El juez Martín O’ Connor dictó la prisión
preventiva por quince días, a un sujeto que volvió a incumplir la prohibición
de acercamiento a su ex mujer y sus hijos. La funcionaria fiscal María Elena
Cimadevilla pidió el dictado de prisión preventiva por considerar que el imputado
no respeta ninguna otra medida. La funcionaria solicitó que se realice una
pericia psicológica para establecer la peligrosidad del sujeto, su personalidad
en relación al acatamiento a las normas y las implicancias del consumo de
alcohol en su conducta.
En las situaciones de
violencia familiar es habitual observar la reiteración de las conductas
violentas y la violación a las prohibiciones dispuestas por la justicia. Cada
una de esas desobediencias implica una nueva causa penal y a su vez el
agravamiento de las medidas que pasan de ser medidas de protección a la víctima
dispuestas por los juzgados de familia, a medidas de coerción al imputado
impuestas por el juez penal.
Este viernes se
realizó una audiencia de control de la detención y formalización de la
investigación en los tribunales de Esquel, por desobediencia. Un hombre fue
visto en inmediaciones de la escuela a la que concurren sus hijos. La ex mujer
llegó para retirar a los niños y él la siguió. El sujeto estaba notificado de
una prohibición de acercamiento a todos ellos y a los lugares a los que
concurren. No era la primera vez que violaba la prohibición y por esos motivos
se abrieron varias causas en la justicia.
La mujer aceleró el
paso, entró a la escuela y le pidió a la directora que de aviso a la policía. Fue
en ese contexto que el sujeto fue aprehendido y pasó la noche en un calabozo a
la espera de la audiencia de control.
La Fiscalía procuró
demostrar en la audiencia,, la imposibilidad de disponer alguna medida que
implique depositar confianza en el imputado. Cimadevilla mencionó todas las
denuncias que pesan en contra de este y cómo, en más de una oportunidad,
incumplió con la prohibición de acercarse a la víctima.
Laura Carpineti,
abogada de la Defensa Pública, se opuso al planteo. Su argumento se centró en
que la desobediencia es un delito para el que está prevista una pena máxima de
un año de prisión, en suspenso, por lo tanto no cumple con los requisitos de
proporcionalidad que exige el dictado de la prisión preventiva.
La letrada propuso que
se sustituya la medida por el arresto domiciliario.
El juez entendió que,
con tres legajos en los que se lo investiga por desobediencia, es claro que el
imputado está obstaculizando la averiguación de la verdad. Tiene un “comportamiento
procesal evidentemente en contra de las directivas judiciales que ha recibido”,
señalaba O’ Connor, para concluir que “en su caso no sería suficiente un
arresto domiciliario, ni aun con custodia policial. Usted probablemente
encontraría la manera de evadirse de su domicilio e incumplir la prohibición de
acercamiento que aun está vigente”.
El magistrado dispuso
la realización de la pericia psicológica solicitada por la Fiscalía. Las
conclusiones deberán ser remitidas a las partes en el plazo de diez días.
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