martes, 20 de mayo de 2008

Robo al Bco. de El Maitén


EL VIERNES SE HARÁ LA AUDIENCIA PRELIMINAR EN RELACIÓN A AMPUERO

El único de los imputados que aun no fue juzgado, en la causa por el hecho que se conoció como robo al Banco de El Maitén, irá a la audiencia Preliminar este viernes a las 10 hs. César Gustavo Ampuero es acusado como autor de privación ilegal de la libertad coactiva agravada por resultar una de las víctimas mujer embarazada y otra mayor de setenta años; privación ilegal de la libertad coactiva agravada por resultar dos de las víctimas menores de 18 años de edad, en ambos casos agravada por la participación de mas de tres personas y la utilización de armas de fuego; robo calificado por haber sido cometido mediante la utilización de armas de fuego en lugar poblado y en banda, dos hechos. La integración del Tribunal de Juicio es una incógnita difícil de resolver.

La acusación

El pedido de elevación a juicio presentado por el Dr. Martín Zacchino y que será puesto a consideración en la audiencia del viernes, describe al hecho diciendo que ocurrió en “El Maitén, el día 22 de mayo de 2005, en un horario cercano a las 23.00 horas, en circunstancias en que tres sujetos del sexo masculino, uno de ellos identificado como CÉSAR GUSTAVO AMPUERO, juntamente con JUAN ANTONIO BONNEFOI, y un tercero aún no identificado, ocultando sus rostros con capuchas y utilizando armas de fuego de puño, contando con la cooperación externa de JORGE LUIS CAMPOS y ROBERTO SOTO, ayuda prometida conforme al plan trazado, consistente en la puesta a disposición del grupo, de al menos dos vehículos automotores, uno de ellos marca VOLKSWAGEN GOL dominio EJZ-497, y otro VOLSWAGEN GOL, dominio EJM-506, ambos pertenecientes a la flota de la empresa que gira bajo el nombre de fantasía “Baricoche rent a car” cuyo titular resulta ser ROBERTO SOTO para que, antes o después de cometido el hecho se lograra el éxito o la impunidad, presunta vigilancia, tanto física como de comunicaciones, montada a los mismos fines y efectos, irrumpieron en la vivienda ubicada en pasaje Catamarca n° 1116, ocupada por Ricardo Saugar –a la sazón, Gerente de la Sucursal del Banco del Chubut S.A. de dicha localidad en la época de ocurrencia del suceso- y su grupo familiar y, con intimidación ejercida mediante la portación y exhibición de las armas de fuego señaladas, y violencia en las personas, redujeron a Eva Romero, quien contaba al momento del hecho con 73 años de edad, previo tomarla del cuello y provocarle lesión ósea en un dedo de mano derecha; Elena Josifovich –cónyuge de Ricardo Saugar-, Alexis Marcelo Saugar, a quién le aplicaron varios golpes de puño en su rostro, y Lorena Borger, quien cursaba un evidente y avanzado estado de gravidez, privándolos de tal modo de su libertad ambulatoria manteniéndolos en esa situación asegurada, por otra parte, con la utilización de precintos plásticos a través de los cuales fueron maniatados e inmovilizados y trasladados en esas condiciones a la habitación matrimonial de la vivienda. Luego de ello, y pasadas las 23.00 horas, habiendo arribado el dueño de casa , señor Ricardo Saugar, quien ingresó por la puerta posterior de la morada, le aplicaron un golpe de puño en el rostro para luego y en aquéllas circunstancias privarlo de su libertad personal siendo reducido y trasladado al sector living de la casa. Todo ello, con el objeto de obligar a Ricardo Saugar, para que, en su calidad de gerente de la entidad crediticia mencionada, extrajera las sumas de dinero existentes en el tesoro y proceda a entregárselas. En este estado de situación, y puesta de manifiesto verbalmente esta intención al nombrado Saugar y anoticiados de la imposibilidad de cumplimentar la exigencia sin la presencia del tesorero de la entidad, señor Miguel Reyes, lo obligaron a requerir vía telefónica la presencia de aquél quien, luego de convocado se hizo presente a los pocos minutos, oportunidad en la cual fue reducido en el living de la casa y privado de su libertad personal mediante intimidación ejercida al exhibirle las armas que portaban y violencia al aplicarle diversos golpes en su cuerpo. Posteriormente, y en un horario cercano a las 00.00 horas del día 23 de mayo de 2005, en el contexto fáctico aún vigente, obligaron a Ricardo Saugar a trasladarse junto a dos de los autores hasta la vivienda de Miguel Reyes –quien permanecía privado de su libertad- ubicado en calle 12 de octubre n° 802 de El Maitén, para que éste, ocultando la verdad de los hechos que acontecían, convocara a la esposa de aquél, señora Sandra Edith Villalba quien, al responder al llamado fue inmediatamente reducida; seguidamente lograron ingresar y apoderarse ilegítimamente mediante la utilización de sendas armas de fuego de puño de la suma aproximada de PESOS UN MIL QUINIENTOS ($ 1500) y DÓLARES ESTADOUNIDENSES CUARENTA Y SIETE (US$ 47) para luego obligarla a trasladarse con el grupo junto a sus hijos menores de edad hasta el domicilio de Saugar donde fueron finalmente privados de su libertad, maniatados con precintos y colocados en el dormitorio donde permanecía el resto de los familiares. Tras ello, permaneciendo todas las víctimas en esas condiciones y llegado el horario oportuno el que, por indicaciones de los empleados bancarios reducidos debía ser posterior a las 7.30 horas del día 23 de mayo de 2005, debido a los mecanismos de alarma y seguridad del banco, obligaron a Ricardo Saugar y a Miguel Reyes, bajo amenazas de provocar en sus familiares un mal futuro e inminente, a que contra la voluntad de éstos últimos nombrados, concurrieran como era habitual a su lugar de trabajo, aparentando normalidad, extrajeran el dinero existente en el tesoro (cuyo monto aproximado conocían por habérselo exigido a ambos), lo colocaran en un bolso de tela negra acondicionado previamente para tal fin –propiedad de Ricardo Saugar-, requiriendo asimismo que el gerente regresara de inmediato y se lo entregaran. Así las cosas, y con el objeto de cumplir contra su voluntad el mandato coactivo, procedieron –Reyes y Saugar- a extraer del tesoro del banco del Chubut S.A., sucursal El Maitén, la suma de PESOS TRESCIENTOS CINCUENTA Y SEIS MIL TRESCIENTOS ($ 356.300,oo.-) y DÓLARES ESTADOUNIDENSES TRECE MIL CIEN (US$ 13.100,oo.-), suma dineraria que, fue colocada en el bolso aludido, y trasladado por el propio Saugar hasta su domicilio, lugar en el que lo entregó aproximadamente a las 8.00 horas, regresando a su lugar de labor por expresa indicación de los autores. Tras ello, y en ocasión aún no determinada pero comprendida entre el horario de arribo y la hora de su fuga, procedieron los autores a apoderarse en aquéllas condiciones en forma dolosa e ilegítima de diversas pertenencias de las víctimas tales como: un anillo de oro con dos perlas, un reloj simil plata, una alianza y cadenita de oro, un revólver calibre 32 marca dos leones número de serie 13.075, un bolso negro, una mochila roja, un par de zapatillas marca Nike, una campera de cuero Taverniti, campera Alpine Skate, buzo Adidas azul con tres rayas y pantalón similar color negro, y el vehículo marca Volkswagen FOX dominio EPF-571, propiedad de Ricardo Saugar con el cual, y en poder del botín así obtenido, se dieron a la fuga, contando para ello con la colaboración de JORGE LUIS CAMPOS y otras personas cuyo número y datos filiatorios por el momento se desconocen pero actuando coordinadamente con división de tareas, y la utilización de al menos dos vehículos VOLKSWAGEN GOL con dominios colocados respectivamente EJZ-497 y EJM-506, oportunamente facilitados por ROBERTO SOTO, a bordo de los cuales algunos de los integrantes de la banda se dirigieron con dirección –por accesos que no pudieron por el momento ser determinados- hacia las ciudades de El Bolsón y San Carlos de Bariloche, provincia de Río Negro, cumpliendo de tal suerte con el apoyo prometido. Advertido personal policial, y luego de pesquisas realizadas, se pudo identificar, tal como sostenemos, a parte de los integrantes de la banda como JUAN ANTONIO BONNEFOI, CÉSAR GUSTAVO AMPUERO, JORGE LUIS CAMPOS, ROBERTO SOTO y RUBEN ALEJANDRO CÁMARA en cuya vivienda, ubicada en El Bolsón (RN), César Gustavo Ampuero personalmente dejó UN BOLSO O MOCHILA. En esa vivienda se procedió al secuestro de: a) un gorro de lana rojo, b) un gorro de lana color naranja y azul, c) un pasamontañas negro de lana, d) una capucha similar a la del personaje de fantasía “El hombre araña”, e) tres pares de guantes de lana de distintos colores, f) una campera marca North Face color azul y negro, g) pantalón térmico color azul, h) buzo polar color azul, i) pantalón azul Adidas, j) campera de nylon Nike color azul, k) una pistola cal 9 mm. S&W n° VDV5715 con cargador con municiones, l) una pistola Bersa modelo 226 cal. 22 con tubo silenciador, n° 71973 con cargador y municiones, ll) revólver marca jaguar cal 32 L, n° 06015 con proyectiles en tambor, m) seis proyectiles cal. 9 mm., n) una mochila negra y azul, ñ) un revólver calibre 32 marca Dos Leones n° 13075 con seis proyectiles, la que resulta ser de propiedad de Ricardo Saugar, o) teléfonos celulares y equipos de radio portátiles, entre otras cosas, demostrándose así que los nombrados junto con los restantes individuos aún no identificados, conformaron una organización que ha actuado con distribución de funciones en base a un acuerdo anterior y con aceptación previa del resultado de la totalidad de las conductas que los demás iban a llevar a cabo en cumplimiento del plan establecido, aceptando todos la posibilidad de realizar delitos indeterminados entre ellos, privaciones de libertad, lesiones y robos y otros menoscabos jurídicos que hayan resultado necesarios a los fines de lograr el objetivo prefijado cual era obtener el dinero y distribuirlo en un modo aún no establecido.”

