jueves, 22 de enero de 2009

Robo agravado a un kiosco

EL MENOR IMPUTADO FUE INTERNADO EN EL COSE

Se trata del hecho que damnificó al kiosco ubicado en Fontana y Rivadavia de Esquel, en el que un encapuchado armado amenazó al joven que atendía el comercio y se llevó la recaudación. En ruedas de reconocimiento, los testigos lo señalaron con total convicción y también reconocieron una prenda de vestir que sería la que llevaba puesta al momento del atraco. El Fiscal habló de otra investigación que lo tienen como sospechoso y de otro hecho grave en el que se encuentra imputado. Para el acusador la familia ya evidenció que no puede contenerlo y solo puede disponerse su internación en el COSE. Pese al compromiso del padre y a los planteos de la Defensa y de la Asesoría, la Juez de la causa entendió que la medida mas apropiada para preservar a la investigación y a los testigos, es la internación, a la que le fijó un plazo de 45 días.


El 9 de enero pasado, alrededor de las 3.45 de la madrugada, un encapuchado portando un arma de fuego tipo escopeta recortada o similar, le exigió al empleado del comercio ubicado en Fontana y Rivadavia, que le abriera la puerta exhibiéndole el arma en cuestión y anunciándole "...no te hagas el boludo o te hago boleta...". Así fue como pudo ingresar al local, exigiéndole al joven que lo lleve a la caja y le entregue el dinero, unos $400 “discriminados en billetes chicos -cambio- y monedas, que previamente le hizo poner a la víctima en una bolsa de plástico. Tras ello, y en el mismo contexto fáctico descrito, trasladó a la víctima hasta un depósito, le preguntó si había otra caja recibiendo respuesta negativa y, después, cortó los cables del teléfono fijo del lugar y se apoderó del teléfono móvil” de su víctima, sostiene la imputación. “Por último -siempre junto a la víctima- salió del kiosco hasta la intersección de calles Rivadavia y Pellegrini, lugar donde devolvió el celular a su dueño y se dio a la fuga a bordo de un ciclomotor marca Gilera que había dejado en el lugar al cuidado de dos jóvenes a quienes les había pedido ese favor.”

Reconocido

Luego de la audiencia de formalización de la investigación se realizaron distintas medidas de reconocimiento. En primer lugar se presentaron objetos secuestrados, primero una remera y luego dos cuellos polares, ante los testigos. Dos de los testigos reconocieron la remera y uno de ellos señaló cual de los cuellos creía que llevaba puesto.
Lo mas contundente fue el resultado de la rueda de reconocimiento de personas. Fue indubitable la actitud de cada testigo a su turno. Los tres supieron indefectiblemente que el imputado era, entre los tres parecidos que participaron de la rueda, el sujeto que aquella madrugada cometió el asalto al kiosco.

Pedido ineludible

El Fiscal Martín Zacchino, luego de finalizados todos los actos procesales previstos, pidió que se retome la audiencia para solicitar medidas de coerción. El representante del Ministerio Público indicó que con los avances que tiene la investigación, puede preverse que será breve el plazo previo a la presentación de la acusación pública solicitando la apertura del juicio.
Uno de los elementos claves que restan es el hallazgo del arma empleada en el robo, fundamental para sostener en el juicio la imputación respecto del agravante que prevé la ley.
Zacchino indicó que en otra investigación relativa a un robo a un comercio con la misma modalidad y el mismo tipo de arma de fuego, el menor imputado en esta causa está sospechado como uno de los posibles autores, aunque por el estado de la investigación aun no se está en condiciones de formalizar una imputación. Sin embargo, el Fiscal indicó que también en relación al avance de esa investigación existe un riesgo de entorpecimiento.

Entorpecimiento

Se conoció en la audiencia que el imputado habría visitado a su víctima, la misma que cuando se produjo el hecho amenazó anticipándole represalias si avisaba a la policía. En ese encuentro le pidió que levante la denuncia en su contra, generando un claro acto intimidatorio. Al tomar conocimiento de esta situación, la Fiscalía dispuso inmediatamente medidas de protección para el testigo y para el comercio y destacó esta situación, así como el riesgo en el que se encuentran los dos menores que declararon como testigos en la causa, en caso de que el imputado quede en libertad.
Zacchino sostuvo que esta actitud del imputado da cuenta de un accionar tendiente a ubicarse en una mejor posición procesal, influyendo sobre los testigos.
“Todas estas circunstancias en conjunto, sumado además a las características del hecho y a la pena con la cual amenaza el Código Penal, cuyo tratamiento en el caso de los menores de edad tiene una implicancia diferente pero no por ello menos grave, autoriza y amerita que el Ministerio Público solicite una medida de coerción personal.

Otras causas

Este menor de edad tiene otras causas abiertas en la Fiscalía. En algunas de ellas, por hechos mucho menos graves, logró la conciliación con las víctimas, sin embargo otra causa con características de suma violencia lo tiene por imputado. Se trata del robo al taxista ocurrido en el mes de octubre de 2008. Ese hecho fue calificado como robo agravado por el uso de arma en concurso real con privación de la libertad coactiva agravada por el uso de violencia.

En aquella causa el menor sufrió una medida de privación de la libertad en su domicilio a cargo de su familia, en la que su madre se había comprometido a dar aviso a la policía en caso que el chico la desobedeciera y quisiera salir de la casa. Zacchino tomó el antecedente indicando que evidentemente la familia no logró contenerlo, porque poco tiempo después vuelve a estar vinculado a un hecho delictivo grave.
“Teniendo todos estos elementos, que los entiendo de calidad a la hora de resolver sobre esta medida de coerción, entiendo, pensando inclusive en el resguardo del propio menor, que no puede cumplir una medida de coerción en un hogar o en un domicilio donde la contención es solamente una intención, por la razón que fuere, ojalá pueda mejorarse porque sería lo ideal, pero entiendo que dada la gravedad de los hechos que se investigan, no hay otra opción mas que peticionar su internación en el COSE por el tiempo que dure este proceso, al menos hasta la celebración de la audiencia preliminar”, indicó Zacchino.
En el caso de los menores este encierro máximo posible es de tres meses.

Oposición de la Defensa

La Defensa pública, representada por la Dra. Valeria Ponce y acompañada por un representante de la Asesoría de familia, se mostró contraria a la internación del chico y planteó una alternativa para que pueda quedar a cargo de su familia y con talleres y seguimiento realizados por el Servicio de Protección de Derechos. El padre del menor habló en la audiencia y se comprometió a ser más estricto en el control de su hijo y a llevarlo a trabajar con él. También estuvieron presentes en la audiencia los hermanos mayores del imputado.

Al COSE

La Dra. Nelly García, luego de un breve cuarto intermedio, analizó lo planteado por las partes y valoró la cantidad y calidad de los elementos que vinculan la imputado con el hecho. La magistrada no tuvo en cuenta la causa en la que se lo tiene por sospechoso, señalando que por no haber aun elementos que permitan formular una imputación en su contra, no puede ser considerada en el análisis. Sin embargo la Dra. García prestó especial atención al proceso abierto a partir del robo al taxista, ya que a apenas dos meses de alcanzada la libertad en ese proceso, luego de haber tenido un arresto domiciliario, vuelve a estar vinculado a un hecho sumamente grave. Aquella prisión domiciliaria se prolongó desde la detención hasta el 25 de noviembre de 2008. “Tengo en cuenta que este mismo grupo parental, a pesar de la medida de coerción y del alerta que ya tuvo de que este adolescente estaba involucrado en hechos graves, no evitaron que quede implicado en otro hecho de similares características. Por eso entiendo que, tal como lo dijo el señor Fiscal, una segunda prisión domiciliaria o una segunda entrega a la familia, no nos garantiza que se vaya a neutralizar este peligro procesal de entorpecimiento”, destacó la Juez “…ni siquiera un peligro procesal va a poder neutralizar cuando no pudo evitar que cometa un nuevo hecho”.
La magistrada encontró fundada la decisión de internarlo en el COSE. Esta, es una institución en la que contará con diferentes actividades, algunas formativas y también con asistencia psicológica. La resolución acortó el plazo pedido por el Fiscal a 45 días, considerando que en ese tiempo se podrán completar las medidas procesales restantes con vistas a la formulación de acusación pública.
En este plazo el COSE deberá trabajar con la familia procurando que la externación resulte mas segura.

Nuevas causas

HURTO:
Una mujer estacionó su vehículo para ir a un comercio, dejando la ventanilla algo baja. Al regresar advirtió que le sustrajeron la cartera con una cámara digital y un celular Nokia 1100.
Sucedió el martes entre las 13:15 y las 13:30 hs. en Roca entre 9 de Julio y Rivadavia, Esquel.

DAÑO:
Autores ignorados mataron a un perro pastor belga, de un golpe con una botella de cerveza.
Ocurrió entre la noche del 13 y la mañana del 14 de enero en Volta al 700, Esquel

ROBO:
Personas no identificadas rompieron el vidrio de la ventana del dormitorio de una vivienda y se llevaron una billetera marrón con $840, un DVD y una tarjeta de débito del banco del Chubut.
Sucedió entre las 17 y las 19 hs. del martes en el Barro Badén II, Esquel.

miércoles, 21 de enero de 2009

Incendio Agravado y Lesiones


JOVEN EN LIBERTAD CONDICIONAL VOLVIÓ A QUEDAR DETENIDO POR UN NUEVO PROCESO

Diego Alberto Puente, goza de libertad condicional luego de cumplir parte de la condena a tres años de prisión por haber cometido dos robos en Esquel. El lunes pasado habría golpeado a su novia y luego quemó la vivienda en que ella había entrado para refugiarse. Después de esto se dio a la fuga hacia Esquel. La Fiscalía pidió su detención y en una audiencia le imputó los nuevos delitos, solicitó el dictado de la prisión preventiva y la fijación de otra audiencia para pedir que se le revoque la libertad condicional. Con la oposición de la Defensa, el Juez resolvió dictar la prisión preventiva hasta el juicio. La medida la cumplirá en la Comisaría Segunda. La Oficina Judicial fijará fecha para tratar el pedido Fiscal de revocar el beneficio de la libertad condicional en el otro proceso. Cuando ese beneficio se otorgó la Fiscalía había manifestado su rotunda oposición por considerar que Puentes no se encontraba en condiciones de reinsertarse socialmente.


