Este es un espacio informal, no oficial, creado con la finalidad de dinamizar los canales de comunicación entre la Oficina de Comunicación Institucional de la Fiscalía Esquel y todas las personas interesadas en las temáticas de la incumbencia de esta, particularmente los periodistas. Todo el material publicado aquí puede ser utilizado, citando la fuente.
viernes, 13 de mayo de 2016
miércoles, 11 de mayo de 2016
Nuevas tecnologías al servicio de viejos delitos
El grooming, el ciberacoso, el acceso indebido a las comunicaciones personales, la circulación de pornografía infantil, la divulgación de material privado sin consentimiento, utilizan a las nuevas tecnologías para ejecutar conductas sancionadas por la ley penal desde antaño. Si bien las denuncias por delitos informáticos representan una proporción muy baja, es notable su aparición e incremento en los últimos tiempos.
La tecnología promete impunidad al delincuente. Sin embargo
esa promesa no siempre se cumple. Así como existen medios para engañar a las
víctimas, por medios similares puede llegarse a la identidad de quien se
encuentra del otro lado de la pantalla.
Hoy las pantallas son múltiples y los delitos informáticos
se valen de todas ellas para lograr sus fines. Falsear la identidad en las
redes sociales es muy simple y no requiere de ningún software especial. Sin embargo
existen programas de software ofrecidos a la venta, cuya utilidad está
claramente prohibida por la ley.
Hoy utilizar un smartphone, redes sociales y de modo general
internet, sin conocer las reglas de seguridad y aplicarlas, es como subirse al
volante de un fórmula 1 en plena carrera sin mayor experiencia que el manejo de
un auto familiar en la ciudad.
La habitualidad en el uso del home banking, así como las
compras a través de internet, hace que tengamos más claro qué medidas tomar para
proteger las interacciones económicas, pero desconozcamos como proteger a
nuestros hijos en el uso de las redes.
Privacidad
Cuando hablamos de privacidad en internet, nos referimos al
control que ejerce el usuario sobre su información para limitar la cantidad de
personas autorizadas a obtenerla. Esto incluye datos personales, fotografías,
archivos, mensajes, etc.
La fundación Argentina Cibersegura recomienda que seamos
conscientes del impacto global del as redes sociales. Una publicación
realizada, de la cual la persona pueda arrepentirse, además de que podría ser
vista por millones de usuarios, debe considerarse de que es prácticamente
imposible borrarla completamente de la red.
Se recomienda:
1.
Configurar adecuadamente los perfiles en redes
sociales, controlar quiénes podrán acceder a la información que publica el
usuario. Tener como contacto SOLO A PERSONAS CONOCIDAS.
2.
Concientizar a niños y adolescentes sobre los
peligros y alcances de Internet. También los padres deben estar bien
informados.
3.
Mantener un diálogo abierto entre padres e hijos
4.
Instalar un programa de control parental que
permita filtrar sitios y contenidos potencialmente peligrosos para los menores
de edad.
5.
Instalar un antivirus que proteja a la
computadora de códigos maliciosos y ciberdelitos que pueden afectar la
privacidad del usuario en Internet.
Seguridad online
Algunas recomendaciones básicas a tener en cuenta:
- Mantener bloqueada la pantalla del smartphone, es un modo
de evitar que en un descuido del usuario alguna persona active un software
malicioso.
- Utilizar contraseñas fuertes que usen mayúsculas,
minúsculas y números
- Mantener actualizado el sistema operativo y el antivirus.
Proteger las redes inalámbricas domésticas con contraseña. No hacer click en
cada vínculo que llegue por correo electrónico.
- Nunca responder a
un mensaje de SMS o a un mensaje de correo electrónico que diga ser de una
institución financiera y te pida tu nombre de usuario y contraseña para iniciar
sesión.
- No realizar transacciones financieras en redes inalámbricas
sin protección.
- Investigue antes de descargar aplicaciones gratuitas para
teléfonos inteligentes, algunas tienen incorporados códigos maliciosos capaces
de atacar el teléfono o computadora cuando se la sincroniza con el teléfono.
Mas recomendaciones en sitios como Argentina Cibersegura, Grooming
Argentina, además de las recomendaciones de seguridad que ofrecen cada una de
las redes sociales, entidades bancarias, sitios de compra-venta online, en los
apartados específicos.
