Este es un espacio informal, no oficial, creado con la finalidad de dinamizar los canales de comunicación entre la Oficina de Comunicación Institucional de la Fiscalía Esquel y todas las personas interesadas en las temáticas de la incumbencia de esta, particularmente los periodistas. Todo el material publicado aquí puede ser utilizado, citando la fuente.
miércoles, 1 de marzo de 2017
miércoles, 15 de febrero de 2017
jueves, 9 de febrero de 2017
El difícil tránsito del dolor al Amor en primera persona
Silvia Irigaray preside la Asociación Civil Madres del dolor
estará en la zona para acompañar al papá de Matías Albornoz, en el juicio que
se realiza en El Hoyo. El lunes 13 ofrecerá una charla abierta a la comunidad a
las 19 hs. en el Centro Cultural Melipal para contar la experiencia de su
tránsito del profundo dolor por la pérdida de su hijo a la creación y labor que
realiza junto a otras mamás desde la Asociación Civil Madres del Dolor.
La Asociación se conformó con la finalidad de promover y
consolidar la prestación de Justicia, brindar servicios de asistencia y
constituir un foro de defensa de los derechos y la seguridad ciudadana. “Después
de la pérdida de nuestros hijos, la unión nos hizo muy fuertes para luchar
contra la violencia. Por eso, el 10 de diciembre de 2004 nació la Asociación
Civil Madres del Dolor. La finalidad de la Asociación es promover y consolidar
la prestación de Justicia, brindar servicios de asistencia y constituir un foro
de defensa de los derechos y la seguridad ciudadana. Cumplimos con estos
objetivos sin estar afiliadas a ningún partido político”.
La Unidad de Intervención en Victimología, del Ministerio de
Justicia y Derechos Humanos de la Nación recibe a víctimas y/o familiares en la
sede de la Asociación. A su vez, esta se constituye en un área de abordaje y
protección de los derechos de las víctimas de delitos en el ámbito nacional.
Realizan campañas publicitarias y reuniones con autoridades diversas
difundiendo proyectos de Ley que elaboran en busca de mejoras en la Justicia.
Dan charlas en Escuelas, Universidades y para la Comunidad en general sobre
"violencia en todas sus formas" de género, hechos viales, violencia
institucional y otras.
Silvia Irigaray es la mamá de Maxi Tasca, al presentarse
cuenta que su tarea es “comunicar de todas las maneras posibles que somos un
grupo de mujeres muy fuertes que convertimos el dolor y la tristeza en ACCIÓN.
Emprendemos ésta tarea social para mantener viva la MEMORIA de nuestros Hijos
luchando día a día por menos violencia y muertes. Aportando la experiencia
vivida”.
Maximiliano Taxca
Maximiliano Tasca 25 años, fusilado a sangre fría y a
quemarropa por un agente de la Federal. Los últimos días de 2001 Argentina
entra en ebullición. Saqueos y gigantescas movilizaciones toman las calles
atestiguando una situación política y social ya insostenible. Violencia y
represión que causó más de 35 muertos en todo el País. Una muestra salvaje de
brutalidad se vivió cuando un agente de la Federal llamado Juan de Dios
Velaztiqui "asesina a sangre fría y a quemarropa" a tres jóvenes que
conversaban al ver las imágenes que mostraban en TV. Todo ocurrió en una
estación de servicio ubicada en Av. Gaona y Bahía Blanca en el barrio de
Floresta. El asesino, fue condenado en 2003 a prisión perpetua; en la
actualidad goza de arresto domiciliario.
Silvia y Omar, padres de Maximiliano Tasca, decidimos Donar
sus Órganos.
En ésta vida, a algunos nos toca una "función"
inesperada a partir de un gran dolor.
Maxi dejó asentado en su Documento Nacional de Identidad su deseo de ser Donante y se lo gritó al Mundo... nosotros, sus papás respetamos esa decisión.
Maxi dejó asentado en su Documento Nacional de Identidad su deseo de ser Donante y se lo gritó al Mundo... nosotros, sus papás respetamos esa decisión.
La muerte de un hijo nunca tiene explicación.
De la tuya Maxi, que fue tan violenta...nació VIDA, porque ayudaste a varias personas, a que tengan la posibilidad de vivir mejor. Muchos miles están en lista de espera, tienen un órgano vital enfermo sin posibilidad de recuperación. Esperan...y esperan mucho tiempo.
De la tuya Maxi, que fue tan violenta...nació VIDA, porque ayudaste a varias personas, a que tengan la posibilidad de vivir mejor. Muchos miles están en lista de espera, tienen un órgano vital enfermo sin posibilidad de recuperación. Esperan...y esperan mucho tiempo.
Cómo mamá, siento que tengo una misión, intentar que la
población en general, tome "conciencia" sobre ésta importante
decisión "no ser egoístas" y ayudar a otros.
Me involucro mucho en las campañas desde hace años. Estoy
invitada como panelista a dar mi testimonio como madre donante en el XIII
Congreso Argentino de Trasplantes del 11 al 13 de mayo de 2016 en la Ciudad de
Mar del Plata. Serán tres días de intensa Actividad Científica con invitados
extranjeros.
MAXI de haber sido posible... también hubiera donado tu
hermosa sonrisa!
Mamá.
Mamá.
viernes, 3 de febrero de 2017
Homicidio de Gallardo: la Fiscalía avaló el pedido de sobreseimiento del imputado
Ocurrió en la audiencia preliminar. El fiscal detalló los
elementos de cargo que permitieron realizar la imputación, el modo en que
avanzó la investigación, el contenido del pedido de sobreseimiento de la
defensa y como este le hizo reconsiderar lo elementos de prueba y acompañar el
pedido de sobreseimiento. Una mujer, familiar de Juan Pedro Gallardo, dijo
estar de acuerdo con la decisión del fiscal. Pese a ello, el juez otorgó diez
días para que los familiares de la víctima analicen el planteo y hagan conocer
su acuerdo u oposición al sobreseimiento.
