En este sentido, la Fiscalía propugna en el ámbito de la justicia penal la modificación de prácticas jurídicas o consuetudiarias que favorecen la persistencia y/o la tolerancia de la violencia contra la mujer. A partir de la década del ’80 comenzó a estudiarse sin tapujos la violencia de género en la Argentina, hasta ese momento las violencias contra mujeres y niñas se escondían “prolijamente” en el ámbito de la intimidad familiar. La novedad actual reside en haber logrado que estas violencias se reconozcan como un problema de índole pública, superando el secreto con que la domesticidad garantizaba su persistencia y la impunidad de los agresores
Este es un espacio informal, no oficial, creado con la finalidad de dinamizar los canales de comunicación entre la Oficina de Comunicación Institucional de la Fiscalía Esquel y todas las personas interesadas en las temáticas de la incumbencia de esta, particularmente los periodistas. Todo el material publicado aquí puede ser utilizado, citando la fuente.
martes, 2 de junio de 2015
Tratamiento periodístico de la violencia de género
La Oficina Única del Ministerio Público Fiscal Esquel, a través de su
Área de Comunicación Institucional, adhiere y destaca la iniciativa del
Sindicato de Trabajadores de Prensa del Oeste del Chubut filial de la FATPREN,
para la aplicación, difusión y promoción del “Decálogo para el tratamiento
periodístico de la violencia de género” de Red PAR (Periodistas de Argentina en
Red por una Comunicación No Sexista).
Subrayamos los términos expresados por el sindicato (y ampliamos la
responsabilidad más allá de los periodistas) al propugnar que quienes transmitimos
mensajes por los medios de comunicación cuidemos hacerlo con claridad, compromiso
y respeto, fundamentalmente respecto de las víctimas de violencia de género,
considerando en este sentido que en muchas oportunidades, por error y desconocimiento
en la materia, se usa un lenguaje justificativo de la violencia.
En este sentido, la Fiscalía propugna en el ámbito de la justicia penal la modificación de prácticas jurídicas o consuetudiarias que favorecen la persistencia y/o la tolerancia de la violencia contra la mujer. A partir de la década del ’80 comenzó a estudiarse sin tapujos la violencia de género en la Argentina, hasta ese momento las violencias contra mujeres y niñas se escondían “prolijamente” en el ámbito de la intimidad familiar. La novedad actual reside en haber logrado que estas violencias se reconozcan como un problema de índole pública, superando el secreto con que la domesticidad garantizaba su persistencia y la impunidad de los agresores
En este sentido, la Fiscalía propugna en el ámbito de la justicia penal la modificación de prácticas jurídicas o consuetudiarias que favorecen la persistencia y/o la tolerancia de la violencia contra la mujer. A partir de la década del ’80 comenzó a estudiarse sin tapujos la violencia de género en la Argentina, hasta ese momento las violencias contra mujeres y niñas se escondían “prolijamente” en el ámbito de la intimidad familiar. La novedad actual reside en haber logrado que estas violencias se reconozcan como un problema de índole pública, superando el secreto con que la domesticidad garantizaba su persistencia y la impunidad de los agresores
lunes, 1 de junio de 2015
Homicidio de Segundo Rojas
EL TRIBUNAL ENCONTRÓ CULPABLE
A LARA
El 4
de mayo de 2014 alrededor de las 5 hs. en la intersección de Urquiza y Roberts,
se produjo una brutal agresión de la que fue víctima Segundo Rojas. En el
juicio se pudo reconstruir que previo a esa secuencia hubo una agresión previa
hacia la víctima, producida en el interior de la vivienda de los hermanos Lara.
Esa agresión tuvo por activos protagonistas primero a Sayucheque y luego al
imputado y por damnificado a Rojas.
Ya en
el exterior fue Pablo Lara quien lanzó con violencia una gran piedra contra la
cabeza de la víctima cuando esta yacía en el suelo. Este fue el golpe final. El
conjunto lesional se produjo desde el interior de la casa hasta la esquina
donde perdiera la vida Rojas y en todos sus tramos Pablo Lara tuvo activa
participación.