Acuerdo entre las comunidades Nahuelpan y Prane
La vivienda de la Sra. Corina Coraza, viuda de Cipriano Prane, fue el
lugar en que se reunieron las partes junto a representantes de distintas
instituciones estatales, para firmar un acuerdo respecto de la situación de
límites que ha generado problemas entre ambas comunidades durante muchos años.
De la reunión participaron el Sr. Gonzalo Mondillo Subsecretario de
Relaciones Institucionales, Ezequiel Perrone Director General de Relaciones
Institucionales y Control de Gestión, el Sr. Nahuel Ferez Director de Asuntos
Indígenas de la Provincia, el Dr. Federico Collazo Director del IAC delegación
Oeste, el Comisario Mayor César Gómez Jefe de la URE, el Dr. Ariel Itze Asesor
Legal de Policía, el Teniente Coronel Julian Massi Fileppa en representación
del Regimiento de Caballería de Exploración 3 como observante y el Fiscal
General Marcelo Cretton.
La participación del Ministerio Público Fiscal se efectuó según lo que
establece el Art. 4 de la Ley Orgánica V N° 94. Dicho artículo indica entre las
funciones de la institución la “Conciliación. El Ministerio Público Fiscal
procurará la solución de los conflictos en los que intervenga, tendiendo a la
conciliación positiva de los distintos intereses en aras de la paz social.”
El acuerdo
El acta firmada establece seis puntos consensuados, el primero de ellos
un límite provisorio hasta el 23 de noviembre de 2017, el que parte desde tres
afloraciones rocosas identificadas como “Los tres Morros” (piedra del medio) en
dirección este, teniendo como punto intermedio, como punto del GPS tomado por
personal del IAC; S 42° 59’ 31’’ Y O 71° 10’ 58,8’’ en línea recta al filo alto
del Cerro lindante al Lote 5.
En el segundo punto las comunidades se comprometen a que el camino de
servidumbre entre ambas se transite de manera libre y pacífica. Se comprometen
también a realizar el pastoreo de los animales pertenecientes a cada comunidad,
dentro del límite establecido por las coordenadas, a no realizar construcciones
que puedan afectar el límite acordado y a designar un recorredor para evitar conflictos
en el pastoreo de los animales.
Finalmente el sexto punto establece que ante cualquier diferencia que
surja entre ambas comunidades acuerdan mantener el respeto y la Paz social.
lunes, 9 de mayo de 2016
Visita del Coordinador Provincial de SAVD
El Dr. Luis Amarfil mantuvo reuniones con los profesionales
del Servicio de Asistencia a la Víctima del Delito de Esquel y El Hoyo y luego
se reunió con los fiscales. La visita tiene por finalidad realizar un
relevamiento del trabajo, relevar las necesidades y efectuar aportes a partir
de la evaluación de lo relevado.
Amarfil se desempeña al frente del SAVD desde hace casi un
año, cuando se jubiló la Lic. Silvia Elías. Su política ha sido dar continuidad
a la impronta de trabajo del Servicio que es modelo de intervención más allá de
las fronteras nacionales.
En la reunión de trabajo se analizaron los criterios de
intervención del organismo, actuación en casos de violencia familiar,
elaboración de informes, ámbito de intervención y sus alcances.
El Servicio de Asistencia a la Víctima del Delito es un
organismo auxiliar del Ministerio Público Fiscal, que tiene como objetivo
brindar asistencia integral a las Víctimas del Delito y a los Testigos,
facilitando su participación activa en el proceso penal.
El trabajo se articula con un Modelo de Atención Integral, interdisciplinario,
que permite ofrecer asesoramiento jurídico, orientando e informando durante el
proceso penal; asistencia y gestión social para facilitar a las víctimas el
acceso a los recursos institucionales; y asistencia psicológica, para
contribuir a que la víctima supere los efectos dañosos que el delito hubiera
ocasionado.
A su vez, el área Procomunidad realiza acciones de carácter
Preventivo, tales como capacitación, concientización, difusión y
sensibilización de la problemática victimológica.
