jueves, 4 de junio de 2015

Homicidio de Segundo Rojas


El próximo martes se conocerá la sentencia completa


Este jueves, muy temprano, se realizó el debate por la pena. La fiscalía pidió la imposición de 17 años de prisión, la querella requirió a los jueces que la estipulen en 20 años, en tanto que la defensa consideró que la pena justa es la de 8 años. La hermana de Segundo le pidió a los jueces que consideren en su decisión que muchas otras personas tienen condicionantes en su historia personal similares a los del imputado y no delinquen. “Yo tuve una vida más dura y no ando matando gente”, dijo.



En la audiencia cada parte hizo su planteo sobre la pena más adecuada por las características del hecho, las circunstancias personales del autor y la extensión del daño causado, entre otros aspectos, dentro de la escala penal prevista para el homicidio, es decir entre 8 y 25 años.



La primera en exponer fue la fiscal Fernanda Révori, quién planteó que si bien la teoría del caso llevada a juicio y probada, fue la de homicidio simple, las características de este homicidio lo hacen rayano con la alevosía. Sobre la extensión del daño provocado es imposible de cuantificar para la acusadora, por estar ante la pérdida de una vida, que el fallecido fuera un joven de solo 23 años y por la afectación causada en su familia.

En relación a la situación de indefensión de Segundo Rojas, Révori hizo referencia al retraso mental, a que no registraba alertas y por eso no supo que al ir esa noche a la casa de Lara estaba en peligro. "Tiene que ser un agravante haber elegido a esta víctima".



La Defensa llevó al debate la hipótesis de que Pablo Lara no actuó solo, los jueces tuvieron por probado ese extremo, la Fiscalía consideró que ese accionar plural, agrediendo a una víctima indefensa debe ser considerado como un agravante. La misma lectura se propuso respecto de que el accionar tuviera inicio en la casa del imputado y por la noche, y que la agresión final se produjera cuando Rojas estaba caído en el suelo, probablemente alcoholizado y evidentemente indefenso.

Révori se refirió a la determinación para matar, evidenciada por la extrema violencia desplegada y la insistencia demostrada en la multiplicidad de golpes hasta cumplir el objetivo de dar muerte.

También tuvo por agravante que aun sabiendo los efectos que el consumo de alcohol le genera, sigue tomando. En el hecho concreto tuvo la posibilidad de reflexionar, de cesar en la agresión cuando su hermano le dijo que no siguiera y sacó a Segundo de la casa.

La personalidad agresiva del autor, a criterio de la Fiscalía, quedó evidenciada en otros hechos que protagonizó con su ex pareja, con un amigo, con su propia madre y con lo ocurrido durante el juicio cuando quiso agredir a un testigo en la sala de audiencias.



Por su parte Juan Zapata, por la querella, adhirió por completo al alegato fiscal y habló por la familia. Resaltó que el imputado no demostró ningún arrepentimiento a lo largo del debate. También destacó que los familiares, además del dolor de la pérdida, tuvieron que sufrir el proceso del juicio al revivir todo lo ocurrido a su hermano muerto. "¿Qué diferencia habría entre este juicio y un proceso abreviado si le imponen solo el mínimo legal?", resaltó.



Bruno Deias inició el debate pidiendo a los jueces del tribunal que se despojen de las emociones que los atravesaron durante el debate y analicen la situación con objetividad. Resaltó que la proximidad del debate sobre la pena impide que se tome distancia y se analice desprovisto de tales emociones. También citó varias sentencias en casos de homicidio simple, para que sean tomadas como parámetro para la fijación de la pena.

Luego se ocupó de contrarrestar el alegato de los acusadores. Planteó que las circunstancias que estos dieron por probadas aun no se conoce hasta que punto lo están, porque el tribunal no emitió la sentencia completa. También solicitó que no se haga una doble valoración de la violencia desplegada, ya que está contenida en el tipo penal del homicidio. "No podemos decir que este sea un hecho extraordinario y que pueda considerarse por encima de los valores que manejamos para este tipo de casos".