El imputado estuvo a cargo de una pastora de la localidad de Gualjaina, pero hace algún tiempo, por diferencias que tuvieron y porque conformó una pareja, se lo autorizó a cambiar de domicilio, aun dentro de la misma localidad, aunque ahora con su pareja en una vivienda que les prestaron.
Este lunes alrededor de las 22 hs. tuvo una discusión con la joven y le dio un golpe de puño en el rostro. Ella logró escapar, refugiándose en la casa de su hermana, ubicada muy cerca de allí. Como no había nadie en la vivienda entró por una ventana y se guareció en el baño. Puentes la siguió, pateó la puerta, rompió los vidrios y luego incendió la vivienda poniendo en serio riesgo la vida de su novia y destruyendo la propiedad y todos los bienes de un matrimonio con sus tres hijos, los que quedaron en la calle.
El hecho fue calificado por la fiscalía como lesiones leves en concurso real con incendio agravado.

Peligros procesales

La cantidad de elementos de prueba en contra del imputado, la gravedad de los hechos que cometió y su actitud procesal además de sus antecedentes penales, fueron tomados por la Dra. Ruth Monge para solicitar que se dicte la prisión preventiva hasta la realización del Juicio y que se fije otra audiencia para que se trate el pedido Fiscal de revocación de la libertad condicional.
La Funcionaria de Fiscalía indicó que el informe policial sostiene que Puentes luego de cometer el hecho se dio a la fuga, pese a que por su situación debía informar antes de ausentarse del lugar donde fijó su residencia. La madre de las víctimas vive en Esquel, y vio al imputado en una casa cercana a su vivienda. Atemorizada fue a la Fiscalía a informar esto, facilitando ubicar el lugar donde se hallaba el imputado, lugar en el que fue detenido por disposición del Juez de turno a pedido de la Dra. Monge.

La situación de los testigos

Los testigos están atemorizados. Uno de ellos dijo expresamente que si el imputado regresa a Gualjaina el no prestaría su testimonio. La víctima fue golpeada en otras oportunidades por Puentes, aunque nunca realizó la denuncia. El imputado amenazó de muerte a un familiar de su novia en una oportunidad en que estaba excedido en alcohol. Todos estos antecedentes sirvieron de base para el pedido Fiscal relacionado con el temor de los testigos y el riesgo cierto de entorpecimiento para la investigación.

Reincidente

Puentes no delinquió por primera vez en Esquel, ni fueron los delitos por los que aquí se lo condenó los primeros que merecieron condena. En dos oportunidades previas fue declarado reincidente por un Tribunal de Neuquén, provincia de la que es oriundo.
Estos nuevos delitos, aun estando sometido a una condena, evidencian a criterio de la Fiscalía, que no está en condiciones de reinsertarse socialmente, al menos por el momento.

El planteo de la Defensa

La Dra. Valeria Ponce, en representación de la Defensa Pública, consideró que no puede hablarse de riesgo de fuga ya que en el marco de su libertad condicional Puente colaboró permanentemente con la justicia e intentó cumplir con todo aquello que se le impuso. La letrada señaló que si bien no puede ofrecer un domicilio alternativo para que cumpla un arresto domiciliario, no existiendo a su criterio peligro de fuga, el entorpecimiento de la investigación puede resguardarse imponiendo una presentación periódica en la Oficina Judicial y la prohibición de acercamiento hacia las víctimas, además de otras medidas que pudiera disponer el Juez.

Vuelta adentro

El Dr. Jorge Criado inició su resolución anticipando a Puentes que dictaría su prisión preventiva, fundamentalmente por peligro de fuga y que por este motivo, siendo el riesgo mayor, no se extendería en las apreciaciones respecto del entorpecimiento de la investigación. Para el magistrado hay elementos para considerar que es con probabilidad el autor de los hechos que se le imputan, los hechos son sumamente graves y su falta de arraigo, sumada a su actitud luego de cometido el hecho, dan cuenta de un objetivo peligro de fuga.
Así el magistrado dispuso la prisión preventiva hasta el juicio, en una dependencia de Esquel - sería en la Comisaría Segunda - y determinó un plazo de tres meses para que la Fiscalía complete la investigación y presente la acusación pública. Este plazo solo se podrá prorrogar de modo excepcional si la demora es debidamente fundada.

Nuevas causas

HURTO:
Un turista oriundo de la provincia de Bs. As. dejó su camioneta estacionada en Punta Matos (Parque Nac. Los Alerces), sin colocarle la traba en una de las puertas, para navegar. Al regresar vio una de las puertas abiertas y el auto sin electricidad. Levantó el capot y comprobó que el borne positivo había sido desconectado.
Le sustrajeron tres celulares, uno marca Motorola Black Berry, un Motorola V8 y un Sony Ericsson, un reproductor de sonido tipo IPED Nano, un reproductor de DVD Stromberg Carlson, un bolso celeste con documentación y efectos personales y otro bolso gris con cargadores de celulares y medicamento.
Sucedió el 8 de enero entre las 13 y las 22 hs.
La denuncia fue tomada por Gendarmería Nacional.

ROBO:
También sucedió el 8 de enero, en este caso en la pasarela del Arrayanes (PNLA), entre las 16 y las 19 hs. Una familia de turistas llegados desde Capital Federal, dejó su vehículo en el estacionamiento y al regresar encontró violentada la cerradura de una de las puertas. Personas no identificadas sustrajeron dos celulares con sus cargadores, uno marca Nokia 1110 y el otro LG 110, 300 euros, U$10, $70, dos Memory Stick, una cámara fotográfica Nikon, un bolso de mujer tejido a franjas naranjas y marrones con una billetera negra que contenía documentación, una agenda y pertenencias personales. También se llevaron un bolso rosa con juguetes y una bandolera verde con papeles personales.

ROBO:
Un turista comodorense denunció también en Gendarmería Nacional que el 10 de enero dejó estacionado su vehículo en el Mirador de Bahía Solís entre las 13 y las 13:20 hs. Cuando regresó encontró violentada la puerta del acompañante. Por allí le sustrajeron un maletín negro conteniendo una Notebook VGH color blanco, con un pendrive color rojo conteniendo música, un MODEM de la compañía Claro, un celular Motorola 510 color negro, una cámara digital Olympus gris, y $1200


ESTRAGO:
Una joven comía con su novio, cuando este por celos la golpeó. La chica escapó hacia la vivienda de su hermano para refugiarse y el sujeto roció con combustible esa casa y le prendió fuego. La joven logró escapar pero los daños fueron totales.
Sucedió el domingo a las 23 hs. en Gualjaina.
El presunto autor del incendio es un joven oriundo de Neuquén que goza del
beneficio de la libertad condicional, luego de cumplir parte de la condena a tres años de prisión por delitos contra la propiedad. Ayer a pedido de la Fiscalía, fue detenido y se realizaría hoy la audiencia de control de la detención a partir de las 12:15 hs.

TENTATIVA DE ROBO CALIFICADO:
Dos sujetos encapuchados y con guantes ingresaron a una despensa. Uno de ellos tenía un arma de fuego. Intimidaron a la mujer que estaba atendiendo y le pidieron el dinero. La mujer les dijo que no tenía y se dieron a la fuga.
Sucedió en Molinari y Almafuerte, Esquel, el lunes a las 21 hs.

AGRESIÓN:
La Planta Verificadora recibió una camioneta para verificar y constató que tenía adulterado el número de chasis.
Sucedió el martes a las 13 hs.

Ley de propiedad intelectual

SE OTORGÓ UNA PROBATION EN UNA CAUSA POR COMERCIALIZACIÓN DE CDs TRUCHOS

En la audiencia de formalización de la investigación el Defensor pidió que se le otorgue a su representado el beneficio de la Suspensión del Juicio a Prueba. El Fiscal prestó su acuerdo considerando que el ofrecimiento de reparación social ofrecido es adecuado para el tipo de delito. La PROBATION tendrá vigencia por un año, si el imputado cumple, luego de ese plazo se le dará el sobreseimiento. La investigación estaba relacionada con la infracción a los artículos 71 y 72 bis inc. D de la ley 11.723.

Según la descripción del Fiscal, el hecho investigado ocurrió desde una fecha no determinada y hasta el 11 de noviembre de 2008, en el local comercial que giraba bajo el nombre comercial “Gonalmo Computación”, ubicado en calle Avenida Alvear Nro. 1816. El propietario del local, “poseía una importante cantidad de copias ilícitas de CDs musicales, Cds. y DVDs de juegos y películas, almacenadas y exhibidas para su venta en el local comercial, sin poder acreditar por otra parte su origen”.

El ofrecimiento

El Defensor particular, Germán Soulés, expuso su intención de arribar a una Probation, por considerar que el tipo de delito y el estado de la investigación lo habilita. El letrado ofreció una reparación social y la reparación del daño dentro de las posibilidades del imputado.
El Dr. Rivarola manifestó su acuerdo, indicando que por la calificación legal, las penas posibles serían siempre de ejecución condicional. “Es una figura y es un delito que tiene algunas características particulares en cuanto a la víctima. Si bien no estamos, en terminología pura, frente a una víctima difusa, sí tenemos una víctima que en los hechos es difusa, porque la propiedad intelectual que ha sido defraudada – para utilizar los términos que utiliza la ley – es muy difícil de determinar qué autor o que productor, o que titular de esos derechos, porque pudo haber habido en el camino transferencia… De modo que estimamos que el ofrecimiento de reparación en cuanto al daño social provocado por el delito, que tiene que ver mas con la parte impositiva, con la comercialización, es adecuado”, explicó el Fiscal.
El ofrecimiento concreto del imputado consistió en la atención, por el tiempo que dure la Suspensión del Juicio a Prueba, de la totalidad de los dispositivos informáticos de la Escuela Especial para Ciegos de Esquel. Rivarola entendió que esta conducta del imputado “es un demostrativo cabal de la concientización del daño social producido, y es un modo adecuado para cumplir con la carga social de reparar el daño en la medida de lo posible.

Respecto del daño directo a los damnificados, si estos quisieran reclamar, queda habilitada la vía civil.

