miércoles, 11 de mayo de 2016

Nuevas tecnologías al servicio de viejos delitos


El grooming, el ciberacoso, el acceso indebido a las comunicaciones personales, la circulación de pornografía infantil, la divulgación de material privado sin consentimiento, utilizan a las nuevas tecnologías para ejecutar conductas sancionadas por la ley penal desde antaño. Si bien las denuncias por delitos informáticos representan una proporción muy baja, es notable su aparición e incremento en los últimos tiempos.

La tecnología promete impunidad al delincuente. Sin embargo esa promesa no siempre se cumple. Así como existen medios para engañar a las víctimas, por medios similares puede llegarse a la identidad de quien se encuentra del otro lado de la pantalla.

Hoy las pantallas son múltiples y los delitos informáticos se valen de todas ellas para lograr sus fines. Falsear la identidad en las redes sociales es muy simple y no requiere de ningún software especial. Sin embargo existen programas de software ofrecidos a la venta, cuya utilidad está claramente prohibida por la ley.

Hoy utilizar un smartphone, redes sociales y de modo general internet, sin conocer las reglas de seguridad y aplicarlas, es como subirse al volante de un fórmula 1 en plena carrera sin mayor experiencia que el manejo de un auto familiar en la ciudad.
La habitualidad en el uso del home banking, así como las compras a través de internet, hace que tengamos más claro qué medidas tomar para proteger las interacciones económicas, pero desconozcamos como proteger a nuestros hijos en el uso de las redes.

Privacidad

Cuando hablamos de privacidad en internet, nos referimos al control que ejerce el usuario sobre su información para limitar la cantidad de personas autorizadas a obtenerla. Esto incluye datos personales, fotografías, archivos, mensajes, etc.
La fundación Argentina Cibersegura recomienda que seamos conscientes del impacto global del as redes sociales. Una publicación realizada, de la cual la persona pueda arrepentirse, además de que podría ser vista por millones de usuarios, debe considerarse de que es prácticamente imposible borrarla completamente de la red.

Se recomienda:
1.       Configurar adecuadamente los perfiles en redes sociales, controlar quiénes podrán acceder a la información que publica el usuario. Tener como contacto SOLO A PERSONAS CONOCIDAS.
2.       Concientizar a niños y adolescentes sobre los peligros y alcances de Internet. También los padres deben estar bien informados.
3.       Mantener un diálogo abierto entre padres e hijos
4.       Instalar un programa de control parental que permita filtrar sitios y contenidos potencialmente peligrosos para los menores de edad.
5.       Instalar un antivirus que proteja a la computadora de códigos maliciosos y ciberdelitos que pueden afectar la privacidad del usuario en Internet.

Seguridad online

Algunas recomendaciones básicas a tener en cuenta:
- Mantener bloqueada la pantalla del smartphone, es un modo de evitar que en un descuido del usuario alguna persona active un software malicioso.

- Utilizar contraseñas fuertes que usen mayúsculas, minúsculas y números

- Mantener actualizado el sistema operativo y el antivirus. Proteger las redes inalámbricas domésticas con contraseña. No hacer click en cada vínculo que llegue por correo electrónico.

-  Nunca responder a un mensaje de SMS o a un mensaje de correo electrónico que diga ser de una institución financiera y te pida tu nombre de usuario y contraseña para iniciar sesión.

- No realizar transacciones financieras en redes inalámbricas sin protección.

- Investigue antes de descargar aplicaciones gratuitas para teléfonos inteligentes, algunas tienen incorporados códigos maliciosos capaces de atacar el teléfono o computadora cuando se la sincroniza con el teléfono.

Mas recomendaciones en sitios como Argentina Cibersegura, Grooming Argentina, además de las recomendaciones de seguridad que ofrecen cada una de las redes sociales, entidades bancarias, sitios de compra-venta online, en los apartados específicos.

