miércoles, 21 de enero de 2009

Incendio Agravado y Lesiones


JOVEN EN LIBERTAD CONDICIONAL VOLVIÓ A QUEDAR DETENIDO POR UN NUEVO PROCESO

Diego Alberto Puente, goza de libertad condicional luego de cumplir parte de la condena a tres años de prisión por haber cometido dos robos en Esquel. El lunes pasado habría golpeado a su novia y luego quemó la vivienda en que ella había entrado para refugiarse. Después de esto se dio a la fuga hacia Esquel. La Fiscalía pidió su detención y en una audiencia le imputó los nuevos delitos, solicitó el dictado de la prisión preventiva y la fijación de otra audiencia para pedir que se le revoque la libertad condicional. Con la oposición de la Defensa, el Juez resolvió dictar la prisión preventiva hasta el juicio. La medida la cumplirá en la Comisaría Segunda. La Oficina Judicial fijará fecha para tratar el pedido Fiscal de revocar el beneficio de la libertad condicional en el otro proceso. Cuando ese beneficio se otorgó la Fiscalía había manifestado su rotunda oposición por considerar que Puentes no se encontraba en condiciones de reinsertarse socialmente.


El imputado estuvo a cargo de una pastora de la localidad de Gualjaina, pero hace algún tiempo, por diferencias que tuvieron y porque conformó una pareja, se lo autorizó a cambiar de domicilio, aun dentro de la misma localidad, aunque ahora con su pareja en una vivienda que les prestaron.
Este lunes alrededor de las 22 hs. tuvo una discusión con la joven y le dio un golpe de puño en el rostro. Ella logró escapar, refugiándose en la casa de su hermana, ubicada muy cerca de allí. Como no había nadie en la vivienda entró por una ventana y se guareció en el baño. Puentes la siguió, pateó la puerta, rompió los vidrios y luego incendió la vivienda poniendo en serio riesgo la vida de su novia y destruyendo la propiedad y todos los bienes de un matrimonio con sus tres hijos, los que quedaron en la calle.
El hecho fue calificado por la fiscalía como lesiones leves en concurso real con incendio agravado.

Peligros procesales

La cantidad de elementos de prueba en contra del imputado, la gravedad de los hechos que cometió y su actitud procesal además de sus antecedentes penales, fueron tomados por la Dra. Ruth Monge para solicitar que se dicte la prisión preventiva hasta la realización del Juicio y que se fije otra audiencia para que se trate el pedido Fiscal de revocación de la libertad condicional.
La Funcionaria de Fiscalía indicó que el informe policial sostiene que Puentes luego de cometer el hecho se dio a la fuga, pese a que por su situación debía informar antes de ausentarse del lugar donde fijó su residencia. La madre de las víctimas vive en Esquel, y vio al imputado en una casa cercana a su vivienda. Atemorizada fue a la Fiscalía a informar esto, facilitando ubicar el lugar donde se hallaba el imputado, lugar en el que fue detenido por disposición del Juez de turno a pedido de la Dra. Monge.

La situación de los testigos

Los testigos están atemorizados. Uno de ellos dijo expresamente que si el imputado regresa a Gualjaina el no prestaría su testimonio. La víctima fue golpeada en otras oportunidades por Puentes, aunque nunca realizó la denuncia. El imputado amenazó de muerte a un familiar de su novia en una oportunidad en que estaba excedido en alcohol. Todos estos antecedentes sirvieron de base para el pedido Fiscal relacionado con el temor de los testigos y el riesgo cierto de entorpecimiento para la investigación.

Reincidente

Puentes no delinquió por primera vez en Esquel, ni fueron los delitos por los que aquí se lo condenó los primeros que merecieron condena. En dos oportunidades previas fue declarado reincidente por un Tribunal de Neuquén, provincia de la que es oriundo.
Estos nuevos delitos, aun estando sometido a una condena, evidencian a criterio de la Fiscalía, que no está en condiciones de reinsertarse socialmente, al menos por el momento.

El planteo de la Defensa

La Dra. Valeria Ponce, en representación de la Defensa Pública, consideró que no puede hablarse de riesgo de fuga ya que en el marco de su libertad condicional Puente colaboró permanentemente con la justicia e intentó cumplir con todo aquello que se le impuso. La letrada señaló que si bien no puede ofrecer un domicilio alternativo para que cumpla un arresto domiciliario, no existiendo a su criterio peligro de fuga, el entorpecimiento de la investigación puede resguardarse imponiendo una presentación periódica en la Oficina Judicial y la prohibición de acercamiento hacia las víctimas, además de otras medidas que pudiera disponer el Juez.

Vuelta adentro

El Dr. Jorge Criado inició su resolución anticipando a Puentes que dictaría su prisión preventiva, fundamentalmente por peligro de fuga y que por este motivo, siendo el riesgo mayor, no se extendería en las apreciaciones respecto del entorpecimiento de la investigación. Para el magistrado hay elementos para considerar que es con probabilidad el autor de los hechos que se le imputan, los hechos son sumamente graves y su falta de arraigo, sumada a su actitud luego de cometido el hecho, dan cuenta de un objetivo peligro de fuga.
Así el magistrado dispuso la prisión preventiva hasta el juicio, en una dependencia de Esquel - sería en la Comisaría Segunda - y determinó un plazo de tres meses para que la Fiscalía complete la investigación y presente la acusación pública. Este plazo solo se podrá prorrogar de modo excepcional si la demora es debidamente fundada.

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