Sostuvo, aclarando que no está planteando ningún tipo de negligencia, que la falta de respuesta inmediata por parte de la policía enviando un patrullero ante los varios llamados de alerta realizados, debe ser un atenuante, puesto que de haber llegado a tiempo la autoridad no estaríamos ante el fatal desenlace.

Se opuso Deias a que se tome como agravante la participación en el hecho de un coautor, ya que esta hipótesis no fue llevada al juicio por la parte acusadora. También analizó las circunstancias personales de Pablo Lara para fundamentar que el contexto de su crianza, de su escasa formación y dificultades personales lo empujaron a que hoy se encuentre en la situación que atraviesa. Al momento de cometer el hecho tenía solo 18 años.

Para finalizar el defensor habló de la situación del sistema penitenciario, de la realidad de muchos condenados que purgan sus penas en las comisarías sin cumplirse con el tratamiento que prevé la ley como fundamento del encierro. Y pidió a los magistrados que consideren también este aspecto antes de establecer el quantum de la pena.



"Yo no ando matando gente"



La hermana de Segundo estuvo durante todo el debate, habló al momento de los alegatos del juicio y volvió a hacerlo ahora. Su tono de voz demostraba cierta indignación ante la posibilidad de que Lara terminara con la pena mínima por su historia de vida. "Yo empecé a trabajar a los 15 años cuando mi papá se enfermó y no ando matando gente", dijo. Contó que cuando ella tenía 15 murió su papá, se enfermó su mamá y luego falleció. Ella quedó a cargo de sus hermanos, fue mamá a los 17 años "después se murió mi hermana trágicamente y me tuve que hacer cargo del hijo de ella", sostuvo. "Qué tenía que haber hecho yo cuando él mató a mi hermano, tendría que haberlo matado a él, entonces me hubieran dado una pena mínima... Yo tuve una vida más dura y no ando matando gente".

Homicidio en Villa Ayelén

Anoche entre las 21 y las 23 hs. aproximadamente, fue asesinada de un disparo una mujer de 60 años en su vivienda. Se trata de Elba Mirtha Porri.
A las 23:50 hs un familiar dio aviso al Hospital y desde esta institución se dio intervención al sistema penal.
La funcionaria fiscal de turno ordenó el precintado del lugar y convocó a criminalística, médico forense, brigada de investigaciones y el SAVD.

Aun continúan trabajando en la vivienda, mientras se lleva a cabo la práctica de la autopsia en la morgue.

miércoles, 3 de junio de 2015

#NiUnaMenos

Personal de la Oficina Única del Ministerio Público Fiscal Esquel participó de la marcha. La consigna contraria al femicidio es reiterada en boca de los fiscales en audiencias en las que se investigan conflictos atravesados por la violencia de género. La Fiscal Jefe María Bottini sostuvo que las marchas realizadas a nivel nacional contribuyen a visibilizar la violencia sexista, promover la conciencia y quitar toda duda que pudiera quedar respecto de que la sociedad actual no está dispuesta a tolerar este tipo de conductas.

Bottini es una de las magistradas de Chubut, capacitadas por la Secretaría de la Mujer de la Corte Suprema de Justicia de la Nación (CSJN) y la Unidad Fiscal de Asistencia en Secuestros Extorsivos y Trata de Personas (UFASE) del Ministerio Público Fiscal. En su momento, junto al Procurador Adjunto, Emilio Porras Hernandez, Juez de la Cámara Penal Nelly García y la Juez de Familia Mariela Gonzalez realizaron réplicas de la formación recibida en la provincia. El objetivo principal de estas capacitaciones es promover la mirada crítica de los operadores del sistema de justicia, fundamentalmente de los magistrados, respecto de los estereotipos instalados culturalmente.

La Convención Belém do Pará afirma que la violencia contra la mujer constituye una violación de los derechos humanos y las libertades fundamentales y preocupa porque es una ofensa a la dignidad humana y una manifestación de las relaciones de poder históricamente desiguales entre mujeres y hombres, destacando en su artículo 1º, que para los efectos de la Convención se entiende por violencia contra la mujer, entre otras, las acciones o conductas que causen sufrimiento sexual y psicológico; subrayando en su artículo 7º inciso f que se deben ‘establecer procedimientos legales justos y eficaces para la mujer que haya sido sometida a violencia, que incluyan, entre otros, medidas de protección, un juicio oportuno y el acceso efectivo a tales procedimientos.