Acuerdo entre las comunidades Nahuelpan y Prane

La vivienda de la Sra. Corina Coraza, viuda de Cipriano Prane, fue el lugar en que se reunieron las partes junto a representantes de distintas instituciones estatales, para firmar un acuerdo respecto de la situación de límites que ha generado problemas entre ambas comunidades durante muchos años.

De la reunión participaron el Sr. Gonzalo Mondillo Subsecretario de Relaciones Institucionales, Ezequiel Perrone Director General de Relaciones Institucionales y Control de Gestión, el Sr. Nahuel Ferez Director de Asuntos Indígenas de la Provincia, el Dr. Federico Collazo Director del IAC delegación Oeste, el Comisario Mayor César Gómez Jefe de la URE, el Dr. Ariel Itze Asesor Legal de Policía, el Teniente Coronel Julian Massi Fileppa en representación del Regimiento de Caballería de Exploración 3 como observante y el Fiscal General Marcelo Cretton.

La participación del Ministerio Público Fiscal se efectuó según lo que establece el Art. 4 de la Ley Orgánica V N° 94. Dicho artículo indica entre las funciones de la institución la “Conciliación. El Ministerio Público Fiscal procurará la solución de los conflictos en los que intervenga, tendiendo a la conciliación positiva de los distintos intereses en aras de la paz social.”

El acuerdo

El acta firmada establece seis puntos consensuados, el primero de ellos un límite provisorio hasta el 23 de noviembre de 2017, el que parte desde tres afloraciones rocosas identificadas como “Los tres Morros” (piedra del medio) en dirección este, teniendo como punto intermedio, como punto del GPS tomado por personal del IAC; S 42° 59’ 31’’ Y O 71° 10’ 58,8’’ en línea recta al filo alto del Cerro lindante al Lote 5.
En el segundo punto las comunidades se comprometen a que el camino de servidumbre entre ambas se transite de manera libre y pacífica. Se comprometen también a realizar el pastoreo de los animales pertenecientes a cada comunidad, dentro del límite establecido por las coordenadas, a no realizar construcciones que puedan afectar el límite acordado y a designar un recorredor para evitar conflictos en el pastoreo de los animales.
Finalmente el sexto punto establece que ante cualquier diferencia que surja entre ambas comunidades acuerdan mantener el respeto y la Paz social. 

lunes, 9 de mayo de 2016

Visita del Coordinador Provincial de SAVD

El Dr. Luis Amarfil mantuvo reuniones con los profesionales del Servicio de Asistencia a la Víctima del Delito de Esquel y El Hoyo y luego se reunió con los fiscales. La visita tiene por finalidad realizar un relevamiento del trabajo, relevar las necesidades y efectuar aportes a partir de la evaluación de lo relevado.

Amarfil se desempeña al frente del SAVD desde hace casi un año, cuando se jubiló la Lic. Silvia Elías. Su política ha sido dar continuidad a la impronta de trabajo del Servicio que es modelo de intervención más allá de las fronteras nacionales.
En la reunión de trabajo se analizaron los criterios de intervención del organismo, actuación en casos de violencia familiar, elaboración de informes, ámbito de intervención y sus alcances.

El Servicio de Asistencia a la Víctima del Delito es un organismo auxiliar del Ministerio Público Fiscal, que tiene como objetivo  brindar asistencia integral a las Víctimas del Delito y a los Testigos, facilitando su participación activa en el proceso penal.

El trabajo se articula con un Modelo de Atención Integral, interdisciplinario, que permite ofrecer asesoramiento jurídico, orientando e informando durante el proceso penal; asistencia y gestión social para facilitar a las víctimas el acceso a los recursos institucionales; y asistencia psicológica,  para contribuir a que la víctima supere los efectos dañosos que el delito hubiera ocasionado.

A su vez, el área Procomunidad realiza acciones de carácter Preventivo, tales como capacitación, concientización, difusión y sensibilización de la problemática victimológica.


