La sentencia tuvo como base la confesión del imputado,
reconociéndose partícipe en la estafa que tuvo por víctima a un comerciante de
Río Pico y se consumó desde Mar del Plata. Desde esa ciudad bonaerense
participó de la audiencia el imputado a través de un sistema de video
conferencia. Él era el titular de la cuenta bancaria en la que el comerciante
depositó el dinero para la compra de mercaderías que nunca le fueron enviadas.
Todo comenzó con un aviso publicitario, publicado en un
diario de circulación provincial. “Vendo mercadería y entregamos en todo el
país con camión propio…”. El propietario de un comercio de Río Pico se contactó
con el teléfono del anuncio (0223-156810270) y realizó un pedido al anunciante
que se presentó como Martín Ponce ó Ponse. El estafador le indicó que
depositara $20.000 en la Caja de Ahorros n° 118-002789/0 de la sucursal 118
Monolito del Banco Credicoop, sita en Av. Luro 6580 de Mar del Plata, provincia
de Buenos Aires (CBU n° 1910118955111800278903).
El 9 de abril de 2014, desde la Sucursal Gobernador Costa
del Banco del Chubut el damnificado hizo la transferencia. El titular resultó
ser Emanuel Alejandro Fagnani Colonna. El 11 de abril el vendedor le requirió que le
envíe constancia del depósito y luego le confirmaría que un camión había salido
con destino a Río Pico con la mercadería adquirida, la que nunca llegó.
Fagnani Colona (29 años) no contaba con antecedentes
penales. Este miércoles se conoció la sentencia del juez Martín O’ Connor
homologando el acuerdo alcanzado por la Fiscalía, representada por la fiscal
Fernanda Révori y la Defensa ejercida por la abogada Paola Bagnato. El imputado
fue condenado a seis meses de prisión de ejecución condicional en carácter de
partícipe necesario del delito de estafa, con costas del proceso.
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