viernes, 24 de abril de 2015

Homicidio en Cholila

El imputado cumplirá prisión preventiva por diez días

Hipólito Roberts falleció el viernes por la mañana en el hospital de Esquel, llegó allí trasladado desde el hospital de Cholila. Su muerte fue a consecuencia de una herida de arma blanca en el pecho. El presunto autor se presentó espontáneamente en la comisaría de la localidad, entregó el cuchillo que habría empleado y quedó detenido.

El hecho tuvo lugar alrededor de las 21 hs. del jueves en el interior de la vivienda del imputado. En el contexto de una discusión con Roberts, el imputado le habría asestado una puñalada en el pecho con un cuchillo tipo Tramontina.
El herido fue llevado al hospital y debido a su estado trasladado al de Esquel. Sin embargo, pese a la intervención médica, perdió la vida.

Por disposición del fiscal de turno se le comunicó la imputación al presunto autor y quedó detenido. El viernes por la mañana se llevaba a cabo en los tribunales de Esquel la audiencia de control y formalización de la investigación.

A pedido del fiscal Fernando Rivarola, el juez dispuso la prisión preventiva por un plazo de diez días. Cumplido el plazo se realizará una nueva audiencia para analizar si es necesaria la continuidad de la medida que se fundó en el peligro de entorpecimiento procesal. 

Homicidio de Pilar Codesal

FISCALÍA DISPUSO LA APERTURA DE LA INVESTIGACIÓN

La investigación no cesó desde el viernes 22 deenero de este año cuando fuera hallada sin vida Pilar Codesal de Williams en su vivienda. La Fiscalía reunió indicios que apuntan a un presunto responsable. Este viernes, en audiencia, se le comunicó formalmente el hecho que se investiga.

La formalización de la investigación es un acto previsto para que el imputado conozca exactamente qué hechos se le atribuyen, pueda preparar mejor su defensa y, por otra parte, se constituye en un hito a partir del que comienzan a correr los plazos procesales para que el Ministerio Público se haga de los elementos que presentará como prueba en caso de llevar el caso a juicio.

El funcionario Carlos Richeri expuso el hecho señalando que ocurrió el viernes 22 de enero de 2015, aproximadamente entre las 9 y 11hs, en el domicilio sito en la calle Rivadavia al 2600 de Esquel. Al imputado se le atribuye haber roto a patadas la puerta de la vivienda, ingresar y al encontrar sola en el dormitorio a la víctima de 94 años, golpearla y arrastrarla hasta la cocina. Allí la habría tendido en el suelo, atando sus pies y apuñalándola en tórax y abdomen. El daño producido por las reiteradas puñaladas provocó la muerte de Pilar. El autor registró las dos plantas de la vivienda y sustrajo el dinero que encontró.
La Fiscalía calificó provisoriamente el hecho como homicidio criminis causa en concurso real con robo doblemente calificado por efracción y uso de arma.

El imputado negó rotundamente su participación en los hechos.
El defensor público Marcos Ponce se opuso a la formalización de la investigación por considerar que la Fiscalía no reunió elementos de cargo suficientes.

Jorge Criado, juez de la carpeta formalizó la investigación entendiendo que disponer la apertura de la investigación es una facultad del Ministerio Público Fiscal y desde este momento colectar la prueba para acusar.

Adquisición y venta de tierras fiscales

EL JUEZ RESOLVIÓ QUE LA FISCALÍA DEBE REFORMULAR

José Oscar Colabelli dio a conocer su resolución en la continuidad de la audiencia preliminar iniciada el jueves. El magistrado consideró que los hechos descriptos no calzan cómodamente en los tipos penales escogidos, pidió más precisiones a la Fiscalía en un plazo de cinco días hábiles. Un tiempo igual contará la defensa para responder a la nueva formulación. La Fiscalía analiza la posibilidad de plantear la revocatoria de la resolución.

Colabelli citó la resolución dictada por él mismo en otro caso que también investigaba presuntas irregularidades en el manejo de tierras fiscales en una zona, entonces paradisíaca en torno del río Tigre, actualmente un páramo a causa del reciente incendio, y que luego de un pedido de reformulación de la acusación finalizara dictando sobreseimiento a todos los imputados.  Esa resolución fue recurrida por la Fiscalía ante el Superior Tribunal de Justicia. La queja aun no fue resuelta.

El magistrado explicó que los hechos deben ajustarse y calzar en la figura penal escogida. Según su criterio la descripción de la Fiscalía debe contar con más datos, con más precisiones sobre cada conducta en relación al articulado de las normas que sostiene el mismo escrito que fueron infringidas.


A pedido de la Fiscal Fernanda Révori, el juez puntualizó cada una de sus observaciones al escrito acusatorio, indicando qué exige para habilitar la etapa de juicio.  

jueves, 23 de abril de 2015

Adquisición y venta de tierras fiscales


LAS DEFENSAS PIDIERON SOBRESEIMIENTO DE TODOS LOS IMPUTADOS

El viernes a las 8 hs se conocerá la resolución del juez. Mientras que la Fiscalía sostiene que se están haciendo negocios con tierras públicas en contra del espíritu de las normas que regulan su administración, las defensas argumentan que la Justicia no debe meterse en asuntos de "discrecionalidad política".
La acusación pública está en manos de la fiscal Fernanda Révori, los abogados defensores son los Dres. Martín Iturburu, Luis Codesal, Adolfo Alarcón, Fabián Gabalachis y Adriana Carro, y el juez de la audiencia preliminar es José Oscar Colabelli supliendo al juez de la carpeta que por razones personales está de licencia.