En la actualidad vivimos en un tiempo de transición en el que las decisiones de política criminal deben acompañar el cambio de paradigma que promueve la nueva legislación orientada a prevenir, sancionar y erradicar la violencia de género. En esta línea se inscriben varias instrucciones de la Procuración General relativas entre otros temas a violencia doméstica y abuso sexual. El primero de ellos contiene un formulario destinado a detectar indicadores de riesgo, entre otros los condicionantes de género.

En las investigaciones sobre casos de violencia de género se evidencia que persisten estereotipos, no solo en los círculos familiares y sociales del conflicto, sino también entre profesionales de distintas disciplinas. Prejuicios tales como que las mujeres regresan con su agresor porque les gusta que le peguen, que son responsables de la agresión sufrida por provocarla, que las mujeres mienten y al ser las únicas testigos de lo que denuncian no puede creérseles, etc.

El peor final

En el contexto de un juicio en el que fue juzgado el crimen de una mujer por su expareja, el trabajador social, integrante del Servicio Social de la Defensa Pública, Aníbal Papaggallo que en el entorno familiar y social del entonces imputado las mujeres ocupan el rol doméstico, en el que el varón detenta mayor poder, y en el que el trato violento se ve natural. Y que esto  no puede verlo la mujer y menos aún el hombre. Que a la mujer le cuesta cortar el vínculo por temor y por cuestiones económicas. “No se puede zafar de la dominación porque se educa al dominante y se instala la cultura del dominio”, hay una construcción del dominante y también del dominado, que ambos varón y mujer son prisioneros, pero que el lugar más difícil es el ocupado por la mujer”.

En el mismo juicio en el que la Fiscalía representada por Fernanda Révori y Fernando Rivarola, había calificado el crimen como femicidio, el voto en disidencia en el tribunal por parte de la juez Anabel Rodríguez (considerando que se trataba de un femicidio) decía que " evidentemente esta sociedad del Siglo XXI ha cambiado, y hoy nos conmueven muchas prácticas, que en la época de nuestras abuelas se aceptaban con naturalidad."
"El motivo de la muerte, porque me erijo en dueño y señor de la mujer y dispongo de su cuerpo como quiero, es más reprochable que cualquier otro motivo, que pueda entrar en el homicidio simple que es residual. Tan reprochable como matar por odio, por codicia, por placer o con un medio insidioso".

La Procuración General adhiere a la consigna "Ni una menos"

"Ni una mujer menos, ni una muerta más" escribía Susana Chávez, poetisa y activista mexicana, asesinada en 2011 por denunciar crímenes contra las mujeres en México. Hoy a las 17 hs. se realizarán marchas en todo el país bajo esta consigna que nació en las redes sociales. La Procuración General hizo de la perspectiva de género uno de sus ejes de política criminal, plasmándolo en instrucciones de aplicación obligatoria en la Institución desde el año 2008, además de involucrarse activamente en la capacitación de sus operadores propiciando el cambio de paradigma en la Justicia.

La Argentina asumió compromisos internacionales destinados a prevenir, sancionar y erradicar la violencia de género. Esos compromisos deben ser materializados en normas, procedimientos y prácticas acordes. En esta línea la Procuración General de Chubut desarrolló diferentes protocolos de intervención para las situaciones que demandan su intervención en cuestiones tales como delitos contra la integridad sexual (Inst. 02/2008 PG), trata de personas (Inst. 06/2009 PG), relación de las Fiscalías con las Comisarías de la Mujer (Inst. 02/2011 PG), abuso sexual y violencia de género (Int. 06/2012 PG) y violencia familiar (Inst. 01/2014 PG).

Detrás de la normativa hay algo mucho más profundo y complejo, un cambio de paradigma que debe traducirse en todos los ámbitos de la sociedad, en definitiva en la cultura. Este aspecto, el de fondo, es el que más tiempo demandará porque depende de la subjetividad de todos y cada uno de los actores sociales. Estamos viviendo un momento de transición.