Con vista al Juicio

En su escrito de acusación, el Fiscal anticipó que solicitaría la aplicación de una pena de 25 años de prisión para Ampuero, por los delitos de : a) PRIVACIÓN ILEGAL DE LA LIBERTAD COACTIVA AGRAVADA POR RESULTAR UNA DE LAS VICTIMAS MUJER EMBARAZADA Y OTRA MAYOR DE SETENTA AÑOS; b) PRIVACIÓN ILEGAL DE LA LIBERTAD COACTIVA AGRAVADA POR RESULTAR DOS DE LAS VÍCTIMAS MENORES DE 18 AÑOS DE EDAD, en ambos casos (a y b) AGRAVADA POR LA PARTICIPACIÓN DE MÁS DE TRES PERSONAS y LA UTILIZACIÓN DE ARMAS DE FUEGO; c) ROBO CALIFICADO POR HABER SIDO COMETIDO MEDIANTE LA UTILIZACIÓN DE ARMAS DE FUEGO EN LUGAR POBLADO Y EN BANDA, DOS HECHOS; (Arts 41 bis, 45, 55, 142 bis incs. 1° y 6°, 166 inc. 2° y 167 inc. 2° ambos en función del 164, y 210 del Código Penal), por los que deberá responder: CESAR GUSTAVO AMPUERO en carácter de autor (arts. 45 y 46 del Código Penal).
Será competente en este juicio el Tribunal Colegiado, sin embargo su conformación no será decidida con un simple sorteo. En el nuevo juicio no podrá intervenir ninguno de los magistrados que participó del anterior en el que fueran juzgados los demás imputados, ni tampoco los jueces que hubieran intervenido en alguna instancia del proceso. Con lo cual, con los jueces que actualmente están en ejercicio en la circunscripción no se podría integrar el Tribunal. Se deberá aguardar a que jure un nuevo magistrado, y tal vez se deba recurrir al listado de conjueces. Esta particular situación podría demorar más de lo habitual la realización del juicio.

Nuevas causas

ROBO:
Autores ignorados rompieron la puerta chapa de acceso a un obrador y sustrajeron una caja de herramientas, grifos, herramientas varias, 16 hojas de vidrio, una puerta placa, una cinta métrica y otros elementos de construcción.
Sucedió el pasado fin de semana en O’Higgins y 25 de Mayo, Esquel.

HURTO:

Personas no identificadas sustrajeron dos puertas placa apoyadas en un tinglado anexo a la vivienda. Ocurrió entre la noche del domingo y la mañana del lunes en Belgrano al 200, Esquel.

Esquel cubierto de nieve

Imagen tomada a las 11 hs. cuando comenzaba una nueva nevada en la ciudad.

lunes, 19 de mayo de 2008

Nuevas causas

ROBO:
Autores ignorados rompieron el vidrio de la cocina de la Dirección Municipal de Cultura de El Maitén, ingresaron y sustrajeron un equipo de música Panasonic para cinco CD, una cámara digital Sony, un pen drive, una resma de papel para fotos, una remera blanca con el logo del municipio y $60. Sucedió entre la tarde del viernes y la mañana de hoy lunes.

Nuevas causas

DAÑO:
Autores ignorados rompieron con una piedra el vidrio de la puerta de un kiosco de Alvear al 1800 (Esquel). Sucedió el domingo entre las 0 y las 10:30 hs.

ABIGEATO:
Personas no identificadas sustrajeron dos caballos alazán y otro de pelaje oscuro sin marca, de una chacra cercana al basural de Esquel. Los propietarios habían detectado también la falta de un potrillo. A este último lo encontraron en el patio de una vivienda de un barrio cercano, allí les dijeron que lo habían comprado y estaban dispuestos a devolvérselo. Sucedió entre el viernes y el sábado últimos.

HURTO:
Un hombre denunció que durante la madrugada del domingo le sustrajeron el frente desmontable del stereo de su vehículo, se trata de un Pioner digital con CD, radio y MP3, además de un portadocumentos con tarjetas de débito y crédito y documentación.
El automóvil estaba estacionado en la vereda de calle Don Bosco al 2200 (Esquel), con sus puertas sin seguro.

HURTO:
Autores ignorados sustrajeron una bicicleta Zenith Andes de 21 velocidades del patio de una vivienda. Ocurrió el sábado, alrededor de las 21:30 hs. en el Barrio 90 Viviendas (Esquel).

DAÑO:

Cuatro chicos, menores de edad, rompieron vidrios del Colegio Salesiano (Esquel). Sucedió esta madrugada a las 2:25 hs.

domingo, 18 de mayo de 2008

Nuevas causas

DAÑO:
Un joven que tendría alguna problemática de orden psiquiátrico rompió los vidrios de un vehículo estacionado en Holdich y O’Higgins (Esquel). Sucedió el sábado a las 18 hs.

LESIONES LEVES:
Una familia estaba en la casa cuando entró un disparo, atravesando una ventana y una puerta. Una esquirla de vidrio lesionó a uno de los habitantes de la vivienda. Los autores del disparo aun no fueron identificados. Ocurrió esta madrugada (domingo) a las 2 hs., en Juan Manuel de Rosas al 300, Esquel.

