lunes, 29 de julio de 2013

Robo calificado en Epuyén



LOS TRES IMPUTADOS CUMPLEN PRISIÓN PREVENTIVA

El último fue aprehendido este domingo cuando viajaba en un colectivo de larga distancia desde El Bolsón hacia el sur. Este lunes se realizó la audiencia de formalización de la investigación y se dispuso su prisión preventiva. Las características del hecho y la actitud posterior del imputado fueron fundamentales para la decisión judicial adoptada.

El lunes 22 aproximadamente a las 21:30 hs, tres sujetos armados y con sus rostros cubiertos con pasamontañas asaltaron tres viviendas ubicadas en una zona despoblada de Epuyén. En dos de las propiedades estaban sus moradores, los asaltantes los intimidaron y los sometieron con las armas de fuego para quitarles sus posesiones. Más tarde serían aprehendidos por un control policial en El Hoyo cuando se dirigían en un remís de regreso a Bolsón. Los tres procuraron darse a la fuga. Solo dos lo lograron, uno de ellos fue aprehendido, conducido a los tribunales y desde entonces cumple prisión preventiva. El segundo fue detenido al día siguiente, en tanto que el último de ellos permaneció prófugo hasta el domingo a la tarde.
El imputado argumentó que se había comunicado previamente con la defensa para manifestarle su intención de entregarse, también argumentó que se dirigía a Esquel para presentarse el lunes a primera hora en los tribunales.
Sus explicaciones no fueron suficientes para el fiscal Oscar Oro, pero tampoco para la juez Anabel Rodríguez. Oro reiteró los argumentos empleados en las audiencias anteriores, resaltó la gravedad del hecho y los peligros de entorpecimiento y de de fuga. Marcos Ponce, defensor público, asistió al detenido, aunque este anticipó que en adelante recurrirá a su abogado de confianza, un profesional de El Bolsón. Ponce planteó que no se justifica el dictado de prisión preventiva ya que es evidente la intención del imputado de presentarse a la justicia "sería muy ingenuo abordar un colectivo de línea en dirección a Esquel, aportando su nombre mientras sabe que lo están buscando, si quisiera evadirse de la justicia." También recalcó que el imputado tiene arraigo en la ciudad de El Bolsón y que pasados los primeros días de investigación es difícil que pueda entorpecer la labor de los investigadores. El letrado solicitó la libertad plena de su defendido o al menos que se disponga su presentación semanal en la comisaría de El Bolsón.
 
La Dra. Rodríguez analizó los elementos que lo vinculan a este hecho y la concurrencia de peligros procesales. Luego de esto concluyó en que es necesario disponer la prisión preventiva al igual que en los otros dos casos. Para la magistrada el entorpecimiento ya se produjo debido a que no pudieron recuperarse varios de los elementos robados y el peligro de fuga se evidencia en la actitud asumida por el imputado cuando fue interceptado por la policía, manteniéndose prófugo durante seis días sin que pudiera ser hallado.
El 12 de agosto se revisará la situación procesal de los tres aprehendidos.

miércoles, 24 de julio de 2013

Robo calificado en Epuyén



PRISIÓN PREVENTIVA PARA EL SEGUNDO APREHENDIDO


La necesidad de dictar la prisión preventiva del imputado no dejaba lugar a dudas. La juez Anabel Rodríguez resolvió otorgarla por el plazo solicitado por la Fiscalía, sin embargo esta decisión no se presentaba fácil de llevar a la práctica. El problema es la situación de emergencia que se registra en los lugares de detención de la circunscripción. La situación fue analizada posteriormente por el juez de ejecución penal que intentaba generar alguna vacante.

Los motivos de la situación crítica que se vive en la zona cordillerana son conocidos. Varios condenados cumplen su pena en los calabozos de las comisarías ocupando el espacio que debería ser utilizado por procesados. Los trámites para su alojamiento en dependencias del Servicio Penitenciario Federal son demasiado lentos. Por otra parte, varias comisarías no cuentan con celdas habilitadas para el alojamiento de presos desde hace mucho tiempo. Si bien el pedido se reitera permanentemente, el Poder Ejecutivo no dispone las partidas para ello y los lugares existentes se saturan.
La situación lleva a episodios insólitos que terminan beneficiando a las personas que deberían cumplir con medidas de coerción e incluso a otras con condenas firmes en su contra que no pueden comenzar a purgarlas simplemente porque no tienen dónde hacerlo.

En el caso concreto del segundo imputado por el violento robo ocurrido el lunes a la noche en Epuyén, la Dra. Rodríguez dispuso la prisión preventiva por 20 días solicitada por el fiscal Oscar Oro. La magistrada indicó que será el juez de ejecución quien disponga el lugar en que deberá llevarse a cabo y en caso de que las condiciones fueran de hacinamiento tornando inhumana la situación, se realizaría una nueva audiencia para analizar la posibilidad de una medida sustitutiva.