El Procurador General, Jorge Luis Miquelarena, promovió el análisis de los casos a la luz de la perspectiva de género, facilitando esta tarea con herramientas concretas plasmadas en los protocolos de actuación. En definitiva lo que intentan los protocolos es crear las condiciones necesarias para que las situaciones conflictivas puedan ser analizadas sin condicionantes propios del paradigma machista, libres de prototipos y con conocimiento de las particularidades del ciclo de la violencia sostenido en diferencias de género.


Desacreditar a la víctima es parte del círculo de la violencia de género, una de las estrategias del sometimiento que se basa principalmente en que ella misma termine por desconfiar de sus percepciones, por naturalizar la violencia, por asimilar el rol que le es asignado y sentirse culpable del maltrato. En paralelo desciende la autoestima de la mujer, se aísla, se silencia y, si se anima a denunciar, el miedo a "algo", al fantasma de una situación de desamparo, la lleva a retractarse. La retractación es un indicador más de la violencia de género. La problemática social de la violencia debe ser abordada de forma interinstitucional e interdisciplinaria.

martes, 2 de junio de 2015

Tratamiento periodístico de la violencia de género

 La Oficina Única del Ministerio Público Fiscal Esquel, a través de su Área de Comunicación Institucional, adhiere y destaca la iniciativa del Sindicato de Trabajadores de Prensa del Oeste del Chubut filial de la FATPREN, para la aplicación, difusión y promoción del “Decálogo para el tratamiento periodístico de la violencia de género” de Red PAR (Periodistas de Argentina en Red por una Comunicación No Sexista).

Subrayamos los términos expresados por el sindicato (y ampliamos la responsabilidad más allá de los periodistas) al propugnar que quienes transmitimos mensajes por los medios de comunicación cuidemos hacerlo con claridad, compromiso y respeto, fundamentalmente respecto de las víctimas de violencia de género, considerando en este sentido que en muchas oportunidades, por error y desconocimiento en la materia, se usa un lenguaje justificativo de la violencia.

En este sentido, la Fiscalía propugna en el ámbito de la justicia penal la modificación de prácticas jurídicas o consuetudiarias que favorecen la persistencia y/o la tolerancia de la violencia contra la mujer. A partir de la década del ’80 comenzó a estudiarse sin tapujos la violencia de género en la Argentina, hasta ese momento las violencias contra mujeres y niñas se escondían “prolijamente” en el ámbito de la intimidad familiar. La novedad actual reside en haber logrado que estas violencias se reconozcan como un problema de índole pública, superando el secreto con que la domesticidad garantizaba su persistencia y la impunidad de los agresores

lunes, 1 de junio de 2015

Homicidio de Segundo Rojas

EL TRIBUNAL ENCONTRÓ CULPABLE A LARA

Este lunes al mediodía se conoció el veredicto del tribunal conformado por los jueces Martín Zacchino, Anabel Rodríguez y Jorge Criado. Los magistrados concluyeron que Pablo Lara no actuó solo. Tuvieron por acreditado que fue él quien arrojó la piedra que habría ultimado a Rojas y lo declararon coautor penalmente responsable de homicidio simple. Próximamente se realizará la audiencia de imposición de pena.

El 4 de mayo de 2014 alrededor de las 5 hs. en la intersección de Urquiza y Roberts, se produjo una brutal agresión de la que fue víctima Segundo Rojas. En el juicio se pudo reconstruir que previo a esa secuencia hubo una agresión previa hacia la víctima, producida en el interior de la vivienda de los hermanos Lara. Esa agresión tuvo por activos protagonistas primero a Sayucheque y luego al imputado y por damnificado a Rojas.
Ya en el exterior fue Pablo Lara quien lanzó con violencia una gran piedra contra la cabeza de la víctima cuando esta yacía en el suelo. Este fue el golpe final. El conjunto lesional se produjo desde el interior de la casa hasta la esquina donde perdiera la vida Rojas y en todos sus tramos Pablo Lara tuvo activa participación.
Para el tribunal, Pablo no fue el único involucrado en esa muerte, por ese motivo fue encontrado responsable, no como autor único, sino como coautor.


