Pasó a juicio un caso en el que se investigan hechos calificados como lesiones leves agravadas por el vínculo y por violencia de género, amenazas con arma y amenazas en concurso con desobediencia. La defensa pidió que se otorgue al imputado la Suspensión de Juicio a Prueba, ofreciendo una reparación a la víctima. La mujer rechazó la propuesta por resultarle irrisoria y la Fiscalía se opuso a la Probatión. El juez dispuso la apertura de la etapa de juicio basado en el dictamen Fiscal y en la jurisprudencia de la Corte Suprema de Justicia de la Nación en relación a hechos de violencia de género.
José María Venancio es el defensor de
confianza del imputado. En la audiencia preliminar solicitó la aplicación de la
Suspensión de Juicio a Prueba y realizó un ofrecimiento reparatorio a la
víctima, de $2000. La audiencia se interrumpió por unos días, para que la
fiscal María Bottini tome contacto con la víctima y le consulte se aceptaba o
no esa reparación. Por tratarse de hechos que implicarían violencia de género,
la opinión de la víctima es particularmente relevante.
La mujer, que ya no vive en la ciudad,
sostuvo que aceptaría la probation en caso que el acusado la repare con
$10.000. Bottini relató en la audiencia, que para la víctima el ofrecimiento de
dos mil pesos resulta ofensivo. Es un monto exiguo ya que el imputado tiene una
buena situación económica. "La reparación en estos términos no es
razonable", sintetizó la fiscal. Si bien la normativa indica que no tiene
que ser integral, sí "tiene que comparecerse con los daños producidos y
las posibilidades del imputado. No se
trata de una persona que no pueda pagar", señaló Bottini. Aclarando que la
cifra solicitada por la mujer tampoco implica una reparación integral, pero
guarda proporción con las particularidades de esta situación y de los
involucrados.
El defensor insistió con su propuesta,
indicando que si la mujer no acepta queda a su disposición la vía civil para
probar el perjuicio y cuantificarlo. Además pidió que se haga presente la
víctima.
El juez Hernán Dal Verme rechazó la
posibilidad de convocar a la víctima por dos motivos. En primer lugar porque el
defensor aceptó que le consultara la Fiscalía y en segundo lugar porque hay un
trasfondo de violencia de género y una de las obligaciones del Estado es de
impedir las situaciones que tiendan a la revictimización. "Este tipo de
contacto con el imputado deben ser reducidos en base a las evaluaciones que en
cada caso concreto haga el Ministerio Público Fiscal", sostuvo.
Bottini realizó un dictamen contrario al
otorgamiento de la Probation, la Fiscal explicó que en este caso no están dados
los requisitos. Señaló que si bien la Suspensión de Juicio a Prueba genera
efectos en la persona a la que se le otorga porque debe cumplir reglas de
conducta y someterse a un control judicial, lo cierto es que para
excepcionalmente acceder a una probation la víctima debe ser escuchada y tomar
sin ningún condicionamiento la decisión de no querer pasar por un juicio. La obligación
del Estado es sancionar y en este caso la víctima no está de acuerdo con el
ofrecimiento, la reparación económica va de la mano de la internalización del
imputado de lo que ocurre y del esfuerzo que decide hacer para reparar.
La fiscal agregó que se requiere un
esfuerzo del imputado para que el instituto cumpla su fin, e indicó que la
víctima tuvo un montón de molestias por la relación traumática con él: dejar su
trabajo, mudarse de ciudad, sufrió ataques de pánico, tuvo muchas situaciones
que afrontar que no son menores para la persona que lo padece.
A juicio
Dal Verme no hizo lugar a la suspensión de
juicio a prueba indicando que además de investigarse la comisión de varios delitos,
la Fiscalía plantea que se producirían en una situación de violencia de género.
El magistrado le explicó al imputado que en este caso no se cumplen todos los
requisitos para que proceda la Suspensión de Juicio a Prueba. Para empezar el
dictamen de la Fiscalía fue contrario.
El juez citó un fallo de la Corte Suprema
de Justicia de la Nación, que indica que es necesario lograr un proceso legal
justo y eficaz para la mujer, que incluya un juicio oportuno. Dal Verme sostuvo
que cuando otorgó la Probation fue en casos en que la Fiscalía y la víctima la
solicitaron, constatando que ese consentimiento de la víctima fue libre. "En
este caso no veo que esto ocurra", señaló. "Habiendo un dictamen
desfavorable, razonable y fundado del MPF estoy obligado a seguir el precedente
de la Corte".
La Convención de Belen do Para fue citada
nuevamente. Se trata del pacto que fue adoptado por nuestro país y al que
adhirió por ley Chubut. El Estado se obligó a prevenir, sancionar y erradicar
la violencia de género. En el debate se podrá determinar si se produjeron los
hechos y si medió este tipo de violencia. De confirmarse la hipótesis fiscal,
la justicia deberá sancionar esas conductas.
El imputado habló, indicando que irá a juicio
y demostrará que no hizo nada de lo que sostiene la denunciante.
No hay comentarios:
Publicar un comentario