Para el
tribunal, Pablo no fue el único involucrado en esa muerte, por ese motivo fue
encontrado responsable, no como autor único, sino como coautor.
Robo agravado en distribuidora de Lago Puelo
30 DÍAS DE PRISIÓN PREVENTIVA
PARA EL IMPUTADO
El miércoles
27 de junio, aproximadamente a las 9:10 hs., tres sujetos con sus rostros
cubiertos irrumpieron en una distribuidora del Paraje Entre Ríos. Cinco personas
estaban trabajando en el lugar, todos fueron reducidos mediante gritos, golpes
y amenazas de los malhechores que portaban una escopeta, un arma de puño y un
cuchillo. Violentamente hicieron arrojar al suelo a unos trabajadores atándolos
con cables y con alambre, a otros dos los encerraron en un baño y exigieron la
entrega de dinero. Cuando lograron que les abrieran la caja de seguridad, se
hicieron de su contenido completando el botín con todos los objetos personales
de valor de los empleados. Luego se dieron a la fuga en las dos motos en las
que habían llegado.
Oro calificó
provisoriamente el hecho como robo agravado por el uso de armas y por ser
cometido en banda.
viernes, 29 de mayo de 2015
Juicio por el homicidio de Rojas
EL LUNES SE CONOCERÁ EL VEREDICTO
Révori inició su alegato analizando la
declaración del imputado ofrecida al inicio del debate. Destacó la magistrada
que Lara reconoció su responsabilidad al decir “yo no lo hice solo”. Repasó los
puntos no controvertidos del derrotero previo al episodio que concluyera con la
vida de Segundo y se detuvo en este último tramo analizándolo a la luz de la
declaración del testigo presencial, de las pericias criminalísticas y de las
conclusiones de la autopsia. Todos los indicios, testimoniales y científicos,
señalan a Pablo Lara como autor del crimen, concluyó. Entre otros aspectos
destacó que la declaración del testigo presencial del hecho permitió al
Ministerio Público Fiscal, deslindar responsabilidad respecto de Facundo Lara.
En su alegato, la acusadora desmenuzó
los relatos de los testigos de la defensa, se refirió al temor que el propio
imputado despertó en su madre aquella madrugada, debido a su estado alterado.
Destacó las características de personalidad de Lara y del modo en que el
consumo de alcohol y/u otras sustancias, incide en su comportamiento, algo
evidenciado en otros hechos por los que fue condenado: una situación de
violencia familiar y la agresión con arma blanca a un joven de su entorno. “Da
cuenta de su personalidad lo que ocurrió el miércoles en la sala de juicio”,
graficó Révori.
Absuelvan
por la duda
Bruno Deias exploró las aristas de la
investigación que a su criterio podrían haber dado lugar a incriminar al
hermano de Pablo y a “el corcho” Sayucheque que había bebido con ellos aquella
noche. Destacó el defensor que el episodio de violencia protagonizado por
Sayucheque –y reconocido por él mismo en el debate- ocurrido en el interior de
la vivienda, podría haber causado el traumatismo de cráneo que llevara a la
muerte a Rojas una vez en la vía pública, “no se puede descartar ningún
desenlace mortal” a partir de aquel suceso, resaltó.
Deias
pidió a los jueces que absuelvan a su defendido ya que no se cuenta con el
grado de certeza necesario para una condena.
"Tomen su mejor decisión"
La
hermana de Segundo Rojas quiso hablar. El imputado ya había sido conducido a la
sala desde el lugar en el que seguía los alegatos mediante un sistema de audio.
La mujer pidió disculpas al tribunal por la reacción que tuvo luego de ver las fotos
tomadas a su hermano fallecido, pidió que entiendan lo que sintió al ver con
sus propios ojos lo que le hizo el imputado: "yo sé que fue Pablo Lara el
que lo mató, no tengo ninguna duda", dijo. "El no tiene respeto por
la vida y no lo va a tener nunca", sostuvo la mujer "les pido que tomen
su mejor decisión y que esta persona no salga libre", pidió al tribunal.
