Así se planteó el
contradictorio en los alegatos. Frente a la acusación fiscal de tentativa de
extorsión y a la calificación alternativa de amenazas coactivas, la defensa
argumentó que se trató de una intervención de Gonzaga en su calidad de abogado ante
una situación que perjudicaba a su cliente detenido en la Comisaría de
Trevelin. Los letrados sostuvieron que la policía actuó corporativamente
preparando una celada para hacer que el imputado hiciera calzar sus conductas
en el tipo penal de la extorsión. También se reeditó el planteo de nulidad de
las escuchas telefónicas que fuera rechazado por el juez de la audienciapreliminar. El próximo viernes se conocerá la sentencia de la Dra. Anabel
Rodríguez.
El alegato fiscal finalizó con el pedido de declaración de
responsabilidad por el delito de extorsión en grado de tentativa, y
supletoriamente si el tribunal no encontrara debidamente probada la exigencia
de dinero, que se aplique condena por el delito de amenazas coactivas. Fernando
Rivarola solicitó la imposición de una pena de cuatro años de prisión y cinco
años de inhabilitación para el ejercicio de la abogacía.
El tipo penal de la extorsión, refiere a conductas que
persiguen un beneficio al que no tiene derecho la persona que lo reclama para
sí a través de amenazas. Se pretende la entrega de dinero a raíz de la intimidación,
de infundir temor sobre un mal que recaerá sobre la víctima o sobre terceros. Esa
amenaza tiene que ser idónea para causar miedo.
A criterio de la fiscalía esto es lo que ocurrió en el
caso que tiene por imputado al abogado Ricardo Gonzaga. Uno de los elementos
tenidos en cuenta en este análisis, fue el impacto emocional causado en la
víctima, una joven agente de la policía de la provincia: temor, angustia,
desconcierto que aun hoy se evidencia según la apreciación de Rivarola. En su
declaración en el debate la joven dijo que pensaron vender cosas o sacar un
crédito, refiriéndose a las charlas que mantuvo por aquellos días con su novio,
también policía e involucrado en el video en cuestión. En la denuncia presentada
en fiscalía, contó que el imputado le exigió la entrega de $25 mil. Más adelante
esta cifra se habría reducido a 15 mil.
La defensa llevada adelante por los Dres. Hugo Cancino y
Daniel Bauzá cuestionó la credibilidad del relato. Señaló que lo que registró
el video fue una falta grave de dos empleados policiales, y quien comete un
acto ilícito debe responder no solo por él sino por todas sus consecuencias. También
insistieron en que se trató de un “pacto de caballeros” propuesto por Gonzaga a
la víctima. Según los defensores, el cliente de Gonzaga era hostigado desde
hacía tiempo por el novio de la joven y el abogado, sabiendo que era muy
difícil probar que esto sucedía por los carriles normales, se acercó a la
agente para proponerle un acuerdo: él guardaría silencio y le entregaría la
filmación si se hacía cesar aquella situación sufrida por el interno.
Las escuchas
Todo un capítulo aparte fueron las escuchas telefónicas. La
defensa argumentó que estas nada prueban. Señaló que la empleada policial no es
víctima sino que actuó como agente encubierto para inducir a Gonzaga a decir
cosas que se usarían en su contra. Luego de argumentar en función del contenido
de esas escuchas, pidió que sean declaradas nulas porque no fue avisado el
Colegio Público de Abogados como establece la legislación, “ni antes, ni
durante, ni después de su realización”.
El fiscal propuso la interpretación de la norma citada
puesta en su contexto normativo. En tal sentido citó el artículo constitucional
al que esta refiere, tendiente a garantizar el libre ejercicio de la abogacía,
evitando que la información que un abogado maneja en su calidad de tal sea
utilizado en contra de sus clientes. Rivarola recalcó que este objeto fue
expresamente resaltado en la autorización dada por el juez penal para la
realización de las escuchas y respetada por la fiscalía al punto que para
garantizar la reserva el trabajo de análisis del extenso material de escuchas
lo analizó únicamente el fiscal, sin asistencia de ningún empleado. También argumentó
que en una medida de este tipo, que tiene una duración extendida en el tiempo,
informar sobre su realización al Colegio de Abogados, significaría un obstáculo
a la investigación. Sin embargo finalizada la misma, el fiscal informó al
presidente y otras autoridades del Colegio sobre su existencia y sobre el
material obtenido.
Los daños
Se habló además de la extensión del daño por la difusión que
Gonzaga propició del video, con receptación en medios nacionales y regionales. El
abogado habló al final del debate indicando que el fue más afectado aun por la
difusión de este proceso.
En el análisis de agravantes el fiscal tuvo en cuenta que
se trata de un profesional del derecho que conoce perfectamente la prohibición
legal sobre estas conductas. Que fue apercibido años atrás por el Colegio de
Abogados a partir de actos similares, y que esas y otras advertencias debieran
haber actuado como disuasorias de conductas de este tipo.
Gonzaga sostuvo que hace muchos años que vive
exclusivamente de su profesión, y que los dichos del fiscal le hicieron
recordar que "en la vida todo se puede".
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