El SAVD es un servicio gratuito y confidencial del
Ministerio Público Fiscal para atender a las personas que fueron víctimas de un
delito, sus familiares y seres queridos. El equipo está compuesto por trabajadores
sociales, psicólogos y abogados.
viernes, 6 de mayo de 2016
Seguridad ciudadana
La Oficina Fiscal de
Esquel integrará el Foro de Seguridad impulsado por el Ministerio de Gobierno
de la Provincia. La Fiscal Jefe María Bottini recibió a la Directora General de
prevención del delito y participación ciudadana, Vanesa Beltran, a la Directora
General de Acceso a la Justicia, María Suquía y a Tramara Sandoval a cargo de
Coordinación y Enlace.
El Foro se constituirá
como un ámbito de trabajo interinstitucional. La Fiscalía está especialmente
interesada en fortalecer el trabajo en red que desde hace varios años se viene
articulando a través del Servicio de Asistencia a la Víctima del Delito, en
toda la circunscripción. Fundamentalmente para las personas que viven en zonas
rurales, así como en las localidades pequeñas, se hace complejo tomar contacto
con las instituciones que se encuentran en la ciudad cabecera. En estos casos
es fundamental la capacitación de los operadores del lugar y la articulación y
trabajo en red con las instituciones de referencia.
El Código Procesal
Penal de Chubut establece un sistema de participación de la víctima y de la
ciudadanía en la investigación penal, en las distintas etapas procesales e
incluso en la decisión respecto de los casos más graves. Esto último será
factible en cuanto se ponga en vigencia el sistema de juicio por jurados. Sin
embargo aún estos mecanismos no son suficientemente conocidos y practicados por
la población.
El Ministerio Público Fiscal,
a través del área de Comunicación Institucional, ofrece desde hace siete años,
la posibilidad de participar del programa Fiscalía Abierta, dirigido a la
población en general y en particular a los estudiantes de nivel secundario, con
el objetivo de promover la participación ciudadana en el sistema de justicia
penal.
miércoles, 4 de mayo de 2016
La investigación criminal. Reunión de Fiscales con Criminalística
De la reunión participaron la Fiscal Jefe María Bottini, los
Fiscales Fidel González, Fernanda Révori y Marcelo Cretton, el Jefe Provincial
de Criminalística Claudio Fernández y los Licenciados Damián Leyes y Celira
Cozzoli.
martes, 3 de mayo de 2016
Cuando el uso del derecho se convierte en abuso
Este fue el punto en discusión en una audiencia desarrollada el martes por la mañana en los Tribunales de Esquel. Esta vez la Fiscalía no planteó el incumplimiento por parte del imputado, sino el modo en que este forzaba los límites de la prohibición de acercarse a menos de 50 mts. de la casa de la denunciante. El juez escuchó a la víctima y al imputado y resolvió modificando su disposición anterior por considerar que el sujeto estaba “caminando por la cornisa” y afectando psicológicamente a la víctima.
Todo se inició con una denuncia por
violencia familiar. En ese marco a pedido de la Fiscalía, el juez Martín O’
Connor dispuso la exclusión del hogar y prohibición de acercamiento del
denunciado hacia la denunciante. Inicialmente la medida se impuso por una
distancia de 200 mts. Esta distancia fue recortada a 50 mts. en una resolución
posterior por entender que el imputado necesitaba asistir a establecimientos
que se sitúan en ese rango de distancia.
La situación que se planteó ahora es que,
según sostiene la víctima, el imputado pasaría mucho tiempo instalado en la
esquina de su casa, tomando mate. A exactos 50 mts. de la vivienda. La mujer
relató cómo se siente, el temor que esto le produce y como se ve obligada a
recluirse en la casa para no cruzarse con él.
Por su parte el imputado planteó la crítica
situación en la que vive, diciendo que está en “situación de calle”. Negó las
afirmaciones de la víctima, habló de las necesidades por las que pasa desde que
fue excluido de ese hogar, entre otros datos que procuraron mostrar al juez su
situación de necesidad aparentemente extrema.
A la hora de resolver el magistrado aclaró
que no es de su competencia atender las dificultades que planteó el imputado,
sino que para ello están las áreas sociales municipales y de la Defensa. Sin
embargo indicó que si el imputado tiene pertenencias personales que le quedaron
en la vivienda al ser excluido, puede hacer el planteo concreto y se le
autorizará a ir a retirarlas acompañado por personal policial. Pero estas
carencias no pueden utilizarse como excusa para incumplir con lo que ahora
estableció el juez. El hombre rechazó esta posibilidad y sostuvo que se arregla
con lo que tiene.