Destrucción de los CDs truchos

Las copias apócrifas de CDs permanecerán en manos del Estado durante el plazo de la PROBATION, la que fue fijada en un año, según resolvió la Dra. Nelly García de acuerdo con lo peticionado por el Fiscal. Luego de este plazo deberán ser destruidas, el resto de los elementos secuestrados se le devolverán al imputado. Si este realiza todo lo comprometido, cumplido el plazo previsto, será sobreseído.

martes, 20 de enero de 2009

Nuevas causas

TENTATIVA DE ROBO:
Dos sujetos fueron sorprendidos cuando intentaban sustraer varios elementos de un obrador. Al verse descubierto se dieron a la fuga.
Sucedió el esta madrugada a las 4:30 hs. en el Barrio 84 Viviendas, Esquel.

Robos simultáneos

SE MODIFICÓ EL LUGAR DONDE CUMPLE EL ARRESTO UNO DE LOS IMPUTADOS


Se trata de Darío Daniel Figueroa, quien se encuentra con prisión domiciliaria por su presunta vinculación con uno de los robos ocurridos el 18 de agosto pasado en el Barrio Estación. Figueroa pidió que se le permita cumplir el resto de la medida en la casa de su madre. Se trata de uno de los imputados que
incumplieron con la medida a principio de mes y que por disposición del Tribunal, continúa con el beneficio.

En la audiencia la Defensa pública representada por la Dra. Valeria Ponce señaló que el imputado quiere dejar el domicilio donde está actualmente por razones de índole económica y por inconvenientes que habrían surgido con uno de los convivientes. La letrada solicitó que su defendido pueda cumplir con el arresto en el domicilio de su madre ubicado en el Barrio Estación.

Acuerdo Fiscal

El Dr. Martín Zacchino prestó su acuerdo, manifestando su interés por las condiciones en las que se encuentra actualmente el imputado ya que en otra oportunidad, por los mismos fundamentos había solicitado dejar el domicilio de su madre para ir al lugar que ahora quiere dejar.
La Defensa aclaró que existe un problema entre el imputado y una de las personas con las que convive y para evitar problemas que podrían complicar su situación, solicita el cambio de domicilio.

A cumplir

La Juez de la causa, Dra. Nelly García, resolvió modificando la dirección en la que se cumplirá la medida y aprovechó la oportunidad para recordarle al imputado qué es lo que implica una prisión domiciliaria. “… Esta es una prisión con otra modalidad por lo que está en calidad de detenido, que no puede salir del ámbito del domicilio, ya una vez tuvimos problemas… dentro del domicilio tiene libertad para moverse pero no puede salir del ámbito de la casa y el patio. Que le quede claro que cualquier incumplimiento va a ser motivo de que el Fiscal pida la revocación de la medida”, sostuvo.

El hecho imputado

El
18 de agosto cerca de las 22 hs., en un almacén ubicado en Holdich y Amaya, dos sujetos entraron al comercio en horario de cierre, con gorros o pasamontañas, guantes y ropas oscuras y portando armas de fuego de puño o imitaciones de las mismas. Así redujeron al propietario apuntándole con las armas, lo maniataron con un cable que encontraron en el almacén y lo golpearon en la cabeza provocándole un corte sangrante. Apagaron la luz y se apoderaron de $150 que estaban en la caja registradora, un celular y un manojo de llaves. Arrancaron el cable del teléfono y se dieron a la fuga hacia un lugar cercano donde habían dejado unas bicicletas que utilizaron para irse del lugar.El hecho fue calificado por el Dr. Martín Zacchino como Robo calificado por haber sido cometido mediante el uso de armas de utilería.

lunes, 19 de enero de 2009

Nuevas causas

HURTO:
El domingo entre las 4 y las 5 hs., autores ignorados entraron a un departamento por una puerta que había quedado sin llave, y sustrajeron DVD, un equipo de música, una caja con joyas varias, tres celulares, una depiladora, y mil pesos. Sucedió en
Humphreys al 40, Esquel.

ROBO:
Personas no identificadas forzaron una reja y la ventana, ingresaron y se hicieron de $4600 y U$50 y dos cheques por cobrar.
Ocurrió en 9 de Julio y Brown, Esquel, el sábado entre las 17 y las 18 hs.

ROBO:
El sábado entre las 7 y las 9 hs., autores ignorados sustrajeron maletín negro con ropa y un celular. El maletín estaba en el baúl de un vehículo y para abrirlo debieron forzar la cerradura.
El damnificado fue un turista. Sucedió en San Martin al 500, Esquel.


TENTATIVA DE HURTO:
Un vecino vio a dos jóvenes intentando abrir una ventana, dio aviso a la policía y al llegar los uniformados lograron aprehenderlos en cercanías.
Se trata de dos adolescentes de 16 y 17 años.
Sucedió el domingo a las 22:15 hs.

DAÑO REITERADO:
Dos jóvenes circulaban en un automóvil, uno de ellos descendió y comenzó a pintar con aerosol dos vehículos que se encontraban estacionados en la vía pública. Una vecina los vio y avisó a la policía. Los uniformados los vieron en cercanías de una estación de servicio y los jóvenes se dieron a la fuga, siendo interceptados y aprehendidos en el puesto de control de acceso a Esquel.
Sucedió aproximadamente a las 6 hs. en Trevelin.

domingo, 18 de enero de 2009

Nuevas causas

ROBO:
Un hombre que alquila una cabaña de un complejo ubicado en el Paraje Golondrinas, salió de su casa entre el mediodía y las 21 hs. del viernes. Cuando regresó se encontró con que habían ingresado y le sustrajeron un televisor, una play station, un microondas y un DVD, entre otros elementos.

HURTO:
Entre las 14:30 y las 15:30 hs. del viernes, alguien ingresó al sector de hemoterapia del Hospital Zonal de Esquel y sustrajo la cartera de una médica conteniendo un MP3 y documentación, entre otros elementos de valor.

HURTO:
El viernes, entre las 19 y las 20 hs., una o dos personas se escabulleron en las oficinas administrativas de un conocido supermercado ubicado en Av. Fontana y calle 9 de Julio (Esquel), y sustrajeron tres mil pesos.

LESIONES LEVES:
Un particular episodio ocurrió entre dos personas que se habían encontrado en el casino de Esquel. Aparentemente uno ellos se habría quedado sin dinero para seguir apostando y le pidió un préstamo al otro. Probablemente su mala racha continuó, lo concreto es que a la salida, en inmediaciones del muñeco de nieve, quien efectuó el préstamo reclamó su dinero y al no conformarse con la respuesta obtenida, golpeó al deudor.
Ocurrió el sábado a las 2:40 hs.

VUELCO:
Un Ford Fiesta procedente de Piedra del Águila que viajaba con rumbo a Santa Cruz, volcó a pasar de largo el desvío, distante a aproximadamente 20 km. de Tecka. En el auto viajaba un hombre con sus dos hijos. Aun la Fiscalía no cuenta con información sobre el estado de salud de los ocupantes.
Sucedió este domingo a las 6 hs.

sábado, 17 de enero de 2009

Lesiones leves

CONCILIARON EN LA AUDIENCIA DE CONTROL DE LA DETENCIÓN

Un episodio entre un grupo de jóvenes locales y un grupo de turistas llegados desde Capital Federal, habría finalizado con un turista lesionado levemente en un pómulo. Según lo que se conoció en la audiencia, todo habría sido a raíz de un mal entendido.


El viernes a las 16:30 hs. un grupo de jóvenes caminaban frente a la Plaza General San Martín (Esquel) cuando se cruzaron con un grupo de turistas orientales, residentes en Capital Federal. Los jóvenes irían riéndose y esto fue tomado por uno de los miembros del otro grupo como una agresión. Fue hacia ellos para reclamarles y, al verlo, uno de los miembros del grupo le arrojó un celular a la cara provocándole la inflamación del pómulo.
El turista indignado hizo inmediatamente la denuncia y la policía logró ubicar al autor de la agresión muy cerca del lugar. El joven se resistió y quedó detenido.

La audiencia

Poco después se realizó una audiencia de Control de la detención, aproximadamente a las 20 hs. En ese ámbito el detenido pidió hablar y dio su versión de lo sucedido, diciendo que todo fue un mal entendido. Cuando él vio que el turista se le acercaba ofuscado, pensó que lo iba a golpear y al verlo de mayor tamaño se asustó y reaccionó arrojándole el celular que era lo que tenía a mano. Pidió disculpas a la víctima y este las aceptó conciliándose la causa en ese mismo ámbito.

Lesiones graves y atentado agravado

NUEVO ARRESTO DOMICILIARIO

Fue resuelto por el Juez Penal en una audiencia celebrada el sábado momentos antes del mediodía. Se trata de Guillermo Nicanor Quilodrán imputado como autor de lesiones cortantes a un hombre y atentado agravado contra la policía al momento de su detención. El hecho ocurrió el viernes por la tarde en la localidad de Trevelin.


El imputado tiene 39 años recibió recientemente el alta en una institución de Gaiman, donde estuvo internado para el tratamiento de su adicción al alcohol. Hace aproximadamente un mes que regresó a Trevelin.

El hecho

Este viernes a las 19:30 hs. estaba en una vivienda, aparentemente tomando alcohol con otros sujetos. A uno de ellos comenzó a provocarlo buscando pelea, este intentó evitarlo, pero fuera de la vivienda el imputado le habría tirado varios puntazos con un cuchillo provocándole cortes en los brazos, un puntazo en la tetilla y un corte de 10 cm. en el rostro. Una vecina llamó a la policía y cuando llegaron los uniformados, el sujeto siguió resistiéndose, arrojándoles puntazos, uno de los cuales produjo un corte en un dedo de uno de los policías. Cuando lograron reducirlo fue trasladado a la Comisaría.

La audiencia

Esta mañana, sábado, se realizó el control de la detención y la formalización de la investigación en una audiencia.
En forma provisoria la Fiscal de turno le imputó los delitos de Lesiones graves y Atentado agravado, aunque aclaró que esta calificación podría variar cuando se realicen las entrevistas a los testigos y se cuente con el informe del médico forense, previendo incluso que podrían agregarse otros delitos como Daño y Amenazas.
La Funcionaria de Fiscalía, Dra. Ruth Monge, solicitó que se disponga la prisión preventiva por considerar que existen suficientes elementos que sostienen la probabilidad de autoría, por la gravedad de los hechos y la agresividad manifestada y el peligro de entorpecimiento para la investigación, evidenciado en su conducta al momento de procurarse su detención.