El SAVD  es un servicio gratuito y confidencial del Ministerio Público Fiscal para atender a las personas que fueron víctimas de un delito, sus familiares y seres queridos. El equipo está compuesto por trabajadores sociales, psicólogos y abogados.

viernes, 6 de mayo de 2016

Seguridad ciudadana

La Oficina Fiscal de Esquel integrará el Foro de Seguridad impulsado por el Ministerio de Gobierno de la Provincia. La Fiscal Jefe María Bottini recibió a la Directora General de prevención del delito y participación ciudadana, Vanesa Beltran, a la Directora General de Acceso a la Justicia, María Suquía y a Tramara Sandoval a cargo de Coordinación y Enlace.

El Foro se constituirá como un ámbito de trabajo interinstitucional. La Fiscalía está especialmente interesada en fortalecer el trabajo en red que desde hace varios años se viene articulando a través del Servicio de Asistencia a la Víctima del Delito, en toda la circunscripción. Fundamentalmente para las personas que viven en zonas rurales, así como en las localidades pequeñas, se hace complejo tomar contacto con las instituciones que se encuentran en la ciudad cabecera. En estos casos es fundamental la capacitación de los operadores del lugar y la articulación y trabajo en red con las instituciones de referencia.

El Código Procesal Penal de Chubut establece un sistema de participación de la víctima y de la ciudadanía en la investigación penal, en las distintas etapas procesales e incluso en la decisión respecto de los casos más graves. Esto último será factible en cuanto se ponga en vigencia el sistema de juicio por jurados. Sin embargo aún estos mecanismos no son suficientemente conocidos y practicados por la población.

El Ministerio Público Fiscal, a través del área de Comunicación Institucional, ofrece desde hace siete años, la posibilidad de participar del programa Fiscalía Abierta, dirigido a la población en general y en particular a los estudiantes de nivel secundario, con el objetivo de promover la participación ciudadana en el sistema de justicia penal. 

miércoles, 4 de mayo de 2016

La investigación criminal. Reunión de Fiscales con Criminalística

La Criminalística tiene un rol trascendental para las investigaciones que tramitan en la Justicia Penal. Este miércoles se realizó una reunión entre el Jefe Provincial, Claudio Fernández, los profesionales que se desempeñan en Esquel y los Fiscales. Se busca reforzar el trabajo en equipo.



Esta reunión está enmarcada en la disposición de la Instrucción 03/16 de la Procuración General. El objetivo es monitorear el trabajo entre las Instituciones y realizar los ajustes necesarios para mejorarlo. La Criminalística es la ciencia que hace hablar a los “testigos silenciosos” de la escena del hecho, releva, perita, documenta las evidencias que dan cuenta de la dinámica de la acción e incluso de sus partícipes. Para hacerlo necesita del trabajo profesional de todos los operadores que intervienen y del cumplimiento acabado de los protocolos. A su vez la Fiscalía necesita los resultados de la intervención de estos profesionales para reconstruir el hecho investigado y probarlo ante el Tribunal.


De la reunión participaron la Fiscal Jefe María Bottini, los Fiscales Fidel González, Fernanda Révori y Marcelo Cretton, el Jefe Provincial de Criminalística Claudio Fernández y los Licenciados Damián Leyes y Celira Cozzoli.

martes, 3 de mayo de 2016

Cuando el uso del derecho se convierte en abuso


Este fue el punto en discusión en una audiencia desarrollada el martes por la mañana en los Tribunales de Esquel. Esta vez la Fiscalía no planteó el incumplimiento por parte del imputado, sino el modo en que este forzaba los límites de la prohibición de acercarse a menos de 50 mts. de la casa de la denunciante. El juez escuchó a la víctima y al imputado y resolvió modificando su disposición anterior por considerar que el sujeto estaba “caminando por la cornisa” y afectando psicológicamente a la víctima.