Los argumentos del fiscal para insistir con la necesidad de un encarcelamiento preventivo, se basaron fundamentalmente en las características y la gravedad del hecho cometido, en la actitud de los asaltantes para con las víctimas, en la conducta del imputado al momento de ser identificado por un control policial dándose a la fuga y en la falta de garantías de que será encontrado o que podrá controlarse el cumplimiento de una medida sustitutiva por vivir en una zona rural, aislada de los centros urbanos.
La defensa a cargo del Dr. Bruno Deias consideró que esas condiciones de distancia podrían ser favorables por el tiempo que dure el proceso para asegurarse que no tomará contacto con víctimas. También habló del arraigo de su defendido en la zona, y de la imposibilidad de encontrar un lugar para su alojamiento en las comisarías de toda la circunscripción, por lo que solicitó la aplicación de una medida alternativa.
En este caso, los argumentos no fueron suficientes para que se dispusiera de una medida menos gravosa que la prisión preventiva.

Finalizada la audiencia el juez de ejecución analizaba el modo de descomprimir los calabozos insistiendo al Servicio Penitenciario Federal para incorporar cuanto antes a los condenados que cumplen con las condiciones para el pase.

martes, 23 de julio de 2013

Robo calificado por uso de arma de fuego, en poblado y en banda



El lunes a la noche tres sujetos con pasamontañas y armados rompieron cristales de una vivienda ubicada en zona rural de Epuyén, a aproximadamente 6 km del ejido urbano de la localidad. Luego entraron por la puerta, apuntando con las armas a un matrimonio joven y exigiéndoles dinero. Se hicieron del efectivo que estos tenían y, llevando de rehén al varón, ingresaron en una vivienda vecina apropiándose también del efectivo que tenían sus moradores. Luego se dieron a la fuga. Avisada la policía realizó un operativo cerrojo, en jurisdicción de El Hoyo detuvieron un remis que transportaba a tres sujetos. Al identificarlos y preguntarles qué llevaban en sus mochilas se dieron a la fuga. Dos lograron su cometido en tanto que el tercero logró ser aprehendido y llevado a una audiencia de control de la detención y formalización de investigación. La audiencia se realizó pasado el mediodía y se dispuso la prisión preventiva por peligro de fuga y entorpecimiento de la investigación, en principio por un plazo de veinte días.
En la requisa practicada en el vehículo se encontraron pasamontañas y dos armas de fuego.
Finalizada la audiencia se informó la aprehensión de otro de los ocupantes del remis. El dato saliente fue la dificultad para encontrar lugar en las comisarías de la jurisdicción para alojarlo ya que están todas completas. Su detención se habría concretado en un calabozo de contraventores de la dependencia policial de El Maitén. El miércoles se producirá la audiencia.
Las víctimas fueron asistidas por el SAVD.

jueves, 11 de julio de 2013

Homicidio de Millanahuel



PASÓ A JUICIO

Se realizó la audiencia preliminar en la que la fiscalía, la querella y la defensa particular presentaron expusieron la prueba que llevarán al juicio. Dos jornadas y largas horas de discusión se consumieron en torno a los puntos cuestionados por las partes. Finalmente toda la prueba fue admitida y el imputado continuará cumpliendo prisión preventiva hasta el juicio como lo solicitó la fiscalía.

Uno de los puntos de conflicto estuvo dado por un planteo del defensor que solicitó tiempo extra para controlar el contenido de los CD presentados con la prueba de la fiscalía. La Dra. Fernanda Révori se opuso, aduciendo que el material estaba a disposición de la defensa desde hacía dos meses y que la inacción del defensor no puede esgrimirse para obtener un plazo extra. Más duro fue el argumento de la querella en la voz del Dr. Santiago González, planteando que es muy grave la omisión cometida por el Dr. Daniel Sandoval.
El juez, Javier Allende, resolvió poniendo sobre la contienda los derechos del imputado y accediendo a otorgar un plazo de horas para que el letrado vea el material que antes no consultó, para poder expedirse en uno u otro sentido a su respecto. La fiscalía y la querella plantearon inmediatamente la revocatoria con argumentos más contundentes y más duros. Pasado el mediodía del lunes Allende volvía a resolver este punto, confirmando su decisión aunque realizando un fuerte llamado de atención al abogado defensor.
 
También hubo diferencias en torno a un CD con fotos presentado como prueba por la defensa. La fiscalía se opuso argumentando que no hay ninguna constancia documental sobre el contenido de ese CD y su intangibilidad. El defensor se opuso y el juez admitió este material indicando que su valoración podrá ser discutida en el debate ante el tribunal.

Finalmente, una vez admitida la acusación y toda la prueba, Révori pidió la continuidad de la prisión preventiva hasta el juicio argumentando ampliamente lo que a su criterio constituye el riesgo de fuga y de entorpecimiento de la investigación. Los argumentos fueron rechazados por Sandoval, puntualizando que a esta altura del debate ya no hay riesgo de entorpecer una investigación finalizada y que no hay elementos que acrediten que su defendido intentará fugarse. Allende resolvió mantener la prisión preventiva hasta el juicio, fundamentalmente por el riesgo de fuga.
 
