miércoles, 15 de abril de 2015

Incendio intencional


Gibbons fue condenado a cuatros años y seis meses de prisión

El juez Martín O' Connor fijó la pena que deberá cumplir Gastón Ezequiel Gibbons por haber sido declarado culpable del incendio de dos vehículos, producido en marzo de 2013. En caso de quedar firme la sentencia el imputado deberá cumplir su condena en prisión. El juez compartió con la fiscal María Bottini que el riesgo causado y la motivación "… sólo un particular regocijo en ver como el fuego devastaba objetos valiosos de vecinos suyos", son claros agravantes en este caso.

Bottini había solicitado una pena de cinco años de prisión y Sandoval tres años en suspenso. El juez puso en análisis las reglas básicas para la mensuración de la pena. Entre otros parámetros consideró que "la pena debe basarse –esencialmente- en el hecho concreto. Pero ese hecho concreto debe ser mirado por el Juez desde los lentes del autor, observando sus costumbres, su historia de vida, su realidad familiar y social; para así poder merituar que tan grave fue para el autor cometer ese hecho".
 
Agravantes y atenuantes

Pesó a favor del imputado su corta edad (18 años al momento de los hechos) y su falta de antecedentes penales. Del otro lado de la balanza importunó la reiteración de hechos, ya que se trató del incendio de dos vehículos; el grave perjuicio económico producido a los propietarios; que haya actuado a la madrugada; el lugar poblado donde incendió los vehículos y el peligro causado por la cantidad de bienes puestos en riesgo ya que "se trata de un barrio poblado, de casas unas cerca de las otras y de un tanque de combustible que pudo ser el comienzo de una tragedia de imprevisibles consecuencias".
O' Connor planteaba en uno de sus párrafos que el autor no pudo desconocer "el clima seco de la geografía esquelense y la alta probabilidad de ocurrencia de incendios de importancia, con la consecuente afectación de multiplicidad de bienes".

El magistrado coincidió con la Fiscalía en que es claramente un agravante que Gibbons "provocó un incendio de dos automóviles de propiedad ajena, causando un cuantioso daño patrimonial y un peligro para la seguridad pública sin otra finalidad que ver como el fuego consumía y destruía los bienes citados y ponía en peligro cierto los bienes que lo rodeaban".

Medida de coerción

La defensa realizada por Daniel Sandoval, había adelantado su intención de presentar un recurso para que la Cámara Penal revise la decisión del tribunal de primera instancia. La sentencia del Dr. O' Connor aun no se encuentra firme y por lo tanto Gibbons tampoco comenzó a cumplirla.
Luego de escuchar el fallo la fiscal, siguiendo indicaciones de la Procuración General para estos casos, solicitó que se dicte prisión preventiva fundamentalmente por considerar que ante una sentencia condenatoria se incrementa el riesgo de fuga. El pedido fue cuestionado por la defensa, alegando entre otros argumentos la buena conducta procesal del acusado. El juez dispuso como medida de coerción la obligación de presentarse todos los días por la mañana en la Oficina Judicial y por la noche en la Comisaría, en tanto que los fines de semana ambas presentaciones diarias deberá realizarlas en la dependencia policial. Si cumple, Gibbons podrá permanecer en libertad hasta contar con sentencia firme.

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