"No le tengo miedo a nada"
El
imputado, que previo a las palabras de la víctima había sido consultado por el
presidente del tribunal y manifestó que no quería hablar, optó por hacerlo
ahora. "Esto yo no lo hice solo y me hice cargo desde el principio",
sostuvo. "No le tengo miedo a nada", resaltó, para señalar que no
tiene de qué arrepentirse porque siendo el menor de los que estuvieron esa
noche fue el único que desde el primer momento se hizo cargo.
El
lunes a las 12:30 hs se sabrá la decisión del tribunal.
jueves, 28 de mayo de 2015
Homicidio de Segundo Rojas
EL VIERNES A LAS 9 SERÁN LOS ALEGATOS
Este jueves fueron
escuchados los testigos de la defensa. La primera en prestar su testimonio fue
la mamá del imputado. Pablo Lara, por disposición del tribunal, siguió el
debate desde una sala contigua a través de un parlante, fuertemente custodiado.
La prueba del Ministerio Público Fiscal se produjo en su
totalidad en las dos primeras jornadas, la del jueves estuvo reservada a los
testigos presentados por el defensor Bruno Deias. La primera en declarar fue la
madre de Lara, quién se refirió a los sucesos que ella pudo apreciar la
madrugada del 4 de mayo, al estado "alterado" que presentaba su hijo,
a su temor por la presencia de un sujeto del que desconfiaba en su casa y a los
insistentes llamados a la policía solicitando que envíen un móvil a su
vivienda. En varios tramos del relato la mujer se quebró y entre sollozos
susurraba rezos en pedido de fuerzas para continuar. Cuando la Fiscal Fernanda
Révori le aclaraba que no tenía que responder aquello de lo que no quisiera
hablar, la mujer se mostraba decidida a contestar todas las preguntas.
La tercera jornada de juicio evidenciaba el incidente protagonizado
por el imputado el día anterior. Todo aquel que pasara por el segundo piso de
los tribunales de Esquel notaría el cambio sin necesidad de ingresar a la sala
de audiencias. Un importante despliegue policial acordonaba el paso desde la
diminuta sala en la que se encontraba el imputado, apenas visible tras el
parlante ubicado sobre la mesa, y la puerta de entrada a la Sala 2, donde se
desarrolla el juicio.
En el interior de la sala, si bien se notaba un clima
distendido, cualquier movimiento en la puerta hacía que las miradas de los
presentes se dirigieran inevitablemente hacia ella.
Al público habitual de las audiencias orales y públicas le
resultaría extraña la postal de esa sala de juicio, con la silla del imputado
vacía.
Entre los testigos de la defensa fueron convocados el
hermano del imputado y la profesional que realizó el informe
socioambiental de Lara.
El viernes a las 9 hs. se producirán los alegatos de cierre
en los que cada parte expondrá su caso haciendo el pedido concreto al Tribunal.
miércoles, 27 de mayo de 2015
Juicio por el homicidio de Segundo Javier Rojas
EL IMPUTADO INTENTÓ AGREDIR A UN TESTIGO
Ante los ojos del tribunal y de las partes,
Pablo Lara irrumpió en la sala de audiencias y se abalanzó sobre un testigo. El
intento de agresión fue reprimido por los policías que tenían a su cargo la
seguridad de la sala. El insólito episodio dio lugar al inicio de actuaciones
de oficio por parte de la Fiscalía, lo que implica una nueva causa penal contra
el imputado. El tribunal dispuso una serie de
medidas de protección al testigo y su familia.
En la
segunda jornada de debate, concluyó la declaración de los testigos de la
Fiscalía. Entre ellos debía declarar un testigo presencial del hecho que había
manifestado fundado temor a represalias. El caso fue planteado por la Dra.
Fernanda Révori al tribunal, solicitando que se tomara el testimonio en cámara
Gesell o bien en la sala pero sin la presencia del imputado. Los Dres. Martín
Zacchino, Anabel Rodríguez y Jorge Criado dispusieron que se tomara el
testimonio en la sala, a puertas cerradas. Para garantizar el derecho de
defensa, el imputado seguiría el testimonio por un sistema de audio habilitado
en una sala contigua, acompañado por policías.