HURTO:
Tuvo lugar a las 4 hs. de hoy en Trevelin. Autores ignorados ingresaron a un local comercial del Barrio Malvinas y sustrajeron bebidas. La puerta por la que entraron es una puerta precaria que no habrían necesitado forzarla.

DAÑO:
Autores ignorados rompieron con una piedra uno de los ventanales de la escuela ubicada en Roca y Rivadavia, Esquel. Sucedió hoy, domingo, a las 7 hs.

ABUSO DE ARMA:
Un grupo de jóvenes que circulaban en un automóvil dispararon contra una cubierta de una camioneta cuando esta se les puso al lado, luego se dieron a la fuga. Sucedió a las 4:15 hs. del domingo en Sáenz Peña y Darwin, Esquel.

LESIONES LEVES:
Dos jóvenes procedentes de Río Senguer protagonizaron una pelea esta mañana (6:15hs.) en Alvear y Alberdi, Esquel. En ese momento se cortó la luz y aprovecharon para zafarse y salir corriendo. Uno de ellos notó que estaba cortado. Al ser atendido se le diagnosticaron lesiones de carácter leve. No pudieron identificar a los autores

DAÑO:
Autores ignorados rompieron la vidriera de un local comercial ubicado en Rivadavia entre Roca y Belgrano, Esquel. Sucedió esta mañana a las 8 hs.

ROBO:
Entre las 20 hs. del viernes y las 13 hs. del sábado. Personas no identificadas rompieron el vidrio de la puerta trasera de un local comercial, ingresaron y sustrajeron vino y cerveza. Sucedió en la Ruta 16, Lago Puelo.

ROBO:
Autores ignorados ingresaron al patio de una vivienda y sustrajeron la bomba de agua. Sucedió en un lote de Ruta 16 Km 13 Lago Puelo, entre el martes y el sábado.

Esquel bajo un espeso manto de nieve



sábado, 17 de mayo de 2008

Nuevas causas

ROBO:
El viernes a las 21:45 hs. la policía tomó intervención en un hecho que había ocurrido momentos antes. Autores ignorados ingresaron a una vivienda luego de romper el vidrio de una ventana. Sustrajeron dinero en moneda extranjera (dólares), una mochila, una gorra, un juego de cuchillos y un equipo de música.
Ocurrió en San Martín al 2400 de Esquel.

HURTO:
Había quedado abierta una de las ventanas de una confitería de Lago Puelo. Entre las 4 y las 19 hs. del viernes, personas no identificadas aprovecharon la ocasión para ingresar y sustraer un DVD y cervezas.

PRESUNTAS LESIONES LEVES:
A la salida de un local bailable de la calle Belgrano, Esquel, un grupo le pidió cigarrillos a unos jóvenes en la calle. Cuando estos les dijeron que no tenían, los primeros los golpearon. Uno de los chicos ingresó al hospital inconciente por efecto del alcohol. Al recuperarse se fugó del nosocomio sin que pudiera ser identificado, ni informado sobre su derecho de instar la acción penal por las lesiones recibidas.

viernes, 16 de mayo de 2008

Homicidio de Oyarzo



A JUICIO

La Dra. Carina Estefanía declaró admisible la acusación presentada por la Fiscalía y admitió la prueba llevada por las partes. El juicio será presidido por un Tribunal Colegiado y debería fijarse aproximadamente en el plazo de un mes. Luis Oscar Oyarzo fue asesinado la madrugada del 11 de febrero de este año.

El Fiscal de la causa, Dr. Martín Zacchino presentó el caso que tratará de probar, sosteniendo que el crimen se produjo en el interior de un terreno baldío, ubicado en Chacabuco, a mitad de cuadra, entre las calles Sarmiento y Fontana, un lugar conocido como la “zona de bares” de Esquel. Eran aproximadamente las tres de la madrugada del 11 de febrero, cuando el imputado, usando una piedra laja de grandes dimensiones, le aplicó un sinnúmero de golpes a Luis Oyarzo. La mayoría de ellos se dirigieron a la zona encefálica y más precisamente al rostro, deformándolo totalmente y provocándole lesiones que lo llevaron a la muerte momentos después. Ambos imputados estuvieron en algunos bares de la zona. La mujer le reclamaba insistentemente a su marido (y coimputado) que hiciera algo, que se ocupe, que la ayude... en clara alusión a Luis Oyarzo. Estas demandas, según pudo saberse, las realizaba con gran insistencia, agresividad y nerviosismo.
Al salir del bar en el que se encontraban se dirigieron directamente al terreno baldío en el que dieron muerte a Oyarzo.

Los Defensores de ambos imputados, el Dr. Javier Allende y el Dr. Daniel Sandoval, no cuestionaron los términos de la acusación.

La prueba

Mucha de la prueba aportada por las partes estará orientada a dilucidar el grado de imputabilidad de los dos acusados, además de las motivaciones que pudieron llevarlos a la situación que terminara con la vida de Oyarzo. Así, entre los testigos habrá psicólogos y psiquiatras, además de complejas pericias de la especialidad.

Recordemos que los dos imputados cumplen medidas de coerción, el imputado varón en la Comisaría Primera, en tanto que la mujer imputada hace lo propio en un centro especializado en tratamiento de adicciones ubicado en Bariloche.

Nuevas causas

HURTO:
Autores ignorados sustrajeron una billetera conteniendo tarjetas de débito y crédito, DNI y otras documentaciones personales, además de $200.
Sucedió el jueves entre las 13:30 y las 17 hs. en el patio de la Escuela nº 210 del Barrio BADEN I (Esquel)

DAÑO:
Autores ignorados rompieron un vidrio del Jardín Maternal del Barrio Don Bosco (Esquel) sucedió el jueves alrededor de las 17:10 hs.

HURTO:
Personas no identificadas sustrajeron una bicicleta Zenith azul, rodado 26 de 21 velocidades de la puerta de un supermercado céntrico de Esquel.
Sucedió el jueves entre las 13 y las 15 hs.

ABIGEATO:
El propietario de un lote de la zona rural de La Zeta denunció que le faenaron ocho animales borregos de 30 kg.


LESIONES:
Un accidente tuvo lugar el jueves por la tarde en una vivienda del Barrio UOCRA. Un chico de siete años disparó una tumbera e hirió en la espalda a su hermano de cinco años.
Ayer el chichito era asistido en el Hospital y se encontraba fuera de peligro. El arma fue secuestrada y será sometida a pericias criminalísticas para definir si corresponde la apertura de una nueva causa en relación a su tenencia.

ROBO:
Autores ignorados forzaron la puerta de ingreso a una vivienda y sustrajeron un equipo de música RCA, de carcaza gris con control remoto.
Sucedió en Cerro Radal entre el jueves 8 y el domingo 11.

HURTO:

Una persona construyó un duplex en la Villa del Lago Puelo. En diciembre dejó unos muebles, aunque el duplex estaba sin terminar y quedó abierto. Al regresar encontró que le faltaban una mesa de ciprés, una bordeadora, una parrilla eléctrica, un teclado Casio y 200 CDs entre otras cosas.

miércoles, 14 de mayo de 2008

Nuevas causas

DAÑO:
Una vecina del Barrio MUTRAPA (Esquel) denunció que alguien rompió los vidrios de una ventana de su dormitorio, empleando una piedra.
Sucedió el lunes a las 20:50 hs.

HURTO:
Autores ignorados sustrajeron una caja de herramientas de un vehículo que estaba abierto. Sucedió durante la madrugada del lunes.

ROBO:
Personas no identificadas forzaron una ventana, ingresaron y sustrajeron una cámara fotográfica digital y un reloj pulsera.
Ocurrió en un domicilio de Almafuerte al 2000 (Esquel), el lunes por la tarde.