Gallardo tenía 74 años cuando el 29 de agosto de 2015 a las
20:50 hs. fuera agredido brutalmente en el frente de su vivienda. El autor
(ahora se sabe que habrían sido al menos dos personas) ingresó al jardín de la
víctima y la golpeó reiteradas veces con un elemento contundente en la cabeza.
Luego, con un cuchillo le asestó al menos tres puñaladas en el tórax. La
forense indicó que los golpes en la cabeza lo habrían colocado en situación de
anestesia.
Días antes de la audiencia, la defensa particular, a cargo
de Horacio Hernández, presentó un escrito solicitando el sobreseimiento a
partir del análisis de la prueba. “En estricto cumplimiento del deber de
objetividad, voy a pedir al señor juez que se haga lugar al sobreseimiento”,
dijo en la audiencia Fernando Rivarola. Con posterioridad explicó
detalladamente el cambio de postura de la Fiscalía.
El derrotero de la investigación
Rivarola expuso al juez Martín Zacchino y al público
presente que el hecho consistió en un ataque directo, con previo asecho y
cometido con clara intención de provocar la muerte. De acuerdo al análisis de
los expertos en criminalística, con la posible intervención de dos personas
para llevar a cabo la agresión y la muerte de Juan Pedro Gallardo (77 años).
Los investigadores analizaron quién podría tener interés en
cometer el crimen. Quién tenía enemistad con la víctima. Fue entonces que cobró
relevancia un hecho precedente, del 9 de agosto, por la tarde Gallardo había
tenido una disputa con el abuelo del imputado, Gallardo con un palo y su rival
con un machete. Inmediatamente después, el imputado fue a la casa de Gallardo,
arrojó piedras y amenazó de muerte a Gallardo. Este hecho, también fue acusado
y espera tratamiento y resolución en la audiencia preliminar.
Siguiendo esta línea de investigación se hicieron requisas
en vehículos y domicilios. Del interior del auto del imputado se secuestró un
bastón extensible sobre el cual el perito genético obtuvo ADN de la víctima. Este
fue el primer y único dato científico hallado. Ese material biológico de
Gallardo era imperceptible, con lo cual no se sabe si se corresponde con una
acción de proyección dinámica o de contacto. Dato sustancial para establecer si
esta evidencia da cuenta de que el elemento estuvo en la escena del crimen o no.
Por otra parte, también pudo establecerse que el bastón no es compatible con
ninguna de las lesiones verificadas en la víctima.
Basada en el ADN positivo, se hizo la formalización de la
investigación. Con posterioridad, el imputado se presentó espontáneamente en la
Fiscalía, debidamente asesorado, dijo que era ajeno a la producción del hecho y
dio cuenta detallada de su actividad el día del hecho. “Él sin mayor esfuerzo
relató toda su actividad de ese día, reconstruyendo su actividad hasta la
madrugada”, indicó Rivarola. En ese relato el joven explicó que estuvo trabajando
en el reparto de leña desde las 15 hasta cerca de las 21 hs. luego estuvo en su
casa, higienizándose para encontrarse con su novia en Trevelin. Cargó
combustible en la estación de servicio a las 22:02 y 22:15 fue a Trevelin,
regresando a las 22:30 hs. luego hizo varias actividades. El fiscal indicó que
el joven respondió todas las preguntas que se le formularon y la Fiscalía, con
posterioridad evacuó las citas.
El relato fue confirmado sin contradicciones por las
personas que mencionó: su abuela, un cliente, la novia, un familiar y personal
de estación de servicio. También se confirmó la versión del imputado, de haber
salido para Trevelin después de las 22 hs. y regresado a partir de las 22:30 hs.
luego de no haberse encontrado con su novia, a partir del análisis de cámaras
del Registro Nacional de la Propiedad Automotor, cámaras particulares y empresa
de telefonía celular.
La familia de la víctima
Una de las personas presentes habló en la audiencia para
decir que está de acuerdo con el dictamen del fiscal, que no cree que el
imputado fuera el autor del hecho pero
que sí cree que fue alguien cercano. También se refirió a la antigua enemistad
entre ambas familias.
La decisión judicial
El juez, Martín Zacchino resaltó que la Constitución obliga
al fiscal a ser objetivo, frente a la evidencia no puede impulsar la acción en
sentido contrario. Anticipó que no encuentra falla lógica o jurídica en el
dictamen. Coincidiendo con el Dr. Hernández en que la exposición de Rivarola no
fue solo objetiva sino sincera. El fiscal admitió que la versión de la defensa
es más ajustada a la realidad.
El magistrado otorgó diez días a los damnificados para que
analicen la decisión con el fiscal o con algún otro abogado, y decidan si se
opondrán o no al dictamen. A partir de ello el juez quedará habilitado a
expedirse conforme la ley.
En la nueva audiencia se analizará la acusación sobre el
delito de amenazas, se escuchará a las víctimas y el juez resolverá sobre el
sobreseimiento.
La comunidad de la Comarca Andina ante el desafío de contar con una Justicia cercana
Por Adrián Moreno
Un acontecimiento casi único se dará en los próximos días
con el que se involucra a la comunidad de la Comarca Andina. Se trata del
juicio oral que se realizará en la localidad de El Hoyo, por la causa que
investiga el asesinato de Matías Albornoz.
El joven remisero de El Bolsón, fue asesinado el 13 de
febrero de 2016, en la madrugada de un sábado y su cuerpo fue hallado a pocos
metros del cruce del Paralelo que divide a las provincias de Río Negro y
Chubut. Esa última característica generó que el proceso investigativo y las
audiencias preliminares que llevaron a la instancia oral, se realizaran en los
tribunales de Esquel. Sin embargo, lo que podría aparecer como un
inconveniente, aunque de hecho, durante el largo año de pericias y cruces
obligatorios entre los familiares de la víctima y los presuntos autores lo fue,
surge a la vez como una luz esperanzadora tras conocerse el respaldo de toda la
comunidad hacia la familia Albornoz.