Prisión domiciliaria para Quilodrán

La Defensa rechazó el planteo y el Juez resolvió disponiendo la prisión preventiva domiciliaria de Guillermo Nicanor Quilodrán, en el domicilio de su madre en la localidad de Trevelin. El imputado aun permanece detenido en Comisaría hasta que la madre se manifieste si está dispuesta a comprometerse a controlar el cumplimiento de la medida. La Fiscal planteó que no puede esperarse que el imputado cumpla con un compromiso personal de no consumir bebidas alcohólicas, por tratarse de un alcohólico crónico, por lo tanto para que esté contenido es necesario que se tomen una serie de medidas.
Así, la resolución jurisdiccional dispuso que la Defensa deberá tramitar que vuelva a efectivizarse la internación en la institución de Gaiman donde había recibido el alta. Hasta que esta internación se concrete, el imputado deberá ser atendido por Salud Mental del Hospital de Trevelin en relación a su adicción y los problemas de abstinencia y concurrir a El Retorno, también para atender su problemática. La Policía Comunitaria deberá asistir a la madre para ver que ella efectivamente pueda contenerlo.
La medida se dispuso por un plazo de treinta días.
La víctima permanece aun internado en el Hospital de Trevelin, encontrándose estable.

viernes, 16 de enero de 2009

Nuevas causas

ROBO:
Personas no identificadas forzaron un portón y sustrajeron una gaseosa, un cuchillo y un lápiz entre otros elementos que estaban en la vivienda.
Sucedió en Trevelin entre el 10 y el 13 de este mes.


LESIONES LEVES:
Tres jóvenes resultaron heridos en Lago Rosario, tras una reyerta que habrían protagonizado con otros tres con los que, según se presume, habrían compartido una comida, un partido de fútbol, entre otras actividades.
Las heridas son de arma blanca y vidrios. Sucedió esta madrugada a las 3 hs. en Lago Rosario.

ROBO:
Autores ignorados forzaron una placa de policarbonato de una puerta de acceso a la escuela Nº 210 del Barrio Baden I (Esquel) y sustrajeron un radiograbador, una carpeta con documentación y un cartucho de impresora láser nuevo.
Sucedió entre el mediodía del miércoles y la mañana del jueves.

ROBO:
Personas no identificadas rompieron el cristal izquierdo de una camioneta y sustrajeron una cartera blanca que contenía una billetera de cuero, tarjeta de la obra social, el DNI y auriculares para el celular.
Ocurrió en Dante Brozzi al 500 (Esquel), entre las 0 y las 2:30 hs. de hoy.


LESIONES GRAVES:
Dos pobladores de Colán Conhué que comparte una habitación habrían peleado. Uno de ellos tiene un corte pequeño, pero no quiso ser revisado. El otro tiene un golpe en la cabeza que podría haber sido producido con un palo. Fue trasladado al Hospital de Esquel ya que en el nosocomio de su localidad observaron una posible fractura de cráneo.
Sucedió el jueves a las 16:30 hs.

jueves, 15 de enero de 2009

Nuevas causas

ROBO:
Autores ignorados le sacaron las dos ruedas traseras a un Renault Clio que, por problemas mecánicos, había quedado estacionado en la Ruta 40 en El Maitén. También fue dañado el capot.
Sucedió el domingo 11 entre las 23 y las 0:00 hs.

Delitos varios


DE CUMPLIR LOS REQUISITOS, CARLOS RUIZ OBTENDRÍA LA LIBERTAD CONDICIONAL

Está condenado a tres años de prisión, cumple su detención
desde el 23 de mayo último y en la misma fecha de este mes, de contar con informes favorables a su reinserción social, podría acceder a la libertad condicional. La Defensa presentó un informe de conducta favorable, suscripto por la autoridad de su lugar de detención. Ruiz debía realizar un tratamiento psicológico, pero no pudo concretarlo. La Defensora sostuvo que esta falencia no se le puede achacar a su defendido. El Fiscal se opuso al otorgamiento de la libertad condicional, diciendo que mas allá de quien sea responsable de esta falencia, Ruiz debe estar en condiciones de reinsertarse en la sociedad y esto debe ser constatado por la psicóloga forense. La decisión judicial aguardará a contar con ese informe. También se espera que la Defensa ofrezca un domicilio concreto en el que residiría en caso de acceder al beneficio.

El Funcionario de Fiscalía en la Comarca, Fidel Gonzalez, respondió al planteo de la Dra. Gladys Cerda de la Defensa Pública, oponiéndose a la libertad condicional de Ruiz. Para la Fiscalía,
este condenado no cumple con los requisitos exigidos por la ley penal. En primer lugar el funcionario se refirió al informe de buena conducta del responsable de la Comisaría Segunda donde Ruiz está alojado. El documento está fechado 17 de diciembre y por lo tanto no está actualizado y nada se sabe de la conducta del imputado durante el último mes. Por otra parte el informe del profesional de salud mental que inició un tratamiento a Ruiz sostiene que este concurrió en forma irregular, solo habría tenido dos o tres entrevistas de evaluación y por lo tanto no cuenta actualmente con elementos suficientes para evaluar su situación particular. Por esto el Dr. González sostuvo que no se conoce si Ruiz está o no en condiciones de reinsertarse de modo favorable en la comunidad y sin esta certeza no puede acceder a la libertad condicional.

El artículo 13

El Código Penal, en su artículo 13 indica cuales son las condiciones que deben cumplirse para que un condenado pueda acceder al beneficio de la libertad condicional. Ruiz fue condenado a tres años de prisión, y sobre estos casos la norma dice que “el condenado a reclusión o prisión, por tres (3) años o menos, que hubiere cumplido un (1) año de reclusión u ocho (8) meses de prisión, observando con regularidad los reglamentos carcelarios, podrán obtener la libertad por resolución judicial, previo informe de la dirección del establecimiento e informe de peritos que pronostique en forma individualizada y favorable su reinserción social, bajo las siguientes condiciones:
1º.- Residir en el lugar que determine el auto de soltura;
2º.- Observar las reglas de inspección que fije el mismo auto, especialmente la obligación de abstenerse de consumir bebidas alcohólicas o utilizar sustancias estupefacientes;
3º.- Adoptar en el plazo que el auto determine, oficio, arte, industria o profesión, si no tuviere medios propios de subsistencia;
4º.- No cometer nuevos delitos;
5º.- Someterse al cuidado de un patronato, indicado por las autoridades competentes;
6º.- Someterse a tratamiento médico, psiquiátrico o psicológico, que acrediten su necesidad y eficacia de acuerdo al consejo de peritos.
Estas condiciones, a las que el juez podrá añadir cualquiera de las reglas de conducta contempladas en el artículo 27 bis, regirán hasta el vencimiento de los términos de las penas temporales”

Si le otorgaran la condicional

Para el caso en que la Juez le otorgue a Ruiz la libertad condicional, el Fiscal solicitó que se le impongan además de lo previsto por el artículo 13, algunas normas de conducta.
En primer lugar, González solicitó que se especifique el domicilio donde viviría y con quién, ya que la casa en la que residía al momento de su aprehensión, según una denuncia del padre de Ruiz, fue usurpada por uno de los hermanos de este.
Por otra parte el acusador solicitó que se le imponga una prohibición de asistir a locales nocturnos y de deambular mas allá de las 22 hs., ya que uno de los hechos que se le imputan es haber lesionado a una persona en un bar y la mayoría de ellos ocurrieron en horario nocturno. Que se le prohíba consumir bebidas alcohólicas y estupefacientes, y obviamente la expresa prohibición de cometer nuevos delitos. Y que continúe tratamiento psicológico, certificando cada tres meses que lo está llevando a cabo, además de que adopte un oficio.
El Fiscal agregó que se le especifique, en caso de otorgársele la libertad condicional, que de no cumplir con alguna de estas normas perdería el beneficio.

La resolución

La Dra. Nelly García entendió que el requisito del artículo 13 que exige el informe de un perito respecto de la condición del condenado en relación a una favorable reinserción social, nada tiene que ver con el tratamiento psicológico que ha iniciado Ruiz y que no finalizó por motivos que no le son achacables.
“Por eso resuelvo darle intervención al perito psicólogo de Tribunales… para que informe en las condiciones que dice el artículo 13, si Ruiz estaría en condiciones de una reinserción social segura. Y en segundo punto solicito a la Defensa que precise el lugar, el domicilio, de quien es la casa, con quien va a vivir, que posibilidades de conseguir un trabajo tiene, si alguien lo va a acompañar, lo va a asistir para que pueda continuar el tratamiento con el Dr. Esperanza (psicólogo del Hospital de El Hoyo), y una vez cumplidos estos recaudos se fijará una nueva audiencia para decidir si procede o no la libertad condicional de Ruiz”, decidió la Dra. García.

miércoles, 14 de enero de 2009

Nuevas causas

ABIGEATO:
Personas no identificadas sustrajeron veinte corderos orejanos de un podtrero. Sucedió en Trevelin entre el 28 de diciembre y el 4 de enero.

LESIONES LEVES CULPOSAS:
El lunes a las 22:10 hs. colisionaron dos camionetas en la zona de Arroyo Bagual, Ruta 259. Una nena de 10 años que viajaba con su madre en uno de los vehículos, resultó con lesiones leves.


HURTO:
Autores ignorados sustrajeron dos llantas armadas de la caja de una camioneta estacionada en el Lago Futalaufquen. Sucedió el domingo último por la noche.


ROBO:
Autores ignorados rompieron la puerta de una vivienda, ingresaron y sustrajeron diez platos de colección y varias botellas. Sucedió el sábado último en Belgrano al 600, Esquel.

martes, 13 de enero de 2009

Persona desaparecida

CONTINÚA LA BÚSQUEDA DE JOSÉ BALDOMERO CÁRDENAS

Se desconoce su paradero desde el 15 de diciembre último, cuando terminó los trabajos que le habían asignado en un campo de la localidad de Epuyén. Cárdenas tiene 54 años y reside en la ciudad de Esquel. Hacia esa ciudad se dirigía cuando fue visto por última vez.


La denuncia de su desaparición se formuló aproximadamente una semana después de la última vez que fuera visto Cárdenas. La hizo el propietario del campo en el que había sido contratado desde el jueves 11 para cortar varas de pino. Cárdenas vivía en un campamento solo. El sábado 20 llamó la esposa preguntando por su marido. El dueño del campo creía que este había partido para Esquel entre el domingo y el lunes anteriores (14 y 15/12), ya que le dejó encargada la llave a un vecino cercano al campamento. Solo faltó del lugar una motosierra y una lima.