HURTO:
Autores ignorados sustrajeron una bicicleta del patio de una vivienda, el portón de acceso estaba sin llave. Se trata de una bicicleta Sching, rodado 26 de 27 velocidades, negra con suspensión amarilla.
Sucedió el martes por la madrugada en Brown al 700, Esquel.

HURTO:
Autores ignorados sustrajeron un cepillo de madera, una reposera, un cepillo de plástico, dos camperas de cuero negro talle 48, pantalones y camisas varias, algunas de ellas pertenecientes al Servicio Penitenciario, del galpón de una vivienda.Ocurrió en Avellaneda y A. P. Justo, Esquel, entre las 22 del lunes y las 9 del martes.

Homicidio de Luis Oyarzo

EL VIERNES SE REALIZARÁ LA AUDIENCIA PRELIMINAR

Este viernes tendrá lugar la audiencia previa al juicio en la causa que investiga el crimen de Luis Oscar Oyarzo, ocurrido el 11 de febrero de este año. Será a las 11 hs. en la sala dos de los Tribunales de Esquel. Dos son las personas acusadas, una de ellas como autor material, la otra como instigadora del delito de Homicidio Simple. El su acusación, la Fiscalía anticipó su pretensión punitiva de 15 años de prisión.


En la próxima audiencia el Juez decidirá si están dadas las condiciones para que se declare la apertura del juicio oral y público. Para esto se analizará la calificación propuesta por la Fiscalía y la prueba solicitada por ambas partes.
Recordemos que los dos imputados cumplen medidas de coerción,
el imputado varón en la Comisaría Primera, en tanto que la mujer imputada hace lo propio en un centro de salud, debido a su problemática de adicciones.

La acusación

El Fiscal de la causa sostiene en su acusación que el crimen se produjo en el interior de un terreno baldío, ubicado en Chacabuco, a mitad de cuadra, entre las calles Sarmiento y Fontana, un lugar conocido como la “zona de bares” de Esquel. Eran aproximadamente las tres de la madrugada del 11 de febrero, cuando el imputado, usando una piedra laja de grandes dimensiones, le aplicó un sinnúmero de golpes a Luis Oyarzo. La mayoría de ellos se dirigieron a la zona encefálica y más precisamente al rostro, deformándolo totalmente y provocándole lesiones que lo llevaron a la muerte momentos después.

La instigación

Los resultados de la investigación permitieron conocer que previo al fatal desenlace. Ambos imputados estuvieron en algunos bares de la zona. La mujer le reclamaba insistentemente a su marido (y coimputado) que hiciera algo, que se ocupe, que la ayude... en clara alusión a Luis Oyarzo. Estas demandas, según pudo saberse, las realizaba con gran insistencia, agresividad y nerviosismo.
Al salir del bar en el que se encontraban se dirigieron directamente al terreno baldío en el que dieron muerte a Oyarzo.
De aceptarse la acusación, el juicio deberá ser presidido por un Tribunal Colegiado.

martes, 13 de mayo de 2008

Lesiones graves

LUIS GUILLERMO FERMÍN FUE CONDENADO A TRES AÑOS DE PRISIÓN

El Tribunal de juicio convalidó el acuerdo alcanzado un día antes por las partes y condenó a Luis Guillermo Fermín a la pena de tres años de prisión de cumplimiento efectivo por haber causado lesiones graves por deformación permanente en el rostro a Pedro Vargas. La nueva condena deberá componerse con la condena anterior que ya cumple el imputado.

Los magistrados se refirieron en la sentencia a los dichos de Fermín, expresando que no había recibido ningún tipo de presión para acceder al acuerdo con los acusadores, reconociendo su autoría en el hecho por el que se lo llevó a juicio y accediendo a la pena de tres años de prisión. Con estos elementos y el análisis de la prueba aportada por las partes, debió el Tribunal controlar que el juicio abreviado se hubiera realizado bajo los principios de legalidad y veracidad como exige la ley. Así se refirieron a la denuncia original presentada por la víctima. En esa denuncia Vargas había explicado los motivos por los que estaba la noche del 29 de mayo de 2005 en el quincho/garage de una vivienda del Barrio Don Bosco, donde “… luego de tener una breve discusión con Fermín ‘Panza’, sin que entre ellos existieran relaciones ni problemas pretéritos, ya que era la primera vez que lo veía, sostuvo que en el sector próximo a la puerta de acceso de la calle y cuando el denunciante se dirigía a ese sector en compañía de otro sujeto y un policía, fue sorprendido por Fermín quien portando un cuchillo, ‘posiblemente de cabo blanco’, grande, le aplicó un puntazo en el sector derecho del rostro, produciéndole un corte en el mismo, para luego arrojarle otro puntazo en la misma dirección, que no llegó a destino pues él ‘...le alcanzó a poner la mano izquierda...’ por lo que le alcanzó a cortar los dedos índices y medio de dicha mano, cayendo luego al suelo y probablemente luego su caída, le haya inferido también el otro corte que tenía en el costado de su cuerpo, debajo de la axila izquierda, sólo recordando que luego lo subieron a un auto, trasladándolo al Hospital de Esquel, donde luego de ser asistido por el corte en la cara, y las lesiones en los dedos y en la zona axilar izquierda, se dirigió a la Comisaría local a radicar la pertinente denuncia por el hecho que lo damnificara.- Aclaró el denunciante que si bien no conocía al imputado, él se enteró por varios de los concurrentes esa noche al lugar del hecho, que se llamaba Luis Fermín, y que lo apodaban ‘Panza’, acotando haberse enterado ‘...por comentarios que a Fermín le habrían dicho cuando el denunciante era llevado al Hospital, que se fuera del lugar sino iría la policía y lo metería preso...’, lo que según Vargas, le fuera confirmado por el propio imputado, quien el día domingo por la tarde lo habría llamado por teléfono a su casa, diciéndole ‘...que él lo había cortado, pidiéndole disculpas...’, agregando que ‘...se había ido al baile luego del hecho y que el domingo a la tarde había reaccionado y reflexionado sobre lo ocurrido...’”

Varios testigos, que declararon en la causa – seguida según el viejo sistema procesal –, daban cuenta de haber visto a la victima herida y a Fermín cerca de él, mientras era sujetado por otras personas. Otros testigos, que habían llegado con posterioridad al lugar donde se produjo el ataque, relataron que al llegar allí se enteraron que Fermín lo había lesionado a Vargas.

Las heridas recibidas por la víctima, fueron corroboradas por los informes médicos de los profesionales que debieron asistirlo. En este sentido, los Jueces entendieron que la calificación legal de Lesiones Graves por Deformación Permanente del Rostro es correcta. Fermín no solo hirió a Vargas con un corte en su cara, sino que además resultó evidente que con su accionar podía prever fácilmente cuales serían las consecuencias para la víctima. Es decir que “no permiten dudar de que el resultado logrado estaba claramente dentro del marco de las previsiones del autor”.

Los magistrados calificaron de “pueril y burdo” al accionar atribuido a Fermín y reconocido por éste y destacaron que no se expusieron en ningún momento circunstancias o elementos que hagan presuponer que ese comportamiento pudo estar, de alguna manera justificado.


La composición de la pena

Respecto de la manera en que se compondrá la pena, con la que ya pesa sobre Fermín, aunque aquella está en revisión por el Superior Tribunal de Justicia de la Provincia, las partes se comprometieron a que parte de esta nueva condena se cumplirá dentro del plazo de la primera y solo se agregará a aquella un año más de prisión. Es decir que si el STJ, mantiene la pena impuesta por el Tribunal local en relación al Homicidio de Hugo Viale, Fermín terminaría cumpliendo 23 años de prisión en lugar de 22.