Más allá de las implicancias de un acontecimiento delictivo
que culminó con la vida de una persona, la muerte de Matías Albornoz dio origen
a un conjunto de iniciativas que fueron sumando presencia en los ámbitos
judiciales, no sólo por parte de su padre, Luis Albornoz, figura emblemática en
el reclamo y el resto de la familia, sino de toda la sociedad que manifestó su
acompañamiento, incluso desde lo institucional. La presencia de concejales y
funcionarios del Ejecutivo de El Bolsón en todas las audiencias y el origen de
un dispositivo que fue en crecimiento, relacionado con la toma de conciencia,
charlas y actos en los que se manifestó por el pedido de Justicia, fueron parte
de un vertiginoso año para los familiares que hoy expresan que “nunca se
sintieron solos”.
Esos hechos que fueron acompañados por un respeto inesperado
-al menos-, por parte de las autoridades judiciales, incluyendo a la Fiscalía y
al juez, convirtieron a la triste noticia en una lucha y militancia, ya no para
recuperar lo imposible (la vida de Matías), sino para que “algo así no vuelva a
ocurrir” y para que “otras víctimas o familiares no deban pasar por el cruel
proceso que significa tener que rogar por justicia luego de haber perdido un
ser querido tras circunstancias violentas”.
Pero los hechos no culminaron allí, las comunidades de El
Hoyo y Lago Puelo (localidades vecinas de El Bolsón que forman parte de la
Comarca Andina), también se sumaron a través de sus representantes, tanto desde
el Concejo como desde las respectivas intendencias, al pedido para que el
juicio se realice en la propia Comarca.
Un trámite administrativo para algunos (incluso podría ser
para los propios funcionarios judiciales) y una posibilidad esperanzadora que
muestra al servicio de Justicia cercano a los ciudadanos. Circunstancias a las
que se sumó, por ejemplo, la presencia de Silvia Irigaray, una de las
referentes de la organización Madres del Dolor, quien tomó el caso como propio,
acompañando a la familia de Matías en las audiencias de mitad de año y quien
estará también presente en los alegatos que se estiman para el próximo 13 de
febrero, a un año del asesinato.
Los 170 kilómetros que separan a El Bolsón de Esquel, fueron
testigos del dolor y la desesperación de Luis Albornoz y su familia y los
integrantes de la comunidad que, en caravana, decidieron marchar y estar
presentes en cada una de las audiencias. Pero esa distancia se acortó, gracias
al pedido de la sociedad y la decisión del Poder Judicial de Chubut que supo
escuchar el reclamo y tuvo la visión necesaria para comprender el esfuerzo
comunitario, ya que los ciudadanos de la Comarca colaborarán, durante los días
del juicio, algunos con plazas hoteleras para los funcionarios judiciales,
otros con el lugar donde se llevará a cabo el Juicio (en una escuela), otros
con disponibilidad de vehículos y otros, simplemente estando, algo fundamental
que logró mantener de pie a Luis Albornoz, a la mamá de Matías, a su mujer y a
su pequeña hija de cuatro años. No es sencillo sacar a los jueces de sus
recintos y en esta oportunidad se pudo lograr, por el esfuerzo en conjunto, por
la tenacidad de la familia y por un acompañamiento que podría ser indicado como
inaudito.
La sociedad de El Bolsón y la de las localidades linderas,
serán testigos en los próximos días, de la resolución judicial respecto de un
hecho aberrante que, además, muestra el dolor más grande que se puede tener
como es la muerte de un hijo. Pero a la vez, podrá presenciar un logro, quizás
exclusivo, que no pudo haberse concretado sino a través del esfuerzo
comunitario. El próximo 7 de febrero comenzará el juicio en la localidad de El
Hoyo y se presume que durará hasta el 14. Un juicio que espera resultados
positivos y que tiene expectativas, desde luego, por parte de los familiares y
los seres queridos. Pero también, un conjunto de circunstancias que dan clara
muestra de que las sociedades sólo pueden superar la violencia a partir del
trabajo en conjunto y el acompañamiento a sus víctimas y familiares.
Una esperanza en la Justicia que, por fuera de la frialdad y
la imparcialidad que se espera de los magistrados, ha sabido interpretar un
pedido comunitario, dejando para el futuro, un precedente digno de ser
valorado.
miércoles, 1 de febrero de 2017
Del 18 al 20 de abril se hará el juicio por estafa con terrenos fiscales
La acusación pública superó la audiencia preliminar y se
abrió la etapa de juicio. El juez designado para el debate es Jorge Criado. El juicio
se fijó para los días 18, 19 y 20 de abril. Se juzgarán dos hechos cometidos en
junio y septiembre de 2013. El acusado es un ex funcionario municipal.
El primero de los hechos acusados ocurrió
el 11 de septiembre de 2013 aproximadamente a las 16 hs. en la Dirección de
Tierras de la Municipalidad de Esquel. El imputado habría recibido $7.000, suma
requerida previamente a una pareja en su carácter de Director de Tierras del
Municipio, en concepto de sesión de derechos sobre la parcela N° 12 del Barrio
Baden II con mensura en trámite. Según los denunciantes, indicó que ese dinero
era requerido por el supuesto cedente “Antonio Cayunao”, otorgándoles recibo.
Luego se realizó el contrato de sesión y Lincheo, ante la entrega del ejemplar
del contrato les retuvo el dinero pactado. En días posteriores un vecino les
mostró un contrato de similares características y observaron que la firma del
supuesto cedente es la misma en ambos contratos, coincidiendo además el número
de documento. Los damnificados exigieron conocer al cedente pero esto no
sucedió. Hasta el momento, de los padrones nacionales no surge ninguna
persona con esa identidad, por lo cual se presume que el dinero cobrado fue
para beneficio del imputado.
El segundo hecho habría ocurrido el 3 de junio de 2013, aproximadamente
a las 16 hs. en el domicilio del denunciante. Según la imputación, Juan Carlos
Lincheo recibió $8.000, que había requerido previamente en su carácter de
Director de Tierras del Municipio a la víctima, en concepto de sesión de
derechos del dueño anterior “Rodolfo González”. Lincheo le otorgó un recibo
suscripto por él y por “González”, el que llevaba previamente confeccionado.
