Burgueño fue absuelto por el
homicidio y condenado por hurto
En su veredicto el tribunal encontró
insuficiente la prueba para condenar a Pablo Samuel Burgueño por los delitos de
robo respecto del hecho ocurrido el 21 de diciembre de 2013, y por el homicidio
en ocasión de robo, por el que lo acusó la fiscalía, respecto de los sucesos
del 11 de enero de 2014. Sobre este último hecho, los magistrados Ricardo
Rolón, Daniel Camilo Pérez y Mariano Nicosia, consideraron que quedó acreditado
el desapoderamiento del celular por parte de Burgueño y lo declararon autor del
delito de hurto. El viernes por la tarde se realizará el debate por la pena.
El primer hecho por el
que fue acusado Burgueño en este juicio, fue un robo en la casa de Vázquez en
el que se le sustrajo un celular y dinero en efectivo. Los magistrados plantearon
que no basta con haberse encontrado el celular sustraído en manos de una
persona del entorno del imputado, más la sospecha de un vecino del damnificado
que lo vio en proximidad a la vivienda, para endilgarle la autoría.
Respecto de la
acusación por homicidio en ocasión de robo, analizaron la prueba indiciaria destacando
que no hay elementos que lo colocaran a Burgueño en la casa de Vázquez en el
momento del crimen. Los magistrados señalaron que la hipótesis fiscal se
sostiene “en que el imputado intentó vender mercaderías de cobre a la víctima
en su domicilio, en horas de la noche del 11 de enero de 2014, lo cual no pudo
concretar, retirándose de su vivienda aproximadamente después de las 21:30 hs, momento
en el cual abordó un taxi…” El taxista fue testigo en el debate y dijo que vio
a la víctima con vida cuando despidió al acusado de su domicilio.
“Todas estas
circunstancias han sido probadas y no lucen controvertidas. Pero no existe
ninguna otra acreditación que ubique al imputado en el domicilio de la víctima
en algún momento posterior de esa noche, vale decir, que haya regresado a su
vivienda para concretar el despojo violento, lesionando al damnificado con el
resultado mortal que se le atribuye” , afirmó en su veredicto el tribunal.
Por otra parte, los magistrados
tuvieron por acreditado que fue Burgueño y no otra persona quien sustrajo
aquella noche, el celular de Vázquez, “en la oportunidad en la que fue
demostrada su presencia en el domicilio de este último, inmediatamente después
de que el aparato fuera usado por la víctima para solicitar un taxi a las 21:33
hs, e inmediatamente antes de que el acusado saliera de ese domicilio a bordo
de ese taxi”, concluyeron.
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