El presidente del tribunal ofreció a las partes realizar el debate por la pena esa misma tarde. La fiscal Fernanda Révori estuvo de acuerdo y en principio también la querella, sin embargo el defensor Bruno Deias, dijo que necesita analizar la prueba a producir en la segunda etapa del juicio, y debido a otros casos que deberá atender en los próximos días, pidió que la audiencia por la pena se lleve a cabo en la segunda mitad de junio. La fecha será fijada por la Oficina Judicial.   

Robo agravado en distribuidora de Lago Puelo

30 DÍAS DE PRISIÓN PREVENTIVA PARA EL IMPUTADO

Se realizó la audiencia de apertura formal de la investigación. El fiscal Oscar Oro detalló el violento robo ocurrido el miércoles pasado en una distribuidora del Paraje Entre Ríos en Lago Puelo, detalló la investigación y pidió prisión preventiva por 30 días. Valeria Ponce, por la Defensa Pública representó al en esta audiencia y cuestionó el pedido fiscal. El juez, Jorge Criado entendió que hay peligro de fuga y de entorpecimiento procesal. El imputado permanecerá en prisión preventiva por un mes.

El miércoles 27 de junio, aproximadamente a las 9:10 hs., tres sujetos con sus rostros cubiertos irrumpieron en una distribuidora del Paraje Entre Ríos. Cinco personas estaban trabajando en el lugar, todos fueron reducidos mediante gritos, golpes y amenazas de los malhechores que portaban una escopeta, un arma de puño y un cuchillo. Violentamente hicieron arrojar al suelo a unos trabajadores atándolos con cables y con alambre, a otros dos los encerraron en un baño y exigieron la entrega de dinero. Cuando lograron que les abrieran la caja de seguridad, se hicieron de su contenido completando el botín con todos los objetos personales de valor de los empleados. Luego se dieron a la fuga en las dos motos en las que habían llegado.
Oro calificó provisoriamente el hecho como robo agravado por el uso de armas y por ser cometido en banda.

La pronta investigación permitió seguir la pista de los autores, realizar varios allanamientos y secuestrar objetos que deberán peritarse para establecer si se corresponden con los robados. Dos de los presuntos autores fueron identificados por la policía. Solo uno de ellos pudo ser aprehendido cuando intentaba viajar a Bariloche. Respecto de él se realizó la apertura de investigación y se dispuso prisión preventiva. 

viernes, 29 de mayo de 2015

Juicio por el homicidio de Rojas


EL LUNES SE CONOCERÁ EL VEREDICTO

El tribunal conformado por los jueces Martín Zacchino, Anabel Rodríguez y Jorge Criado se retiró a deliberar después de escuchar los alegatos de las partes. La fiscal Fernanda Révori y el abogado de la querella Juan Zapata, pidieron que se declare a Pablo Lara, autor responsable del homicidio de Rojas. El defensor Bruno Deias se esforzó en generar la duda en el tribunal y pidió la absolución por insuficiencia de la prueba de cargo. El lunes 1 de junio a las 12:30 se conocerá el veredicto.

Révori inició su alegato analizando la declaración del imputado ofrecida al inicio del debate. Destacó la magistrada que Lara reconoció su responsabilidad al decir “yo no lo hice solo”. Repasó los puntos no controvertidos del derrotero previo al episodio que concluyera con la vida de Segundo y se detuvo en este último tramo analizándolo a la luz de la declaración del testigo presencial, de las pericias criminalísticas y de las conclusiones de la autopsia. Todos los indicios, testimoniales y científicos, señalan a Pablo Lara como autor del crimen, concluyó. Entre otros aspectos destacó que la declaración del testigo presencial del hecho permitió al Ministerio Público Fiscal, deslindar responsabilidad respecto de Facundo Lara.
En su alegato, la acusadora desmenuzó los relatos de los testigos de la defensa, se refirió al temor que el propio imputado despertó en su madre aquella madrugada, debido a su estado alterado. Destacó las características de personalidad de Lara y del modo en que el consumo de alcohol y/u otras sustancias, incide en su comportamiento, algo evidenciado en otros hechos por los que fue condenado: una situación de violencia familiar y la agresión con arma blanca a un joven de su entorno. “Da cuenta de su personalidad lo que ocurrió el miércoles en la sala de juicio”, graficó Révori.
Por su parte Juan Zapata, querellante por la familia de la víctima, adhirió en todo al alegato de la Fiscalía realizando un repaso por el contenido de los testimonios y concluyendo en la autoría del imputado.