El fallo

I) CONDENANDO a Luis Guillermo FERMÍN argentino, soltero, instruido, empleado, de sobrenombre “Panza”, de veintisiete años de edad, nacido en Esquel, Provincia del Chubut, el día 12 de septiembre de 1980, con D.N.I. 28.236.089, soltero, hijo de Segundo Tomás Fermín y de Armonía López, actualmente privado de libertad, con último domicilio en Pasaje Villegas Nº 1450, Barrio Bella Vista de esta Ciudad de Esquel, Provincia del Chubut, a cumplir la PENA de TRES AÑOS DE PRISIÓN, de cumplimiento efectivo imponiéndosele el pago de las costas del juicio (arts. 29 inc. 3º del C.Penal, 485, 486 y 488 del C.P.P.), por haber resultado autor material y penalmente responsable del delito de Lesiones Graves por Deformación Permanente de Rostro (art. 90 del C. Penal), en relación al hecho cometido en la localidad de Esquel, Provincia del Chubut, el día 28 de mayo de 2005, y que damnificara al Sr. Pedro Daniel Vargas.

Nuevas causas

ROBO:
Autores ignorados ingresaron por la fuerza a la Dirección de Cultura de Trevelin. Sustrajeron dinero en efectivo y elementos electrónicos. En estos momentos trabaja en el lugar criminalística, Policía de Investigación Judicial y el Fiscal Jefe de la circunscripción, Dr. Eduardo Falco. El hecho habría ocurrido esta madrugada.


ROBO:
Autores ignorados ingresaron a un Fiat Duna estacionado en Perito Moreno al 400 (Esquel). Luego de cortar los cables sustrajeron un estereo Mac Aiwa con frente desmontable. El vehículo estaba abierto. Sucedió el lunes entre las 21 y las 22 hs.

HURTO:
Una vecina de la calle Amaya al 600 (Esquel), denunció que le faltó dinero en efectivo que tenía guardado en su dormitorio ($900). La vivienda no presentaba ningún signo de haber sido violentada.

HURTO:
Autores ignorados sustrajeron dos amoladoras y un calefactor que estaban dentro de un vehículo abierto.
Sucedió entre las 19 del lunes y las 8 hs. de hoy, martes, en el Barrio Docente (Esquel).

ROBO:
Entre el viernes y el lunes, personas no identificadas forzaron la cerradura de una casilla y sustrajeron una caja de herramientas, una radio a pila, una llave francesa y una motosierra. Sucedió en una cantera de Esquel.

DAÑO Y VIOLACIÓN DE DOMICILIO:
Autores ignorados rompieron una ventana del dormitorio que da a la parte trasera de la vivienda. Ingresaron y desordenaron sin llevarse nada. Sucedió el lunes entre las 11:30 y las 18:15 hs. en Miguens al 300, Esquel.

HURTO:
Sucedió en el Hogar refugio de Esquel. Alguien sustrajo una cámara fotográfica Cannon que estaba sobre una cama.

ROBO:

Autores ignorados rompieron un vidrio de una vidriera y sustrajeron 10 llaveros, seis faros, siete tapas cromadas deportivas, dos juegos de relojes y tres pedaleras deportivas. Ocurrió anoche (lunes) en Ameghino al 1800, Esquel.

Lesiones graves

LUIS GUILLERMO FERMÍN SUMA UNA NUEVA CONDENA

Este mediodía se leerá la sentencia luego de un juicio abreviado llevado a cabo el lunes. Luis Guillermo “panza” Fermín reconoció ser el autor del corte que provocó una deformación permanente en el rostro de un joven, afectándole también la audición. Esto se produjo en el marco de un acuerdo entre las partes e implicó la aceptación de una pena de tres años de prisión. Fermín cumple actualmente una condena de 22 años por el crimen de Hugo Viale, la tentativa de homicidio a Omar Antieco y su participación primaria en las lesiones graves que sufriera Luis Viale.


El hecho que iba a juzgarse y que finalmente fue reconocido por Fermín, ocurrió el 29 de mayo de 2005, a las 4 hs. de la madrugada, en el quincho de una vivienda del Barrio Don Bosco. Luis “panza” Fermín tomó un cuchillo, presuntamente de cabo plástico blanco, hoja grande tipo carnicero, y atacó a Pedro Vargas. Primero dirigió un cuchillazo contra la cabeza de su víctima causándole un corte en la cara que afectó el pómulo y la pre aurícula derecha. Esto le ocasionó a Vargas una deformación permanente del rostro y le afectó su audición. Fermín volvió a arremeter contra la cabeza de quien ya estaba herido, este se defendió con su mano izquierda, recibiendo en ella dos cortes. La víctima cayó al suelo y Fermín le aplicó otro cuchillazo en el hemitórax izquierdo a la altura del séptimo espacio intercostal.
Hoy a las 12 hs. el Tribunal leerá la sentencia producto del acuerdo.



La condena que está purgando


Luis Guillermo Fermín cumple actualmente una condena impuesta los días 29 de diciembre y 30 de enero. En la primera parte de aquel juicio los integrantes del Tribunal Colegiado hicieron su propia elección de la calificación legal a aplicar a los acusados del homicidio de Hugo Viale, la tentativa de homicidio a Omar Antieco y las lesiones graves a Luis Viale. Se apartaron de lo propuesto tanto por el Fiscal y la Querella, como por la totalidad de los Defensores. Así Luis Guillermo Fermín fue condenado como autor de homicidio simple, tentativa de homicidio y como partícipe necesario en relación a las lesiones graves. Los otros imputados por aquella causa, Mario Fermín y Walter Esposito, responderán como partícipes necesarios por los tres delitos. El 30 de enero el mismo Tribunal impuso la pena de 22 años de prisión a Luis Guillermo Fermín, 12 años a su hermano Mario Jaime Fermín y 9 años de prisión a Walter Espósito.

lunes, 12 de mayo de 2008

Nuevas causas

HURTO:
Sucedió esta madrugada, 0:05 hs. en el Barrio Ceferino (Esquel). Tres chicos, menores de edad, sustrajeron dos parlantes de la puerta de un Renault 12 y la rueda de auxilio del vehículo que se encontraba sin llave.

ROBO:

Autores ignorados rompieron la vidriera de una librería, ingresaron y sacaron $50, cigarrillos, pastillas y chicles. Sucedió este fin de semana en 25 de Mayo al 900 (Esquel).

HURTO:
Autores ignorados sustrajeron una bicicleta playera, rodado 26, cuando esta estaba en el patio de una vivienda. El portón de acceso había quedado abierto.
Sucedió el viernes en horas de la madrugada, en Volta y Roggero (Esquel)

HURTO:
Autores ignorados sustrajeron el estereo, marca SONY, de un Renault 18 estacionado en el Barrio 74 Viviendas. El vehículo había quedado abierto. Sucedió el viernes.

DAÑO:
Personas no identificadas ingresaron a una panadería por una banderola. En el interior del local rompieron botellas y varias mercaderías. No sustrajeron ningún elemento.

ROBO:
Un vecino del Barrio Vepan, denunció hoy, lunes, que cuando regresó a su domicilio encontró la puerta trasera rota a patadas. Le sustrajeron $130 y alimentos de la heladera (pollo y carne de capón).

domingo, 11 de mayo de 2008

Nuevas causas

DAÑO:
Ocurrió esta madrugada entre 1:30 y 7 hs en un Cyber ubicado en Belgrano y Rivadavia (Esquel). Autores ignorados rompieron un vidrio y tiraron una heladera.

ROBO:
Personas no identificadas entraron a kiosco haciendo un boquete desde una obra en construcción lindera. Por él accedieron directamente al depósito y sustrajeron un mini componente, $800, cigarrillos y otros elementos. Sucedió en Alvear al 500 (Esquel) entre la 1:45 y las 9:15 hs.

