la de la Fiscalía y
estos son los hechos controvertidos en este caso”. El fiscal entendió que,
debilitada por la falta de la declaración completa del denunciante, la
acusación no tiene los elementos de prueba suficientes para destruir la
hipótesis de la defensa.
También indicó que
basa su decisión en la necesidad de evitar un derroche de recursos para el
Estado. “Hoy estaban previstos tres comparendos compulsivos, dos de los que me
habían confirmado que habían sido localizados, pero que implicaban el traslado
de un móvil de Tecka a Esquel y su regreso. También la combi de la Oficina
Judicial con otros testigos… todo eso es gasto del Estado, gasto importante que
tengo que evitar que se derroche. También el tiempo y la situación procesal del
imputado, que en tanto respetemos sus garantías constitucionales tiene derecho
a que este juicio se haga en debida forma, en tiempo oportuno y se resuelva su
situación procesal”.
La Dra. Graciela
Conesa compartió las manifestaciones del fiscal, fundamentalmente lo relativo a
los derechos de su defendido. Sostuvo que estaba convencida de lograr la
absolución del imputado “sobre todo por los elementos que desde el principio
esta defensa sostuvo, que estamos ante la presencia de una víctima con cargados
antecedentes de agresiones, violencias, una conducta criminal que es posible
acreditar… entiendo que dadas las circunstancias corresponde que esta defensa
adhiera al pedido…”
El juez, José
Colabelli consideró apropiada la postura adoptada por la Fiscalía ante la
imposibilidad de éxito que se presenta por la reticencia de la víctima. Resolvió
absolver a Ricardo Gabriel Corbalan del hecho por el que se lo llevó a juicio.
A Corbalán se lo había
acusado de abusar del arma que portaba en el marco de un procedimiento
policial, habiendo disparado con balas antidisturbio de modo directo (contrario
al uso para el que fueron concebidas esas municiones) contra el damnificado, hiriéndolo
a causa de tres impactos.
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