Absuelvan por la duda
Bruno Deias exploró las aristas de la investigación que a su criterio podrían haber dado lugar a incriminar al hermano de Pablo y a “el corcho” Sayucheque que había bebido con ellos aquella noche. Destacó el defensor que el episodio de violencia protagonizado por Sayucheque –y reconocido por él mismo en el debate- ocurrido en el interior de la vivienda, podría haber causado el traumatismo de cráneo que llevara a la muerte a Rojas una vez en la vía pública, “no se puede descartar ningún desenlace mortal” a partir de aquel suceso, resaltó.
Deias pidió a los jueces que absuelvan a su defendido ya que no se cuenta con el grado de certeza necesario para una condena.

"Tomen su mejor decisión"
La hermana de Segundo Rojas quiso hablar. El imputado ya había sido conducido a la sala desde el lugar en el que seguía los alegatos mediante un sistema de audio. La mujer pidió disculpas al tribunal por la reacción que tuvo luego de ver las fotos tomadas a su hermano fallecido, pidió que entiendan lo que sintió al ver con sus propios ojos lo que le hizo el imputado: "yo sé que fue Pablo Lara el que lo mató, no tengo ninguna duda", dijo. "El no tiene respeto por la vida y no lo va a tener nunca", sostuvo la mujer "les pido que tomen su mejor decisión y que esta persona no salga libre", pidió al tribunal.
 
"No le tengo miedo a nada"
El imputado, que previo a las palabras de la víctima había sido consultado por el presidente del tribunal y manifestó que no quería hablar, optó por hacerlo ahora. "Esto yo no lo hice solo y me hice cargo desde el principio", sostuvo. "No le tengo miedo a nada", resaltó, para señalar que no tiene de qué arrepentirse porque siendo el menor de los que estuvieron esa noche fue el único que desde el primer momento se hizo cargo.

El lunes a las 12:30 hs se sabrá la decisión del tribunal.

jueves, 28 de mayo de 2015

Homicidio de Segundo Rojas

EL VIERNES A LAS 9 SERÁN LOS ALEGATOS


Este jueves fueron escuchados los testigos de la defensa. La primera en prestar su testimonio fue la mamá del imputado. Pablo Lara, por disposición del tribunal, siguió el debate desde una sala contigua a través de un parlante, fuertemente custodiado.



La tercera jornada de juicio evidenciaba el incidente protagonizado por el imputado el día anterior. Todo aquel que pasara por el segundo piso de los tribunales de Esquel notaría el cambio sin necesidad de ingresar a la sala de audiencias. Un importante despliegue policial acordonaba el paso desde la diminuta sala en la que se encontraba el imputado, apenas visible tras el parlante ubicado sobre la mesa, y la puerta de entrada a la Sala 2, donde se desarrolla el juicio.

En el interior de la sala, si bien se notaba un clima distendido, cualquier movimiento en la puerta hacía que las miradas de los presentes se dirigieran inevitablemente hacia ella.

Al público habitual de las audiencias orales y públicas le resultaría extraña la postal de esa sala de juicio, con la silla del imputado vacía.



