lunes, 14 de diciembre de 2009

Violación de los deberes de Funcionario Público y Falsedad ideológica


COMENZÓ EL JUICIO

Un Tribunal Unipersonal está abocado a dilucidar si existieron irregularidades en la entrega en guarda de un bebé a una pareja, y en tal caso si esa responsabilidad corresponde achacársela a la Juez de Paz de la localidad de Río Pico, imputada en esta causa. Este lunes se realizaron los alegatos de apertura de las partes y se comenzó con la declaración de los testigos que continuaría al menos otras dos jornadas. El Defensor particular planteó al comienzo de la jornada un planteo de nulidad del allanamiento en el que se secuestraron las actas en las que se basa la acusación. El planteo fue rechazado por la magistrada.


La Agencia de Investigación de delitos complejos del Ministerio Público Fiscal fue la encarga de llevar a cabo la investigación que concluyó en la acusación contra Leticia Vidma Almendra de Gonzalez de haber cometido los delitos de Violación de los Deberes de Funcionario Público en concurso real con Falsedad Ideológica.

El caso Fiscal

Zacchino relató que se investiga el hecho sucedido en Rio Pico, días antes del 21 de abril de 2008. Una mujer dio a luz un niño manifestando en el Hospital su imposibilidad o su desinterés en mantener con ella a la criatura. Según la Fiscalía, luego de esto la Juez de Paz de la localidad se hizo presente en el nosocomio con la finalidad de realizar una serie de documentos e inmediatamente después, omitiendo el cumplimiento de las normas civiles e integrales del protección del niño – trámite que corresponde – otorgó o facilitó a un matrimonio oriundo de la ciudad Autónoma de Buenos Aires, siendo aparentemente oriunda de Río Pico la mujer, la guarda del pequeño.
Zacchino indicó que el debate no está destinado a reprochar la actitud de los guardadores, sino que se centrará en la omisión funcional de la Juez de Paz, quien no solo facilitó esta guarda (caracterizada como preadoptiva), sino que silenció el pedido de informes que le solicitó la Asesoría de esta Circunscripción en relación a los alumbramientos de niños sin filiación paterna, “silenciando el caso que aquí nos ocupa”.

Menos grave de lo que parece


El Defensor, Marcos Ponce, expuso que en su participación dentro del debate pretende probar que “a pesar de la emotividad y de la presunta gravedad del hecho que se investiga” los hechos investigados no pueden encuadrarse en los tipos legales propuestos por la Fiscalía. El letrado anticipó así que oportunamente pedirá la absolución de su defendida.

Sin nulidades a la vista

Ponce planteó en la audiencia de formalización de la investigación la nulidad del allanamiento practicado en las oficinas en que se desempeña su defendida y en consecuencia de todo lo actuado a partir de los secuestros efectuados allí. El letrado se reservó el derecho de volver a plantear dicha nulidad al momento del juicio y reiteró su planteo en la audiencia preliminar, así como en la jornada de apertura del debate. En cada oportunidad el planteo fue rechazado. El letrado sostiene que si bien se le informó a su defendida del allanamiento que se estaba por realizar, como manda la ley en los casos de oficinas públicas, no se le explicó en ningún momento su derecho de estar representada y asesorada por un abogado desde ese momento. El letrado sostiene que desde ese momento ella ya era investigada y por lo tanto revestía la calidad de imputada.
La Fiscalía rebatió esos argumentos y la Dra Nelly García, compartiendo la postura Fiscal rechazó el planteo por considerar en primer lugar que es extemporáneo ya que no cuestionó las actas cuando fueron ofrecidas como prueba. De todos modos la Juez trató el fondo del planteo y sostuvo que no existió indefensión porque en ese momento aun la Juez de Paz no era imputada ya que solo se estaba investigando una noticia criminis sin saber quien podría tener alguna responsabilidad en el ilícito, si lo hubiera.

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