Al resolver sobre el juez le explicó que “lo
que se discute no es que usted ha incumplido la orden judicial… se denunció que
usted, fuera de los 50 mts., permanece en la esquina por un tiempo prolongado o
pasa en varias oportunidades por esa esquina”. Siguiendo su explicación indicó
que “se está hablando de una situación análoga al abuso del derecho: no
incumple pero está atravesando por la frontera de ese incumplimiento, está
forzando la situación, caminando por la cornisa”, graficó.
O' Connor señaló que no puede tolerarse la
situación ya que las medidas de protección procuran brindar la condiciones para
que la damnificada pueda recuperarse desde el punto de vista físico, psíquico y
social. Hoy la veo a la presunta víctima del caso afectada psicológicamente y
esta afectación es por esta actitud".
Hizo lugar al pedido de la funcionaria de
Fiscalía Julia Mateos y volvió a extender a 200 mts. la prohibición de
acercamiento. "Porque de lo contrario usted se podría quedar horas y horas
en esa esquina tomando mate y la señora sería como una presa en su propia casa
y eso yo no lo voy a permitir". La medida permite como excepción que el
imputado asista al Hospital únicamente en situaciones de urgencia, las que
deberán ser certificadas como tales y presentadas a la Comisaría.
Además, el magistrado dispuso rondines varias
veces por día para verificar que no está incumpliendo con la disposición
judicial.
Violencia doméstica
La violencia familiar o doméstica fue
definida por la ley 26.485 de Protección Integral a las Mujeres. Indica que este
tipo de violencia es aquella ejercida contra las mujeres por un integrante del
grupo familiar, independientemente del espacio físico donde ésta ocurra, que
dañe la dignidad, el bienestar, la integridad física, psicológica, sexual,
económica o patrimonial, la libertad, comprendiendo la libertad reproductiva y
el derecho al pleno desarrollo de las mujeres. Se entiende por grupo familiar
el originado en el parentesco sea por consanguinidad o por afinidad, el
matrimonio, las uniones de hecho y las parejas o noviazgos. Incluye las
relaciones vigentes o finalizadas, no siendo requisito la convivencia.
La norma establece taxativamente las
medidas de las que puede valerse el juez para garantizar la protección de la
mujer víctima, en tanto medias preventivas urgentes, indicando que debe
disponer la más adecuada para el tipo de violencia y por el plazo que resulte
necesario, fundamentando la debidamente esta decisión. Entre otras establece la
prohibición de acercamiento a la mujer y a los lugares que ella frecuenta
habitualmente, prohibir al agresor la compra o tenencia de armas, ordenar
medidas de seguridad en el domicilio de la mujer, ordenar la exclusión del
hogar del agresor, etc.
Homicidio en El Hoyo
Esta
mañana fue hallado sin vida César Ivan Riffo en una chacra distante
aproximadamente a un kilómetro del casco urbano de El Hoyo. Trabajan en
el lugar el fiscal, el Servicio de Asistencia a la Víctima del Delito y
la Brigada de investigaciones. Se trataría de una muerte violenta,
aparentemente por al menos tres disparos de arma de fuego. Sin embargo
esta información recién podrá corroborarse con la intervención forense.
Esta tarde se trasladará el cuerpo a la morgue de Esquel, en tanto que
el miércoles por la mañana se practicará la autopsia.
lunes, 2 de mayo de 2016
Delitos cibernéticos
Recientemente tomó
estado público una de las investigaciones que lleva adelante la Fiscalía por
presuntos delitos cometidos a través de la tecnología. Exhibición de
pornografía a menores de edad, grooming, corrupción de menores, son algunos de
los tipos penales bajo la lupa. La tecnología ofrece nuevos recursos para
viejos delitos, exige utilizar otras estrategias para su detección y sanción,
y, fundamentalmente, requiere de mayor conocimiento por parte de los niños y de
los adultos responsables para prevenirlos.
Recientemente se llevaron a cabo allanamientos por contar
con datos que indicarían, al menos la facilitación de pornografía por parte de
un adulto a niños de entre 10 y 12 años. Esta conducta está prevista como
delito por el Código Penal de la Nación. No se descarta que de las pericias del
material secuestrado pudiera variar la hipótesis de los investigadores y
dirigir la investigación hacia otras figuras penales.