La prueba del Ministerio Público Fiscal se produjo en su totalidad en las dos primeras jornadas, la del jueves estuvo reservada a los testigos presentados por el defensor Bruno Deias. La primera en declarar fue la madre de Lara, quién se refirió a los sucesos que ella pudo apreciar la madrugada del 4 de mayo, al estado "alterado" que presentaba su hijo, a su temor por la presencia de un sujeto del que desconfiaba en su casa y a los insistentes llamados a la policía solicitando que envíen un móvil a su vivienda. En varios tramos del relato la mujer se quebró y entre sollozos susurraba rezos en pedido de fuerzas para continuar. Cuando la Fiscal Fernanda Révori le aclaraba que no tenía que responder aquello de lo que no quisiera hablar, la mujer se mostraba decidida a contestar todas las preguntas.



Entre los testigos de la defensa fueron convocados el hermano del imputado y la profesional que realizó el informe socioambiental  de Lara.

El viernes a las 9 hs. se producirán los alegatos de cierre en los que cada parte expondrá su caso haciendo el pedido concreto al Tribunal.

miércoles, 27 de mayo de 2015

Juicio por el homicidio de Segundo Javier Rojas

EL IMPUTADO INTENTÓ AGREDIR A UN TESTIGO




Ante los ojos del tribunal y de las partes, Pablo Lara irrumpió en la sala de audiencias y se abalanzó sobre un testigo. El intento de agresión fue reprimido por los policías que tenían a su cargo la seguridad de la sala. El insólito episodio dio lugar al inicio de actuaciones de oficio por parte de la Fiscalía, lo que implica una nueva causa penal contra el imputado. El tribunal dispuso una serie de medidas de protección al testigo y su familia.



En la segunda jornada de debate, concluyó la declaración de los testigos de la Fiscalía. Entre ellos debía declarar un testigo presencial del hecho que había manifestado fundado temor a represalias. El caso fue planteado por la Dra. Fernanda Révori al tribunal, solicitando que se tomara el testimonio en cámara Gesell o bien en la sala pero sin la presencia del imputado. Los Dres. Martín Zacchino, Anabel Rodríguez y Jorge Criado dispusieron que se tomara el testimonio en la sala, a puertas cerradas. Para garantizar el derecho de defensa, el imputado seguiría el testimonio por un sistema de audio habilitado en una sala contigua, acompañado por policías.



El testigo expuso su temor y relató lo que vio la madrugada del 4 de mayo de 2014 en el Barrio Estación. Lara exaltado, logró evadir su custodia e irrumpir intempestivamente en la sala intentando agredir al testigo. Los uniformados impidieron que la agresión se concrete.

Révori dispuso la intervención del Servicio de Asistencia a la Víctima del Delito para que brinde asistencia a el testigo y su familia. En tanto que el tribunal, de oficio, ordenó la custodia policial estos, una prohibición de acercamiento y contacto por cualquier medio y/o por terceras personas del imputado para con ellos y prohibición de contacto entre los hermanos Lara antes de la declaración de Facundo prevista para el día siguiente.

Los jueces y las partes se convirtieron en testigos del nuevo hecho.



El jueves declararán los testigos de la defensa.

Se conoció la pena impuesta a Pablo Burgueño

Con la imposición de pena finalizó el juicio en el que Pablo Samuel Burgueño fue absuelto por el homicidio de Herodez Vázquez y encontrado responsable del hurto de su celular. La fiscalía había solicitado una pena de dos años de prisión en tanto que la defensa solicitó que se imponga solo un mes. Los magistrados Ricardo Rolon, Daniel Perez y Mariano Nicosia lo condenaron a cuatro meses de prisión de cumplimiento efectivo.

Luego de hacer el análisis de agravantes y atenuantes, el Dr. Rolon dirigió un párrafo de su sentencia a la familia de Vázquez. “No puedo soslayar antes de terminar, las afectaciones de los seres queridos y el entorno familiar de quien en vida fuera Herodes Vázquez y de la forma que perdiera su vida, seguramente hace que sus deudos estén padeciendo un dolor legítimo, resultando imposible ponerse en el lugar de estas personas que lo sufren. Solo se puede acompañarlas y en el mejor de los casos, ayudarlos a alivianar esa carga en la medida de lo posible. Mas jurídicamente, no se ha podido demostrar en el debate que el señor Burgueño sea el autor de tan lamentable suceso.”