El testigo
expuso su temor y relató lo que vio la madrugada del 4 de mayo de 2014 en el
Barrio Estación. Lara exaltado, logró evadir su custodia e irrumpir
intempestivamente en la sala intentando agredir al testigo. Los uniformados impidieron
que la agresión se concrete.
Révori dispuso
la intervención del Servicio de Asistencia a la Víctima del Delito para que brinde asistencia a el testigo y su familia. En tanto que el tribunal, de oficio, ordenó la custodia policial estos, una prohibición de acercamiento y
contacto por cualquier medio y/o por terceras personas del imputado para con
ellos y prohibición de contacto entre los hermanos Lara antes de la declaración
de Facundo prevista para el día siguiente.
Los jueces
y las partes se convirtieron en testigos del nuevo hecho.
El jueves
declararán los testigos de la defensa.
Se conoció la pena impuesta a Pablo Burgueño
Con la imposición de pena finalizó el juicio en
el que Pablo Samuel Burgueño fue absuelto por el homicidio de Herodez Vázquez y
encontrado responsable del hurto de su celular. La fiscalía había solicitado
una pena de dos años de prisión en tanto que la defensa solicitó que se imponga
solo un mes. Los magistrados Ricardo Rolon, Daniel Perez y Mariano Nicosia lo
condenaron a cuatro meses de prisión de cumplimiento efectivo.
Luego de hacer el
análisis de agravantes y atenuantes, el Dr. Rolon dirigió un párrafo de su
sentencia a la familia de Vázquez. “No puedo soslayar antes de terminar, las
afectaciones de los seres queridos y el entorno familiar de quien en vida fuera
Herodes Vázquez y de la forma que perdiera su vida, seguramente hace que sus
deudos estén padeciendo un dolor legítimo, resultando imposible ponerse en el
lugar de estas personas que lo sufren. Solo se puede acompañarlas y en el mejor
de los casos, ayudarlos a alivianar esa carga en la medida de lo posible. Mas
jurídicamente, no se ha podido demostrar en el debate que el señor Burgueño sea
el autor de tan lamentable suceso.”
Los tres magistrados
destacaron que la pena a imponer solo puede considerar los hechos que se dieron
por probados en la sentencia de responsabilidad. Valoraron negativamente que
Burgueño para cometer el hecho se aprovechó de la alta vulnerabilidad de la
víctima, tomando en cuenta la forma en que vivía, su edad, y su estado de
salud.
En el mismo sentido
computaron sus antecedentes penales. Rolón especifico que Burgueño refleja que “a
pesar de haber sido condenado anteriormente, no logra internalizar el respeto
por los derechos de otras personas, y que a pesar de sus manifestaciones de
cambio, una vez más es encontrado responsable en comisión de otro hecho
delictivo y contra la propiedad”.
Entre los atenuantes
consideraron su inmadurez a pesar de su edad (30 años) y las adicciones que “seguramente
han contribuido a la toma de decisiones erradas a lo largo de su vida”.
Por su parte el Dr.
Pérez señalaba que “surge del informe de la licenciada Gómez que el imputado
está intentando cambiar su vida, ha ingresado al mercado laboral en un oficio
de carpintero, ha efectuado un tratamiento tendiente a superar sus adicciones y
está tendiente a desear un cambio en su vida.”
martes, 26 de mayo de 2015
Juicio por el homicidio de Segundo Javier Rojas
Rojas tenía un retraso madurativo importante, tanto la Fiscalía como la
querella sostienen que esto le impidió evitar el trágico resultado.
Bruno Deias anticipó que su caso pretende demostrar que la participación
de Pablo Lara en la agresión no fue la causante de la muerte de Rojas. Para la
defensa, existió una agresión previa por Sayucheque, Lara solo lo habría golpeado
una vez y no habría sido ese golpe el que le quitó la vida. “De suprimirse la
intervención de Lara en este último tramo, igual se produciría el mismo
resultado”, sostuvo Deias.