Todo se inició con una denuncia por violencia familiar. En ese marco a pedido de la Fiscalía, el juez Martín O’ Connor dispuso la exclusión del hogar y prohibición de acercamiento del denunciado hacia la denunciante. Inicialmente la medida se impuso por una distancia de 200 mts. Esta distancia fue recortada a 50 mts. en una resolución posterior por entender que el imputado necesitaba asistir a establecimientos que se sitúan en ese rango de distancia.

La situación que se planteó ahora es que, según sostiene la víctima, el imputado pasaría mucho tiempo instalado en la esquina de su casa, tomando mate. A exactos 50 mts. de la vivienda. La mujer relató cómo se siente, el temor que esto le produce y como se ve obligada a recluirse en la casa para no cruzarse con él.

Por su parte el imputado planteó la crítica situación en la que vive, diciendo que está en “situación de calle”. Negó las afirmaciones de la víctima, habló de las necesidades por las que pasa desde que fue excluido de ese hogar, entre otros datos que procuraron mostrar al juez su situación de necesidad aparentemente extrema.

A la hora de resolver el magistrado aclaró que no es de su competencia atender las dificultades que planteó el imputado, sino que para ello están las áreas sociales municipales y de la Defensa. Sin embargo indicó que si el imputado tiene pertenencias personales que le quedaron en la vivienda al ser excluido, puede hacer el planteo concreto y se le autorizará a ir a retirarlas acompañado por personal policial. Pero estas carencias no pueden utilizarse como excusa para incumplir con lo que ahora estableció el juez. El hombre rechazó esta posibilidad y sostuvo que se arregla con lo que tiene.

Al resolver sobre el juez le explicó que “lo que se discute no es que usted ha incumplido la orden judicial… se denunció que usted, fuera de los 50 mts., permanece en la esquina por un tiempo prolongado o pasa en varias oportunidades por esa esquina”. Siguiendo su explicación indicó que “se está hablando de una situación análoga al abuso del derecho: no incumple pero está atravesando por la frontera de ese incumplimiento, está forzando la situación, caminando por la cornisa”, graficó.
O' Connor señaló que no puede tolerarse la situación ya que las medidas de protección procuran brindar la condiciones para que la damnificada pueda recuperarse desde el punto de vista físico, psíquico y social. Hoy la veo a la presunta víctima del caso afectada psicológicamente y esta afectación es por esta actitud".

Hizo lugar al pedido de la funcionaria de Fiscalía Julia Mateos y volvió a extender a 200 mts. la prohibición de acercamiento. "Porque de lo contrario usted se podría quedar horas y horas en esa esquina tomando mate y la señora sería como una presa en su propia casa y eso yo no lo voy a permitir". La medida permite como excepción que el imputado asista al Hospital únicamente en situaciones de urgencia, las que deberán ser certificadas como tales y presentadas a la Comisaría.
Además, el magistrado dispuso rondines varias veces por día para verificar que no está incumpliendo con la disposición judicial.

Violencia doméstica

La violencia familiar o doméstica fue definida por la ley 26.485 de Protección Integral a las Mujeres. Indica que este tipo de violencia es aquella ejercida contra las mujeres por un integrante del grupo familiar, independientemente del espacio físico donde ésta ocurra, que dañe la dignidad, el bienestar, la integridad física, psicológica, sexual, económica o patrimonial, la libertad, comprendiendo la libertad reproductiva y el derecho al pleno desarrollo de las mujeres. Se entiende por grupo familiar el originado en el parentesco sea por consanguinidad o por afinidad, el matrimonio, las uniones de hecho y las parejas o noviazgos. Incluye las relaciones vigentes o finalizadas, no siendo requisito la convivencia.