Los tres magistrados destacaron que la pena a imponer solo puede considerar los hechos que se dieron por probados en la sentencia de responsabilidad. Valoraron negativamente que Burgueño para cometer el hecho se aprovechó de la alta vulnerabilidad de la víctima, tomando en cuenta la forma en que vivía, su edad, y su estado de salud.
En el mismo sentido computaron sus antecedentes penales. Rolón especifico que Burgueño refleja que “a pesar de haber sido condenado anteriormente, no logra internalizar el respeto por los derechos de otras personas, y que a pesar de sus manifestaciones de cambio, una vez más es encontrado responsable en comisión de otro hecho delictivo y contra la propiedad”.
Entre los atenuantes consideraron su inmadurez a pesar de su edad (30 años) y las adicciones que “seguramente han contribuido a la toma de decisiones erradas a lo largo de su vida”.

Por su parte el Dr. Pérez señalaba que “surge del informe de la licenciada Gómez que el imputado está intentando cambiar su vida, ha ingresado al mercado laboral en un oficio de carpintero, ha efectuado un tratamiento tendiente a superar sus adicciones y está tendiente a desear un cambio en su vida.”

martes, 26 de mayo de 2015

Juicio por el homicidio de Segundo Javier Rojas

Fiscalía y querella llegaron a juicio con diferencias en la calificación legal, mientras que para la Fiscalía se trató de un homicidio simple, la querella llevó la hipótesis del homicidio calificado por alevosía. El defensor se opuso a la calificación del querellante por considerar que la descripción del hecho no contiene los requisitos del agravante. El tribunal le dio la razón al defensor Bruno Deias, aclarando que si en el transcurso del debate surgen elementos que den cuenta de un homicidio agravado, deberá mutarse la calificación legal, otorgando a la defensa el tiempo previsto por el Código para presentar nueva prueba.

La fiscal Fernanda Révori abrió el debate relatando el derrotero de la madrugada del 4 de mayo de 2014 que finalizara con la muerte violenta de Rojas. Los investigadores dieron cuenta de una secuencia que se inició en un bar en el que se encontraron el imputado y su grupo con la víctima, luego se dirigieron a la casa de los hermanos Lara en el barrio Estación. Aproximadamente a las 5 hs. los cuatro sujetos salieron caminando de la vivienda luego de beber y escuchar música. Cuando llegaron a la intersección de las calles Robert y Urquiza, por razones que se desconocen se produjo una discusión entre los hermanos Lara y Segundo Javier Rojas. En ese contexto el imputado lo habría agredido con intenciones de darle muerte, mediante golpes de puño, piedras y puntapiés en la zona del rostro y la cabeza,  provocándole múltiples lesiones. A raíz de los golpes la víctima padeció un severo trauma de cráneo, un edema cerebral y como consecuencia de ello su deceso por paro respiratorio.
Rojas tenía un retraso madurativo importante, tanto la Fiscalía como la querella sostienen que esto le impidió evitar el trágico resultado.

El abogado Juan Zapata hizo hincapié en que el imputado conocía a Rojas, había tenido problemas con anterioridad con el hermano de este y que decidió darle muerte a él por su vulnerabilidad causada por su condición madurativa y por el consumo de alcohol.

Bruno Deias anticipó que su caso pretende demostrar que la participación de Pablo Lara en la agresión no fue la causante de la muerte de Rojas. Para la defensa, existió una agresión previa por Sayucheque, Lara solo lo habría golpeado una vez y no habría sido ese golpe el que le quitó la vida. “De suprimirse la intervención de Lara en este último tramo, igual se produciría el mismo resultado”, sostuvo Deias.

El imputado prestó declaración, aunque solo respondió preguntas de su defensor. Relató lo sucedido aquella noche. Habló del rato que pasaron juntos en su casa, de la bebida, de la música y de un suceso que habría despertado la ira de Sayucheque. Dijo que el agresor le pegó patadas a la víctima en la cabeza. Luego salieron a la calle, vio que estaban peleando e intervino él, pero solo golpeándolo en el estómago y se fue.


Si el juicio avanza según lo previsto, las declaraciones testimoniales podrían concluirse en dos jornadas.