Si el juicio avanza según lo previsto, las declaraciones testimoniales
podrían concluirse en dos jornadas.
lunes, 18 de mayo de 2015
Reunión con vecinalistas
El encuentro, que tuvo lugar en el quincho de la Unidad
Regional Esquel, contó con la participación del Jefe de la Brigada de
Investigaciones, Área de Operaciones, Servicio de Asistencia a la Víctima del
Delito y autoridades barriales del 28 de Junio, Jorge Newbery, Cañadón de
Borquez, Baden, Don Bosco, Villa Ayelén, 100 Viviendas y Rural Vieja.
Entre otros temas los vecinos plantearon su preocupación por
las "juntas" que se producen en algunos barrios y la conflictiva que
esta apareja, el cumplimiento de horas de trabajo comunitario ordenado
judicialmente en las sedes, el estado de vulnerabilidad de algunos niños y
conflictos de vecindad.
jueves, 14 de mayo de 2015
Homicidiod e Juan Huenchuman
EL JUEZ DE LA PRELIMINAR DECIDIRÁ SI PASA A
JUICIO
El homicidio de Juan Huenchumán tuvo lugar el
20 de abril de 2014 en un establecimiento rural de Gualjaina en medio de una
agresión con varios participantes. La Fiscalía avanzó en la investigación con tres imputados, dos hombres y una mujer, y dos hipótesis. La investigación descartó
una de las teorías. En la audiencia preliminar el fiscal pidió el
sobreseimiento de dos imputados y la realización del juicio en relación a la
mujer. La Defensa pidió su sobreseimiento. El lunes a las 13 hs. se conocerá la
decisión del juez.
Con la presencia de la
familia de la víctima se realizó la audiencia preliminar. De acuerdo la
Fiscalía, la Querella y la Defensa en que la prueba presenta dificultades,
solicitaron al juez que analice en profundidad el plexo probatorio de la Fiscalía
para establecer si reúne o no el estándar probatorio legalmente exigible para
que una persona sea sometida a juicio.
El fiscal, Fernando
Rivarola, presentó su acusación solicitando la elevación a juicio, mismo pedido
realizó la querella representada por el abogado Juan Zapata. El defensor
público Marcos Ponce solicitó el sobreseimiento de la imputada por considerar
que no alcanza la prueba reunida por la fiscalía para llevarla a juicio.
"Si bien no hay
prueba contundente en su contra, como fiscal, para consentir un sobreseimiento,
debería tener la certeza definitiva de que la imputada no fue la autora, y sin
embargo tengo algunos elementos para pensar que existe alguna probabilidad de
que resulte condenada luego de producirse la prueba en el debate", explicó
Rivarola.
¿Cuál es la prueba?
Los elementos que
señalan a Olga Herminia Huechaqueo son básicamente testimonios indirectos. No hay
prueba directa científica de quién dio la puñalada ni tampoco testigos que
vieran ese momento.
La víctima antes de
fallecer dijo que lo apuñaló "la Cecilia". Lo particular es que la
imputada no se llama Cecilia, pero todos los testigos consultados dijeron que
es así como se la conoce. Sin embargo el defensor sostiene que su defendida es
Olga Herminia, no Cecilia, y que no hay ningún elemento ni directo ni indirecto
que la sindique a ella.
Todo comenzó con una pelea
de Huenchumán padre y Julián Barrera, intervinieron el hijo del primero y los
hijos del segundo, un testigo dijo ver a "la Cecilia" tomar del piso el
cuchillo de Barrera, su marido. Luego, en esa situación confusa, sin que nadie
vea cómo ni quién lo hizo, apareció apuñalado Juan Huenchumán. La víctima,
antes de morir dijo que lo cortó "la Cecilia".
La fiscalía, la
querella y la defensa coinciden en que el eje de la discusión es si basta o no
con esta prueba para llevar a la imputada a juicio. Todos coincidieron que el
juez de la audiencia preliminar, el Dr. Martín O' Connor, es el más indicado
para hacer este análisis.