Como cada vez que el Ministerio Público Fiscal pone la lupa sobre actos realizados por funcionarios de las administraciones políticas, uno de los tópicos que se discuten en las audiencias es el ámbito de independencia propia de cada Poder del Estado versus el control interpoderes que el sistema republicano de gobierno impone. Los mismos actos llevan a conclusiones opuestas en la mirada de investigadores e investigados. Los hombres políticos pretenden resolver estas contiendas en el terreno administrativo, el que por la naturaleza de sus funciones conocen, habitan y en el que deciden. Esta no fue la excepción.

Los abogados defensores de todos los imputados solicitaron que se declare inadmisible la acusación fiscal y se dicte el sobreseimiento. Sostienen que las ordenanzas municipales son actos con presunción de legalidad y que no fueron cuestionados por la vía administrativa. "Es en sede administrativa donde el municipio debía invalidarlas, de otro modo hay inmiscusión del Ministerio Público Fiscal en una esfera que no es de su competencia", argumentaron.
Révori respondió a este planteo indicando que difícilmente podría invalidar la intendente municipal entrante lo que ella misma había votado como concejal en la gestión anterior.
La Fiscal señaló que puede el juez tener dudas respecto de si los actos cuestionados constituyen o no delito y en esta etapa esa duda solo puede resolverse con un juicio en el que se produzca toda la prueba. Sin el análisis integral de la prueba no puede haber certezas.

El viernes a las 8:00 hs. se conocerá la resolución del juez.

miércoles, 22 de abril de 2015

Adquisición y venta de tierras fiscales

LA FISCALÍA QUIERE LLEVAR A JUICIO UN CASO OCURRIDO EN CORCOVADO

Este jueves a las 10 hs. está previsto que se realice en la Sala 2 de los tribunales de Esquel, la audiencia preliminar de una investigación que involucra a concejales y titulares del ejecutivo municipal de Corcovado. A criterio de la Fiscalía otorgaron autorizaciones de venta de tierras fiscales en infracción a la ley, “eliminando el pacto de retroventa, fijando el precio de venta sin tener en cuenta la zonificación, lo que convierte la operación en un negocio inmobiliario que beneficia a los inversores no residentes en la localidad, en detrimento de los intereses de la comunidad de Corcovado”.

La teoría del Ministerio Público Fiscal es que para que estas operaciones pudieran realizarse debieron sancionarse y promulgarse las Ordenanza 742 y 751/11 en infracción a las normas vigentes en materia de tierra fiscal.

Historia reciente de las tierras en cuestión

El lugar se identifica como circunscripción 1 sector 1 fracción 51 y 52 del ejido de Corcovado. En 2005, mediante Ordenanza N°  389/05, ee HCD de Corcovado había autorizado la venta de este inmueble a la Sra. María Josefa Larrea. La ordenanza fue vetada por el Ejecutivo Municipal en Resolución N° 64/05.
La mujer y sus hijas esgrimían derechos en tanto sucesoras de José Diego Torres. Torres fue ocupante de varios predios rurales fiscales y en virtud de ello obtuvo varias adjudicaciones en venta. Ya en 1991 el IAC tomó razón de la declaratoria de herederos y adjudicó en venta esas tierras a los herederos de José Diego Torres a saber: su esposa María Josefa Larrea y sus hijas.
A la fecha en que cesó la administración de tierras del ejido de Corcovado por parte del IAC y pasó al Municipio, la Sra. Larrea y sus hijas, contaban con la adjudicación en venta de estas 150 ha aún vigente, aunque no se había regularizado el pago y se hallaba pendiente la aprobación de la mensura que había sido observada por la propia comunidad de Corcovado, quienes ya por entonces solicitaban poder tener acceso al balneario municipal.
En relación a las restantes hectáreas cuya adjudicación en venta se reclamaba, María Josefa Larrea no poseía reconocimiento ni por parte del IAC ni por parte de la Corporación Municipal. Contaban con un derecho litigioso sobre las tierras, expuesto públicamente en 2005 cuando la venta se frustró.

