domingo, 16 de agosto de 2015

El SAVD Chubut capacitará a profesionales de La Pampa




La Procuración General de La Pampa declaró de interés la capacitación "Intervención en situaciones victimológicas de abuso sexual" que dictará la Lic. Luisa Pasquini, psicóloga del SAVD Esquel, del 24 al 26 de agosto en esa provincia. La actividad está dirigida a los equipos profesionales de la OAVyT sede Santa Rosa, General Pico y General Acha.

La organización está a cargo del Ministerio Público de la provincia de La Pampa, el Ministerio Público Fiscal de la provincia del Chubut y el Centro de Capacitación Judicial. La declaración de interés valora que la capacitación contempla conceptos teóricos de la problemática del Abuso Sexual, como así también el desarrollo de aspectos prácticos y de organización entre los equipos de trabajo interdisciplinarios, haciendo hincapié en la necesidad de interrelación entre profesionales, fiscales y asesores de menores organizando espacios de trabajo para los funcionarios mencionados.
El curso se desarrollará en tres jornadas y versará sobre escucha activa, dispositivos y protocolos, entrevista, consentimiento informado cuando la víctima es menor, dispositivo para la atención de personas en situación de Abuso Sexual y violación, protocolo de evaluación de riesgo a víctimas de violencia familiar, protocolo de atención en guardia, entrevista de admisión, cámara gessel y coordinación entre equipos victimológicos, fiscales y asesores de menores, entre otros puntos. 
 

Los policías fueron absueltos

El juez Martín O’ Connor entendió que los policías no actuaron con dolo, sino probablemente por error al no iniciar acciones de oficio al tener noticia de una presunta contravención cometida el 4 de mayo de 2013 en Colán Conuhé. La intencionalidad es uno de los requisitos que debe cumplir la conducta para encuadrarse en el delito de incumplimiento de los deberes de funcionario público por el que fueron acusados. El magistrado absolvió a Daniel Alberto Manriquez y a Mauricio Javier Núñez, aunque consideró que está absolución penal no los exime de la responsabilidad administrativa, la que deberá ser evaluada por los órganos competentes. Con esta finalidad se remitió copia de la sentencia a la Unidad Regional Esquel.

La Fiscalía presentó su caso siguiendo el relato de las víctimas y las vivencias que estas tuvieron a partir de lo que consideraron inacción policial. Por su parte la defensa pidió al juez que analizara el caso desde lo acontecido en la comisaría, es decir aquello de lo que tomaron conocimiento directo los imputados.

El 4 de mayo de 2013 a las 17:30 hs. Un grupo trabajaba en la instalación del alambrado eléctrico, cuando se sorprendieron y asustaron por los disparos propinados por dos sujetos desde la ruta en dirección a donde ellos se encontraban. Los sujetos mataron una cría de ñandú que dejaron abandonada, antes de retirarse en su vehículo.
A partir de este suceso una de las personas que estaban en el lugar se presentó en la comisaría, también se presentó espontáneamente Sepúlveda, uno de los responsables de los disparos. Lo ocurrido en la comisaría y fundamentalmente el proceder de los policías que en ella se desempeñaban, es lo que se puso en cuestión durante el juicio y lo que debió analizar la resolución judicial.

El Dr. O’ Connor razonó que “si se hubiera probado la amistad de Sepúlveda con alguno de los acusados, fácil hubiera sido probar el dolo de cualquier irregularidad que beneficiara al propio Sepúlveda.”
En su análisis de cada una de las conductas atribuidas a los imputados, el juez entendió que no hubo omisión de tomar denuncia por parte de los uniformados. De las declaraciones testimoniales surgió que en dos oportunidades le preguntaron a quien los puso al tanto de los sucesos, si quería formular denuncia y este les dijo que no.
“Con ese conocimiento de la situación, Nuñez recibió a Daniel Sepúlveda, quien se presentó espontáneamente en la Comisaría, aduciendo que se había detenido en la ruta para calibrar su mira y que al disparar había escuchado un grito. Sepúlveda tenía permiso de tenencia, el arma estaba registrada a su nombre y la misma era transportada conforme la ley, esto es, separada”, reseñó el magistrado. La lectura que realiza el juez respecto de estos sucesos es que no estaba habilitada la aprehensión de Sepúlveda con los elementos de que disponían los uniformados. Tampoco el secuestro del arma con una finalidad preventiva. “Los acusados contaban con una presentación espontánea de un sujeto que afirmaba circunstancias que, en principio, no configuraban las contravenciones”.