Se lo vio por última vez

Cárdenas habría sido visto por última vez en la zona del Coihue haciendo dedo en la ruta con destino a Esquel, aunque algunas versiones indican que podría haber ido hacia Bariloche. El Fiscal de turno dio intervención inmediata a Defensa Civil para que tome en sus manos el operativo de búsqueda. También se dispuso la entrevista a personas que puedan contar con información de su paradero.

Características personales

José Baldomero Cárdenas tiene 54 años, es de contextura física delgada, 1,65 mts. de altura, cutis trigueño, algo calvo, dentadura del frente incompleta, sin bigote ni barba. Cuando fue visto por última vez vestía bombacha de campo color marrón claro o gris claro, zapatillas tipo Adidas azules y detalles de otros colores y una remera cuyo color se desconoce.

Hasta el momento no se tienen noticias su paradero. Cualquier persona que pueda brindar información, se le agradecerá que la haga llegar a la Comisaría más cercana o bien a la Fiscalía.

Nuevas causas

DAÑO:
Un vecino de El Hoyo denunció que durante la madrugada del sábado escuchó un disparo y al otro día, cuando buscó a su perro lo encontró muerto. Según el veterinario, la herida del animal fue ocasionada con una bala de sal disparada por arma de fuego.


HURTO:
Autores ignorados ingresaron por una ventana rota a una vivienda y sustrajeron un minicomponente y equipo de música.
Sucedió el sábado durante la madrugada en Corcovado.

lunes, 12 de enero de 2009

Tentativa de homicidio y Lesiones


SE IMPUTARON DOS HECHOS A UN JOVEN CON LIBERTAD CONDICIONAL

Se trata en ambos casos de la misma víctima que lo denunció por haberlo golpeado en una oportunidad, en tanto que en la siguiente le habría disparado con un arma de fuego en la pierna, produciéndole una lesión leve. El imputado declaró dando una versión diferente de lo sucedido. La Fiscalía se comprometió a evacuar las citas en 48 hs. y en caso de resultar falsas, solicitaría la prisión preventiva por entorpecimiento de la investigación.


El imputado fue detenido por orden judicial a pedido de la Fiscalía, para evitar cualquier tipo de represalias con la víctima al momento de conocer que prosperaba una investigación en su contra. El Dr. Fernando Rivarola, según el mismo sostuvo, llegó a la audiencia con la idea de solicitar el dictado de la prisión preventiva, sin embargo luego de escuchar la versión dada por el imputado, optó por constatar la veracidad de sus dichos y según el resultado de esas constataciones definirá de qué manera encaminar el proceso.

Hecho I

En la audiencia se le comunicó al acusado que se investigan dos hechos en su contra. El primero de ellos ocurrió el 22 de Diciembre de 2008, cerca de las 14 horas. Según la imputación, un joven de 21 años caminaba por la calle Amaya cuando habría sido interceptado por el imputado y otro sujeto. Según el relato de la víctima, tuvo un breve diálogo con ellos y el imputado lo golpeó en el rostro y le efectuó una traba logrando que caiga al piso. El segundo le habría pegado una patada. Fruto de esta agresión resultó con lesiones leves, una excoriación en antebrazo derecho cara anterior.
Luego de esto, la víctima se fue a su vivienda y escuchó detonaciones que según pensó serían de arma de fuego. Al asomarse vio a los dos sujetos que lo habían golpeado, los que comenzaron a arrojar piedras contra la vivienda y sus moradores. No lesionaron a nadie, ni tampoco causaron daños materiales. La agresión fue repelida con los mismos medios.

Hecho II

El segundo de los hechos sucedió el 25 de Diciembre de 2008, aproximadamente a las 3 hs. La víctima del hecho anterior caminaba desde el domicilio de un familiar, por la calle Amaya, casi en intersección con la calle Brown, cuando –según sus dichos – fue interceptado por el imputado. Este portando un arma de fuego, “y con claras intenciones de provocarle la muerte (o al menos un menoscabo físico) le apunta y le efectúa un disparo que le impacta en la pierna derecha ( 1/3 inferior , pantorrilla, con orificio de entrada sin salida), provocándole una lesión de carácter leve”.

Versión contraria

El imputado pidió prestar declaración en relación al segundo de los hechos y dio una versión diferente de lo que habría sucedido, colocándose él y su esposa en el lugar de víctimas. Aportó una serie de precisiones que convalidan su versión y además señaló que el goza de libertad condicional desde hace seis meses, luego de pasar cuatro años detenido en una cárcel de máxima seguridad donde la pasó muy mal, y la sola idea de regresar lo deprime. Quebrado y con lágrimas en los ojos sostuvo que nunca cometió un hecho de esas características, que no maneja armas de fuego y que trabaja todos los días para sostener a su mujer y a sus hijos.

48 horas

El Dr. Fernando Rivarola sostuvo que había llegado con la idea de solicitar una prisión preventiva, pero luego de escucharlo cambió de postura. Indicó que en 48 hs. intentará evacuar todas las citas ofrecidas por el imputado y adelantó que si resultan falsas solicitará una nueva audiencia para pedir la prisión preventiva por entorpecimiento de la investigación. Si lo que dijo aparece como cierto, la investigación podría tomar otro rumbo.
Rivarola pidió a la Dra. Anabel Rodríguez que mantenga vigente la prohibición de acercamiento del imputado hacia los denunciantes, vigente desde el 30 de diciembre pasado, y así fue resuelto por la magistrada.

Nuevas causas

FALSIFICACIÓN DE DOCUMENTACIÓN PÚBLICA Y ADULTERACIÓN DE CHAPA O MOTOR:
Un control policial realizado en la ruta, en Lago Puelo, permitió dar con una camioneta Toyota Hilux con título y cédula adulterados. Según los informes, los mismos fueron robados en blanco a Correo Argentino.
La camioneta fue secuestrada y aguarda su revisión en la planta verificadora.
Sucedió hoy, lunes, a las 11:30 hs.


DAÑO:
Autores ignorados dañaron el cristal delantero derecho de un vehículo estacionado en Amaya al 1600, Esquel. Sucedió el domingo a las 4:30 hs.

HURTO:
Personas no identificadas sustrajeron un celular Movistar y un cuchillo de alpaca de un vehículo estacionado en Chacabuco y Fontana, Esquel. Ocurrió el domingo entre las 3 y las 3:30 hs.


LESIONES LEVES CULPOSAS:
Una trafic envestió a un ciclista produciéndole lesiones leves. Sucedió el domingo a las 20 hs. en la ruta a Corcovado a 25 km. de Trevelin, en el puente del arroyo Nant y Fall.

DAÑO:
Autores ignorados tiraron un ladrillo y rompieron un vidrio de una vivienda ubicada en el Barrio Alborada, Trevelin. Ocurrió el domingo a la madrugada.


LESIONES GRAVES CULPOSAS:
Una mujer viajaba con su hijo –ambos oriundos de Comodoro Rivadavia - en un Renault Clio. En la Ruta 40 a 30 km. de Tecka, en una recta volcó. El menor se fracturó la clavícula.
Ocurrió el domingo a las 14 hs.


HURTO:
Personas no identificadas sustrajeron de un vehículo que había quedado sin traba, una billetera con $350, un bolso, un celular Movistar, una tarjeta de débito y otra de crédito, un DNI y un rosario.
Sucedió el jueves entre las 12:20 y las 13 hs. en Chacabuco al 1300.


HURTO:
Autores ignorados sustrajeron una máquina fotográfica digital Cassio, rosa, con estuche azul y negro, que estaba en un stand del predio donde se realiza la Fiesta de la Fruta Fina en El Hoyo. Sucedió el sábado a la madrugada.

ROBO:
Autores ignorados rompieron la ventana de una vivienda, ingresaron y se llevaron un televisor 14’ Phillips, cubiertos y dos cuadros.
Sucedió en Epuyén el domingo entre las 2:30 y las 8:30 hs.

LESIONES CULPOSAS:
Un matrimonio oriundo de Puerto Madryn viajaban por la Ruta 40 a 25 km. de Leleque cuando volcaron pasando el alambrado. Fueron trasladados a Esquel. El vehículo quedó destruido. La mujer resultó con una fractura de costilla. Sucedió el domingo a las 15 hs.

LESIONES CULPOSAS:
Un nene de 4 años fue atropellado por un ciclomotor en Pje. Ap. Iwan y calle Libertad, Esquel.
Sucedió el domingo a las 23 hs.

sábado, 10 de enero de 2009

Robo a un kiosco

MARCHAS Y CONTRAMARCHAS EN LA INVESTIGACIÓN

El viernes al mediodía fue detenido un joven cuando se le realizaba un allanamiento en su vivienda por resistirse al accionar policial. Se había llegado a él luego de que un testigo lo reconociera cuando se le exhibió un álbum fotográfico en la Comisaría, con la presencia del Fiscal, la notificación a la Defensa, aunque no asistió ningún Defensor. Ese viernes por la tarde la Juez de turno, a pedido de la Fiscalía, dispuso la prisión preventiva del joven, aunque por un plazo menor que el solicitado. La magistrada consideró que hay indicios de autoría y que existe peligro de entorpecimiento para la investigación. El sábado al mediodía se hizo una audiencia de revisión con un Tribunal compuesto por dos Jueces. Los magistrados interpretaron que el reconocimiento fotográfico es un acto inválido porque de no asistir el Defensor debió solicitarse la presencia del Juez. Como este elemento es esencial para determinar la probable autoría del imputado, los Jueces entendieron que si no está suficientemente acreditado ese extremo no pueden discutirse medidas de coerción y dispusieron su inmediata libertad. La Fiscalía pidió medidas de protección para las víctimas y así se dispuso la prohibición de acercamiento del joven a las víctimas y a los domicilios de estas. El Dr. Martín Zacchino hizo reserva de impugnar la decisión porque a su criterio los magistrados se expidieron sobre una cuestión que no era el centro de la revisión, además de no compartir el criterio.