La familia de la
víctima está informada tanto por la el fiscal Fernando Rivarola como por el
querellante y espera la resolución del juez. "El análisis de los
familiares es mas lineal. Saben que el antecedente de la muerte de Juan fue la
pelea con Barrera y sus hijos, y le escucharon decir antes de morir que lo
apuñaló la mujer. Ellos entienden la dificultad probatoria, saben que puede
resultar insuficiente, pero esperan juicio y condena", explica el fiscal.
miércoles, 13 de mayo de 2015
Fiscalías de Chubut en la mira
LA PROCURADORA
DE RÍO NEGRO Y FISCALES DE ESA PROVINCIA ESTUVIERON EN ESQUEL
Con la
presencia del Procurador General de Chubut, Jorge Luis Miquelarena, se llevó a
cabo la visita de un grupo de fiscales de la vecina provincia de Río Negro,
encabezados por la Procuradora Dra. Silvia Baquero Lazcano. Este miércoles
visitarán la Fiscalía de Puerto Madryn.
La visita se prolongó a lo largo de toda la jornada con el objetivo de
interiorizarse sobre el modo de organización adoptado por la Fiscalía a partir
de la entrada en vigencia del nuestro actual Código Procesal Penal.
Por la mañana visitaron también las instalaciones de la Oficina Judicial
y del Colegio de Jueces Penales, en tanto que a la tarde conocieron el Servicio
de Asistencia a la Víctima del Delito.
lunes, 11 de mayo de 2015
Homicidio de Herodes Vázquez
Burgueño fue absuelto por el
homicidio y condenado por hurto
En su veredicto el tribunal encontró
insuficiente la prueba para condenar a Pablo Samuel Burgueño por los delitos de
robo respecto del hecho ocurrido el 21 de diciembre de 2013, y por el homicidio
en ocasión de robo, por el que lo acusó la fiscalía, respecto de los sucesos
del 11 de enero de 2014. Sobre este último hecho, los magistrados Ricardo
Rolón, Daniel Camilo Pérez y Mariano Nicosia, consideraron que quedó acreditado
el desapoderamiento del celular por parte de Burgueño y lo declararon autor del
delito de hurto. El viernes por la tarde se realizará el debate por la pena.
El primer hecho por el
que fue acusado Burgueño en este juicio, fue un robo en la casa de Vázquez en
el que se le sustrajo un celular y dinero en efectivo. Los magistrados plantearon
que no basta con haberse encontrado el celular sustraído en manos de una
persona del entorno del imputado, más la sospecha de un vecino del damnificado
que lo vio en proximidad a la vivienda, para endilgarle la autoría.
Respecto de la
acusación por homicidio en ocasión de robo, analizaron la prueba indiciaria destacando
que no hay elementos que lo colocaran a Burgueño en la casa de Vázquez en el
momento del crimen. Los magistrados señalaron que la hipótesis fiscal se
sostiene “en que el imputado intentó vender mercaderías de cobre a la víctima
en su domicilio, en horas de la noche del 11 de enero de 2014, lo cual no pudo
concretar, retirándose de su vivienda aproximadamente después de las 21:30 hs, momento
en el cual abordó un taxi…” El taxista fue testigo en el debate y dijo que vio
a la víctima con vida cuando despidió al acusado de su domicilio.
“Todas estas
circunstancias han sido probadas y no lucen controvertidas. Pero no existe
ninguna otra acreditación que ubique al imputado en el domicilio de la víctima
en algún momento posterior de esa noche, vale decir, que haya regresado a su
vivienda para concretar el despojo violento, lesionando al damnificado con el
resultado mortal que se le atribuye” , afirmó en su veredicto el tribunal.
Por otra parte, los magistrados
tuvieron por acreditado que fue Burgueño y no otra persona quien sustrajo
aquella noche, el celular de Vázquez, “en la oportunidad en la que fue
demostrada su presencia en el domicilio de este último, inmediatamente después
de que el aparato fuera usado por la víctima para solicitar un taxi a las 21:33
hs, e inmediatamente antes de que el acusado saliera de ese domicilio a bordo
de ese taxi”, concluyeron.
sábado, 9 de mayo de 2015
Homicidio de Herodes Vázquez
EL LUNES SE CONOCERÁ EL VEREDICTO
Dos son los hechos que
se están juzgando. El robo de un celular y dinero de la casa de Vázquez
ocurrido el 21 de diciembre de 2013 y el robo de otro celular y probablemente
dinero en efectivo, según la Fiscalía logrado mediante una fuerte golpiza que
puso fin a la vida de la víctima cuando recibía asistencia médica.