O’ Connor sostiene que “Estrictamente, los acusados debieron intervenir, investigar la existencia o no de la contravención, incorporar los elementos probatorios y elevar todo al Juzgado de Paz”, tal como planteara la Fiscalía. “Observado desde lejos –temporal, geográfica y funcionalmente- parece una decisión errónea a su deber de prevenir, de intervenir de oficio”.
Sin embargo para el magistrado esta inacción no fue arbitraria, como sostuvo el fiscal. “No considero esa decisión una omisión arbitraria de su deber legal, ni un apartamiento –a sabiendas- de la manda normativa. La juzgo una decisión (errónea por cierto) de criterio, tomada en el momento, ante un sujeto ambiguo, poco preciso y en el océano de un sinfín de intervenciones en materia contravencional.”
El juez tuvo en cuenta “la actuación cotidiana de un Oficial de Policía es sumamente exigente. Implica una constante toma de decisiones rápidas, alguna de las cuales son de difícil interpretación. Se encuentra un Policía –muchas veces- en la disyuntiva de que se censure su accionar tanto por acción, como por omisión.”
Tampoco consideró “enfrentado a la manda legal”, que Nuñez realizara un informe a partir de los dichos de Sepúlveda, quién se había presentado espontáneamente en la comisaría.


El juez entendió que la no actuación de oficio en el secuestro de elementos probatorios, implicó un apartamiento de la ley, sin embargo ese apartamiento no fue doloso, por lo tanto corresponde la absolución. “Sin embargo, la exclusión del elemento subjetivo del tipo (es decir, el dolo), en este último supuesto, no descarta la responsabilidad administrativa de los acusados, que deberá ser merituada por los órganos competentes. A tales efectos, deberá ser remitida copia de la presente a conocimiento del Sr. Jefe de Unidad Regional de Esquel, a los efectos que estime corresponder.”

Homicidio de Elba Porri

NUEVOS PROCEDIMIENTOS EN LA INVESTIGACIÓN

La fiscal de la investigación, Fernanda Révori, sigue siendo cauta a la hora de valorar los resultados de los últimos procedimientos realizados en el contexto de la investigación por el crimen de Elba Mirtha Porri. El sábado se llevaron a cabo allanamientos simultáneos, en uno de ellos fue secuestrada un arma de fuego.

El crimen ocurrió la noche del 3 de junio de este año, entre las 20:30 y las 23:50 hs. Porri fue hallada sin vida, con un disparo en el cráneo. A partir de ese momento se inició una intensa investigación que se mantuvo en el tiempo explorando varias hipótesis.
A esta altura algunas hipótesis ceden frente a otras que se mantienen abiertas. La próxima semana se realizarían pericias en el arma secuestrada para determinar si guarda o no relación con el crimen.

Fueron muchas las personas entrevistadas, algunas de ellas se presentaron espontáneamente para arrimar información. La Fiscalía valora los aportes de vecinos, familiares y conocidos de la víctima, y solicita que quien tenga algún dato que a su criterio debería manejarlo el equipo investigador, lo haga llegar a la Fiscalía o a la Comisaría.

viernes, 14 de agosto de 2015

Abuso sexual

SE FORMALIZÓ LA INVESTIGACIÓN Y LOS IMPUTADOS CUMPLEN PRISIÓN PREVENTIVA

Este jueves se llevó a cabo la audiencia de formalización de la investigación en relación a dos hechos de abuso sexual ocurridos el 21 de julio en Cholila. A pedido de la Fiscalía el juez dispuso la prisión preventiva en comisaría para uno de los imputados, un hombre de 29 años, y el arresto domiciliario del otro, un joven de 19 años. La decisión se fundó en los peligros de fuga y entorpecimiento de la investigación.