El hecho

El jueves 8 de enero, aproximadamente a las 12:10 hs., tres personas ingresaron a un kiosco ubicado frente a la Terminal de Ómnibus de Esquel. Uno de ellos se quedó en la puerta y los otros dos se dirigieron al mostrador y pidieron a la mujer que estaba atendiendo que les de cigarrillos y papas fritas. Cuando la señora se dio vuelta uno de los dos, sería el que aun no fue identificado, la tomó por atrás de modo violento, la redujo y la tiró al suelo, inmovilizándola con una bufanda o pañoleta. El imputado sería el que se encargó de tomar el dinero que había en el local ($940). Inmediatamente se dieron a la fuga por la Av. Alvear y A. P. Justo. La víctima fue rescatada por un cliente.
El hecho se calificó por la Fiscalía como Robo agravado por haber sido cometido en poblado y en banda.

La detención

En el marco de la investigación, uno de los testigos del robo describió a los asaltantes y posteriormente se le mostró el álbum fotográfico del que dispone la Comisaría. En él encontró a una persona que reconoció como uno de los sujetos que ingresó al local. Con este dato la Juez de turno autorizó la realización de un allanamiento en el domicilio de la persona sospechada, además de su requisa personal, para la cual debía ser detenido y luego de cumplida la meda este recuperaría la libertad.
Al momento de proceder a la detención, el joven se resistió, forcejeando con los uniformados. Esa actitud, a criterio de la Fiscalía, encuadró en un nuevo delito, Resistencia a la Autoridad, y por esa causa permaneció detenido para ser llevado a una audiencia de control.
En la vivienda se secuestraron prendas de vestir y se encontró también una considerable cantidad de marihuana. El Dr. Zacchino indicó que se presume que la compra de ese estupefaciente podría haberse efectuado con el dinero robado, lo cual forma parte de la investigación.

Prisión preventiva por diez días

En la audiencia del viernes, el Fiscal explicó que debe dictarse la prisión preventiva del imputado fundamentalmente por probable entorpecimiento de la investigación, ya que resta realizar el reconocimiento en rueda, además de dar con quienes serían sus cómplices y recuperar lo sustraído. Además de esto, Zacchino sostuvo que se debería ponderar “que la investigación también abierta en el día de hoy (viernes) en el marco de la resistencia a la autoridad, marca una tendencia del imputado a no cumplir los mandatos judiciales, mas genéricamente aun, emanados de una entidad estatal, denota una actitud personal reactiva a este respecto”.
El acusador indicó que existe peligro de fuga y se hace más evidente, teniendo en cuenta que existe otra investigación seguida en su contra, en la que el 28 de noviembre último, la Fiscalía presentó acusación pública por los delitos de Violación de domicilio en concurso real con privación de la libertad coactiva, en concurso ideal con encubrimiento por favorecimiento personal. En esa acusación, la Fiscalía planteó una expectativa de pena de cinco años de prisión con accesorias legales y costas.(Ver “La otra causa”)
Este antecedente, sumado a la nueva causa que se abre en su contra, implica una pena en expectativa elevada y esto es lo que entendió el Fiscal que podría motivar al imputado a la fuga. Por esto el Fiscal solicitó la prisión preventiva por un plazo de al menos treinta días.
La Juez Anabel Rodriguez coincidió con la Defensa en que no hay elementos para interpretar que existe riesgo de fuga, ya que transcurrió en libertad otra investigación ya concluida y no hizo nada para evadir el accionar de la justicia. Sin embargo, tomando en cuenta que resta identificar a los presuntos coautores y recuperar lo sustraído, sí se estaría ante el riesgo de entorpecimiento para la investigación, aunque entendió excesivo el plazo solicitado por la Fiscalía y dispuso la prisión preventiva por diez días.
El Defensor solicitó la revisión.

El sábado la lectura fue otra

Dos jueces tuvieron a cargo la audiencia de revisión. En ella el Dr. Bruno Deias, designado por el Dr. Eduardo Marsall, planteó su discrepancia sobre la validez del reconocimiento fotográfico que permitió dar con el imputado.
El imputado declaró para decir que él no fue el autor del hecho, pidió que la persona que fue robada lo reconozca, que le vea la cara “ella va a saber que no fui yo, me tiene que reconocer…”, dijo con voz quebrada. “No quiero estar un día mas preso por algo que no hice señores… Hagan todo hoy, que me reconozcan hoy, yo no quiero pasar un día mas preso por algo que no hice”.

La invalidez del acto

El Tribunal centró su análisis en la posibilidad de autoría del imputado en el hecho, realizando una lectura y análisis de lo que establece el Código en relación a los reconocimientos fotográficos. Los magistrados compartieron con la Fiscalía que la investigación habilitaba a la realización de un reconocimiento fotográfico, sin embargo indicaron que este debe realizarse como anticipo jurisdiccional y por lo tanto esto exige la presencia de un Defensor o del Juez de turno.
El Fiscal de la causa había notificado al Defensor Público, pero este se no se hizo presente y la medida se llevó a cabo tal como estaba prevista. Los magistrados entendieron correcta la previsión del Fiscal, pero sostuvieron que al obtener la negativa del Defensor a concurrir, se debió pedir la presencia del Juez para que el reconocimiento resulte válido. “En definitiva consideramos que el acto es inválido y por lo tanto no se da el recaudo del artículo 220 que es el que establece que se podrá ordenar la prisión (preventiva) cuando medien ‘los siguientes presupuestos: 1- elementos de convicción suficientes para sostener razonablemente que el imputado es con probabilidad el autor de un hecho punible o partícipe en él’, por lo tanto al no darse este recaudo para la procedencia de la prisión preventiva dispuesta se la revoca”, indicaron los Jueces. Por este motivo tampoco cabe la posibilidad de disponer medidas sustitutivas.

Impugnación

El Fiscal entendió que se trató de una resolución oficiosa ya que el punto sobre el que se expidió no era el motivo central de la revisión y por esto realizó la reserva de impugnar lo decidido, al no compartir el criterio empleado.
Dispuesta la libertad del imputado, el Fiscal solicitó medidas de protección para con las víctimas, básicamente la prohibición de acercamiento del imputado a estas personas y a sus viviendas.

La otra causa

El 24 de septiembre de 2008, aproximadamente a las 15 hs. dos sujetos ingresaron a una vivienda del Barrio Los Sauces cuando estaba desocupada, rompiendo un vidrio posterior. Cuando ellos se encontraban en el piso de arriba llegó la dueña de casa con su hijo de cinco años. La mujer escuchó ruidos y preguntó quien era. Al bajar los sujetos le dijeron que no se asuste que iban a buscar un arma que escondió allí
el imputado del robo a mano armada a un complejo de cabañas de Esquel. Momentos de angustia vivió la mujer mientras los sujetos revolvían su vivienda siguiendo las indicaciones que le habría dado el detenido. Este último había realizado trabajos de albañilería en la vivienda y, aprovechando esa oportunidad, escondió en el lugar un arma de fuego que habría sido robada en otro hecho.La víctima se descompensó y con ayuda de vecinos lograron que llegue la ambulancia y la traslade al hospital. Los intrusos se quedaron en el lugar.Con posterioridad, luego de realizada la denuncia, se logró identificar a los presuntos autores del hecho, los que fueron detenidos. En la audiencia de control se había dispuesto la prisión preventiva y luego en una nueva audiencia de revisión esta fue revocada.

viernes, 9 de enero de 2009

Entrega irregular de bebé

ESPERA FECHA DE JUICO LA CAUSA QUE INVOLUCRA A LA JUEZ DE PAZ DE RÍO PICO

A fin de diciembre se realizó la audiencia preliminar en la que el Juez declaró admisible la acusación Fiscal, rechazando los cuestionamientos de la Defensa y determinó la prueba que se producirá durante el debate. Un Tribunal Unipersonal tendrá a su cargo el juicio, en el que la Fiscalía pretende probar que la funcionaria cometió los delitos de Violación de los deberes de funcionario público y Falsedad ideológica.


El Dr. Martín Zacchino describió los hechos por los cuales acusará en el juicio a la Juez de Paz de la localidad cordillerana. La fecha en que ocurrió cada uno de los hechos que se imputan, aun no fue determinada con precisión, pero se la estima desde días antes del 21 de abril de 2008 y hasta esa fecha. La Jueza de paz y titular del Registro Civil de Río Pico,” procedió dolosamente a omitir -en lo que era de su incumbencia- la aplicación de la Ley Nacional de adopción nº 24.779 –que incorpora al Código Civil el Título IV, de la Sección Segunda, Libro Primero-, la ley provincial nº 4.347 de Protección integral de la Niñez y la Familia, al consentir y facilitar, previo trámite y gestión por ella personalmente realizado, la entrega de un niño recién nacido - el 19 de abril de 2008- a un matrimonio, contando para así proceder, con el consentimiento de la madre del niño”, indica el escrito.Según el acusador, todo esto lo hizo la imputada “a sabiendas de que no estaba cumpliendo la normativa aplicable a guardas preadoptivas; que el matrimonio (adoptante) se domiciliaban en extraña jurisdicción (Ciudad Autónoma de Buenos Aires), como así también en el cabal conocimiento de que, no solo la Asesoría de Familia e Incapaces de esta ciudad le había dado días previos claras directivas e instrucciones acerca del cómo proceder en caso de nacimientos sin filiación paterna, sino que los guardadores no se encontraban inscriptos en los listados de pretensos adoptantes.”Las conductas reprochadas a la funcionaria se completan con un informe elaborado por ella el 28 de mayo de 2008 y dirigido a la Asesoría de Familia de Esquel, en el que sostenía que en el mes de abril de ese año no se registraron nacimientos sin filiación paterna en la localidad de Río Pico, pese a que sabía que al menos había nacido un chico en esas circunstancias el 19 de abril, el bebé entregado al matrimonio porteño.

Oposición de la Defensa

El defensor particular, Marcos Ponce, de la imputada se opuso a la acusación por considerar que resulta vaga e impide el cabal ejercicio de la defensa en juicio. El letrado anticipó su teoría del caso, sosteniendo que lo realizado por su representada fue un error administrativo y no un accionar doloso como debe serlo para encuadrar en el tipo penal elegido por el MPF.

A Juicio

El Juez Ricardo Rolón admitió la acusación y la prueba de las partes. Cumplimentadas las exigencias del Código Procesal Penal, la Oficina Judicial fijará fecha para el debate.

