El hecho fue calificado provisoriamente como tentativa de homicidio agravada por el empleo de arma de fuego, supletoriamente, lesiones graves con el mismo agravante.
Pedido de prisión preventiva
Luego de la lectura del relato del hecho realizada por el funcionario Carlos Richeri, la fiscal María Bottini fundamentó su pedido de prisión preventiva por 60 días. La magistrada se refirió a los elementos reunidos hasta el momento que dan cuenta de la autoría en cabeza del imputado.
El domingo por la tarde se realizaron ruedas de reconocimiento con dos testigos. Ambas reconocieron al imputado como autor de los disparos. Una de las testigos, dio detalles de la secuencia del hecho.
Bottini se refirió a los peligros procesales de fuga y entorpecimiento de la investigación. La magistrada tomó en cuenta la gravedad de los hechos, la extrema violencia desplegada y la pena en expectativa, como parámetros del riesgo de fuga. En tanto que, consideró el gran número de persona intervinientes y testigos, y el resultado negativo de los cuatro allanamientos efectuados en busca del arma, sumado a las otras circunstancias mencionadas, como indicios de peligro de entorpecimiento procesal.
Oposición de la Defensa
Por su parte la defensora Valeria Ponce, negó la autoría por parte de su defendido y se opuso al dictado de la prisión preventiva. Para la defensa, el proceso puede ser custodiado con una medida menos gravosa, como una presentación semanal en la Oficina Judicial. Supletoriamente la Dra. Ponce propuso que se disponga un arresto domiciliario. Su lectura es que no existe peligro de fuga. Resaltó que su defendido no tiene antecedentes penales y que no hay evidencias de que pudiera entorpecer la investigación. Sobre el arma empleada, la defensora sostuvo que es responsabilidad del Estado hallarla, utilizando todos los medios de los que dispone, y su falta no puede endilgársele al imputado.
En protección de los testigos y resguardo de la investigación
El juez penal Martín O' Connor valoró que hay elementos de convicción suficientes para tener por probada, en esta etapa del proceso, la probable autoría del imputado. Para llegar a esta convicción tuvo muy presente el resultado de las ruedas de reconocimiento realizadas el domingo, y la declaración de las testigos.
El juez consideró que no hay elementos que permitan fundar debidamente la existencia de peligro de fuga, sin embargo sí entendió sobradamente probado el riesgo de entorpecimiento de la investigación. El ocultamiento del arma usada, fue el indicio más claro de este riesgo y frente a la cantidad de posibles testigos y la necesidad de entrevistar a las víctimas una vez que se recuperen, el magistrado consideró que la única medida cautelar efectiva es la prisión preventiva. Para persuadirse de ello, tuvo en cuenta el temor manifestado por uno de los testigos que pidió mantener bajo reserva su identidad. La brutalidad con que fueron cometidos los hechos y la gravedad de la pena en expectativa, persuadieron al juez de lo inevitable de la medida para permitir que se avance en la investigación.
Transcurridos los 60 días, se fijará una nueva audiencia para evaluar el estado de la investigación y la necesidad o no de seguir cautelando riesgos procesales.
No hay comentarios:
Publicar un comentario