La comunicación a los imputados del hecho que está investigando la Fiscalía, fue realizada en la audiencia por el funcionario Raúl Camerlo, integrante del sector de investigaciones complejas que encabeza el fiscal Fernando Rivarola.
La audiencia se realizó a puertas cerradas por el tipo de delito que se investiga y las restricciones que impone la ley.

Luego de comunicar el hecho, la Fiscalía solicitó que se imponga prisión preventiva por sesenta días. Camerlo fundamentó su pedido haciendo un balance entre el arraigo, la pena en expectativa y las posibilidades de fugarse por parte de los imputados. Por otra parte valoró en cada uno de ellos los indicios de riesgo de entorpecimiento de la investigación. En este aspecto se contempló que aun hay elementos de prueba que no fueron encontrados y que podrían intimidar a las víctimas o influir sobre testigos para que oculten información o modifiquen sus declaraciones.

Las defensas estuvieron a cargo de Bruno Deias y Julián Ripa Montuenga. Los letrados plantearon la inocencia de sus defendidos y se opusieron a las medidas de coerción solicitadas, argumentando que la Fiscalía no cuenta con indicios suficientes para fundar ninguno de los peligros procesales

El juez de la audiencia fue Martín Zacchino. El magistrado resolvió dictando prisión preventiva por un plazo de treinta días, por entender que es el tiempo suficiente para que la Fiscalía concluya las medidas de investigación que podrían ser entorpecidas por los imputados. Cumplido el plazo, los acusadores podrán realizar los planteos que consideren pertinentes.
Zacchino entendió que cada imputado presentaba particularidades diferentes por eso dispuso que el mayor cumpla prisión preventiva en comisaría, en tanto que el segundo lo haga en su domicilio, advirtiéndole a este que si incumple, la medida se revocará e irá a prisión.


A pedido de la defensa, dos jueces revisaron la decisión judicial. Los Dres. Martín O’ Connor y Hernán Dal Verme, escucharon los planteos y resolvieron mantener las medidas dispuestas por el juez de la carpeta.

miércoles, 12 de agosto de 2015

Fiscalía se reunió con víctimas y vecinos de Cholila

Un equipo de la Fiscalía, encabezado por la Fiscal Jefe, María Bottini, se reunió en Cholila con familiares de las víctimas de hechos delictivos, docentes y vecinos de la localidad para escucharlos. Bottini tomó nota de los planteos y hoy se encuentra en la delegación de la Fiscalía en El Hoyo, donde analizará el estado en que se encuentran las investigaciones, dispondrá medidas y recabará información para brindársela a las víctimas. Dos investigadores de Órganos Auxiliares del Ministerio Público Fiscal, llegan hoy a  El Hoyo para colaborar con las investigaciones en curso.
Bottini dispuso recientemente de una metodología de refuerzo para la oficina fiscal de la comarca, la que tiene un cargo de funcionario vacante. Periódicamente un equipo conformado por dos funcionarios y un empleado de Esquel, viaja a El Hoyo para colaborar en con el trámite de legajos de esa oficina.
El martes la Fiscal Jefe se reunió en la confitería del gimnasio de Cholila, con cada una de las personas que asistieron buscando información en torno al trámite de diferentes investigaciones que lleva el fiscal Oscar Oro. Junto a ella estuvo Débora Barrionuevo, quien asumió hace algunos meses como funcionaria en El Hoyo.
Bottini se comprometió a brindar información en el transcurso de la próxima semana, a cada una de las víctimas, sobre el estado de las investigaciones. La Fiscal Jefe resolvió que un caso reciente de abusos sexuales será tramitado en Esquel por el Sector de Investigaciones Complejas a cargo del Dr. Fernando Rivarola, quién tomó contacto en ese momento con los familiares de víctimas presentes en Cholila.
Por otra parte, el Área de Comuniación Institucional se puso a disposición de los docentes para organizar actividades con la escuela secundaria enmarcadas en el programa Fiscalía Abierta.

