lunes, 11 de abril de 2011

Homicidio de Sfeir


CONDENARON A 17 AÑOS DE PRISIÓN AL AUTOR DEL CRIMEN DEL REMISERO

Así lo resolvió el Tribunal Colegiado conformado por los jueces Carina Estefanía, Anabel Rodríguez y Víctor Sarquís. Los magistrados se apartaron de las peticiones de las partes y optaron por ubicar la sentencia en el punto medio de la escala penal. La fiscalía había solicitado la condena de Flavio Orlando Fonseca a 25 años de prisión, en tanto que la defensa solicitó 10 años.


AUDIO Lectura de la sentencia


Los tres jueces coincidieron en que, si bien se trata de un hecho sumamente violento, no están dadas las condiciones para aplicarle el máximo de la escala penal (25 años) tal como lo solicitó el Fiscal de la causa, Fernando Rivarola. En este sentido Rodríguez señaló que es posible pensar en hechos de una gravedad mayor, como aquellos que fueran cometidos por más de una persona, o bien en los que hubiese más de una víctima.

Algunos de los agravantes y atenuantes considerados

Fonseca ultimó a Sfeir de noche, a un costado de la ruta y en un sector descampado, todo esto evidentemente colocó al remisero en un estado de mayor indefensión, y se lo consideró por el tribunal como agravante.

La violencia desplegada en el crimen, evidente a través del informe de autopsia, llevaron a la juez Estefanía a interpretar que el hecho podría haberse cometido con “bronca”, tal vez motivada en los celos que tendría Fonseca, ante una hipotética relación de la víctima con la mujer del autor. El tipo de relación, que no fue probado en el juicio, se conoció por la declaración de una farmacéutica, quien sostuvo que habitualmente Sfeir trasladaba en su remis, de su casa al trabajo a la mujer del imputado, y que alguna vez le llevó facturas.

Los 41 años de Fonseca al momento de cometer el hecho, también se consideraron agravantes, por ser un signo de madurez, así como que haya contado con una familia bien constituida y tenido acceso a educación formal.

La Dra. Rodríguez se refirió al informe criminalístico, indicó que se acreditó una riña y que el imputado resultó con lesiones leves, lo que no basta para conmover que el accionar del imputado fue de notable violencia.

Sarquís, al hablar de las características que rodearon al hecho se refirió a la finalidad de Fonseca, el apropiarse del vehículo, “que como quedó consignado en la sentencia fuera el móvil central de su comportamiento ilícito, el apoderamiento del automóvil de Sfeir, mostrando con ello un trastrocamiento reprochable de valores humanos mínimos, subordinando el valor de la vida del prójimo al valor económico del bien sustraído, con una desaprensión extrema, he aquí la razón de una mas intensa respuesta punitiva, mas allá de un juicio neutro de tipicidad”.

La falta de antecedentes penales y el buen concepto social del imputado, computaron como atenuantes en su favor.

El tribunal condenó a Flavio Orlando Fonseca a cumplir 17 años de prisión, accesorias legales y costas del juicio. Fernando Rivarola anticipó que presentará un recurso para la revisión de la sentencia.

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