Pocos días después, Lincheo habría requerido el pago de $1200 en concepto de
mensura del terreno y la víctima habría pagado. En este caso no hubo recibo,
pese a que fue reclamado en más de una oportunidad, según las manifestaciones
de la denunciante. Tampoco se pudo verificar la existencia del presunto
cedente. Además se constató que el Municipio no cobra la mensura a los
adquirentes.
Luego la víctima se presentó al municipio y debió abonar los derechos
del terreno en $7600. La denunciante considera haber abonado dos veces lo mismo
y una mensura que no correspondía.
El sorteo del juez de juicio dejó fijado un orden de
subrogantes, para el caso que el juez Criado estuviera impedido de asistir por
alguna circunstancia. Los jueces que podrían reemplazarlo son Anabel Rodríguez,
Hernán Dal Verme y Martín Zacchino, en ese orden.
martes, 31 de enero de 2017
Fue a la Fiscalía por varios legajos y de paso, sumó uno más
Estuvo en el 2do piso
de la Fiscalía por el trámite de legajos en su contra. Cuando se iba golpeó y
trizó el cristal de la caja metálica que contiene un matafuego, fue aprehendido
y llevado a audiencia de control de la detención y formalización de la
investigación por daño simple.
La aprehensión se produjo instantes después del hecho,
cuando el imputado estaba en la Defensa Pública para ver a su abogada. El joven
de 23 años, tiene una acusación pública en su contra por hechos calificados
como amenazas, lesiones leves, hurto y desobediencia. El 24 de febrero será la
audiencia preliminar a la que podría agregarse un legajo por daño ya que la
Fiscalía pidió la acumulación a esa carpeta judicial. Para esto, deberá
presentarse previamente la acusación por el nuevo hecho.
En su descargo, el imputado dijo que se resbaló, tropezó y
por eso dio el golpe en el matafuego, sostuvo que no se había dado cuenta de
que lo había dañado y que está dispuesto a pagarlo.
sábado, 28 de enero de 2017
Se formalizó la investigación por homicidio culposo
El suceso tiene las características de un drama familiar. Aparentemente un hecho accidental se cobró la vida de Mirta Andrea Velazquez Maliqueo, de 17 años. El sábado a las 18:30 hs. tuvo lugar la audiencia de apertura de la investigación. La Fiscalía imputó homicidio culposo al joven que sería autor del disparo.
La familia estaba reunida esa mañana en el puesto de una
estancia ubicada en la Ruta 71. Un joven de 19 años, tomó el rifle al que le
habían quitado el cargador, apuntó y disparó a la víctima a la altura del
pecho. La joven fue trasladada al hospital, pero perdió la vida antes de llegar
a destino.
El funcionario de turno, Carlos Richeri, calificó el hecho
como homicidio culposo.
Intervino Criminalística, Policía, el Servicio de Asistencia
a la Víctima del Delito y la médica forense. La autopsia se realizó en horas de
la tarde, con posterioridad fue entregado el cuerpo a la familia.
viernes, 27 de enero de 2017
Investigación de abigeato: Se restituirán los animales como depositario judicial
La petición de restitución de los animales secuestrados el
10 de enero en el predio ocupado por el “Lof en Resistencia Cushamen”, fue
tratada en audiencia a primera hora de la tarde del viernes. La defensa
solicitó que se hiciera entrega de los animales, varios de los cuales tienen
marcas y señales correspondientes a pobladores de la zona. El fiscal explicó
las medidas de investigación que se están realizando y los motivos por los
cuales no se dispuso hasta el momento la restitución. Zacchino resolvió
entregar los terneros a las personas que los reclaman, en carácter de
depositario judicial, en tanto que los caballos correrán la misma suerte
transcurridas 72 hs. En ese plazo, los investigadores deberían completar las
medidas investigativas que requieren de los equinos.
Los terneros carecen de identificación, por esa causa el
juez entendió que deberían ser entregados, no de modo definitivo, sino en carácter
de depositario judicial a la persona que demuestra tener “el mejor derecho” a
su respecto. Aclaró que esta entrega no implica reconocer derechos a la
propiedad, sino que simplemente pasa a manos de un particular la guarda que
desde el secuestro realiza el Estado. Fundamentalmente porque “pareciera que no
guardan ninguna relación con el delito de abigeato denunciado”, indicó.
Respecto de los 17 equinos, el juez consideró que la situación
es distinta, ya que se los vinculada al hallazgo de rastros en terreno cuya
impresión podría corresponderse con alguno de los animales secuestrados. Entre los
equinos, algunos cuentan con marcas de dos propietarios que los reclaman, sin
embargo hay otros que no. Al resolver, Zacchino aclaró que la propiedad
legítima de los animales no dejaría sin responsabilidad penal a sus dueños, en
caso de que se demostrara que los animales hubieran sido utilizados para la
comisión de un delito. “Ser titular no lo exime de la participación que le
pudiera caber”, indicó, añadiendo que ”lo que se analiza es la necesidad de
mantener este secuestro”. En esta línea tuvo en cuenta que para la comparación
de aquellos rastros hallados y el del rastro de las pisadas, se realizó el jueves
un registro fotográfico. “El aspecto probatorio está resuelto”, sostuvo “lo que
ocurra de aquí a futuro no modifica la investigación. Desde el aspecto
probatorio no habría problemas para realizar la entrega”.
Respecto de los animales que no tienen marca, debe
establecerse no solo si fueron utilizados para cometer abigeato, sino además si
son éstos producto de ese delito. Completado este análisis, el magistrado hizo lugar
a la restitución de los 17 equinos a la persona en cuyo poder se secuestraron. Otorgó
72 hs. al MPF para realizar en ese plazo a los animales para que realice todas
las diligencias necesarias para su concreta identificación, análisis, indagación
oficiatoria en los registros de marcas y señales de la provincia, identificar a
sus titulares y si apareciera un titular, peticionar las medidas que
correspondan.