lunes, 10 de agosto de 2015

Fiscalía investiga una presunta defraudación a la administración pública

Se trata de la obra tramitada en el expediente n° 6733/14 de la Dirección de Obras Públicas  de la Provincia, consistente en la construcción de un galpón y la pintura exterior de la Escuela N° 726 de El Maitén. La Fiscalía sostiene que se canceló la totalidad del monto previsto para la obra, según la certificación de inicio, avance y finalización de la misma, sin que se la hubiera ejecutado. Provisoriamente se calificaron las conductas como defraudación a la administración pública, agravada por la condición de funcionarios públicos, respecto de tres de los cuatro imputados.

El escrito de apertura relata que el 16 de mayo de 2014, Jorge Luis Fabián Portillo Delebecq, como Director Regional de Obras Públicas Esquel, gestionó la construcción de un galpón y pintura exterior de la Escuela N° 726 de El Maiten. La obra fue tramitada por “Expediente Nro. 6733/14 Compra Directa Nro. 79/14, elevando a la Dirección General de Obras Públicas de Rawson, la memoria descriptiva, planos y presupuesto oficial”.
La solicitud de gasto fue aprobada por el área respectiva. Portillo Delebecq solicitó cotización a una sola empresa proveedora que gira bajo la denominación comercial de Constructora Frede S.R.L. Con el del presupuesto firmado por su socio gerente José Antonio Lazarte, el 26 de mayo de 2014 efectuó la apertura de ofertas y emitió dictamen aconsejando adjudicar la obra a dicha empresa por considerar se trataba del mejor precio y resultaba ser técnica y económicamente  conveniente al fisco.
El 10 de junio, la Secretaría de Infraestructura Planeamiento y Servicios Públicos, adjudicó mediante Resolución N° 00222, la compra directa N° 79/14 Obra: “Construcción de galpón y pintura exterior Escuela N° 726 de El Maitén”, a la empresa Constructora Frede S.R.L. por la suma de pesos quinientos dieciocho mil setecientos cincuenta y seis con 80/100 pesos ($ 518.756,80).
El 26 de Junio, Jorge Luis Fabián Portillo Delebecq, en su condición de Director Regional de Obras Públicas Esquel, Néstor Hugo Cilio  Maestro Mayor de Obras de esta misma repartición y José Antonio Lazarte en su carácter de socio gerente de la empresa Constructora Frede S.R.L., suscribieron el acta de inicio de obra. El 02 de Octubre, Lazarte, Cilio y el Director de la Escuela N° 726 de Maiten: Sr. Aldo Daniel Jios, certificaron el 50% de la misma, lo cual habilitó el primer pago efectivizado el 26/11/2014.

El 16 de Octubre los cuatro suscribieron el acta que certificó el 50 % restante de la obra, habilitándose el segundo de los pagos, efectivizado el día 30/12/2014.

Así, la cancelación de la totalidad del monto de la obra contratada y adjudicada a la Empresa Constructora Frede S.R.L. se efectivizó a sabiendas de los imputados de que las obras no habían sido ejecutadas conforme memoria descriptiva, planos y presupuesto presentados oportunamente por la empresa. Esto fue verificado en el lugar mediante inspección ocular llevada a cabo casi 9 meses después, concretamente el día 07 de julio de 2015.

La Fiscalía sostiene que de este modo, Luis Fabián Portillo Delebecq de manera conjunta con José Antonio Lazarte, defraudaron a la Provincia del Chubut, contando para ello con la colaboración necesaria de Néstor Hugo Cilio y Aldo Daniel Jios, en tanto la empresa prestataria percibió el total del precio presupuestado sin haber usufructuado la provincia, el total de la obra contratada.