El hecho

Dos familias del Paraje Costa de Ñorquinco Sur, mantienen un conflicto de límites y convivencia desde hace tiempo. El 23 de octubre pasado, aproximadamente a la hora 10:50 hs., Julián Abel Millanahuel se apersonó en su camioneta junto a un alambrador al sector donde días antes habían dejado varillas, postes y herramientas preparadas para comenzar las tareas de levantamiento del alambrado divisorio de acuerdo con una resolución del IAC que así lo autorizaba. Sin embargo había decidido suspender esta actividad ante la actitud que frente al alambrador habían adoptado el día previo al hecho dos hermanos de la otra familia. Comenzaron a cargar varillas en la caja de la camioneta para retirarse, tarea que estuvo a cargo del alambrador, mientras Millanahuel conducía lentamente su camioneta.
Al verlos, se presentó el imputado, comenzó a discutir con Millanahuel, insultándolo, y diciéndole “… que saque los materiales porque sino los quemaba… que lo mataría”, mientras seguía a pie los movimientos de la camioneta. En determinado momento Millanahuel intentó bajarse de su vehículo y tropezó cayendo de espaldas al piso. Al verlo el imputado habría aprovechado la situación, sorprendiéndolo, aprovechando el estado de indefensión de la víctima desarmada y caída, procedió rápidamente a extraer de entre sus ropas un cuchillo de gran porte y atacándolo con varios cortes mientras decía “¿esto era lo que querías?”. Millanahuel trató de defenderse agarrando el cuchillo pero no logró evitar que su contendiente le diera muerte al caer boca abajo.
El hecho fue calificado por la fiscalía como homicidio agravado por alevosía. Subsidiariamente se presentó la acusación por homicidio simple.

martes, 9 de julio de 2013

Homicidio de Durán



EL TRIBUNAL DECLARÓ LA RESPONSABILIDAD POR HOMICIDIO CULPOSO



La versión dada por el imputado en la primera audiencia es la que a criterio de los jueces fue probada en el juicio. Se trata de una de las dos calificaciones con las que cerró la Fiscalía su alegato. Deberá hacerse una nueva audiencia para debatir la pena a imponer.

El viernes 23 de noviembre de 2012, aproximadamente a las 4:40 hs. Daniel Alejandro Durán atendía como todas las noches en su local a los parroquianos que estaban tomando algo. Del otro lado de la barra estaba sentado entre otros, Pablo Miguel Leuful. Justo frente a él. Ninguno de los presentes vio nada fuera de lo común. Ninguno vio un arma de fuego. Nadie escuchó una discusión, ni un tono elevado. Simplemente oyeron un estampido repentino e inexplicable. Inmediatamente después Durán caía al suelo herido de bala entre ambas cejas.
 
Leuful se fue del local hacia la casa de una mujer en Trevelin. Allí se entregó a la policía. Luego en la audiencia de control de la detención dio su versión de los hechos. Dijo que él había realizado el disparo pero accidentalmente. Según sostuvo, el parroquiano que estaba junto a él le pidió que le tenga su pistola, que le ponga el cargador, y que cuando lo hizo la pistola se disparó.
La pericia practicada demostró que el arma por su antigüedad no tiene seguro de cargador y dispara con o sin el cargador puesto.
“De allí que tampoco pueda descartarse la declaración del acusado en cuanto a que al golpear el cargador saliera el disparo aun sin aplicar fuerza en la cola del disparador pues estamos ante un seguro que este arma no tiene o funciona deficientemente sin aptitud para impedir que el cartucho salga de un modo accidental”, apuntó el juez Javier Allende.

Martín O' Connor citó el testimonio del hijo de la víctima, quien declaró que el 23 de noviembre fue al hospital a ver a su padre y allí se encontró con la empleada del bar que estaba aquella noche y un amigo de su padre " quienes le refirieron que se había disparado un tiro por accidente y su padre estaba muy mal… Se trata de una referencia directa de las primeras repercusiones del trágico suceso en las que la primera lectura de los mismos era que se había tratado de un accidente".

El fiscal, en el inicio de la penúltima jornada de debate, dio a conocer que el día anterior se encontraba manipulando el arma secuestrada y en el momento en que quiso quitar el cargador el arma se desarmó completamente, pudiéndose rearmar solo en parte, habiéndose inutilizado -al menos temporariamente para su uso.
O' Connor valoró "que se le haya desarmado a una persona que tiene experiencia en la manipulación de armamentos ha convencido a este Tribunal que la pistola era defectuosa y que su manipulación por parte de un inexperto como Leuful pudo haber tenido como desenlace no querido un disparo involuntario."

"El delito de homicidio culposo se materializó con la acción negligente del incuso que violando el deber de cuidado, luego de haber ingerido bebidas alcohólicas, tomó el arma de su ocasional acompañante, y accionando el seguro de empuñadura, intentando colocar el cargador, se le disparó el arma impactando la bala en la cabeza de la víctima, lo que trajo aparejado el deceso de la misma", sostuvo Ricardo Rolón. "Esa conducta causante de la muerte resultó violatoria del deber de cuidado, ya que era previsible la producción de un disparo en una situación como la protagonizada en autos, por lo que debe encuadrarse su conducta en la figura del homicidio culposo".