Nuevas causas

ROBO:
Dos sujetos encapuchados ingresaron a un mercadito ubicado en Alberdi y Costanera (Esquel), uno de ellos se quedó en la puerta a modo de campana, el otro tomó un cuchillo que había en el lugar y amenazó a la mujer que estaba despachando para exigirle la entrega del dinero. Así se apoderaron de $600 y elementos personales de la mujer.
Sucedió esta tarde, viernes, a las 16:40 hs. Una vecina dio aviso a la policía sobre lo que había ocurrido.


INCENDIO:
A la 1 hs. de hoy viernes, se inició un incendio en la Reserva Municipal del Lago el Mosquito (Cholila). Intervino la brigada de incendios para apagarlo y se aguarda el informe para conocer si su origen fue intencional, accidental o natural.


MALA PRAXIS:
Un niño de 10 años fue atendido desde el domingo 4 de enero en el Hospital de El Hoyo, luego lo trasladaron a El Bolsón y allí falleció el martes 6. Sus familiares denunciaron por presunta mala praxis a los profesionales que lo atendieron en el primer hospital.
La denuncia fue presentada esta mañana en la Fiscalía de la Comarca. La investigación intentará determinar si existió algún tipo de responsabilidad del sistema de salud en el desenlace fatal.


La complejidad de este tipo de causas, que implican la realización de diferentes pericias, así como su complejidad intrínseca por el difícil momento que atraviesa la familia del niño y por verse involucrada una institución de salud pública, demandan extremar la cautela con que habitualmente – nosotros desde el área de Comunicación Institucional del MPF y Uds. desde sus respectivos medios de comunicación – damos tratamiento público a la información disponible.


HURTO CALIFICADO:
Autores ignorados sustrajeron de un galpón ubicado a 100 mts. del domicilio del denunciante, seis corderos (cinco blancos y uno negro).
Sucedió el jueves en El Hoyo.

ROBO:
Autores ignorados rompieron el vidrio de una ventana e ingresaron a una vivienda. Sustrajeron allí un equipo de música con dos parlantes, un Handy con batería y cargador, una máquina fotográfica común, un collar de perlas blancas, un anillo de oro 18 Kt., una amoladora color naranja, una caladora Steel y un reproductor de DVD celeste.
Ocurrió entre el 4 y el 8 de enero San Martín al 1900, Esquel.


ROBO:
Esta madrugada a las 3:45 hs. un sujeto, con el rostro semicubierto y portando un arma de fuego, asaltó un kiosco ubicado en Av. Fontana y calle Rivadavia, Esquel. Le exigió a quien estaba atendiendo que lo deje entrar y le entregue el dinero de la recaudación. Se hizo de $300 y se dio a la fuga.
Aun no se ha identificado al autor, sino que se trabaja en la investigación realizando diferentes pesquisas.

jueves, 8 de enero de 2009

Joven investigado por tres delitos


SE REVOCÓ UN ARRESTO DOMICILIARIO POR INCUMPLIMIENTO

Se trata de un joven de 20 años detenido con la modalidad de arresto domiciliario en el domicilio de su madre. Este jueves a las 10 hs., cuando la policía ingresó a una casa con orden judicial para realizar un allanamiento, lo encontró al imputado durmiendo aparentemente bajo los efectos de un narcótico. En la audiencia solicitada por la Fiscalía, la Juez de turno dispuso la revocatoria de la prisión domiciliaria, quedando el imputado alojado en Comisaría hasta el juicio.


El Ministerio Fiscal estaba averiguando la sustracción de una bicicleta. Con orden judicial la policía ingresó a un domicilio situado en la subida a la Zeta, encontró el cuadro del rodado que había sido hurtado, pero además se encontró con que uno de los moradores, el que se hallaba durmiendo, era una persona con arresto domiciliario que debía cumplir en otra vivienda de otro barrio.

El informe médico

El detenido fue revisado por el médico policial y en su certificado el profesional indica que este estaría bajo los efectos de la marihuana. Además se constató la presencia de un corte en un brazo que fue suturado y evidencia ser de data reciente.
Esta situación fue contemplada por le Dr. Martín Zacchino en su planteo, al sostener que además de la certeza de que incumplió el arresto domiciliario, esas heridas dan cuenta, mas allá de cuando y como se produjeron – lo que no se sabe con certeza – que tuvo que salir de la vivienda para ser atendido en un centro de salud y esto nunca se informó a la Oficina Judicial como se había dispuesto cuando se le dio el beneficio de cumplir la medida de prisión en su domicilio mientras dure el proceso.
El Fiscal también presentó un informe del 23 de diciembre, elaborado por la policía, en el cual se notificaba un presunto incumplimiento del arresto domiciliario por el imputado. La Fiscalía inició una investigación para corroborar esto y el resultado no llegó por ese trabajo investigativo, sino, en palabras del Fiscal por una cierta “torpeza” del imputado que fue hallado durmiendo en una vivienda allanada.

Tres causas

Zacchino se refirió brevemente a las tres causas por las que se investiga al imputado, dos de las cuales fueron con violencia sobre las personas. Los hechos fueron calificados como Robo agravado por el uso de arma (blanca), Robo agravado por ser en despoblado e Impedimento o estorbo, esta última tratando de impedir que la policía realizara un allanamiento en la vivienda en que resultó aprehendido el 15 de noviembre último.

Por necesidad


El Defensor Javier Allende pidió que se escuche a su defendido, porque a su modo de ver la salida del domicilio estuvo justificada. El chico dijo que como no se le salían solos los puntos de la sutura en su antebrazo, fue a solicitar a un adulto que lo acompañara hasta el hospital para que se los saquen. Sobre el origen de esa herida relató un hecho violento en el que un grupo de personas habrían arremetido contra él en su casa y, además de golpearlo, lo cortaron con un cuchillo. También dijo que no quiso informar de esto, ni hacer denuncia porque no “quería perder su libertad”.
Para el Defensor, además de las razones de necesidad que lo llevaron a incumplir, no se lo encontró entorpeciendo la investigación, ni intentando darse a la fuga, por lo tanto no sería fundado revocarle la medida.

Adentro

La Dra. Anabel Rodríguez analizó los elementos dados por las partes y decidió revocar el beneficio del cumplimiento domiciliario de la prisión preventiva. La magistrada entendió que no existieron razones de urgencia para que saliera de la casa y que además el imputado sabía que debía solicitar autorización judicial, informando que tenía una herida y que necesitaría salir en mas de una oportunidad de su domicilio para realizarse las curaciones. La Jueza instó a la Fiscalía que tome intervención en los hechos que finalizaron con las heridas del imputado, ya que podría tratarse de un delito de acción pública.
El informe policial indicando que se habrían producido incumplimientos al arresto domiciliario, también fue contemplado como un elemento más para considerar que habría habido otros incumplimientos previos, “lo cual daría por tierra lo que sostiene la Defensa en cuanto al posible autocontrol que mantiene el señor Silva respecto del arresto domiciliario”.
Por estos fundamentos la magistrada revocó el arresto domiciliario y dispuso la detención en comisaría hasta el juicio. Si la Defensa considera que realmente existió alguna razón de necesidad que obligó a que su representado salga del domicilio sin autorización, deberá presentar informes, testigos o lo que considere pertinente para probarlo.

Proximidad del juicio

La Fiscalía está próxima a presentar la acusación pública por los tres hechos investigados contra este imputado. Luego de esto deberá realizarse la audiencia preliminar y se fijará fecha para el juicio correspondiente.
El imputado fue detenido en el marco de un procedimiento policial el 15 de noviembre de 2008 y permaneció en Comisaría hasta el 8 de diciembre del mismo año, cuando el Juez de la causa le dio el beneficio de la prisión preventiva.

Nuevas causas

ROBO:
Dos jóvenes ingresaron a un kiosco ubicado frente a la Terminal de Ómnibus de Esquel. Una mujer mayor atendía el local. Los dos presuntos clientes le pidieron cigarrillos y papas. Cuando la mujer se dio vuelta para buscar lo solicitado, uno de ellos la tomó de atrás, la redujo, la tiró al suelo y la ató con una pañoleta o elemento similar. El otro se apoderó de $890 en billetes y $50 en monedas. La víctima intentó resistir el atraco y los malhechores la amenazaron diciéndole que llevaban un arma, aunque nunca exhibieron arma de ningún tipo.
Sucedió aproximadamente a las 12 hs. Intervinieron en el lugar un Fiscal, Policía, Criminalística y Policía de Investigación Judicial.


LESIONES GRAVES:
Dos hermanos de 5 y 10 años, solos en su vivienda, manipulaban un rifle calibre 22, cuando este se disparó, impactando el proyectil en el rostro del más chico. El niño fue trasladado al Hospital Zonal de Esquel donde fue intervenido.
Actúa el SAVD de la Comarca acompañando a la familia y se están realizando algunas medidas investigativas para constatar que fue de este modo como efectivamente ocurrieron los hechos y determinar si existe algún tipo de responsabilidad penal de un adulto en lo sucedido. Ocurrió el martes a las 16:30 hs. aproximadamente, en Lago Puelo.

miércoles, 7 de enero de 2009

Homicidio de Navidad

EL TRIBUNAL CONDENÓ A PRISIÓN PERPETUA A LOS ANTIECO

Acorde a lo solicitado por la Fiscalía, los Dres. Cristina Jones, Jorge Eyo y Ricardo Rolón, condenaron a Roberto, Franco y Eduardo Antieco, a la pena de prisión perpetua por los delitos en los que se los encontró culpables en la primera parte del juicio. Se trata de tres hermanos que la madrugada de navidad del 2007, entraron intempestivamente a una vivienda y asesinaron brutalmente entre los tres a Francisco Benedicto Quilodrán. El Tribunal Colegiado sostuvo que la pena de prisión perpetua no es inconstitucional.

Los Jueces se propusieron resolver dos cuestiones. La primera de ellas fue el planteo de inconstitucionalidad formulado por la Defensa de los imputados y en segundo lugar si la pena propuesta por la Fiscalía – prisión perpetua – resulta legal y justa.