La norma establece taxativamente las medidas de las que puede valerse el juez para garantizar la protección de la mujer víctima, en tanto medias preventivas urgentes, indicando que debe disponer la más adecuada para el tipo de violencia y por el plazo que resulte necesario, fundamentando la debidamente esta decisión. Entre otras establece la prohibición de acercamiento a la mujer y a los lugares que ella frecuenta habitualmente, prohibir al agresor la compra o tenencia de armas, ordenar medidas de seguridad en el domicilio de la mujer, ordenar la exclusión del hogar del agresor, etc.

Homicidio en El Hoyo

Esta mañana fue hallado sin vida César Ivan Riffo en una chacra distante aproximadamente a un kilómetro del casco urbano de El Hoyo. Trabajan en el lugar el fiscal, el Servicio de Asistencia a la Víctima del Delito y la Brigada de investigaciones. Se trataría de una muerte violenta, aparentemente por al menos tres disparos de arma de fuego. Sin embargo esta información recién podrá corroborarse con la intervención forense. Esta tarde se trasladará el cuerpo a la morgue de Esquel, en tanto que el miércoles por la mañana se practicará la autopsia.

lunes, 2 de mayo de 2016

Delitos cibernéticos

Recientemente tomó estado público una de las investigaciones que lleva adelante la Fiscalía por presuntos delitos cometidos a través de la tecnología. Exhibición de pornografía a menores de edad, grooming, corrupción de menores, son algunos de los tipos penales bajo la lupa. La tecnología ofrece nuevos recursos para viejos delitos, exige utilizar otras estrategias para su detección y sanción, y, fundamentalmente, requiere de mayor conocimiento por parte de los niños y de los adultos responsables para prevenirlos.

Recientemente se llevaron a cabo allanamientos por contar con datos que indicarían, al menos la facilitación de pornografía por parte de un adulto a niños de entre 10 y 12 años. Esta conducta está prevista como delito por el Código Penal de la Nación. No se descarta que de las pericias del material secuestrado pudiera variar la hipótesis de los investigadores y dirigir la investigación hacia otras figuras penales.
En este caso el alerta llevó a través de la familia de algunos niños. El rol de los adultos de referencia es central, aunque hay investigaciones que se inician por otras vías. Recientemente la Procuración General dio intervención a Oficinas Fiscales de la provincia, entre ellas la de Esquel, respecto de un alerta generado por una ONG internacional que detectó la circulación de pornografía infantil. Este dato puso en marcha una investigación que implicó el secuestro de material sobre el que también se realizan pericias en estos momentos. El ciberacoso no solo recae sobre niños, también los adultos resultan vulnerables.

Grooming

La ONG Argentina Cibersegura define al Grooming o ciberhostigamiento como acciones deliberadamente emprendidas por un adulto con el objetivo de ganarse la amistad de un menor de edad, con el fin de disminuir las inhibiciones del niño e influirlo para que realice acciones de índole sexual.

Según los datos arrojados por una encuesta realizada por el equipo de investigación de ESET Latinoamérica, para el 68,3% de los adultos consultados, el Grooming es una amenaza muy frecuente. A su vez, el 26,3% confirmó conocer un niño que ha sido víctima de Grooming

Cómo podemos proteger a nuestros niños

La ONG National Center For Missing and Exploited Children, ofrece información muy clara y útil para saber a qué prestart atención y qué hacer en caso de sospecha.

Para ayudar a proteger a los niños de los predadores sexuales en línea, es importante que los padres y tutores entiendan cómo las vulnerabilidades de los niños los hacen susceptibles a ser manipulados por estos predadores.

Curiosidad
Los niños son naturalmente curiosos sobre el sexo. Actuando como guías, los predadores pueden explotar esta curiosidad y atraer gradualmente a los niños a una actividad sexual. Los adolescentes que cuestionan su sexualidad se exponen a un riesgo mayor, ya que pueden ingresar en línea intentando buscar apoyo y compañía. En cambio, podrían encontrar adultos buscando sacar provecho de esta vulnerabilidad.