En este caso el alerta llevó a través de la familia de
algunos niños. El rol de los adultos de referencia es central, aunque hay
investigaciones que se inician por otras vías. Recientemente la Procuración
General dio intervención a Oficinas Fiscales de la provincia, entre ellas la de
Esquel, respecto de un alerta generado por una ONG internacional que detectó la
circulación de pornografía infantil. Este dato puso en marcha una investigación
que implicó el secuestro de material sobre el que también se realizan pericias
en estos momentos. El ciberacoso no solo recae sobre niños, también los adultos
resultan vulnerables.
Grooming
La ONG Argentina Cibersegura define al Grooming o ciberhostigamiento como acciones deliberadamente
emprendidas por un adulto con el objetivo de ganarse la amistad de un menor de
edad, con el fin de disminuir las inhibiciones del niño e influirlo para que
realice acciones de índole sexual.
Según los datos arrojados por una encuesta realizada por el equipo de investigación de ESET Latinoamérica, para el 68,3% de los adultos consultados, el Grooming es una amenaza muy frecuente. A su vez, el 26,3% confirmó conocer un niño que ha sido víctima de Grooming
Cómo podemos proteger
a nuestros niños
La ONG National Center For Missing and Exploited Children,
ofrece información muy clara y útil para saber a qué prestart atención y qué
hacer en caso de sospecha.
Para ayudar a proteger a los niños de los predadores
sexuales en línea, es importante que los padres y tutores entiendan cómo las
vulnerabilidades de los niños los hacen susceptibles a ser manipulados por
estos predadores.
Curiosidad
Los niños son naturalmente curiosos sobre el sexo. Actuando
como guías, los predadores pueden explotar esta curiosidad y atraer
gradualmente a los niños a una actividad sexual. Los adolescentes que
cuestionan su sexualidad se exponen a un riesgo mayor, ya que pueden ingresar
en línea intentando buscar apoyo y compañía. En cambio, podrían encontrar adultos
buscando sacar provecho de esta vulnerabilidad.
Necesidad de atención
Aun cuando reciben atención total por parte de sus familias,
los niños reclaman atención de otras personas, particularmente, de aquellos que
perciben como más grandes y maduros. Los predadores pueden ofrecer afecto y
halagos a los niños con el fin de presionarlos para realizar actos sexuales.
Rebeldía
Los niños pueden volverse rebeldes a medida que llegan a la
adolescencia, y los predadores pueden aprovecharse de esta situación. Es
posible que un niño que es victimizado desobedeciendo las normas establecidas
por sus padres no quiera admitirlo por miedo a ser castigado.
Respeto hacia los
adultos
Debido a que lo niños aprenden a obedecer y respetar a los
adultos, pueden tener menos probabilidades de desobedecer indicaciones dadas
por un adulto, incluso aquellas que los hacen sentir incómodos. Un adulto que
busca hacerle daño a un niño puede aprovecharse de esto para influenciar la
conducta del menor.
Qué podemos hacer
Mucha gente supone que los niños que corren riesgo de ser
víctimas son aquellos descuidados por sus hogares o que provienen de familias
disfuncionales. Sin embargo, todos los niños, incluso aquellos provenientes de
familias que les brindan apoyo, pueden correr el riesgo de ser victimizados.
Aliente a su hijo a que acuda a usted inmediatamente si alguien lo hace sentir
incómodo en línea o si intenta encontrarse con él personalmente.
Señales que indican
que es posible que un predador en línea esté en contacto con su hijo
·
Su hijo comienza a retraerse y aislarse de su
familia y amigos.
·
Encuentra material inapropiado en la
computadora.
·
Su hijo recibe correspondencia, dinero o regalos
de desconocidos.
·
Observa números de teléfonos desconocidos al
revisar la factura.
·
Qué hacer si su hijo es victimizado
·
Tenga en claro que la victimización no es culpa
de su hijo/a.
·
Guarde toda evidencia de victimización, tales
como correos electrónicos o conversaciones por medio de mensajes instantáneos.
·
Comuníquese con la policía o con la Fiscalía.
Hostigamiento cibernético
El hostigamiento cibernético es exactamente lo que parece:
hostigamiento a través de aplicaciones y tecnologías de Internet, tales como
mensajes instantáneos, sitios de redes sociales y teléfonos celulares. Puede
comenzar fácilmente con un rumor, una foto o un mensaje reenviado, y puede
salirse fácilmente de control. Un video vergonzoso publicado la noche anterior
en un sitio de redes sociales por alguien en Kansas puede ser visto por alguien
en Japón al día siguiente. Las víctimas de hostigamiento cibernético pueden ser
atacadas en cualquier lugar y momento.