La audiencia de apertura de la investigación fue fijada para el lunes 24 de agosto a las 9:30 hs. en la Sala 1 de los Tribunales de Esquel. 

viernes, 7 de agosto de 2015

Ayer robó, hoy fue condenado y reparará a la víctima


El trámite tuvo un procedimiento exprés gracias a la conjunción de varios factores. El inmediato y preciso aviso a la policía por parte de dos testigos del hecho, la rápida intervención policial, la constatación de evidencias directas que vinculan al imputado con el hecho, la decisión de los fiscales de utilizar las herramientas que ofrece el Código Procesal para realizar procedimientos de juicio rápido y la disposición del imputado, asesorado por la Defensa Pública, para allanarse a la prueba y admitir su responsabilidad, permitieron que en poco más de 24 horas se resuelva el caso. Martín Cannavo fue condenado a cumplir seis meses de prisión efectiva, se lo declaró reincidente y reparó a las víctimas con siete mil pesos. 

El jueves a las tres de la madrugada, dos chicas que fumaban en la vereda de un local nocturno vieron a un hombre que golpeaba con un objeto contundente la puerta de vidrio del local comercial ubicado en Rivadavia y Roca. Avisaron de inmediato al 101, relatando que el sujeto entró al local y salió con cargando un bulto importante de prendas de vestir y un bolso a rayas. También describieron la ropa que tenía puesta y que había salido por la calle Roca hacia la Alvear. El comando avisó por radio a los móviles policiales. El patrullero que estaba en la zona tomó por la calle Alvear y luego se dirigió por Roca hacia Rivadavia. Al aproximarse a 9 de Julio vieron a un hombre que respondía a la descripción. El sujeto al ver el móvil soltó las prendas robadas y el bolso. Todo mientras seguía caminando sin acelerar el paso. Cuando lo aprehendieron no puso ninguna resistencia, solo dijo que no tenía nada que ver con el hecho.
En la revisación médica se constató que tenía un corte sangrante en la mano. Las ocho camperas secuestradas en la vía pública tenían manchas de sangre. También había restos de sangre en los vidrios rotos del local.

El imputado había salido ese mismo día de la U14 con libertad asistida. Debía viajar a Buenos Aires y contaba ya con el boleto de colectivo para salir a primera hora de la mañana a Bariloche. Había pasado la noche en la terminal y cuando ya no pudo permanecer allí, pasó por distintos locales hasta que sucedieron los hechos que lo devolverían a la Unidad que acababa de dejar.

Qué no, qué si

El mismo jueves se realizó la audiencia de control de la detención en los tribunales de Esquel, Cannavo declaró que no tuvo nada que ver con el robo. Que él caminaba y no llevaba nada consigo cuando lo detuvo la policía. La defensa a cargo de Paola Bagnato, cuestionó la posibilidad de transitar sin dificultades portando ocho camperas de abrigo más otras prendas de bebé.

Por la Fiscalía el fiscal Fernando Rivarola y el funcionario Guillermo Moré, realizaron la imputación y propusieron dar al caso el trámite de juicio rápido por entender suficiente el cúmulo de prueba reunido. La defensora pidió un cuarto intermedio para hablar con su defendido, al regresar anticipó que analizan la posibilidad de llegar a un juicio abreviado, por lo que se pidió que se suspenda la audiencia hasta el día siguiente para acordar los términos. La Fiscalía quería informar a la víctima antes de definir su postura.

Este viernes a las 10 hs. el juez José Colabelli reabría la audiencia. Guillermo Moré informó los términos del juicio abreviado y detalló la prueba reunida. Se hizo presente la víctima y manifestó su conformidad con la solución arribada. El imputado reconoció el hecho y aceptó que se le imponga la pena de seis meses de prisión, declaración de reincidencia y pago de siete mil pesos en concepto de reparación a la víctima.

Luego de un cuarto intermedio, el juez leyó su sentencia homologando el acuerdo. Colabelli destacó el profesionalismo con que se abordó el caso, dando una solución definitiva, con sentencia firme, a poco más de 24 horas de ocurrido el hecho.

