La
Fiscalía pidió 7 años de prisión, la Defensa 3
Se realizó el debate
por la pena. Para la Fiscalía, representada por Fernando Rivarola, la pena
justa es la de siete años de prisión, teniendo en cuenta el juego de agravantes
y atenuantes que propuso. El defensor Marcos Ponce planteó la inconstitucionalidad
de la pena para el caso concreto. A su criterio, el mínimo legal está previsto
para personas que no tienen las mismas limitaciones que Facundo Lara. El
viernes próximo se conocerá la decisión del Tribunal.
La escala penal habilitada
por el concurso real entre los tipos penales por los que fue encontrado
responsable Lara, va de los 5 a los 17 años. El fiscal valoró agravantes y
atenuantes para ubicar el monto de pena propuesto en siete años. Consideró las
características del hecho, los medios empleados para cometer el delito. Destacó
entre los medios y formas utilizadas, la efracción de una ventana. La utilización
de un arma de utilería, como medio idóneo para la intimidación de cuatro
personas, no solo el matrimonio adulto sino también dos niños, “lo que da
cuenta de una mayor peligrosidad”.
También fueron
valorados por Rivarola como agravantes, el horario nocturno ya que es
previsible que las víctimas estuvieran durmiendo y la sorpresa fuera mayor,
generando indefensión. También la extensión del daño causado, la edad del
imputado, su falta de antecedentes penales, su educación formal, la que “pese a
sus dificultades cursó según el término medio de la sociedad”. El acusador
consideró también que Lara vive solo desde los 18 o 19 años y desde esa época
trabaja y pudo manejar su vida con normalidad. Otro agravante propuesto por la
Fiscalía fue el hecho de que el imputado tuvo formación religiosa, es decir en
valores. En relación a estos datos, Rivarola analizó los motivos que lo
llevaron a delinquir “obtener dinero de la peor manera posible, a partir de un
asalto”.
A criterio del fiscal,
las dificultades de Facundo Lara no permiten morigerar el reproche en este
hecho. Pidió la imposición de siete años de prisión accesorias legales y costas
del proceso.
A su turno el defensor
Marcos Ponce planteó que a pesar de la clara postura planteada por el Tribunal
en el veredicto, debía encontrar un pedido de pena coherente con la postura que
ya planteó en el debate. “Nuestro Código no prevé la imputabilidad disminuida
por lo cual de lo que podemos hablar es de casos de culpabilidad con menor
reprochabilidad en la conducta”, sostuvo.
A su criterio, el mínimo
del robo agravado por el uso de arma, es considerablemente alto. “Estos cinco
años son exigibles a aquellas personas que plenamente cuentan con este nivel
equiparable de esfuerzo para ajustarse a la norma. Si decimos que a Lara se le
va a poder reprochar en la medida contraria al esfuerzo que el tuvo que
realizar para llegar a lo que llegó, esto nos va a correr del mínimo legal”,
indicó Ponce. “Lo estaríamos poniendo en el mismo nivel de una persona que no
tuvo las mismas limitaciones”.
El letrado planteó para
el caso concreto la inconstitucionalidad de la norma que establece la pena. Fundamentó
este pedido en que ese alto mínimo no puede imponérsele a una persona que está
por debajo de la media general. Para el defensor, esté límite a los jueces es
inconstitucinal porque va a convertir a
la pena en inhumana. En ella se va a diluir la finalidad que prevé la
constitución, “la resocialización del condenado”, aseguró.
Luego la defensa
realizó un recorrido rápido por la vida de Facundo David Lara, refiriendo que
fue traumática desde el comienzo, desde el momento del nacimiento, según la
madre, aunque esto no quedó registrado en la historia clínica. También fue traumática
su niñez por las burlas constantes. Habló de escasas amistades, dificultades en
los vínculos. Todo esto lo llevó no solo a ir en contra de las normas
jurídicas, sino incluso a pensar en interrumpir su propia vida. “Una persona
con estas características no puede de ningún modo o en ninguna forma
encuadrarse dentro de los mínimos legales, en este caso altos, que el Código
Penal trae aparejados”.
El defensor solicitó
que se le imponga una pena razonable y proporcional no solo al hecho sino
también a las posibilidades que el mismo tuvo de ajustarse a la norma legal. El
defensor propuso que se tomen en cuenta los mínimos de algunos de los delitos
cometidos. La violación de domicilio que parte de seis meses y el robo agravado
por el uso de arma de utilería que tiene por mínimo tres años.
Planteó como pena posible
el mínimo del delito de robo agravado por el uso de arma de utilería. La única
agravante a criterio de la defensa es la pluralidad de víctimas y la
nocturnidad, pero no el resto de las enunciadas por el Ministerio Público
Fiscal. Ponce realizó un análisis de cada uno de los elementos y pidió que se
consideren como atenuantes sus circunstancias personales, falta de
antecedentes, entre otros.
El viernes próximo se
conocerá la sentencia.
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