Formas comunes de
hostigamiento cibernético
·
Insultos y mensajes provocadores: enviar o
publicar mensajes hostiles con la intención de "caldear" los ánimos
de otras personas.
·
Happy-Slapping: grabar a alguien mientras
es acosado o hostigado de una manera que generalmente incluye maltrato físico y
después publicar el video en línea para hacerlo público.
·
Robo de identidad/suplantación: robar la
contraseña o la cuenta en línea de alguien para enviar o publicar fotografías,
videos o información incriminatoria o humillante.
·
Manipulación de fotografías digitales: alterar
imágenes digitales, de modo que el sujeto principal se vea en una situación
comprometedora o vergonzosa.
·
Amenazas físicas: enviar mensajes que
incluyan amenazas a la integridad física de una persona.
·
Esparcir rumores: difundir chismes mediante
correos electrónicos, mensajes de texto o sitios de redes sociales.
Señales de que su hijo
puede ser víctima de hostigamiento cibernético
·
Su hijo evita la computadora, el teléfono
celular y otros dispositivos tecnológicos, o parece estresado cuando recibe un
correo electrónico, un mensaje instantáneo o uno de texto.
·
Su hijo se aparta de la familia y sus amigos, o
no quiere asistir a la escuela ni a eventos sociales.
·
Su hijo evita las conversaciones sobre el uso de
la computadora.
·
Su hijo muestra señales de baja autoestima,
incluyendo depresión y/o miedo.
·
Sus calificaciones empeoran.
·
Tiene hábitos deficientes de alimentación o de
sueño.
Consejos
·
Dígale a su hijo que no conteste correos
electrónicos, mensajes ni comentarios groseros.
·
Guarde la evidencia, como correos electrónicos y
mensajes de texto, y tome capturas de la pantalla de los comentarios e
imágenes. Además, tome nota de la fecha y la hora en que ocurre el acoso.
·
Póngase en contacto con su proveedor de servicio
de Internet (Internet Service Provider, ISP) o su proveedor de telefonía
celular. Pídale al administrador del sitio web o al proveedor de servicio de
Internet que retire las páginas web creadas para lastimar a su hijo.
·
Si el acoso ocurre a través de correos
electrónicos, sitios de redes sociales, mensajes instantáneos y salas de chat,
enséñele a su hijo a "bloquear" a los hostigadores cibernéticos o
borre la cuenta actual de su hijo y abra una nueva.
·
Si el acoso ocurre a través de mensajes de
texto y de teléfono, cambie el número de teléfono e indíquele a su hijo que
comparta el nuevo número solamente con personas dignas de confianza. También,
verifique si las funciones del teléfono le permiten bloquear el número.
·
Involucre a la escuela a la que asiste su hijo.
Conozca la política de la escuela sobre el hostigamiento cibernético e insista
para que los administradores tomen una postura en contra de todas las formas de
intimidación.
·
Realice una denuncia
viernes, 29 de abril de 2016
Una mancha más al tigre
Según la imputación el 9 de diciembre de 2014 Julio Airolde
Rolon, suscribió un boleto de compra y venta automotor con un vecino de Esquel,
por un automóvil marca “Chevrolet” modelo “Classic 4 LT” a sabiendas que tenía
una prohibición de no circular solicitada por el titular del automotor porque
los cheques con los que le pagó el Sr. Julio Rolon serían robados.
El área de Comunicación Institucional de la ciudad del
petróleo informó sobre la audiencia. En ella la fiscal Camila Banfi describió
los hechos indicando que los ocho imputados, tomaron parte en una banda que
desde febrero de 2012 hasta junio de 2015 se dedicaron a cometer ilícitos
contra la propiedad mediante estafas con automotores. Dichos ilícitos se
desarrollaron en las localidades de Comodoro, Trelew, Gral. Conesa y Viedma.