El imputado será trasladado nuevamente a la U14.

jueves, 6 de agosto de 2015

Juicio a policías

EL 13 SE CONOCERÁ LA SENTENCIA

La fiscalía mantuvo suacusación en el alegato de cierre, hizo hincapié en el artículo 60 del Código Contravencional que obliga a la autoridad a iniciar acciones por denuncia o por el solo conocimiento de la infracción a la norma. Rivarola sostuvo que los imputados omitieron actuar dolosamente por lo que incurrieron en abuso de autoridad e incumplimiento de los deberes de funcionario público. Los defensores se esforzaron en demostrar que los policías no fueron debidamente informados, que cumplieron con su deber y por lo tanto su conducta no es reprochable por lo que deben ser absueltos.

Todo comenzó con una situación generada en establecimiento rural de Colán Conuhé el 4 de mayo de 2013 a las 17:30 hs. Un grupo trabajaba en la instalación del alambrado eléctrico, cuando se sorprendieron y asustaron por los disparos propinados por dos sujetos desde la ruta en dirección a donde ellos se encontraban. Los sujetos mataron una cría de ñandú que dejaron abandonada, antes de retirarse en su vehículo.

Este episodio no es el que se juzga, pero es el que dio pie a la presentación espontánea en la Comisaría, de una persona que se reconoció como autor de un disparo que habría asustado a unas personas, mostró que tenía los papeles en regla respecto del arma y un permiso de caza mayor. También  llegó a la comisaría una de las personas que temió por su vida a partir de los disparos. Lo que sucedió en esa dependencia policial, el accionar de los policías, es lo que se debatió en el juicio y lo que está analizando el juez Martín O’ Connor por estas horas. ¿Actuaron conforme a su responsabilidad funcional? como sostienen sus defensores o ¿incumplieron a sabiendas con sus responsabilidades legales? según la hipótesis fiscal.

En lo concreto, aquel día no se formalizó una denuncia en la Comisaría. Los imputados sostienen que el damnificado no quiso denunciar, solo fue al lugar enojado y no supo exponer claramente sus razones ante los uniformados. Por su parte los uniformados habían constatado ya, que el acusado tenía sus papeles en regla y realizaba correctamente el transporte de armas y municiones, según establece la ley para quienes tienen habilitada la portación.

Rivarola resaltó que el Código obliga a la policía a iniciar acciones de oficio ante la sola noticia de que alguien incurrió en una contravención, y en este caso eso no se hizo, a sabiendas. La causa contravencional se inició recién el 13 de mayo, a partir de la presentación del denunciante en el Juzgado de Paz, y la juez de paz conoce la presentación realizada previamente en comisaría, porque el damnificado acompañó su copia del informe, no por la remisión de la misma por la policía.
Por otra parte Rivarola se refirió a que “sobrevuela” la sensación de que se está encubriendo a otra persona. Se refiere a que los damnificados coinciden en haber visto dos personas que descendieron del vehículo y realizaron los disparos, sin embargo solo una se presentó en comisaría. Nunca se pudo establecer fehacientemente la presencia de un segundo sujeto.
La acusación resaltó que los imputados omitieron formar denuncia, labrar debidamente el acta de infracción, detener o identificar debidamente a los infractores, secuestrar el animal baleado, informar de la ocurrencia del hecho al Juzgado de Paz o a la Fiscalía, identificar a los testigos, ni recibir los elementos de prueba que habían colectado los damnificados.

Rivarola pidió que se condene a Martínez a seis meses de prisión en suspenso, más un año de inhabilitación especial para el ejercicio de las funciones, y a Núñez por tener un rango menor, a la pena de tres meses de prisión en suspenso y seis de inhabilitación especial.

El abogado defensor José Julián Ripa resaltó que el denunciante no fue claro cuando se presentó en la comisaría, había sacado fotos del animal herido pero no las presentó, tenía testigos en su vehículo y no los convocó para que acompañen sus dichos, se fue ofuscado, no le gustó lo que le dijeron y no quiso formular denuncia. El letrado resaltó que la Fiscalía no pudo probar la existencia de dolo, por lo que solicitó la libre absolución del Oficial Martínez.
A su turno la abogada de Mauricio Núñez, Carmen Galindo, adhirió a los planteos de Ripa, resaltó que no había razones para que los policías hubieran procedido de un modo diferente a como lo hicieron y que su defendido actuó conforme la ley.

