Fue el Tribunal que tuvo a su cargo la revisión de lo dispuesto un día antes por la Dra. Carina Estefanía. Los magistrados consideraron que al no encontrarse incomunicado, el imputado en la Comisaría, también podría intentar entorpecer la investigación. Así decidieron modificar los diez días de prisión efectiva por treinta días de prisión domiciliaria en el domicilio de su madre en Comodoro Rivadavia. El traslado se produjo anoche. Una comisión policial llevó al joven de 19 años hasta el colectivo y allí lo entregó a su madre, al llegar a Comodoro otra comisión policial lo esperaba para confirmar su llegada y llevarlo hasta el domicilio donde deberá permanecer, bajo la responsabilidad de su madre y con controles periódicos de la policía. También tiene prohibido contactarse por cualquier medio con el coimputado y con la familia de este. Recordemos que el menor cumple arresto domiciliario y actividades diarias en el COSE.
Los Dres. Jorge Eyo y Nelly García conformaron el Tribunal que llevó adelante la revisión solicitada por el abogado defensor del imputado. El letrado había solicitado la audiencia cuando la Juez que intervino en la última audiencia decidió prolongar por diez días la prisión en Comisaría, disponiendo que ese cumplimiento fuera en la Comisaría de Trevelin.
Luego de escuchar a las partes reiterar sus interpretaciones y pretensiones, la Dra. García fue la vocera de la decisión judicial. Para ellos no se puso en tela de juicio la posible autoría en cabeza del imputado, sino que lo que debe discutirse exclusivamente es si existe peligro de entorpecimiento y con qué medidas puede minimizarse ese riesgo.
Por terceros
Los Jueces advirtieron que la posibilidad de actuar a través de terceros no puede neutralizarse efectivamente con una prisión preventiva, ya que no está incomunicado. Por lo cual, en algún contacto con familiares y visitas, el imputado podría intentar actuar a través de terceros, lo que en este caso no se constató que hubiera ocurrido. La medida sí garantiza que el detenido no pueda actuar de modo directo en el entorpecimiento.
El menor
El coimputado, un menor imputable de 17 años, está cumpliendo una medida menos gravosa, ya que se dispuso la prisión domiciliaria, pese a que están en una posición semejante desde lo procesal.
La Jueza señaló que en la situación de intercambio de mensajes de texto cuando se realizaban los allanamientos, fue el menor el que le dijo a este imputado que se deshaga de las cosas del taxista, es decir que él tuvo una actitud pasiva en el entorpecimiento. Luego de esto no se constató ninguna otra actividad tendiente a entorpecer la investigación por parte de ninguno de los dos imputados.
La magistrada señaló que no puede hablarse de falta de contención de los padres ya que este es un hecho aislado, aunque grave, no se tienen antecedentes de otros hechos delictivos que hayan tenido al imputado por protagonista.
Con mamá
Los magistrados decidieron reemplazar la prisión efectiva por una prisión domiciliaria en la vivienda de los padres, con la custodia y vigilancia de su madre la que se comprometió en la audiencia a controlarlo.
También se le prohibió comunicarse con el coimputado y con la familia directa de este.
Para asegurarse que permanecerá en el domicilio, se libró un oficio a la Unidad Regional de Comodoro Rivadavia para que realice controles diarios y rondas periódicas por la vivienda.
Como la medida sigue siendo una prisión preventiva, se dispuso que una comisión policial conduciría al joven hasta el colectivo de la noche en el que viajó de regreso a Comodoro con su madre. Otra comisión los recibiría en la ciudad petrolera para trasladarlo hasta la vivienda en la que deberá permanecer.
En treinta días se realizará una nueva audiencia de control de la medida, a menos que esta debiera adelantarse al constatar algún incumplimiento.
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