HURTO:
Autores ignorados sustracción de una salamandra que estaba en el patio de vivienda en Trevelin. Esta mañana (domingo) a las 11 hs. descubrieron faltante.

ROBO:
Tampoco se conoce aun la identidad de las personas que rompieron el vidrio de una chocolatería de Cerro Radal, y sustrajeron botellas de licores.

Incendios forestales en El Hoyo


Las imágenes fueron tomadas por la Dirección Provincial de Bosques

CONTINUADO DE AUDIENCIAS

El lunes 19 se realizarán tres audiencias de formalización de la investigación, una tras otra. Todas ellas tendrán una temática en común: los incendios forestales de la pasada temporada estival en El Hoyo. Los focos iniciales datan de los días 17 de febrero, 8 y 12 de marzo respectivamente. Un total de ocho personas son investigadas en relación a estos hechos.

I

El primero de los hechos investigados por la Fiscalía ocurrido en la localidad de El Hoyo el día 17 de febrero de 2007 alrededor de las 3 hs. de la madrugada. Según los investigadores un joven (24 años) utilizó algún elemento apto para encender fuego (fósforos, encendedor) y un trozo de tela anudada con forma de antorcha para iniciar un foco ígneo. Esto ocurrió en un sector cercano a un camino vecinal del paraje “El Pedregoso”, en proximidades de un complejo turístico.
Las llamas pusieron en riesgo esta y otras propiedades, aunque el incendio iniciado solo afectó una superficie de unos cinco por veinte metros de pastos secos, mosqueta y vegetación baja, logrando vecinos linderos extinguir el siniestro antes de que se expandiera a otras propiedades y al bosque nativo allí existente.
La agencia de investigación, a cargo de la causa, calificó el hecho como incendio con peligro común para los bienes.

II

El 8 de marzo a las 0:15 hs., cuatro jóvenes de entre 21 y 25 años, habrían iniciado un incendio que afectó mas de 26 hectáreas de bosque nativo -ciprés, maitén, radal- y también pinares implantados. Un aserradero una Hostería, corrieron serio riesgo de verse afectados.
Los investigadores presumen que los imputados usando un encendedor, iniciaron al menos dos focos ígneos, “con la clara intención de causar un gran incendio, dado el lugar escogido (bosque), y el clima reinante (alta temperatura y viento)”. Para ello, habrían efectuando cortes de árboles, utilizado dos motosierras, posiblemente para "alimentar" el fuego.
El hecho ocurrió en un sector ubicado en el paraje El Pedregoso, en la margen noroeste de la Ruta 40. La Fiscalía lo calificó como incendio de bosques con peligro común para los bienes.

III

Por último, también se formalizará la investigación de la causa que investiga lo ocurrido en El Hoyo el 12 de marzo. Eran aproximadamente las 0:40 hs. cuando tres hombres – de 21, 37 y 42 años –, junto a otros dos sujetos aún no individualizados, usaron algún elemento apto para encender fuego (fósforos, encendedor) e iniciaron intencionalmente un foco ígneo en el paraje El Pedregoso. Este foco se ubicó sobre margen este de la ruta 40, a la altura del km. 1880, en un campo sembrado de avena. Las llamas pusieron en riesgo la propiedad en la que se produjo el foco inicial y otras linderas. Sin embargo, la rápida acción de vecinos y bomberos permitió que la superficie afectada fuera de tan solo 15 x 45 metros.
La calificación legar escogida provisoriamente por el Ministerio Público Fiscal es similar a la otorgada a los otros hechos, incendio con peligro común para los bienes.


viernes, 9 de mayo de 2008

Esquel cubierto de cenizas

Esquel con nueva lluvia de cenizas. Imagen tomada esta mañana desde el 3er. piso del Edificio de Tribunales

Doble homicidio de Trevelin


Imagen 1: Rubén D. Cárdenas - Imagen 2: El Tribunal - Imagen 3: Los Fiscales con víctimas

CÁRDENAS DEBERÁ PURGAR UNA PENA DE 28 AÑOS DE PRISIÓN

El Tribunal Colegiado compuesto por los Dres. Cristina Jones, Víctor Sarquís y Jorge Criado, condenaron a Rubén Darío Cárdenas a cumplir la pena de 28 años de prisión como responsable material de los homicidios de Juan José Jaque y Marcelo Gallardo. Los jueces tuvieron en cuenta los antecedentes penales de Cárdenas, su proclividad delictiva increscente, el daño producido a los familiares de sus víctimas mortales; y la formación moral y contención familiar que evidencian un esfuerzo para actuar en contra de la ley siguiendo sus instintos criminales. Los tres magistrados encontraron ajustada la pretención punitiva de la Fiscalía, de 32 años de prisión, pero consideraron como atenuante las malas condiciones de detención que existen en esta jurisdicción.

La Dra. Cristina Jones, luego de exponer brevemente lo alegado por las partes, fundamentó su decisión anticipando que la pena a imponer debía acercarse a la propuesta por la Fiscalía y apartarse notablemente de lo que pidió la Defensa (10 años). “… Entiendo correcta la valoración realizada en este aspecto por la Fiscalía, dimensionando el daño causado no solo por el truncamiento de dos vidas humanas jóvenes – recordemos que Marcelo Gallardo contaba con 19 años y Juan José Jaques con 31 – sino por el ocasionado a sus víctimas conceptuadas estas últimas por los alcances dados por el inciso 2do del artículo 98 del Código Procesal Penal (sus familiares directos), siempre que se tome como un dato circunstancial pero no determinante. Puede decirse en el caso que dado el grado de conocimiento que tenía Cárdenas de sus víctimas, según lo que surgió del debate, el mismo pudo abarcar las condiciones personales y familiares de las mismas, lo que obviamente, si bien no se probó con certeza, no impide su valoración en los términos señalados, es decir en forma no decisiva sino meramente accesoria”.

El daño a los familiares de Jaques y Gallardo, fue resaltado por los tres Jueces en sus votos, destacando la contundencia del informe de la Lic. Verónica Masciarelli del Servicio de Asistencia a la Víctima del Delito (SAVD). “En tal sentido entiendo que el informe de la Lic. Masciarelli del SAVD, ha permitido al Tribunal tener un panorama acabado, tanto de la particular situación en que han quedado los tres hijos de Juan José Jaque… y su concubina, como el sufrimiento padecido por los familiares directos de Marcelo Gallardo, principalmente sus padres antes la pérdida de un hijo”, expresó la Dra. Jones.

Las características del crimen

Otra consideración especial merecieron las características del crimen. En este sentido el Dr. Víctor Sarquís destacó “la peculiar gravedad del accionar del imputado, aplicando con violencia con un alto nivel de agresividad y de irracionalidad, como puntualizara la Fiscalía, sendas estocadas una a cada víctima, con el arma blanca secuestrada en autos, de diseño, filo y longitud suficientemente idónea para lograr el resultado. Estocadas que aplicó sobre sectores similares del cuerpo de las víctimas, Juan José Jaque y Marcelo Gallardo sucesivamente, con un lapso de escasos minutos entre ellas y con una llamativa destreza en el manejo del arma mortal dadas la similitud y características de las lesiones y la dinámica de su producción, según explicara el Lic. Ehnes, evidenciando con claridad su propósito homicida.” Para Sarquís la manera en que abordó a las víctimas y que estas desconocieran que el agresor que se les acercaba portaba un arma, debe ser considerado como un agravante. “También calibro en su contra el uso artero, imprevisible para las víctimas del arma citada sin darles tiempo a nada y sin que nada justificase su empleo. Primero porque en le caso de Jaques su única actitud fue utilizar sus manos para evitar la pelea y respecto de Gallardo, este ya se había retirado de la encrucijada de Av. San Martín y Perito Moreno, en una clara actitud de evitar el enfrentamiento y además tampoco tenía elemento alguno con qué defenderse.” Luego de esto el magistrado recordó que Gallardo ya herido de muerte dio aviso a los policías que se hallaban en el lugar de lo que le había ocurrido, indicando que Cárdenas había sido el autor, haciendo alusión a ese uso artero del arma indicando que “a mano limpia no se la aguantaba”. La velocidad, la destreza en el uso y la elección de la zona corporal en la que aplicó las puñaladas, fueron elemento tomados como indicativos de su clara intención de dar muerte.