Los hechos bajo análisis

La fiscal general Fernanda Révori es quien tiene a su cargo esta investigación. Su acusación sostiene que el 24 de noviembre de 2011 se sancionó la Ordenanza 742/11 por la que se autorizó al Dpto. Ejecutivo Municipal a cargo de Héctor Raúl Diez, a vender a María Josefa Larrea estas tierras, en un total de 231 ha 70 a y 95 ca. y 13 días después, horas antes que asuman las nuevas autoridades electas en los comicios de ése año, se sanciona la Ordenanza 751/11 por la que se autoriza a Larrea a ceder, vender o transferir el derecho por la adjudicación en venta de esas mismas tierras a terceros. Ambas ordenanzas fueron promulgadas por el entonces Intendente Municipal Héctor Raúl Diez.
Según pudo constatar la Fiscalía, la mujer al momento de la venta de las tierras, residía en Esquel desde hace tiempo, en tanto que a Corcovado iba esporádicamente de visita. El predio, cuyas mejoras adquirió su esposo de Spinelli, las alquilaba a una empresa dedicada a la actividad de rafting. En ese tiempo Larrea era propietaria de otros cuatro inmuebles en la localidad.
Révori plantea que” la adquisición de la tierra por parte de Larrea no aparece destinada a regularizar la situación de un ocupante que vive y produce la tierra, que la adquiere para vivienda única familiar o en virtud de un proyecto productivo”.
Además se pudo constatar que las gestiones por la venta de las tierras se iniciaron meses antes de sancionadas las ordenanzas con la intervención de una inmobiliaria de Puerto Madryn y que al momento de sancionarse la ordenanza que autorizó a la mujer a vender a terceros, el precio por la venta del predio no había sido cancelado.
Las firmas de las escrituras públicas de compraventa del Municipio de Corcovado a favor de Larrea y de esta a favor de inversores residentes en otra ciudad se realizaron en la misma escribanía.


Révori sostiene que “las autorizaciones de venta fueron otorgadas en infracción a la ley, eliminando el pacto de retroventa, fijando el precio de venta sin tener en cuenta la zonificación, lo que convierte la operación en un negocio inmobiliario que beneficia a los inversores no residentes en la localidad, en detrimento de los intereses de la comunidad de Corcovado. Para que ello fuera posible, debieron sancionarse y promulgarse las Ordenanza 742 y 751/11 en infracción a las normas vigentes en materia de tierra fiscal.”

jueves, 16 de abril de 2015

Reunión entre Fiscalía y Jefes Policiales de la Región




La Fiscal Jefe María Bottini y los funcionarios Ruth Monge y Ezequiel Forti participaron de una reunión de trabajo con el Jefe de la Unidad Regional Esquel y los responsables de las comisarías de la jurisdicción. El objetivo del encuentro fue realizar ajustes al trabajo cotidiano entre ambas instituciones.

La reunión tuvo lugar a media mañana en instalaciones de la URE Esquel. Previo a la reunión ampliada la fiscal jefe y funcionarios de Fiscalía mantuvieron un breve encuentro con el Jefe de la Unidad Regional Oscar Marinao.
Bottini valoró la oportunidad para discutir y consensuar mecanismos que permitan mejorar la comunicación entre ambas instituciones de modo tal de obtener un mejor desempeño en el trabajo conjunto y en última instancia alcanzar la mejor respuesta posible para las víctimas de delitos.

La comunicación de los oficinales de servicio con los funcionarios fiscales de turno, envío de actuaciones, información necesaria para la mejora del mapa del delito, atención adecuada a las víctimas de abuso sexual en las localidades en las que no hay comisaría de la mujer y primeras medidas ante la notica de un hecho delictivo, fueron los temas que se conversaron en el encuentro. El objetivo central fue optimizar el trabajo de equipo, mejorar la comunicación y acordar pautas de funcionamiento.

Homicidio de Franco Daniel Antieco



MORAGA ACTUÓ CON EXCESO EN LA LEGÍTIMA DEFENSA

En la madrugada del domingo 26 de octubre de 2014, Antieco murió violentamente en el interior de la morada de Gustavo Fabián Moraga. La policía tomó intervención cuando el imputado avisó telefónicamente desde la casa de su hermana. Esa misma mañana en la audiencia de control de la detención Moraga contó que se había defendido con un fierro del ataque de Antieco. La investigación permitió corroborar sus dichos, aunque para la Fiscalía el acusado se excedió en el ejercicio de su legítima defensa. En juicio abreviado se acordó la pena de tres años de prisión en suspenso, con el previo acuerdo de la familia de Antieco.

El reloj no daba aun la una de la madrugada cuando Antieco se presentó en la casa de su familiar, Gustavo Moraga. Llegó con la intención de tomar alcohol y para esto llevaba consigo una botella. La investigación fiscal corroboró que en ese contexto se produjo una discusión entre la visita y el dueño de casa. Antieco le partió la botella en la cabeza a Moraga, se golpearon, hasta que el anfitrión alcanzó un pedazo de caño y golpeó a su contrincante varias veces en la cabeza. Los golpes le causaron la muerte.
Fernando Rivarola explicó que se constató una agresión ilegítima de parte de la víctima que habilitó al imputado a defenderse, pero que este último aplicó una respuesta superior a la necesaria para neutralizar la agresión de Antieco. Por ese motivo la Fiscalía encuadró el hecho en la figura penal de Homicidio con Exceso en la Legítima Defensa. Esta fue la primera vez que Moraga se vio involucrado en una investigación penal.
El imputado, que facilitó la investigación desde el momento del hecho, reconoció una vez más su responsabilidad y aceptó su condena a tres años de prisión de ejecución condicional. El juez José O. Colabelli homologó el acuerdo de juicio abreviado.