Cumplida la diligencia en las primeras horas del martes,
personal de la policía de abigeato de El Maitén, deberá entregar los animales a
sus poseedores en carácter de depósito judicial. Estos están obligados a ponerlos
a disposición de la justicia cada vez que sean requeridos, bajo apercibimiento
de incurrir en el delito de depositario infiel.
Respecto de los animales sin marca, Zacchino dispuso que en
un plazo de 30 días, sus poseedores deberán regularizar ante el ente que
corresponda, la posesión de los animales conforme lo establece la ley de
marcas. “A fin de evitar otros casos similares a los que aquí se tratan”,
impuso a los cuidadores la prohibición expresa a que dichos animales estén en
el lote ocupado por el Lof en Resistencia Cushamen.
Investigación por denuncias de abigeato
El fiscal Carlos Díaz Mayer, respondió el jueves a un pedido de restitución de los caballos secuestrados en el procedimiento realizado el 10 de enero en el predio donde se asienta el “Lof de Resistencia Cushamen”. El requerimiento fue presentado por la defensora Valeria Ponce. El fiscal rechazó el pedido, explicando los motivos por los que es necesario para la investigación mantener a los animales secuestrados hasta la realización de pericias. También informa las medidas que dispuso para garantizar que reciban control y atención veterinaria apropiada.
La resolución
///Esquel, 26 de enero de 2017.-
Por recibidos los escritos, presentados por quienes serían los propietarios de los animales equinos secuestrados del interior del predio, el día 10 de enero de 2017, en el procedimiento ordenado en este Legajo Fiscal, agréguense.-
Por recibido el escrito presentado por la Sra. Defensora Pública, Dra. Mónica Valeria Ponce, en el día de ayer, reiterando las presentaciones en cuanto a la devolución de los animales equinos, agréguese.-
En una breve reseña, en estos legajos Fiscales de Investigación, se han llevado a cabo distintas diligencias procesales, con el fin de determinar la existencia de maniobras denunciadas, consistentes en la sustracción de animales del interior de los inmuebles propiedad de la Compañía de Tierras Sud Argentino S.A..-
En las denuncias se ha indicado la existencia de las maniobras a través de las cuales se ha logrado el apoderamiento ilegítimo de los animales, entre ellos el arreo de los animales con el uso de animales equinos.-
Los hechos han sido calificados como abigeato, y, en su comisión agravada.-
Con motivo del registro y secuestro llevado a cabo el 10 de enero de 2017, en el predio identificado donde estaría asentado el “Lof de Resistencia Cushamen”, en la zona de Leleque, se logró el secuestro del interior del predio de 23 animales ovinos, 3 vacunos (una vaca y dos terneros) y 18 equinos.-
Esos 23 ovinos y uno de los caballos, con las marcas y señales, han sido entregados, en carácter de depositario judicial, al mayordomo de la Estancia El Maitén de la Compañía de Tierras Sud Argentino SA, por resultar esa firma, la propietario de los animales.-
Los restantes animales (17 equinos y 3 vacunos), quedaron a resguardo en el predio de la División Seguridad Rural de El Maitén de la policía de esta provincia.-
En cuanto a los animales vacunos, puntualmente la vaca el pasado 22 de enero de 2017, ha muerto por cuestiones, que aún restan ser informados a este Ministerio Público Fiscal, sin perjuicio que de manera telefónica adelantó el titular de la división policial, que se produjo por la afección que padecía y que le habría atacado las vías respiratorias.-
Se ha indicado, al personal policial interviniente, que se recabe de los organismos correspondientes, la titularidad de las marcas observadas en los yeguarizos.-
Al día de la fecha, aún restan por confeccionarse las determinaciones físicas de las improntas de los equinos. Más específicamente la identificación de las “pisadas” de los vasos.-
De ello, puede inferirse, con el grado de certeza que esta procesal por la cual se transite lo permite, que las maniobras comisivas del delito de abigeato han sido utilizando animales equinos para el arreo de los vacunos y lanares.-
Por ello, en consonancia con el instructivo 5/16 de fecha 21 de septiembre de 2016 de la Procuración General de este Ministerio Público Fiscal, siendo que los animales podrían haber sido utilizados para la comisión de los delitos aquí investigados y que restan por producirse medidas investigativas, en torno a la determinación de los autores o partícipes de las maniobras delictivas, por el momento, no habré de hacer lugar a la devolución de los animales equinos.-
En cuanto a los dos terneros secuestrados del interior del predio, siendo que no tienen marca y que no se puede determinar la propiedad de los mismos, y que tampoco tenía marca en su cuerpo la vaca, por el momento tampoco habré de hacer lugar a su devolución.-
Hágase saber a la División de Seguridad Rural, que deberá enviarse a este Ministerio Público Fiscal, un informe del estado de salud que detentan los equinos, debiendo indicarse si alguno de ellos presenta alguna herida en una de sus patas, tal como lo indica la defensa pública en su escrito y, en su caso, se indique el tratamiento que se le está brindando.-
Además habré de indicar al funcionario policial que, a través de un médico veterinario, deberá informarse cada (15) quince días el estado de salud de los animales incautados.-
Notifíquese a la Defensoría Pública.-
martes, 24 de enero de 2017
Formalizan investigación por hecho violento a la salida de baile de egresados
Cuatro personas fueron individualizadas como presuntos coautores del hecho en el que resultó gravemente lesionado un joven de 18 años. En audiencia se resolvió la apertura formal de la investigación con la calificación legal provisoria de daño, lesiones leves y lesiones graves calificadas por el concurso premeditado de dos o más personas. Tres de los imputados tienen 16 años, el cuarto 19.