Necesidad de atención
Aun cuando reciben atención total por parte de sus familias, los niños reclaman atención de otras personas, particularmente, de aquellos que perciben como más grandes y maduros. Los predadores pueden ofrecer afecto y halagos a los niños con el fin de presionarlos para realizar actos sexuales.

Rebeldía
Los niños pueden volverse rebeldes a medida que llegan a la adolescencia, y los predadores pueden aprovecharse de esta situación. Es posible que un niño que es victimizado desobedeciendo las normas establecidas por sus padres no quiera admitirlo por miedo a ser castigado.

Respeto hacia los adultos
Debido a que lo niños aprenden a obedecer y respetar a los adultos, pueden tener menos probabilidades de desobedecer indicaciones dadas por un adulto, incluso aquellas que los hacen sentir incómodos. Un adulto que busca hacerle daño a un niño puede aprovecharse de esto para influenciar la conducta del menor.

Qué podemos hacer

Mucha gente supone que los niños que corren riesgo de ser víctimas son aquellos descuidados por sus hogares o que provienen de familias disfuncionales. Sin embargo, todos los niños, incluso aquellos provenientes de familias que les brindan apoyo, pueden correr el riesgo de ser victimizados. Aliente a su hijo a que acuda a usted inmediatamente si alguien lo hace sentir incómodo en línea o si intenta encontrarse con él personalmente.

Señales que indican que es posible que un predador en línea esté en contacto con su hijo

·         Su hijo comienza a retraerse y aislarse de su familia y amigos.
·         Encuentra material inapropiado en la computadora.
·         Su hijo recibe correspondencia, dinero o regalos de desconocidos.
·         Observa números de teléfonos desconocidos al revisar la factura.
·         Qué hacer si su hijo es victimizado
·         Tenga en claro que la victimización no es culpa de su hijo/a.
·         Guarde toda evidencia de victimización, tales como correos electrónicos o conversaciones por medio de mensajes instantáneos.
·         Comuníquese con la policía o con la Fiscalía.


Hostigamiento cibernético

El hostigamiento cibernético es exactamente lo que parece: hostigamiento a través de aplicaciones y tecnologías de Internet, tales como mensajes instantáneos, sitios de redes sociales y teléfonos celulares. Puede comenzar fácilmente con un rumor, una foto o un mensaje reenviado, y puede salirse fácilmente de control. Un video vergonzoso publicado la noche anterior en un sitio de redes sociales por alguien en Kansas puede ser visto por alguien en Japón al día siguiente. Las víctimas de hostigamiento cibernético pueden ser atacadas en cualquier lugar y momento.

Formas comunes de hostigamiento cibernético
·         Insultos y mensajes provocadores: enviar o publicar mensajes hostiles con la intención de "caldear" los ánimos de otras personas.
·         Happy-Slapping: grabar a alguien mientras es acosado o hostigado de una manera que generalmente incluye maltrato físico y después publicar el video en línea para hacerlo público.
·         Robo de identidad/suplantación: robar la contraseña o la cuenta en línea de alguien para enviar o publicar fotografías, videos o información incriminatoria o humillante.

·         Manipulación de fotografías digitales: alterar imágenes digitales, de modo que el sujeto principal se vea en una situación comprometedora o vergonzosa.
·         Amenazas físicas: enviar mensajes que incluyan amenazas a la integridad física de una persona.
·         Esparcir rumores: difundir chismes mediante correos electrónicos, mensajes de texto o sitios de redes sociales.

Señales de que su hijo puede ser víctima de hostigamiento cibernético
·         Su hijo evita la computadora, el teléfono celular y otros dispositivos tecnológicos, o parece estresado cuando recibe un correo electrónico, un mensaje instantáneo o uno de texto.
·         Su hijo se aparta de la familia y sus amigos, o no quiere asistir a la escuela ni a eventos sociales.
·         Su hijo evita las conversaciones sobre el uso de la computadora.
·         Su hijo muestra señales de baja autoestima, incluyendo depresión y/o miedo.
·         Sus calificaciones empeoran.
·         Tiene hábitos deficientes de alimentación o de sueño.

