LA FISCALÍA PIDIÓ LA IMPOSICIÓN DE 27 AÑOS DE PRISIÓN
El Fiscal entendió que esa es la cifra que mas se ajusta a las condiciones particulares de Ampuero y a su grado de participación en los hechos delictivos de los días 22 y 23 de mayo de 2005 en El Maitén. Según este criterio, Ampuero tuvo que hacer un gran esfuerzo para colocarse en tal grado de vulnerabilidad ante la ley penal y por lo tanto la pena debe ser igualmente alta. La Defensa solicitó que se le aplique el mínimo previsto en la escala. La sentencia se conocerá en el día de mañana viernes a las 14:15 hs. en la Sala 2.
El Fiscal entendió que esa es la cifra que mas se ajusta a las condiciones particulares de Ampuero y a su grado de participación en los hechos delictivos de los días 22 y 23 de mayo de 2005 en El Maitén. Según este criterio, Ampuero tuvo que hacer un gran esfuerzo para colocarse en tal grado de vulnerabilidad ante la ley penal y por lo tanto la pena debe ser igualmente alta. La Defensa solicitó que se le aplique el mínimo previsto en la escala. La sentencia se conocerá en el día de mañana viernes a las 14:15 hs. en la Sala 2.
La audiencia fue breve, en menos de una hora las partes efectuaron sus alegatos. La Fiscalía evitó entrar en detalles sobre la conducta desplegada por el imputado en los hechos por los que se lo condenó y se remitió a lo que describe la propia sentencia del Tribunal Colegiado que ahora deberá decidir la pena a imponer. La escala penal aplicable por los delitos por los que efectivamente resultó condenado Ampuero, va desde los 13 años y 4 meses y los 33 años de prisión. Fernando Rivarola resaltó su discrepancia con lo que finalmente resolvió el Tribunal en su sentencia y adelantó que se analizará si presentar un recurso ante el Superior Tribunal o no. El punto central de la diferencia de criterio entre el acusador y los jueces es el tipo de concurso. Mientras que la Fiscalía había planteado que los delitos concursar realmente el Tribunal sostuvo que el tipo de concurso es ideal. Esto baja la escala penal disponible.
Los agravantes
En este aspecto Rivarola sostuvo que el tipo penal aplicado tanto en su mínimo como en su máximo contempla ya la gravedad del delito cometido, lo que surge de la naturaleza de la acción y de los medios utilizados para cometerlo. “Ha quedado muy claro en el fallo: la cantidad de medios que se han dispuesto en forma organizada, la entidad del ataque a la libertad de nueve personas, la agresión física, la utilización de armas de fuego de alto poder ofensivo, una de ellas incluso con silenciador, y fundamentalmente si hay un extremo que ha quedado acreditado en la audiencia ha sido la extensión del daño y el peligro causado”, resaltó el Fiscal.
Los más afectados fueron las nueve personas que resultaron privadas de la libertad y que padecen graves secuelas psicológicas que probablemente las acompañen en resto de su vida. Pero también se afectó al Banco de El Chubut y consecuentemente a la provincia, no solo por el dinero robado sino por los costos que se debió enfrentar luego para la persecución penal y la realización de dos juicios.
Peligros
El Fiscal se refirió a los peligros generados por la acción de Ampuero y sus secuaces en el robo. “Siempre desde el Ministerio Público Fiscal resaltamos que en los hechos con arma de fuego se está a unos segundos de uno de los peores homicidios previstos en el Código Procesal Penal que es el homicidio en ocasión de robo o el homicidio resultante de la privación ilegal de la libertad. Basta una reacción no esperada, un movimiento reflejo, una actividad policial también inesperada, para que se produzcan uno, dos, tres… en este caso se podrían haber producido nueve homicidios tranquilamente. Las armas estaban preparadas para eso, estaban acondicionadas para ser usadas y no cabe duda que las hubieran usado…”, sostuvo Rivarola.
Mucho esfuerzo
También se consideró como agravante que sea aunque joven, un hombre adulto, con un nivel de educación medio, secundario completo y alguna “iniciativa en el área terciaria”. Rivarola lo calificó como una persona culta, inteligente y con una familia que lo acompañó antes, durante y después del proceso. Según su criterio tuvo que realizar un gran esfuerzo para ponerse en oposición a la ley penal, para colocarse en este grado de vulnerabilidad a la ley. No se trata de un caso ayudado por condiciones económicas que lo condicionen, sino mas bien lo contrario. “Llegó al delito por voluntad propia”.
El jefe
Además su condición de jefe de la banda, de ser el que daba las órdenes, de ser el autor de las agresiones físicas a las víctimas, el encargado de la reducción, de determinar como y cuando se llevaban a cabo cada una de las acciones.
Para el Fiscal con todo lo analizado se habla de un cierto grado de peligrosidad.
La pretensión
Por todo esto Rivarola solicitó la aplicación de una pena de 27 años de prisión, accesorias legales y costas.
La Defensa pidió el mínimo
La Defensora particular solicitó que se aplique el mínimo de la escala penal porque su defendido no tiene antecedentes penales y porque no debe usarse en su contra la existencia de fugas.
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