A las 6 de la mañana del 18 de diciembre, en la intersección de Avenida Fontana y calle Sáenz Peña de esta ciudad de Esquel, en circunstancias en que un grupo de jóvenes probablemente integrado por los cuatro imputados y tres o cuatro más aún no identificados, de manera conjunta, coordinada y por motivos que tratan de establecerse, agredieron mediante piedras, golpes de puño y patadas a las dos víctimas quienes esa madrugada circulaban a bordo del rodado, ocasionando con la mecánica de agresión empleada, múltiples lesiones a las víctimas de diferente entidad. Según el relato del hecho presentado por la Fiscalía, una de las víctimas sufrió herida cortante en región occipital, escoriaciones en rostro, fractura en nariz y en maxilar inferior con rotura de dos elementos dentarios, en tanto que la otra, hematomas en zona malar derecha y excoriaciones varias en pared posterior del tórax. Asimismo, provocaron daños de entidad en el rodado automotor, a saber: luneta dañada a la altura del techo, margen derecho, con un orificio circular, abolladuras en el techo, roturas en cristal de la puerta trasera derecha y abolladuras en parante de puerta trasera derecha, con esparcimiento de cristales en el interior del rodado. La defensora Valeria Ponce anticipó que serán motivo de discusión las agravantes de la calificación legal.
Fernanda Révori explicó a la juez los elementos que a criterio de la Fiscalía dan cuenta de la gravedad del hecho y la existencia de riesgo de entorpecimiento de la investigación. Indicó que la situación es más compleja respecto de dos de los imputados, un menor y el mayor de edad, quienes cuentan con otros procesos en trámite por haber participado de más hechos violentos en los últimos meses. La acusadora solicitó que durante el proceso se les imponga la prohibición de acercamiento y contacto con las víctimas, las salidas a lugares nocturnos y el consumo de bebidas alcohólicas. También requirió la intervención del COSE para realizar un acompañamiento del proceso.
La propuesta fue aceptada por el representante de la Asesoría de Familia, Miguel Contreras, aunque solicitando que la intervención del COSE sea solo en relación a un menor, con el que ya está trabajando, aunque hasta ahora esa intervención fue voluntaria y por tratarse de un proceso penal pasaría a tener un carácter obligatorio. Respecto de los demás solicitó la intervención del Servicio de Protección de Derechos.
Ponce cuestionó las medidas indicando que no son procedentes y que la Fiscalía debiera avanzar en la investigación sin medidas de coerción ya que, en su criterio, no hay elementos objetivos que hagan predecir acciones tendientes a entorpecer la investigación por parte de los imputados.
El abogado particular Carlos Azparren, en representación de uno de los menores, se opuso a las medidas y pidió que se hable con los padres para que entiendan mejor el proceso al que están sometidos sus hijos.
Révori replicó indicando que “como padres y como operadores del Derecho no les hacemos ningún favor a los imputados, tratando de justificar su accionar”.
Anabel Rodríguez hizo lugar parcialmente a los pedidos de la Fiscalía. Dispuso la prohibición de acercamiento a las víctimas y prohibición de abusar de bebidas alcohólicas y consumir estupefacientes respecto de los cuatro. En tanto que prohibió al mayor de edad y a uno de los menores, la asistencia a locales nocturnos. Estableció la intervención del COSE respecto del imputado que ya está recibiendo acompañamiento de esa institución y la del Servicio de Protección de Derechos en relación a los otros dos menores de edad, esta intervención deberá ser supervisada por la Asesoría de Familia u otro organismo de la justicia civil. Las medidas fueron dispuestas por sesenta días.
jueves, 19 de enero de 2017
Homicidio de Yancapán: Formalizaron investigación por homicidio con ensañamiento
A diez meses de ocurrido el crimen, se formalizó la investigación en relación a un imputado y se dispuso su prisión preventiva por 90 días. El hecho fue calificado provisoriamente como homicidio agravado por ensañamiento y el imputado lo es en calidad de coautor. A criterio de los investigadores, por la modalidad empleada, debieron participar al menos dos personas. Yancapán era un hombre de sesenta años, alcohólico, con problemas de salud, una víctima vulnerable, en los términos empleados por la fiscal del caso.
Los familiares de la víctima participaron de la audiencia, acompañados por profesionales del Servicio de Asistencia a la Víctima del Delito. Al inicio, la fiscal Fernanda Révori, solicitó al juez que exhorte a los medios de comunicación presentes a dar publicidad de la audiencia preservando detalles que puedan resultar morbosos e hirientes para la sensibilidad de la familia de la víctima. El pedido fue acompañado por el defensor y planteado a los periodistas presentes por el juez.
El hecho
Evidencias
Para fundamentar su pedido de prisión preventiva, Révori se refirió a múltiples evidencias que permitieron individualizar al imputado como el probable autor del crimen. Entre otras, un testigo de identidad reservada que lo sindica y da detalles de su desplazamiento en el lugar, coincidentes con la información brindada poco después del hecho por una persona que cumplía funciones de seguridad del Hospital, aquella madrugada. A estos testimonios se sumaron otros obtenidos recientemente en entrevistas realizadas en el ámbito de la Fiscalía con más testigos, y una información anticipada telefónicamente por la genetista forense a la fiscal, instantes antes de la audiencia. Un perfil genético, levantado en el lugar del hecho, a escasos metros de la víctima, se corresponde con el ADN del imputado.
Peligros procesales
El defensor, Daniel Sandoval, cuestionó de modo general los elementos de cargo y resaltó que su defendido respondió al llamado de la justicia en un proceso anterior, reciente. Resaltó que no se dan los peligros procesales y que el proceso podría cautelarse con una medida alternativa a la prisión preventiva.
La resolución
El juez Martín Zacchino se tomó el tiempo de explicar al público presente el sentido de la audiencia, sus alcances y los aspectos que en ella se pusieron bajo análisis. Luego adelantó que a su criterio se evidencian los peligros de fuga y entorpecimiento procesal y detalló los fundamentos de sus conclusiones. Zacchino consideró que frente al hecho que se le imputa, el arraigo del imputado es débil. Ponderó los elementos reunidos y consideró que una medida menos gravosa, frente a la evidencia de los riesgos procesales, implicaría poner en riesgo la investigación, lo que no puede permitir el juez.