Consejos

·         Dígale a su hijo que no conteste correos electrónicos, mensajes ni comentarios groseros.
·         Guarde la evidencia, como correos electrónicos y mensajes de texto, y tome capturas de la pantalla de los comentarios e imágenes. Además, tome nota de la fecha y la hora en que ocurre el acoso.
·         Póngase en contacto con su proveedor de servicio de Internet (Internet Service Provider, ISP) o su proveedor de telefonía celular. Pídale al administrador del sitio web o al proveedor de servicio de Internet que retire las páginas web creadas para lastimar a su hijo.
·         Si el acoso ocurre a través de correos electrónicos, sitios de redes sociales, mensajes instantáneos y salas de chat, enséñele a su hijo a "bloquear" a los hostigadores cibernéticos o borre la cuenta actual de su hijo y abra una nueva.
·         Si el acoso ocurre a través de mensajes de texto y de teléfono, cambie el número de teléfono e indíquele a su hijo que comparta el nuevo número solamente con personas dignas de confianza. También, verifique si las funciones del teléfono le permiten bloquear el número.
·         Involucre a la escuela a la que asiste su hijo. Conozca la política de la escuela sobre el hostigamiento cibernético e insista para que los administradores tomen una postura en contra de todas las formas de intimidación.
·         Realice una denuncia

viernes, 29 de abril de 2016

Una mancha más al tigre

Esta mañana se formalizó en los Tribunales de Esquel, una nueva investigación que se suma a los cerca de 70 hechos de estafa por los que es investigado un hombre oriundo de Paso de Indios y que actualmente cumple arresto domiciliario en Trelew. La “causa madre”, como él mismo la denominó, es llevada por la Oficina Fiscal de Comodoro Rivadavia bajo la calificación jurídica de asociación ilícita. Él es investigado como jefe de la banda.

Según la imputación el 9 de diciembre de 2014 Julio Airolde Rolon, suscribió un boleto de compra y venta automotor con un vecino de Esquel, por un automóvil marca “Chevrolet” modelo “Classic 4 LT” a sabiendas que tenía una prohibición de no circular solicitada por el titular del automotor porque los cheques con los que le pagó el Sr. Julio Rolon serían robados. 

Rolón participó de la audiencia por sistema de video conferencia desde la Oficina Judicial de Trelew. Este legajo será remitido a Comodoro para unificarlo con los demás hechos similares. Esta semana David Marengo reconoció su participación en la asociación ilícita y fue condenado en juicio abreviado. En total son ocho las personas imputadas como miembros de la agrupación.


El área de Comunicación Institucional de la ciudad del petróleo informó sobre la audiencia. En ella la fiscal Camila Banfi describió los hechos indicando que los ocho imputados, tomaron parte en una banda que desde febrero de 2012 hasta junio de 2015 se dedicaron a cometer ilícitos contra la propiedad mediante estafas con automotores. Dichos ilícitos se desarrollaron en las localidades de Comodoro, Trelew, Gral. Conesa y Viedma. Hubo acuerdo de voluntades y planificación de los imputados para falsificar y adulterar Instrumentos Públicos, afirmó el fiscal. Solicitando se impute a Julio Rolon la figura de jefe y a los demás integrantes ayudan para obtener los rodados simulando ser empresarios. Calificando provisoriamente el hecho como “asociación ilícita”, en carácter de autores para los ocho y respecto a Julio Rolon como jefe.

jueves, 28 de abril de 2016

Homicidio de Balbino Augusto Mansilla



El hecho ocurrió el 2 de agosto de 2014 en Lago Puelo. La investigación contó con la participación de la familia constituida como querellante durante el proceso, tal como lo prevé el Código Procesal Penal. Este mes se realizó el juicio. Un tribunal colegiado debió decidir sobre la responsabilidad penal del imputado Jairo Facundo Fernández. La Defensa pidió su absolución, en tanto que el Fiscal Oscar Oro y la querella representada por el Dr. Hugo Cancino, postularon su responsabilidad con calificaciones jurídicas distintas. El tribunal dictó sentencia de responsabilidad por el delito de homicidio simple agravado por la participación de un menor de edad. El 5 de mayo a las 9 hs. se realizará la audiencia de debate por la pena.