Martínez hizo uso de la palabra para agradeció el trato recibido y felicitar a su defensor.

La sentencia se conocerá el jueves 13 a las 13:05 hs. 

Homicidio de Barría

SE REALIZÓ LA AUDIENCIA CON LOS TRES IMPUTADOS

Benjamín Barría fue encontrado sin vida en su vivienda el lunes por la tarde. El martes se realizó la autopsia determinándose la causa de la muerte. Con posterioridad se realizaron allanamientos y fueron detenidos tres sospechosos. En audiencia se formalizó la investigación por homicidio simple, la Fiscalía solicitó que se disponga la presión preventiva de los tres, la Defensa se opuso y el juez decidió que permanecerán en libertad aunque obligados a cumplir medidas sustitutivas.

Uno de los datos arrojados preliminarmente por la autopsia es la data de la muerte. Barría llevaba muchas horas sin vida cuando fue encontrado. Para la descripción del hecho el funcionario de Fiscalía Guillermo Moré, situó el momento de la muerte “en fecha a determinar dentro del período comprendido entre el viernes 31 de Julio y el 03 de agosto”. El escenario del crimen fue la precaria vivienda de la víctima en Pasaje Indígenas Nº198.
La investigación reunió elementos que en primera instancia señalaron a tres sospechosos. Estos elementos deberán ser peritados para establecer si tienen vinculación  con el hecho o no. La hipótesis de la fiscalía es que los tres imputados arrancaron la llave térmica y disyuntor de luz del pilar de la víctima, para asegurarse el corte de luz, ingresaron al mencionado domicilio y le propinaron múltiples golpes a la víctima con elementos punzo cortantes y romos, éste último presumiblemente el ojo de un hacha grande. Moré indicó que Barría estaría acostado, durmiendo, al momento del ataque. El golpe en el cráneo fue el que concluyó con la vida de Barría.

El Ministerio Público Fiscal solicitó al juez que se imponga prisión preventiva a los tres imputados por un plazo de dos meses. El defensor Marcos Ponce se opuso fundando su alocución en la insuficiencia de los medios de prueba para establecer unívocamente la autoría de sus defendidos.

José Colabelli, juez penal, dispuso la libertad de los imputados, entendiendo suficiente la imposición de dos presentaciones semanales en la Oficina Judicial y las prohibiciones de salir de Esquel, ir al domicilio de la víctima, y de tomar contacto (molestar de algún modo) a sus deudos.

miércoles, 5 de agosto de 2015

Barría fue asesinado

Lo confirmó la médica forense al brindar las primeras apreciaciones a la Fiscalía, una vez concluida la autopsia. El crimen se concretó en el interior de su vivienda mediante golpes en el cráneo propinados con un objeto contundente.


El Ministerio Público Fiscal tramitó la realización de varias medidas, entre ellas allanamientos.

En este sentido, se allanó la vivienda de un vecino de Benjamín Barría. En el lugar vive un sujeto con el que la víctima habría tenido problemas previamente. Además de él estaban en el lugar otros dos sujetos. Todos ellos tenían prendas de vestir con presuntas manchas hemáticas. Preventivamente se dispuso su detención para la realización de medidas investigativas.

En principio los fiscales procurarán determinar si las muestras genéticas obtenidas son de procedencia humana o animal.

Los tres detenidos tendrían antecedentes de conflictos con la ley.

La Oficina Judicial fijó audiencia para las 19 hs.

martes, 4 de agosto de 2015

Dos policías en juicio

Para la Fiscalía incurrieron en el delito de Abuso de Autoridad  e Incumplimiento de los deberes de Funcionario Público. La Defensa sostiene que se trató de una situación de enojo en la que los imputados actuaron acorde con la ley. Los sucesos que se analizan en el debate ocurrieron en Colán Conhué en mayo de 2013. Fernando Rivarola es el fiscal de juicio, los imputados son representados por José Julián Ripa y Carmen Galindo. El tribunal unipersonal está integrado por el juez penal Martín O’ Connor.