El segundo votante consideró como agravantes subjetivas, el desprecio absoluto hacia la vida del prójimo, “por el inmotivado y feroz ataque armado contra víctimas desguarnecidas y desprevenidas…”, y la proclividad a resolver los problemas que pudiera haber tenido con las víctimas por mano propia “apelando a la violencia y al uso irracional de un arma blanca como lo hizo con las luctuosas consecuencias que están a la vista”.

Los antecedentes de Cárdenas: El fracaso del alerta.

Los tres magistrados consideraron, al igual que la Fiscalía, que su proclividad a cometer delitos debe ser considerada como un agravante. “Calibro como agravante en su contra, la proclividad del imputado a cometer hechos reprochables, cada vez mas graves, que van desde una primera atribución delictiva por agresión, lesiones leves y daño agravado en concurso real, proceso que se iniciara el 31 de julio de 2005 y en el que se le concediera por este Tribunal la suspensión del juicio a prueba (Probation) por el término de un año; pasando por una sentencia condenatoria a un año de prisión de cumplimiento condicional que le fuera impuesta en el marco procesal de un juicio abreviado, con reconocimiento por tanto de su responsabilidad penal, como bien lo apuntara la Fiscalía, por el delito de daño en concurso real con abuso de armas que cometiera el 18 de febrero de 2007. Todo lo cual ha sido debidamente acreditado por la acusación, para finalmente cometer el gravísimo hecho de autos el 8 de julio de 2007, ya con sentencia condenatoria no firme en su contra (el doble crimen). No hace falta decir que los datos objetivos que se desprenden de esta sucesión de hechos y de sus características está revelando no solo el fracaso del alerta pretendida por la concesión de la Probation, como bien lo señalara la Fiscalía, sino la revelación de una actitud tendencial del imputado a la comisión de hechos cada vez más graves”, puntualizó Sarquís.

La conducta posterior

También el Tribunal entendió que el gesto que Cárdenas hizo a un amigo, cuando había sido trasladado a la Comisaría de Trevelin, detenido momentos después del crimen, denota su absoluta falta de arrepentimiento. El Dr. Jorge Criado indicó que ese gesto que ilustraba, al menos, que habían muerto dos personas “lo que también entiendo con la Fiscalía que indica un grado importante de desprecio por la vida humana, ya que según fue relatado por los testigos. No puede entenderse que se trataba de un signo de arrepentimiento sino mas bien que se ufanaba de sus actos, lo que entiendo como mas grave en tanto que los motivos que lo llevaron a delinquir resultan nimios dado que se trataba de un conflicto menor y además le era ajeno”.

Incomprensible

El Dr. Criado mostró diferencias con el planteo de la Defensa y con las conclusiones arribadas por el informe del Servicio Social de ese Ministerio. “De distinto modo he de pensar en la contención del grupo familiar de Cárdenas que el Defensor público esgrimió como génesis del supuesto desarrollo traumático de la personalidad de aquel, y he de destacar aquí que si bien el informe de la Lic. Grimaldi realiza conclusiones en el sentido esbozado, de las demás probanzas arrimadas por el Defensor, se ha podido vislumbrar que Modesto Cárdenas, padre del imputado, es una persona que a pesar de los avatares propios que su vida le deparó, lo albergó y contuvo… Aun haciendo un esfuerzo no logro avizorar cómo este hogar debidamente constituido, que además recibió a Cárdenas cuando unió su vida a Marlén Fernández decidiendo ambos ser padres, pudo haber motivado, de alguna manera que justifique, el accionar inmerso en la sin razón de cometer dos homicidios”.

Los inapropiados lugares de detención agravan cualquier pena

Los tres Jueces tomaron esta situación como un elemento para disminuir el monto de la pena a imponer. Jorge Criado citó a un reconocido jurista para indicar que se evidencia cierto prestigio social por las penas privativas de la libertad “a partir de su ejecución sumamente degradante, se ha convertido en una forma de irrogarle mal al otro. Aun cuando hoy la comunidad parece ver en la actuación penal esa concreta posibilidad de venganza por el mal sufrido, exacerbada en su buena fe en la mayoría de los casos por discursos de neto corte político y especialmente de coyuntura electoral, que promueven el retorno a la ley del taleón, al estilo conocido del ‘ojo por ojo’, lo cierto es que las férreas normas de la Constitución Nacional y su par Provincial, sientan el principio sensato de una comunidad que pretende vivir bajo el imperio de la ley y conforme el normal accionar de las instituciones constitucionales.” En este marco el magistrado se refirió a lo que establece la normativa respecto de que las cárceles deben ser sanas y limpias para seguridad y no para castigo de los reos, constituyéndose en centros de recuperación y trabajo, tendientes a la resocialización del individuo incurso en hechos delictivos.
“No pueden ser ajenas al decisorio de la magistratura las condiciones de cumplimiento de las privaciones de la libertad, al imponer y darle sentido carnal y humano a las decisiones de la fría letra de la ley”, planteó Criado, coincidente con los otros Jueces.

Por esta causa el fallo del Tribunal impuso 28 años de prisión de cumplimiento efectivo a Cárdenas, cuatro años por debajo de la pena solicitada por la Fiscalía, y encontrada justa por los Jueces.

Nuevas causas

HURTO:
Autores ignorados sustrajeron una importante suma de dinero de una vivienda ubicada en Perito Moreno al 600. El dinero estaba guardado en una bolsa de nylon y escondido. No se encontró nada forzado para entrar al lugar, habitualmente la puerta de acceso a la vivienda quedaba sin llave.

jueves, 8 de mayo de 2008

Nuevas causas

HURTO:
Autores ignorados sustrajeron de dos vehículos, un Ford Falcon y un camión Mercedes Benz, los estereos. Sucedió el miércoles en Avellaneda al 2100 de Esquel.


DAÑO:
Autores ignorados rompieron el vidrio de una panadería ubicada en Av. Holdich al 40 (Esquel). Dañaron mercadería, pero no se constató ningún faltante.
Sucedió el miércoles entre las 4 y las 7 hs.

DAÑO:
Autores ignorados rompieron un vidrio de la dependencia policial en El Maitén. El daño fue constatado el martes a las 22hs.


LESIONES LEVES:
El Secretario Legislativo del Concejo Deliberante de Gualjaina denunció que el presidente del Bloque radical lo agredió con golpes de puño. Según el denunciante esto habría sucedido en un cuarto intermedio de la sesión de ayer, miércoles, a las 11:45 hs.

HURTO:
Ocurrió el miércoles entre las 17:30 y las 19:30 hs. Autores ignorados sustrajeron dos bicicletas de la entrada vehicular de una vivienda ubicada en Owen Jones al 1300 (Esquel).
Se trata de una Zenith modelo Tibet color rojo mate, rodado 26 de 24 velocidades.
La otra bicicleta es una Mountain Sanfher, blanca rodado 29 de 18 velocidades.

HURTO O EXTRAVÍO:
Una pobladora del Parque Nacional los Alerces denunció que le sustrajeron o se extraviaron siete bovinos Hereford. La mujer indicó que en el incendio de este verano se le quemaron los alambrados.