El suceso violento que dejó como saldo la muerte de Mansilla, se presentó confuso en un comienzo por el contexto en el que se produjo. Esa confusión se fue disipando en la medida en que la prueba permitió establecer cierta mecánica de los sucesos.

Las teorías del caso

Sintetizando las postulaciones de las partes la sentencia indica que el Fiscal General, Dr. Oscar Oro, consideró probado un caso de Homicidio en riña, sosteniendo que el acusado era parte del grupo que acometió a la víctima, desconociendo quién infirió la lesión mortal, y que por lo tanto, debía declarárselo responsable de dicho ilícito. Por su parte, la querellante, representada por el Dr. Hugo Cancino, instó la declaración de responsabilidad del imputado en orden al delito de Homicidio simple en grado de coautor. Para ello, sostuvo que el aporte efectuado por Jairo Fernández en el hecho da cuenta de actos que lo vinculan directamente a la realización del tipo objetivo del delito en análisis. La Dra. Valeria Ponce, defensora del acusado, instó su absolución aduciendo lo contrario, que no fue posible acreditar algún aporte concreto, por parte de su pupilo, en el hecho puntual de la muerte de quién fuera en vida, Balbino Augusto Mansilla.

El hecho

El hecho ocurrió el 2 de agosto de 2014, aproximadamente a las 2:40 hs. en el interior de un bar-pool de Lago Puelo. “Se trata de eventos violentos, dinámicos, traumáticos, que se desarrollan en breves instantes y en el que los “testigos” han tenido cierto grado de protagonismo que los involucra personalmente en el devenir de los sucesos, además de haber ingerido alcohol”, describió uno de los jueces.
La víctima y un amigo estaban bebiendo cerveza en el local cuando ingresaron cuatro sujetos, entre los que estaba el imputado. Luego de jugar algunas partidas, Fernandez junto a otras dos menores de edad, salió del local, aparentemente a tomar una cerveza afuera. Previo a esta salida se habría producido una situación ríspida con la víctima. Cuando estos estaban afuera, Mansilla le dijo en voz alta al cuarto que había entrado con ellos y aún permanecía en el local, que no se junte con los Fernández porque eran mala compañía. Los tres volvieron a entrar. Ahora estaban armados con cuchillos y se dirigieron directamente a la víctima y a su acompañante.

Para los magistrados, lo probado, así como lo señala la descripción del hecho llevada por la acusación, es que Jairo Fernández actuó con conocimiento y decisión de atacar a Mansilla, y que su conducta abarcaba la posibilidad concreta de terminar con la vida de la víctima.
Si bien son tres los que ingresaron en el local participando de esta conducta agresiva, se acreditó que uno se dirigió al acompañante de Mansilla, en tanto que Fernández y el otro menor de edad, lo acometieron a él.

Los jueces Hernán Dal Verme, Martín Zacchino y José Colabelli, interpretaron que del ataque a Mansilla participaron dos personas y esta participación, por sus características, configura una coautoría. No hubo pelea, por lo tanto no hubo homicidio en riña.

Probado que al menos una de las dos puñaladas letales recibidas por la víctima, fue producida por el imputado, la sentencia lo declaró coautor material y penalmente responsable del delito de homicidio simple agravado por la participación de un menor de edad. El 5 de mayo se realizará el debate por la pena.