Respecto del primero
de los hechos se presentaron fundamentalmente dos indicios que vinculan al
imputado: que fue visto por un vecino “merodeando” la casa de Vázquez el día y
en el horario que se habría cometido el hecho y que el aparato celular robado
apareció posteriormente en poder de la ex mujer de Burgueño con quién mantiene
una relación intermitente y conflictiva.
En el segundo hecho,
el imputado fue visto previamente, él mismo confirmó que estuvo con Vázquez
hasta las 21:33 hs que se fue en un taxi pedido por el dueño de la casa, aspectos
corroborados por el taxista. Vázquez hasta ese momento estaba bien. El otro
indicio fuerte es que una hora y media después Buegueño vendió en el Barrio
Estación el celular que esa noche se le sustrajo a Vázquez. En un lugar ubicado
en dirección contraria a la que tomó en el taxi.
La mujer fue citada a
declarar en el debate, se le advirtió que por ser la madre de los hijos del
imputado puede negarse a declarar en perjuicio del imputado y decidió no
hacerlo. Aquella información que facilitó a la investigación solo pudo
incorporarse por las personas que la escucharon.
Este cuadro probatorio
fue valorado por el defensor Marcos Ponce como favorable a la teoría del caso
de la defensa. Resaltó que logró probarse lo que anticipó al inicio del debate,
que a Burgueño se lo vinculó a este crimen porque está estigmatizado socialmente.
Estigmatizado por la comunidad y por la policía. Para sostener esta tesis,
Ponce destacó testimonios en los que se dijo que verlo despertaba sospecha
porque “siempre anda en algo”.
El defensor público resaltó
que “todo el grupo de testigos son testigos de oídas”, no hay prueba objetiva y
no basta solo con esto para alcanzar el grado de certeza que demanda una
sentencia condenatoria.
Sobre el primer hecho,
Ponce resaltó que un testigo lo puso en proximidad del lugar del hecho, pero no
adentro de la casa de Vázquez. También destacó que no se sabe cómo llegó el
celular a las manos de la ex pareja de Burgueño, ni se va a poder saber nunca.
Indicó que por esa época ellos tenían conflictos y no se explica en calidad de
qué le daría el aparato.
Sobre el segundo hecho
destacó que no hay ningún elemento científico que ponga a Burgueño en el lugar del
hecho. Resalto que Vázquez estaba bien cuando lo dejó Burgueño y argumentó que
no dan los tiempos para que el imputado llegara a pie desde el lugar donde lo
dejó el taxi, a ocho cuadras de la casa de Vázquez, le robara, lo golpeara y
llegara a pie hasta el barrio Estación a vender el celular minutos antes de las
23 hs.
Sobre la declaración
de la exmujer del imputado, cuestionó el modo en que fue tomado su testimonio,
resaltando que no quedó ningún registro de que se le advirtiera que puede no
declarar en contra de él y por lo tanto se vulneraron garantías constitucionales.
Por ese motivo sostuvo que no puede ser tenido en cuenta. Advertida en el
juicio, no quiso declarar y esto es lo que vale a criterio de la defensa. También
resaltó que nada conecta el robo con la muerte de Vázquez.
La Dra. Révori
solicitó que se condene a Burgueño por el delito de robo y homicidio en ocasión
de robo y subsidiariamente por alguno de los delitos contra la propiedad
contenidos en esa plataforma fáctica.
El Dr. Marcos Ponce
pidió la absolución de Burgueño y para el caso en que el tribunal tenga dudas,
que lo absuelva por el principio de la duda a favor del reo.
El lunes a las 12 hs.
se conocerá el veredicto del tribunal.
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