Voto de la Dra. Jones

La magistrada compartió con el Fiscal Martín Zacchino que el Tribunal, aunque con otra conformación, ya se expidió sobre la constitucionalidad de la pena perpetua en la causa que juzgó a Raúl Alejadro Marillán y Roberto Calfín por un hecho con una calificación similar.
En su voto la Dra. Jones sostuvo que “las penas de prisión perpetua en nuestro país – pese a su severidad – no pueden ser encuadradas como ‘inhumanas’ o ‘degradantes’, ya que la Ley de Ejecución de la Pena Privativa de la Libertad, Nº 24.660 consagra normas que aseguran al interno asistencia espiritual y médica integral, derecho a comunicarse con su familia y allegados, así como también normas que garanticen el ejercicio del derecho a aprender; estableciendo en su artículo 9 expresamente que ‘la ejecución de la pena estará exenta de tratos crueles inhumanos y degradantes’, previendo además para quien ordene, realice o tolere tales excesos sanciones establecidas en el Código Penal.”
La magistrada resaltó que la aplicación de la pena de prisión perpetua, si tiene correspondencia con el delito cometido, no puede ser considerada inconstitucional.

Perpetuo no es para siempre

En nuestro país las penas perpetuas no implican el encierro para siempre. Los condenados a estas penas pueden acceder al beneficio de la libertad condicional. Como también lo planteó la Fiscalía, antes este beneficio se podía lograr a los 20 años y a partir de la sanción de la ley 25.892 esto es posible a partir de los 35 años de cumplimiento de la condena. Si bien esta ley recibió varios cuestionamientos, la magistrada siguió el planteo Fiscal en adhesión a la postura del Dr. Eugenio Zaffaroni quien sostiene que “es innecesario ocuparse ahora de una cuestión que no se planteará antes del año 2024”.

Voto del Dr. Eyo

Los Jueces también ponderaron la modalidad tomada por los agresores a la hora de ultimar a Quilodrán, lo hicieron cuando este estaba más vulnerable. “Con relación al contenido injusto del hecho advierto como agravante la circunstancia de que el ataque a la víctima se inicia estando esta dormida, lo que en nada obstó al accionar de los acusados, así como que para lograr su fin común uno de ellos le dio una puñalada en el abdomen a Luis Oscar Oyarzo cuando le pareció que podría constituir algún obstáculo para la consumación del hecho”, recalcó el Dr. Jorge Eyo.

Sin atenuantes

Los testigos aportados por la Defensa para el análisis de la pena a aplicar, las mujeres de Roberto y Franco, dijeron que cuando el crimen ocurrió “los tres acusados habían reaccionado de una etapa de sus vidas de conflictos con la ley penal y reencausado las mismas formando pareja, teniendo hijos y trabajando para progresar económicamente, con lo cual no advierto atenuante alguna en sus respectivas culpabilidades”, indicó el Dr. Eyo.

Voto del Dr. Rolón

El tercer votante, en relación a la responsabilidad de los Antieco, indicó que en nuestro país rige el derecho penal de acto y no de actor, es decir que es la conducta la que se juzga y no quien la cometió. Este argumento, que es común escucharlo en boca de los representantes de los imputados con antecedentes penales, para que estos antecedentes no sea empleados en su contra, en este caso el magistrado interpretó que es la propia Defensa la que lo estaría contradiciendo al intentar mostrar que las condiciones personales de los condenados Antieco tornarían injusta la pena perpetua.
El Dr. Rolón citó un voto del Ministro del STJ Jorge Pfleger en otra causa, en la que el magistrado sostuvo que “… no se aplica la sanción teniendo en cuenta la configuración de la historia personal, la propensión del sujeto a delinquir; la sanción obedece a la grave entidad de la conducta prohibida y, por consecuencia no se ve afectado el principio de culpabilidad…”

El Fallo

Con estas y otras consideraciones, el Tribunal Colegiado de Esquel falló Condenando a Roberto Argentino Antieco, de 28 años, a Eduardo Santiago Antieco, alias “Mario”, de 30 años y a Franco Antieco, de 26 años, a la pena de Prisión Perpetua, inhabilitación absoluta y accesorias del art. 12 del Código Penal y al pago de las costas, como autores materiales y penalmente responsables de los delitos de Violación de domicilio, en concurso real con Homicidio Calificado con el concurso premeditado de dos o más personas, cometidos en Esquel el 25 de diciembre de 2007. En ese hecho perdió la vida Francisco Benedicto Quilidrán.


SENTENCIA TOMADA COMO ANTECEDENTE SOBRE LA CONSTITUCIONALIDAD DE LAS PENAS PERPETUAS (Información emitida por el área de Comunicación Institucional del MPF Esquel el 28-11-07)

Homicidio calificado de Gustavo Álvarez
CONDENARON A PRISIÓN PERPETUA A CALFÍN Y MARILLÁN

El Tribunal Colegiado rechazó el planteo de inconstitucionalidad de la Defensa e impuso la pena pedida por el Fiscal a los autores del violento crimen de Gustavo Álvarez.Raúl Alejandro Marillán, de 22 años, y Roberto Calfín, de 20 años, deberán cumplir la pena de prisión perpetua, inhabilitación absoluta y costas del juicio, como responsables de los delitos de HOMICIDIO CALIFICADO por haber sido cometido con el concurso premeditado de dos o más personas y partícipes secundarios del delito de HOMICIDIO CALIFICADO por haber sido cometido con el concurso premeditado de dos o más personas en grado de tentativa, ambos en concurso real. El hecho juzgado ocurrió el domingo 18 de febrero de este año en calles céntricas de la ciudad de Esquel.

Los magistrados fueron unánimes en su rechazo al planteo de inconstitucionalidad de la Defensa en relación a la pena de prisión perpetua solicitada por la Fiscalía. El rechazo fue por entender que no se trata de una pena indeterminada, sino que tiene vencimiento ya que a partir de los 15 años los condenados pueden acceder al régimen de salidas transitorias y a los 35 años al beneficio de la libertad condicional. También evitaron declarar inconstitucional lo impuesto por la reforma del Código Penal, popularmente llamada ley Blumberg, por considerar que el planteo carece de interés en este momento del proceso, y como sostiene Zaffaroni en su manual de Derecho Penal “es innecesario ocuparse ahora de una cuestión que no se planteará antes del año 2024”.

El Dr. Jorge Criado señaló que el planteo de la Defensa pretendió del Tribunal una declaración ideológica de inconstitucionalidad. “… Del marco constitucional que informa la finalidad de la pena, el análisis posterior a este, que pretende la Defensa que acojamos en el caso, traspasa la mera organización del sistema penal, la finalidad de la pena y hasta las competencias y atribuciones de los distintos poderes del Estado, y entiendo que avanza hacia la consecución de una declaración ideológica de inconstitucionalidad, de imposible factura en el trámite. En esencia, las penas establecidas por el Código Penal, cuyo modo de cumplimiento imponga privación de la libertad efectiva, han sido reguladas -en conjunto con las demás- en el Art. 5 del Código Penal, habiendo escogido el acusador público la de Prisión Perpetua de entre las posibilidades establecidas en el Art. 80 del Código Penal”.

Por su parte la Dra. Carina Estefanía indicó que “El fin resocializador que debe guiar la ejecución del la pena privativa, no debe confundirse con el fin de la pena. De ello se sigue que el reconocimiento de este principio no implica que la pena deje de ser retributiva o un castigo, que se aplica al autor como respuesta al hecho culpable que cometió, sin perjuicio de lo cual una vez que la condena ha sido impuesta, durante su ejecución debe tomarse como directiva fundamental la resocialización”

La gravedad de los hechos

La presidenta del Tribunal, Dra. Cristina Jones, sostuvo en relación a los agravantes y atenuantes planteados por las partes, que si bien por el tipo de pena su significación es escasa o nula, “considero que la magnitud del injusto consumado y el grado de culpabilidad demostrado por los encartados, conforme ya lo he señalado al votar en la sentencia de culpabilidad, sirven para verificar en el caso la proporcionalidad de la pena aplicable en relación a la culpabilidad de los autores.- Acoto en este aspecto el ensañamiento puesto de manifiesto por ambos inculpados en su accionar, propinándole treinta y cuatro puñaladas, diez de las cuales ingresaban a cavidad, según lo explicó el Sr. Médico Forense, recibiendo algunas en el rostro, además de las que afectaron los dedos, las que el perito Ehnes describió como verdaderos “hachazos” dados cuando el occiso intentaba defenderse.
En igual sentido entiendo que la motivación nimia que los guió en el accionar delictivo, demostrativo de que se trató de un despliegue de violencia tan excesiva como innecesaria, llevada a cabo en contra de una persona que ni siquiera pertenecía al grupo antagónico, debe ser valorada como una agravante, en tanto denota un desprecio absoluto por la vida de sus semejantes, puesta de manifiesto en el acto cumplido y en consecuencia integra el grado de culpabilidad que es achacable a ambos agentes.- Si bien el Sr. Defensor en este mismo aspecto, ha invocado como aminorante el alto grado de intoxicación alcohólica que tenían los prevenidos, reitero lo dicho al analizar el tema en la sentencia de culpabilidad, de que no encuentro que aquel estado de ebriedad pudiera impedirles hacer otra cosa o frenar sus impulsos más primitivos, teniendo en cuenta además, los preparativos previos de armarse y parapetarse en un lugar elegido con total conciencia de la situación, que denota un estado de lucidez suficiente que también se comprobó con posterioridad al hecho, cuando decidieron actuar para procurar su impunidad, tal como también quedó establecido en la sentencia.
Por otro lado, la extensión del daño y del peligro causados, según la terminología del inciso 1º del artículo 41 citado, también resulta proporcional a la pena propuesta por la Fiscalía.”

Los menores

Recordemos que en esta causa resultaron declarados penalmente responsables dos menores de edad, en calidad de partícipes secundarios. En los próximos días se realizará una nueva audiencia para decidir las medidas correctivas a imponerles.

Nuevas causas

LESIONES CULPOSAS:
Un vehículo bajaba por calle Pellegrini y atropelló a una persona que circulaba en bicicleta, golpeando este último contra el parabrisa. Aun no se conoce el carácter de las lesiones del conductor de la bicicleta.
Ocurrió el lunes a las 8 hs. en Don Bosco y Pellegrini, Esquel.

LESIONES CULPOSAS GRAVES Y LEVES:
El martes a las 13:30 hs. se produjo un accidente de tránsito entre una moto y un remis. Uno de ellos resultó con lesiones leves y el otro graves, ya que se fracturó una pierna.
Sucedió en la intersección de Intendente Harris y Cambaceres, Esquel.