Transcurridos 90 días, deberá realizarse otra audiencia para analizar si se mantiene la misma situación que dio fundamento a la prisión preventiva o en caso contrario, decidir su cese o morigeración.
miércoles, 18 de enero de 2017
Homicidio de Millacán: el sexto imputado también en prisión preventiva
La medida se dispuso a pedido de la Fiscalía, luego de realizarse la apertura formal de la investigación. El sexto imputado cumplirá prisión preventiva por 58 días, para que el tratamiento de la necesidad de continuar con la medida se realice de modo conjunto con los coimputados, en una misma audiencia.
El martes por la tarde se realizó un allanamiento, requisa personal y detención ordenada por el juez de turno a pedido de la fiscal Fernanda Révori. La detención tuvo por objeto llevar a audiencia al imputado. El jueves a las 11:30 se realizó la audiencia de formalización de la investigación en la que el imputado estuvo asistido por Bruno Deias, defensor público.
El hecho
La Fiscalía reiteró el relato del hecho realizado en la audiencia del pasado lunes, ahora señalando que el nuevo imputado también formó parte del grupo agresor. Los sucesos tuvieron lugar el sábado último, aproximadamente a las 21.30 hs. cuando un grupo de personas integrado entre otros por los seis imputados, de dirigió a un mercado del Barrio Estación, en cuyo exterior sabían que estaba Javier Millacán consumiendo bebidas alcohólicas junto a otras personas. Allí le dieron muerte mediante el uso de, al menos, un arma de fuego y un arma blanca, piedras, golpes de puño y patadas, ocasionándole múltiples heridas que horas después le produjeron la muerte mientras estaba internado en el HZE. El accionar fue calificado como homicidio agravado por el concurso premeditado de dos o más personas.
Deias señaló que oportunamente discutirá la existencia de premeditación, coordinación y actuación conjunta imputada por la Fiscalía.
Prisión preventiva
Révori solicitó el dictado de prisión preventiva por sesenta días, igual plazo requerido y dispuesto a los otros cinco imputados. Lo fundamentó por las características del hecho, la cantidad de personas intervinientes, “que era un grupo de al menos seis personas, algunos testigos dicen que eran diez”, señaló. Se refirió a la actuación grupo de manera coordinada, empleando un arma de fuego (que aún no fue hallada) y al menos uno o dos cuchillos. “Ninguno de los imputados tiene lesiones que pueda dar cuenta de una pelea”, sostuvo.
Hay un dato que resulta central para analizar los peligros procesales, lo aportó la Fiscalía y fue particularmente considerado por el juez en su resolución: el móvil del crimen. Según los elementos reunidos, hay indicios de que se trataría de una “venganza”, vinculada a problemas anteriores de la víctima con familiares de uno de los detenidos. Había denuncias cruzadas previas. Testigos indican que mientras agredían a Millacán le decían “vos le pegaste a mi papá”. Revori valoró en contra del imputado que participara de un ataque en grupo, sin dar ninguna posibilidad de defenderse a la víctima, y dándose posteriormente a la fuga.
“Si actuaron así por problemas anteriores como podemos esperar que actúen por este hecho en relación a las personas que tendrán que declarar”, planteó la fiscal.
El juez Martín Zacchino, hizo lugar a la medida, reiterando fundamentos similares a los considerados cuando dispuso la misma medida para los otros cinco coimputados. Tuvo en cuenta el peligro de fuga y de entorpecimiento procesal, a la luz de la gravedad y características del hecho, y a los motivos que los habrían llevado a cometerlo.
Información de la Fiscalía Esquel
La información de la Fiscalía de Esquel puede consultarse en http://www.mpfchubut.gov.ar/index.php/esquel
Homicidio de Yancapan: uno de los presuntos autores fue detenido
El 21 de marzo de 2016 fue hallado un cuerpo quemado y con
evidencias de haber sido víctima de un crimen en el que se empleó violencia extrema.
No solo se desconocía quién o quiénes serían los autores, sino que tampoco se
sabía la identidad de la víctima. A través del Registro General de las
Personas, el 30 de marzo, fue identificado Víctor Yancapan (60 años) por sus
huellas digitales. La investigación
comenzó a dar resultados durante los últimos días. Este miércoles uno de los
presuntos autores fue detenido en Rawson y el jueves a las 9 hs. será llevado a
audiencia en los Tribunales de Esquel.
Era lunes por la mañana cuando fue hallado en el predio de
la Sede Vecinal del Barrio Ceferino un cuerpo absolutamente irreconocible. Los profesionales
criminalísticos y forenses, constataron evidencias de un despliegue brutal para
la comisión del crimen. Se realizaron allanamientos, requisas y peritajes. El primer
logro fue identificar a la víctima. El fuego parecía haber borrado pistas que
arrimaran a la determinación de la autoría.
Los investigadores continuaron su trabajo sin cesar. Meses después,
durante los primeros días de enero, nuevos procedimientos permitieron reforzar
los elementos de una de las líneas investigativas. La pasada semana hubo
intensa actividad por este caso en el tercer piso del Ministerio Público Fiscal
y también en la Brigada de Investigaciones de la Policía, que concluyó con un
pedido de detención redactado por la fiscal Fernanda Révori y autorizado por el
juez de turno. Personal de la Brigada viajó a Rawson el martes a la tarde y a
primera hora del miércoles detuvo al imputado.
Si bien esta detención es un hito significativo en la
investigación, las fuertes sospechas en las que está fundada, necesitarán de
más trabajo investigativo, tendiente a reunir evidencias suficientes para decidir
si esta persona deberá o no, ser llevada a juicio y para establecer quién más
participó del crimen.
martes, 17 de enero de 2017
La Defensa
Pública tramitó un habeas corpus preventivo, vinculado con intervenciones
policiales de la pasada semana, “violentando
injustificadamente los derechos de la Comunidad Mapuche”. El recurso fue
rechazado por el juez José Colabelli y la resolución del magistrado confirmada
ahora por la Cámara Penal, integrada por Carina Estefanía, Nelly García y
Alejandro De Franco. Resaltaron la necesidad de investigar los hechos, la
responsabilidad del Estado de garantizar la seguridad para todos los habitantes
y la necesidad intervenciones tendientes a alcanzar una solución pacífica al
conflicto.