El 4 de mayo de 2013, alrededor de las 17:30 hs., dos hombres con un arma de grueso calibre, efectuaron disparos hacia el interior del predio del establecimiento rural “San Carlos, en Colán Conhue. Cargaron en el baúl de su vehículo un animal, continuaron la marcha, volvieron a detenerse unos metros más adelante, dispararon nuevamente y se retiraron dejando en el lugar una cría de ñandú baleada.
En la dirección hacia la que se dirigieron los disparos estaban trabajando cuatro personas, las que tuvieron que protegerse para evitar ser heridas, mientras pedía a gritos que dejaran de disparar.
Uno de los damnificados fue a la comisaría a denunciar lo ocurrido. Fue atendido por el Jefe Oficial Principal Manríquez y luego por el Cabo Mauricio Núñez. Expuso ante ellos lo sucedido y entregó elementos que él mismo obtuvo en el lugar.

La Fiscalía acusa a ambos policías de no haber tomado la denuncia, ni labrado el acta de infracción, ni detenido a los autores, identificarlos correctamente, realizar el secuestro del arma de fuego, sus componentes, animales baleados, rastros e indicios. En definitiva, de incumplir con su deber. Para el fiscal, el argumento de que los infractores contaban con tenencia legal del arma y permiso de caza, no es una explicación suficiente.

Por su parte los abogados defensores argumentaron que los imputados actuaron con diligencia y según las previsiones que impone la ley. Que no omitieron tomar denuncia, ni obviaron acciones. A su criterio los relatos de los testigos son contradictorios. Ripa sostuvo que hay una situación de enojo del denunciante hacia el jefe de la comisaría.


En la primera jornada de debate declararon cinco testigos.

Se investiga una muerte ocurrida en el Barrio Baden

El lunes a la tarde un vecino del Barrio Badén fue a visitar a un hombre septuagenario que habitaba solo una humilde vivienda. Encontró la puerta abierta y al dueño de casa tendido en la cama. Lo alarmó la situación y avisó a la policía antes de ingresar.
Benjamín Barría se encontraba sin vida. Intervino en el lugar el fiscal de turno y la médica forense, además del personal policial. Por el momento no pudo establecerse la causa de la muerte.

Esta mañana a las 9 hs. comenzó a practicarse la autopsia, en tanto que continúa la investigación sobre los demás elementos de la escena en que se encontró el cuerpo. 

lunes, 3 de agosto de 2015

Hernán Dal Verme ya es Juez Penal



Este mediodía, en la sala 2 de los Tribunales de Esquel, el Dr. Hernán Dal Verme prestó juramento para desempeñarse como Juez Penal. Dal Verme ejerció por varios años como Fiscal en Esquel al frente del sector de respuestas judiciales rápidas y se desempeñó también como Fiscal Jefe. Su cargo de fiscal quedó vacante. Recientemente el Dr. Fidel González asumió como fiscal general al ganar el concurso realizado por el Consejo de la Magistratura para el puesto que dejara vacante Martín Zacchino.

González, quién ahora pasó a desempeñarse como fiscal coordinador del sector de respuestas judiciales rápidas, era funcionario de Fiscalía. El puesto de funcionario que él dejó vacante fue ocupado por la Dra. Julia Mateos, seleccionada previamente en un concurso realizado por el Consejo de Fiscales.

La Fiscalía de Esquel quedó ahora organizada de la siguiente manera: Fiscal Jefe la Dra. María Bottini, en el sector de investigaciones complejas los fiscales generales Fernando Rivarola y Fernanda Révori con los funcionarios Raúl Camerlo, Carlos Richeri y Guillermo Moré. En el sector de respuestas rápidas, los fiscales Fidel González y María Bottini con los funcionarios Mónica Caveri, Maribel Delgado y Ezequiel Forti y en el sector A la funcionaria Ruth Monge como coordinadora de sector junto a la funcionaria Julia Mateos. En tanto que María

Elena Cimadevilla continúa como funcionaria a cargo del área de Ejecución Penal.