HURTO DE GANADO:
Autores ignorados sustrajeron tres cabras de un establecimiento ubicado en Epuyén. El faltante fue descubierto el sábado.

HURTO:
Personas no identificadas sustrajeron la tapa de combustible de un camión además de otros elementos. Ocurrió el miércoles en Paso del Sapo.

DAÑO Y LESIONES:
El chofer del colectivo urbano denunció que cerca del puente de salida del Barrio 50 Viviendas (Esquel), unos chicos arrojaron piedras al rodado rompiendo uno de sus vidrios. Al regresar volvieron a tirarle piedras lesionando a una pasajera. Se están realizando averiguaciones para identificar a los autores.

HURTO:
El dueño de una obra en construcción denunció que desde el 26 de mayo a la fecha le robaron diversos materiales de construcción, herramientas, una cabra y una bolsa de avena.El hecho sucedió en Lago Puelo.

miércoles, 7 de mayo de 2008

Doble homicidio de Trevelin


LA FISCALIA PIDIÓ 32 AÑOS DE PRISIÓN PARA CÁRDENAS, LA DEFENSA SOLICITÓ QUE NO SE LE APLIQUEN MAS DE 10

En la continuidad del juicio que se sigue contra Rubén Darío Cárdenas, condenado como autor material del homicidio de Juan José Jaque y Marcelo Gallardo, y luego de escuchar los testigos propuestos para esta etapa, las partes fundamentaron su pretensión punitiva. La Fiscalía solicitó que se le aplique una pena de 32 años de prisión. La Defensa requirió que la pena impuesta no supere los 10 años, en tanto que anticipó que recurrirá ante el Superior Tribunal de Justicia cuestionando la condena que ya se dispusiera.
Este viernes a las 12 hs. el Tribunal leerá la sentencia.



La audiencia comenzó pasadas las nueve de la mañana y se prolongó mas allá de las 14 hs. La Fiscalía presentó como testigo a la Lic. Verónica Masciarelli del Servicio de Asistencia a la Víctima del Delito, en tanto que la Defensa acercó como testigos a un pastor, un amigo de la familia y a la concubina de Cárdenas. Además se incorporaron por lectura un informe del Servicio Social de la Defensa, los antecedentes penales del imputado y un legajo que finalizó con un juicio abreviado en el que Cárdenas reconoció ser el autor de daño y abuso de armas contra la Subcomisaría de Trevelin.

El alegato Fiscal

La Dra. Fernanda Révori por la Fiscalía, enumeró los elementos que el Tribunal deberá tomar en cuenta a la hora de definir el monto de la pena a aplicar. Así solicitó que se tome en cuenta la descripción de cómo sucedió el doble crimen juzgado, de la manera en que lo detallaron los votos de estos mismos Jueces en la sentencia por responsabilidad penal. En este sentido destacó que por tratarse del concurso de dos homicidios la escala penal que habilita el Código va de los 8 a los 50 años de prisión.
Révori planteó como agravante la irracionalidad que tuvo este hecho, la desproporción entre el conflicto inicial que sirvió de motivación a Cárdenas para cometer el crimen, mediante la utilización de un cuchillo. “También deben los Sres. Jueces tener en cuenta la extensión del daño causado a partir del hecho. En esta audiencia hemos tenido la oportunidad de escuchar a la Lic. Masciarelli del SAVD, donde a criterio del Ministerio Fiscal ha hecho una evaluación que es contundente en cuanto a la extensión del daño causado a las víctimas. Que se tenga fundamentalmente en cuenta la implicancia que ambas muertes han tenido en ambas familias”, sostuvo la funcionaria.
La edad, antecedentes de vida y costumbres del imputado fueron ponderados por la Fiscalía, indicando a los magistrados que se trata de una persona que, pese a las dificultades que le tocaron vivir desde chico, ha tenido contención por diferentes familiares y estos lazos de contención – como lo expresa el informe del Servicio Social de la Defensa – son sólidos.
En relación a su capacidad para comprender la implicancia de producir dos muertes, la Fiscalía entendió que la formación básica que tubo, mas la contención familiar y espiritual “le permiten al Sr. Cárdenas tener la comprensión suficiente para entender el significado del valor jurídico que protege la norma del artículo 79, que es el valor vida”. La Fiscal ponderó también la actitud que Cárdenas tuvo al momento de quedar detenido la madrugada del doble crimen, haciendo un gesto con sus dedos indicando que había matado a dos personas. En su valoración la Fiscalía consideró que esta actitud demuestra desprecio por la vida.

Los antecedentes

Cárdenas cuenta con antecedentes penales. Fue beneficiado con una Suspensión de Juicio a Prueba – PROBATION – por la cual debía someterse a determinadas normas de conducta durante un año. Dentro de ese plazo temporal se produjo el episodio en el que baleó la Subcomisaría de Trevelin, habiendo policías en su interior, mientras se tramitaba esa causa se produjo el doble crimen y se le impuso una prisión preventiva. El 23 de noviembre último, admitió su responsabilidad en aquel hecho y fue condenado a un año de prisión en suspenso por los delitos de Daño y Abuso de Arma de fuego.

Con estos entre otros fundamentos, el Ministerio Fiscal solicitó que se le aplique a Rubén Darío Cárdenas, la pena de 32 años de prisión.

El alegato de la Defensa

Por su parte el Dr. Javier Allende ofreció una interpretación contraria a los argumentos del Ministerio Fiscal, considerando que algunos no debían ser contemplados, en tanto que otros deberán ser tomados en favor de su defendido, como atenuantes.
En su planteo respecto de la pena, la Defensa consideró excesivo el pedido del Ministerio Fiscal, indicando que no se condice con lo que plantea la ley y la Constitución en relación a la finalidad de la pena. Esta desproporción la fundó en la corta edad de Cárdenas (21 años) y la implicancia que tendría imponerle una pena que lo obligue a pasar toda su juventud en la cárcel.
Luego de un amplio alegato en el que se plantearon razones personales, sociales y jurídicas, el Defensor concluyó que la pena a imponer no puede superar los 10 años.


El Tribunal dará a conocer la sentencia el próximo viernes al mediodía.

Nuevas causas

ATENTADO, RESISTENCIA Y LESIONES:
Una mujer llamó a la policía porque sus hijos se peleaban en la calle. Al llegar los uniformados uno de los jóvenes arremete contra ellos resultando lesionada una mujer policía.Sucedió en El Maitén el martes a las 20:55 hs.

martes, 6 de mayo de 2008

Esquel cubierto de cenizas


El hongo de la explosión de cenizas del Volcán Chaitén visto desde el centro de Esquel 9:55 hs.

La Fiscalía de Esquel atiende normalmente en horario de mañana, 7 a 13 hs.

lunes, 5 de mayo de 2008

Esquel cubierto de cenizas




Informamos a la comunidad que la Oficina
Única del Ministerio Público Fiscal en Esquel no adhiere al asueto de esta jornada. Hoy lunes atiende normalmente en el horario de mañana 7 a 13 hs.


Nuevas causas

ROBO:
Autores ignorados rompieron un vidrio e ingresaron a una vivienda ubicada en Miguens al 300. Sustrajeron un DVD y una radio antigua. Sucedió el viernes a las 22 .

DAÑO:
Personas no identificadas rompieron las lunetas de tres vehículos estacionados en el Barrio Los Alerces. Sucedió el sábado en horas de la madrugada.

ROBO:

Cuatro jóvenes de entre 16 y 20 años fueron sorprendidos por la policía luego de haber ingresado a un Renault 12 y sustraído documentación, elementos personales y el estereo, a este último debieron arrancarlo.
El vehículo tenía una de sus puertas sin seguro. La detención fue a 50 mts. del lugar. Esta mañana se realizará la audiencia de control de la detención de tres de ellos.