Hubo acuerdo de voluntades y planificación de los imputados para falsificar y
adulterar Instrumentos Públicos, afirmó el fiscal. Solicitando se impute a
Julio Rolon la figura de jefe y a los demás integrantes ayudan para obtener los
rodados simulando ser empresarios. Calificando provisoriamente el hecho como
“asociación ilícita”, en carácter de autores para los ocho y respecto a Julio
Rolon como jefe.
jueves, 28 de abril de 2016
Homicidio de Balbino Augusto Mansilla
El hecho ocurrió el 2 de agosto de 2014 en
Lago Puelo. La investigación contó con la participación de la familia
constituida como querellante durante el proceso, tal como lo prevé el Código
Procesal Penal. Este mes se realizó el juicio. Un tribunal colegiado debió
decidir sobre la responsabilidad penal del imputado Jairo Facundo Fernández. La
Defensa pidió su absolución, en tanto que el Fiscal Oscar Oro y la querella
representada por el Dr. Hugo Cancino, postularon su responsabilidad con
calificaciones jurídicas distintas. El tribunal dictó sentencia de
responsabilidad por el delito de homicidio simple agravado por la participación
de un menor de edad. El 5 de mayo a las 9 hs. se realizará la audiencia de
debate por la pena.
El suceso violento que dejó como saldo la
muerte de Mansilla, se presentó confuso en un comienzo por el contexto en el
que se produjo. Esa confusión se fue disipando en la medida en que la prueba
permitió establecer cierta mecánica de los sucesos.
Las teorías
del caso
Sintetizando las postulaciones de las
partes la sentencia indica que el Fiscal General, Dr. Oscar Oro, consideró
probado un caso de Homicidio en riña, sosteniendo que el acusado era parte del
grupo que acometió a la víctima, desconociendo quién infirió la lesión mortal,
y que por lo tanto, debía declarárselo responsable de dicho ilícito. Por su
parte, la querellante, representada por el Dr. Hugo Cancino, instó la
declaración de responsabilidad del imputado en orden al delito de Homicidio
simple en grado de coautor. Para ello, sostuvo que el aporte efectuado por
Jairo Fernández en el hecho da cuenta de actos que lo vinculan directamente a
la realización del tipo objetivo del delito en análisis. La Dra. Valeria Ponce,
defensora del acusado, instó su absolución aduciendo lo contrario, que no fue
posible acreditar algún aporte concreto, por parte de su pupilo, en el hecho
puntual de la muerte de quién fuera en vida, Balbino Augusto Mansilla.
El hecho
El hecho ocurrió el 2 de agosto de 2014, aproximadamente
a las 2:40 hs. en el interior de un bar-pool de Lago Puelo. “Se trata de
eventos violentos, dinámicos, traumáticos, que se desarrollan en breves
instantes y en el que los “testigos” han tenido cierto grado de protagonismo
que los involucra personalmente en el devenir de los sucesos, además de haber
ingerido alcohol”, describió uno de los jueces.
La víctima y un amigo estaban bebiendo
cerveza en el local cuando ingresaron cuatro sujetos, entre los que estaba el
imputado. Luego de jugar algunas partidas, Fernandez junto a otras dos menores
de edad, salió del local, aparentemente a tomar una cerveza afuera. Previo a
esta salida se habría producido una situación ríspida con la víctima. Cuando
estos estaban afuera, Mansilla le dijo en voz alta al cuarto que había entrado
con ellos y aún permanecía en el local, que no se junte con los Fernández
porque eran mala compañía. Los tres volvieron a entrar. Ahora estaban armados
con cuchillos y se dirigieron directamente a la víctima y a su acompañante.
Para los magistrados, lo probado, así como
lo señala la descripción del hecho llevada por la acusación, es que Jairo
Fernández actuó con conocimiento y decisión de atacar a Mansilla, y que su
conducta abarcaba la posibilidad concreta de terminar con la vida de la
víctima.
Si bien son tres los que ingresaron en el
local participando de esta conducta agresiva, se acreditó que uno se dirigió al
acompañante de Mansilla, en tanto que Fernández y el otro menor de edad, lo
acometieron a él.
Los jueces Hernán Dal Verme, Martín
Zacchino y José Colabelli, interpretaron que del ataque a Mansilla participaron
dos personas y esta participación, por sus características, configura una
coautoría. No hubo pelea, por lo tanto no hubo homicidio en riña.
Probado que al menos una de las dos
puñaladas letales recibidas por la víctima, fue producida por el imputado, la
sentencia lo declaró coautor material y penalmente responsable del delito de homicidio
simple agravado por la participación de un menor de edad. El 5 de mayo se
realizará el debate por la pena.
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