El recurso
planteaba inicialmente la demora en el trámite por parte del juez de turno. Los
camaristas no estuvieron de acuerdo y rechazaron ese agravio “no advertimos
demora alguna en el trámite que se le imprimiera a la presentación que
efectuara dicha parte a las 10.13
PM horas del día 11 de enero de 2017,
mediante la cual solicitaban que se fijara una audiencia en los términos
del artículo 9, último párrafo, de la Ley de Habeas Corpus Nro. 23.098, a
efectos de expresar en forma oral, dada la urgencia y gravedad de los hechos,
los antecedentes que motivaban la presentación.”
¿Cómo se iniciaron los hechos?
La resolución
del Tribunal de alzada compartió con el juez penal las dudas en relación al
inicio de los hechos en los que se produjo la intervención policial
cuestionada.”…Pues la mayor contradicción de la versiones traídas por los
involucrados, radica en cómo se iniciaron los hechos, circunstancia que podría
ser determinante a la hora de analizar la legalidad del procedimiento policial
y a partir de allí decidir sobre la necesidad o no de imponer una medida
cautelar contra Policía del Chubut, con la amplitud requerida”.
Los
magistrados continúan su análisis indicando que la circunstancia de que este
incidente se produzca al día siguiente
de otros dos procedimientos ordenados
por el Poder Judicial de la Nación y el Poder Judicial de la Provincia del
Chubut, en el que también resultaron lesionados personas de la Comunidad y de
la Fuerzas de Seguridad intervinientes, no puede inferirse que exista una
decisión premeditada por parte de la Policía de Chubut, de violentar injustificadamente los derechos de la Comunidad Mapuche.
Cabe señalar
que ambos procedimientos judiciales, tienen relación con la presunta comisión
de delitos, que ameritaron una orden judicial de allanamiento para reestablecer
el funcionamiento del transporte ferroviario, para identificar los ocupantes
–que sucesivamente se niegan a dar su identidad- y evitar la consumación de delitos contra la
propiedad y la seguridad pública (secuestro de
tres bombas molotov).
La
necesidad de investigar
En otro párrafo, la Cámara sostiene que
la gravedad de los hechos, calificados a
partir de las lesiones constatadas en ambos grupos, amerita una investigación
minuciosa de todo lo ocurrido por parte del MPF, pero no es suficiente para
dictar una medida cautelar en el marco de un recurso de habeas corpus
preventivo, mediante el cual se pretende limitar para el futuro el accionar
legal de las fuerzas, cuando los hechos
así lo requieran.
No
hubo demora
El análisis sobre la oportunidad en la
que el juez dio tratamiento al recurso, concluye indicando que la decisión dictada
por el Juez a la 01.50 horas del día 12 de enero de 2017, es decir tres horas después de finalizada la
audiencia, mediante la cual el magistrado da curso al Habeas Corpus, ordena al
Jefe de la Unidad Regional informe en el plazo de 12 horas lo ocurrido, requiere
a los denunciantes los datos personales de las víctimas, y remite los
antecedentes al Fiscal en Turno y convoca a la audiencia dentro de las 24
horas, resulta adecuada y oportuna, pues la urgencia manifestada se había
tornado abstracta, desde el momento en que los hechos ya habían cesado.
Examen
de ilegalidad y arbitrariedad
Los camaristas se refirieron a la
función que les cabe en función de determinar si existe alguna amenaza a la libertad de las personas que pueda reputarse
ilegal o arbitraria y que de manera inminente pueda afectar garantías
constitucionales en caso de reiterarse operativos policiales como el que tuvo
lugar el pasado 11 de enero de 2017.
Debemos
decidir sobre una situación futura, eventual y resulta sumamente dificultoso
prever cuando una actuación resultará arbitraria y afectará, indebidamente, la
libertad de las personas.
Consideraron que los integrantes de la Comunidad Mapuche
pretenden que los hechos sean
interpretados como parte de una persecución o los califican de
discriminatorios. En ese sentido y a
modo de ejemplo, considerando especialmente las manifestaciones de la
Sra. Ose, es preciso recordar que
ninguna persona –cualquiera su pertenencia- tiene derecho a ingresar a un lugar donde se lleva un
operativo policial, aun cuando sea su domicilio, menos aun cuando exista
riesgo.
En el caso,
no han demostrado los recurrentes que estos procedimientos policiales – con
orden judicial o en flagrancia- se inscriban en un plan de persecución a la
Comunidad Mapuche por la elección de la vía de hecho utilizada para la
recuperación de las tierras, que ameriten,
tal como lo sostiene el a quo, que ante la falta de certeza respecto de una de las versiones, se opte por aquella que
proteja al más débil.
El Estado debe brindar seguridad a todos los
habitantes
En este sentido, los Jueces entendieron que el Estado ha de proveer de la mejor manera posible, y
comprometiendo todo su esfuerzo, todos los medios necesarios para el reconocimiento de los derechos de los
pueblos indígenas.
No es cierto que el respeto de los derechos y las
libertades, en el caso de la comunidad aborigen, sean incompatibles con una
eficiente política de seguridad sino todo lo contrario.
Cuando el
reclamo, cualquiera sea el grupo social que lo encabece, incluye la probable comisión de delitos, el
Estado no puede soslayar que también está obligado a brindar seguridad a todos
los habitantes. Es su deber mantener el orden público, la tranquilidad y la paz
interior y éstos son ineludibles presupuestos para la convivencia y el
desarrollo.
A su turno,
las fuerzas de seguridad, deben administrar con sumo cuidado la necesidad y
luego el uso de la fuerza pública, en sus procedimientos frente a comunidades vulnerables.
Buscar una solución pacífica
Por último,
la resolución señaló que la intervención de destacados referentes en la defensa
de los Derechos Humanos y del propio Ministro del Superior Tribunal de Justicia
Dr. Alejandro Panizzi, ha de
interpretarse con la necesidad de encontrar una solución pacífica al conflicto.
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